¿Puedo trabajar despues de pensionarme?

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Todo trabajador espera que, después de haber cubierto los requisitos exigidos por las leyes de seguridad social, bien sea en su modalidad 1973 o 1997, pueda retirarse y disfrutar de una merecida pensión.

Si la opción de retiro es por ley 1973, por ser un trabajador en transición, deberá cumplirse con al menos quinientas semanas cotizadas, tan solo para tener derecho a la pensión o  prestación económica,  asistencia médica proporcionada por el Instituto, entre ellas, consultas médicas, servicio de farmacia, hospitalización y cirugía.

En adición, para poder pensionarse el trabajador deberá cumplir con las edades establecidas que para el caso es, sesenta a sesenta y cinco años de edad y no tener empleo remunerado a la fecha de gestión de la pensión.

Si la opción de pensión fuese por ley 1997, el trabajador deberá reunir al menos mil doscientas cincuenta semanas cotizadas, tener sesenta a sesenta y cinco años de edad y carecer de trabajo remunerado; en este caso y por decirlo de alguna manera, se tendrá derecho al paquete completo consistente en pensión y a la asistencia médica proporcionada por el Instituto.

Tanto en la ley ´73 como en la ley ’97 y de cumplirse con los requisitos establecidos en la ley, a la cuantía básica de la pensión deberán de agregársele las asignaciones familiares y la ayuda asistencial que llegasen a corresponderle, aplicables a las pensiones que se deriven de un estado de invalidez o de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

Si una vez ya pensionado es su decisión continuar laborando, podrá hacerlo con apego a lo establecido en el artículo 196 de la nueva Ley del Seguro Social que a la letra dice:

“El asegurado que goce de una pensión de cesantía en edad avanzada o de vejez, cuando reingrese al régimen obligatorio, no efectuará las cotizaciones a que se refiere el párrafo segundo del artículo 25 de esta Ley, ni las de los seguros de invalidez y vida”.

En este caso expresa el mismo artículo 196 que: “el asegurado abrirá una nueva cuenta individual en la Administradora de Fondos para el Retiro que elija de acuerdo con las normas generales establecidas en esta Ley”.

Agrega el mismo artículo que: “una vez al año, en el mismo mes calendario en el que adquirió el derecho a la pensión, podrá el asegurado transferir a la Aseguradora que le estuviera pagando la renta vitalicia, el saldo acumulado de su cuenta individual, conviniendo el incremento en la renta vitalicia o retiros programados que esta última le esté cubriendo”.

Para ello, es necesario que el reingreso al régimen obligatorio se dé después de seis meses de haberse pensionado y que para el efecto, lo haga con un patrón diferente al último.

Al tenor de lo establecido en el artículo 196 referido, si es posible reincorporarse nuevamente al régimen obligatorio y usted sabiendo además que, cada año puede recalcularse la renta vitalicia o el retiro programado seleccionado como alternativa de pensión.

Como siempre, es un gusto compartir con usted la información anterior y le invitamos para que nos escriba a nuestra dirección electrónica y nos plantee sus dudas e inquietudes; será un gusto atenderle.

Si después de leer el artículo requiere contactarnos para dudas e inquietudes adicionales, encontrará más detalles en la siguiente liga:

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815 COMENTARIOS

  1. Buenas tardes, si me jubilo y necesito seguir trabajando lo puedo hacer en la misma empresa por honorarios de manera particular?

    • Tengo una familiar que trabajo con la policía nacional como operaria. Ella firmo un contrato de un año y durante este tiempo le dieron la pensión con retroactivo pero ella siguio trabajando y luego de unos meses renunció.

      Pero resulta que le han llegado comunicados de que ella no podia trabajar estando pensionada y que debe 5 millones de pesos porque esa plata dicen tiene que pagarla. ella esta preocupada y no sabe que hacer.

      Usted seria tan amable y me podria indicar que debe hacer ella?

  2. Buen día
    Mi papá se va a volver a emplear después de 3 años de haberse Pensionado, mi duda es : debe dejar en manos de la empresa que lo quiere contratar todo el trámite para que lo empleen sin que pierda su pensión ? O el puede cersiorarse de alguna manera de que el depto de Recuesos humanos haga el trámite correctamente sin tener ese riesgo de perderla
    Gracias

  3. BUENAS TARDES :
    SOY PENSIONADA DEL IMSS POR VEJEZ DESDE HACE 2 AÑOS. NUNCA DEJE DE TRABAJAR EN LA MISMA EMPRESA QUE ME PENSIONE Y TAMPOCO NUNCA ME FINIQUITARON, MI ANTIGUEDAD ES DE 30 AÑOS. HOY POR ALGUNAS CIRCUNSTANCIAS ME QUIEREN FINIQUITAR Y ME DICEN QUE SI NO ACEPTO E INTERPONGO UNA DEMANDA PUEDO PERDER MI PENSION, ES VERDAD ESTO? GRACIAS Y BENDICIONES PARA TODOS.

  4. Mi ex esposo está pensionado por veje.a mi hijo que es hijo de el le envían un cheque también por el.pero el no tiene puesta la manutención del niño y no me da nada para el .yo quiero ponerle la manutención pero el me dise que si se la pongo .va a ir al segura social y el ba a desir que no quiere la pensión que el ba a trabajar para que al niño no le manden nada porque yo le boy a poner la pensión .mi pregunta es puede el quitarse la pensión

  5. Tengo 5 años de pensionado por enfermedad ya que sufri de un infarto cerebral. Mi duda es, puedo volver a ingresar en otro empleo formal sin arriesgar mi pension? Saludos!!!!

  6. Buenas tardes, soy trabajador SEP tengo 33 años cotizando al ISSSTE y he decidido pensionarme por haber cumplido con la edad establecida y los años de cotización, ahora tengo la oportunidad de ingresar a un organismo autónomo a trabajar, puedo hacerlo sin afectar la pensión que me otorga el ISSSTE?

  7. Buen día.
    Leyendo su artículo me surgieron algunas dudas, espero pueda responderlas.
    Hace 2 años estoy pensionado por cesantía en edad avanzada, actualmente tengo la oportunidad de volver a trabajar, pero desconozco si es posible volver a hacerlo, puesto que la encargada de Recursos Humanos de la empresa me comenta que deben asegurarme.

    Mis dudas son las siguientes:
    ¿Puede la empresa volver a asegurarme y reinscribirme al régimen obligatorio SIN afectar mi pensión de cesantía en edad avanzada ?
    En caso de que sea posible, ¿la reinscripción al régimen obligatorio corre por mi cuenta o es la empresa quien realiza el trámite ante el Seguro Social?
    En el supuesto de que sea posible la reinscripción, ¿vuelvo a contar con alguna de las prestaciones que me ofrece el Seguro Social, muy aparte de las que me brinda mi pensión de cesantía en edad avanzada?

    De antemano le agradezco la atención y por brindar la información contenida en el artículo.
    Saludos.

  8. Buenas tardes, una pregunta me pesione a los 60 años pero ingrese nuevamente a trabajar y me retiraron mi pensión, ahora tengo 65 años y ya quiero retirarme o recibir mi pension pero quiero que se incremente el monto de la misma como se puede generar?

  9. buen dia para preguntar que puedo hacer por que cheque mis semanas cotizadas en el imss y aparesco como pensionado espero me pueda ayudar

  10. Hola, mi mamá inició su trámite de jubilación por vejez con el IMSS hace más de un año, aunque realmente pudo concluirlo en el mes de septiembre, y recibió su primer pago a finales de noviembre, ¿puede entrar a trabajar nuevamente en otra empresa sin perder su pensión? Pregunto porque el trabajo al que quiere entrar le ofrece un salario igual al que recibe de pensión, y no tendría caso que trabaje si lo pierde, gracias por su atención.

  11. Yo soy pencionado por invalides permanente. Pero me se valer por mi mismo ley 73 del imss tengo 25 años pencionado entr a trabajar a una empresa de vijilanteo velador y sigo cotisando . Mi empleo anterior era de operador de autobus foraneo. Haora dice la empresa donde laboro que esta prohibido que un pensionado trabaje y me quieren correr mi pregunta es si es lo correcto. Dice la licenciada que es el art 184. Y ni modo esta bien?

  12. Soy pensionado del imss ley 73 por invalides por ceguera . Despues de algunos años me cure por mis propios medios no al 100% estoy como al 50 % fisicamente despues entro a trabajar a una empresa donde llevo 10 años trabajando como velador y limpiesa haora la lic de la empresa me dice que me va a correr porque esta prohibido que un pensionado este trabajando que es el art. 186. Eso esta bien?

  13. Buen día!
    agradezco la atención de antemano; le comento: mi papá tiene ya 65 y esta indeciso de tramitar su jubilación, que por que algún compañero le hizo el comentario de que no le van a dar nada de finiquito en la empresa, y es aquí donde pregunto: ¿pueden hacer eso? tiene casi 45 años trabajando donde mismo (aunque haya cambiado de razón social, y lo dieron de baja y alta en cada cambio… eso le afecta?)
    la otra pregunta seria, si no se jubila ya, ¿puede perder el derecho de pensión?

  14. Hola,
    En Septiembre entrante (2017) cumpliré 6 meses de pensioné en el imss régimen Cesantía en Edad Avanzada (60 años)
    Actualmente trabajo por honorarios (empresa diferente con la que me pensioné) pero dicha empresa quiere darme de alta al imss donde laboro, como debe de ser esta alta sin que afecte para nada mi pensión actual recibida del imss??? tengo que abrir otra cuenta de afore ??? (creo que no se podría, por que el num de imss es único)
    Gracias,,, Saludos…

  15. señores. buenas tardes trabajo con la empresa privada pero me dicen que si tomo mi pensión me liquidan el contrato eso es legal? porque tengo semanas y el fondo pensional es privado, me falta la edad legal de 62 años

  16. si cumpli 65 año sestoy pensionado bajo el esquema de censatIA y vejez pero tengo la oportunidad de volver a laborar EN LA MISMA EMPRESA es decir en la ultima empresa en la que estube dado de alta. ya pasaron los 6 meses sin trabajo
    PUEDO LABORAR Y QUE ME DEN DE ALTA SIN NINGÚN PROBLEMA A PERDER MI PENSIÓN,?

  17. Estoy pensionado bajo el esquema de censatIA y vejez pero tengo la oportunidad de volver a laborar EN LA MISMA EMPRESA es decir en la ultima empresa en la que estube dado de alta. ya pasaron los 6 meses sin trabajo
    PUEDO LABORAR Y QUE ME DEN DE ALTA SIN NINGÚN PROBLEMA A PERDER MI PENSIÓN,?

  18. Buenas tardes, deje de trabajar en una empresa en abril de 2013 y empezé a trabajar por mi cuenta, me inscribí a la modalidad 40 a partir de octubre de ese año y tramité mi pensión por cesantía en edad avanzada y se me otorgó la pensión en mayo de 2017. Ahora no estoy trabajando, pero tengo varios clientes a los que puedo darles servicio y uno de ellos es la empresa en la que trabajé en 2013, aunque trabajo por honorarios puedo tener problemas y perder mi pensión si los atiendo?

  19. carlos rosas soy pensionado por sesantia a los 65 en el imss tengo 66 años quisiera saber si es posible iniciar un negocio propio en el cual pueda darme de alta como persona fisica y emitir facturas y pagar los impuestos correspondientes ante hacienda pero mi duda es si puedo perder mi pension por esta situacion

  20. muchas gracias por su respuesta desinteresada y disipar mi duda que me preocupaba y sin saber a quien acudir ya que un nuevo negocio es incierto pero la vida nos enseña que hay que ser positivo en todas nuestras acciones muchas felicidades

  21. Buenas tardes estoy pensionado con la nueva ley del 97 retiros programados por censatia y vejez , tengo 62 años no estoy de acuerdo con lo establecido en la resolución , incluso lo he introducido a la afore en dos ocasiones y la cancelan por error en documentos , puedo cotizar de nuevo y cancelar está pensión? solo van tres meses desde que adquirí la resolución y no he recibido ni un peso.

    • Para una opinión precisa, necesito analizar documentos y datos adicionales.

      Para consulta personal solo en Mérida, Yuc., a todo el país y el exterior por email, teléfono o por Skype, siempre previa cita y conocimiento de su caso.

      Para email y teléfono de contacto ingrese en QUIENES SOMOS

  22. Buenas tardes mi mamá es pensionada. Tiene 63 años y está pensionada sólo con el 30 de pensión mi pregunta es si puede volver a trabajar en la última empresa donde elaboró. Antes de pensionarse. Sin perder su pensión. Gracias

  23. Que gusto saber que personas como ustedes estan dispuestos a despejar las dudas en este tema. Mi pregunta es la siguiente.
    Mi esposo dejo de trabajar en Mexico hace 5 años (esta emigrado en USA) pero trabaja en la frontera (Tijuana) para una compañia americana la cual le paga con nomina americana pero aun asi debe pagar impuestos en mexico haciendo sus declaraciones correspondientes a hacienda. Él se quiere jubilar este año (cumplirá 60 años) para recibir su pension en México pero seguirá trabajando en su puesto actual con esta compañía americana y pagando sus impuestos en México. Tendrá algún problema al solicitar su pensión en Mexico al el estar trabajando y pagando impuestos en México no esta dado de alta en el IMSS desde hace 5 años solo compro el seguro voluntario

  24. buen día mi padre es jubilado por sesantia se jubilo en el 2013, pero en el 2015 volvió a laborar para diferente patrón con un salario mayor al que obtuvo en la resolución del IMSS se puede aumentar su pensión?

  25. Buenas tardes mi pregunta sería si soy pensionada por viudez por el issste y quiero trabajar en otra dependencias a en donde dan imss me quitarían mi pensión o no gracias .

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