2012: Bajan Comisiones las Afore

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En un hecho sin precedente, las catorce Administradoras de Fondos para el Retiro que actualmente participan en el Sistema, bajan sus comisiones para el próximo año, hecho que representa un gran beneficio para quienes cotizan al régimen obligatorio del IMSS y/o del ISSSTE.

Esto significa que el próximo año, costará menos la administración del ahorro para el retiro, lo que impactará muy positivamente en el indicador que refleja la eficiencia de cada Sociedad de Inversión Especializada en Fondos para el Retiro (SIEFORE), al ser las responsables de la inversión de estos recursos y siempre que continúen con la trayectoria alcista los rendimientos ofrecidos en los últimos meses.

Cada AFORE opera cinco Siefore Básicas y sólo seis de ellas operan Siefore Adicionales, para la inversión del Ahorro Solidario, Ahorro a Largo Plazo, Aportaciones Voluntarias y Complementarias para el Retiro.

En las Siefore Básicas se invierten los recursos que se aportan para su pensión, los que se integran con una aportación patronal del 2% para el Retiro y 3.150% cesantía en edad avanzada y vejez; el trabajador contribuye con el 1.125%; y el Estado con un 0.225% y, en forma adicional, efectúa una aportación adicional por concepto de Cuota Social, para aquellos trabajadores que ganen hasta quince veces el salario mínimo general que rija para el Distrito Federal; adicionalmente el patrón contribuye con un 5% para Infonavit.

Los rendimientos que han obtenido la inversión de los recursos destinados a financiar en el futuro nuestra pensión, bien sea por un riesgo de trabajo, un estado de invalidez o por cesantía en edad avanzada o vejez, puede consultarlos en el portal de la CONSAR, www.consar.gob.mx, apartado Panorama General del SAR, donde encontrará información actualizada y oficial por cada Siefore Básica, de los últimos treinta y seis meses así como de los últimos cinco años.

Con la normatividad vigente, la CONSAR sólo podrá autorizar la operación de Siefore Adicionales cuando se disponga de $500´000,000.00 en ahorro VOLUNTARIO. Si su AFORE no opera Siefore Adicionales, no se preocupe, su ahorro voluntario se invierte conforme al régimen de inversión autorizado para la Siefore Básica 1, o en alguna otra, por instrucción del trabajador.

Recuerde que del ahorro acumulado para su retiro, usted ha aportado apenas el 19.23% de los recursos y que el 82.27% restante lo han aportado el patrón y el Estado. Si la aportación que actualmente usted hace, de apenas el 1.125%, no fuese obligatoria, ¿Cuánto ahorro personal hubiere acumulado en su vida laboral?.

Si por cuenta propia usted ahorrara en un banco el 1.125% de su salario base de cotización, dudo que el banco le de algún interés cercano al 50% de la tasa inflación; seguramente sería mucho menor y, para darle un rendimiento dos, tres o cuatro veces mayor a la tasa de inflación, tendría que invertirlo en sociedades de inversión, a largo plazo, al igual que como lo hacen hoy día las SIEFORE; así de simple y así de sencillo.

Las AFORE, al conjuntar el ahorro de un gran número de trabajadores, pueden invertir en el mercado de valores, en valores seleccionados y obtener rendimientos muy superiores a los otorgados por las instituciones de crédito y muy por encima de la tasa de inflación, es decir, su ahorro en verdad crece.

¿Que tiene un costo su administración? Claro que lo tiene. ¿Que las SIEFORE también ganan? Claro que también ganan. Hoy día no hay botanas gratis ni meses sin intereses; el costo de la botana está incluido en el precio del platillo y, el interés de los meses sin interese, se incluye ya en el precio al que usted compra el producto; y todavía más: le dan 20% en monedero (sobreprecio del producto), y a gastar en la misma tienda.

MI RETIRO Y PENSION le desea que tenga una excelente navidad y un próspero año 2012.

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4 COMENTARIOS

  1. donde localizo el porcentaje de comisiones que cobran las afores en las sociedades de inversión adicionales?

  2. Buenas tardes Licenciado.

    Yo ingrese al Gobierno Federal en el 1 de marzo de 1991 a la fecha tengo 25 años 6 mese 25 días cotizados al ISSSTE, tengo 51 años cumplidos este mes, soy mujer y elegí el artículo Decimo Transitorio.

    Sería tan amable de informarme cuando me puedo pensionar.

    De antemano agradezco su fina atención.

    Saludos

    • PARA JUBILACION: NECESTIA 28 AÑOS DE SERVICIO Y 52 DE EDAD; OPCION NO PROCEDENTE

      PARA RETIRO POR EDAD, NECESITA TENER 59 AÑOS Y AL MENOS 15 DE SERVICIO; OPCION NO PROCEDENTE

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