Reproducimos a ustedes la consulta hecha al IMSS sobre el tema que nos ocupa, el motivo de la misma y la respuesta que el Instituto nos envió:
Consulta dirigida a: atnder <
[email protected]>
Asunto: CONSULTA
Saludos cordiales deseando su apoyo con la siguiente duda: ¿Los trabajadores que se incorporen al programa Trabajadores Independientes pueden darse de alta en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio (modalidad 40), posterior a haber cumplido al menos 52 semanas de cotización? En mucho estimaremos que la respuesta sea un sí...