Conservación y reconocimiento de derechos

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Con el fin de poner información oportuna, clara y suficiente relacionada con la conservación y el reconocimiento de derechos al causar baja del régimen obligatorio del IMSS, le transcribo íntegramente los artículos 150 y 151 de la Ley del Seguro Social, que norman estas circunstancias.

Artículo 150. Los asegurados que dejen de pertenecer al régimen obligatorio, conservarán los derechos que tuvieran adquiridos a pensiones en el seguro de invalidez y vida por un período igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contado a partir de la fecha de su baja.

Este tiempo de conservación de derechos no será menor de doce meses. 

Artículo 151. Al asegurado que haya dejado de estar sujeto al régimen obligatorio y reingrese a éste, se le reconocerá el tiempo cubierto por sus cotizaciones anteriores, en la forma siguiente:

I. Si la interrupción en el pago de cotizaciones no fuese mayor de tres años, se le reconocerán, al momento de la reinscripción, todas sus cotizaciones;

 II. Si la interrupción excediera de tres años, pero no de seis, se le reconocerán todas las cotizaciones anteriores cuando, a partir de su reingreso, haya cubierto un mínimo de veintiséis semanas de nuevas cotizaciones;

III. Si el reingreso ocurre después de seis años de interrupción, las cotizaciones anteriormente cubiertas se le acreditarán al reunir cincuenta y dos semanas reconocidas en su nuevo aseguramiento, y

IV. En los casos de pensionados por invalidez que reingresen al régimen obligatorio, cotizarán en todos los seguros, con excepción del de invalidez y vida.

En los casos de las fracciones II y III, si el reingreso del asegurado ocurriera antes de expirar el período de conservación de derechos establecido en el artículo anterior, se le reconocerán de inmediato todas sus cotizaciones anteriores.

Si después de leer el artículo requiere contactarnos para dudas e inquietudes adicionales, encontrará más detalles en la siguiente liga:

https://miretiroypension.com/2012/10/para-atender-mejor-sus-consultas/

Es importante que antes de contactarnos lea también nuestro Aviso de Confidencialidad ubicado en la siguiente liga:

https://miretiroypension.com/2014/10/aviso-de-confidencialidad/

 

1768 COMENTARIOS

  1. Hola. Tengo 57 años de edad. Perdí mi empleo en 2013. tengo 950 sem cotizadas (1990-2013). Salario por encima del mínimo. Por la edad, no puedo conseguir empleo y mi conservación de derechos vencen éste año (2017). ¿Hasta qué tiempo tengo para reintegrarme y no perder mis derechos? Necesitaría un salario igual o muy cercano al que tenía, para que no me afecte.

  2. Gracias. Y felicidades por su valiosísima página. Muchas bendiciones para su familia.

  3. Buenas tardes!!! Yo empeze a cotizar desde 1980 y deje de cotizar 1997. Podre pencionarme? soy discapacitado me amputaron ambas piernas x enfermedad??

  4. Una persona murio en 1995, cotizo para el IMSS de 1972 a 1984 y su ahora viuda de edad avanzada en 2017 quiere cobrar la pension para la viudez, ¿aun puede hacerlo? gracias

  5. Hola Lic. Gutiérrez. Quiero adquirir el seguro de salud Mod. 33, dejé de cotizar en el IMSS hace casi 2 años, sé que para tener los servicios quirúrgico y hospitalario se debió contratar dentro de los 12 meses posteriores a la baja en R.O. Mi duda es, ¿A partir del 2do. año de seguir pagando el seguro Mod.33 se integran los servicios quirúrgico y hospitalario?
    Gracias por la atención.

  6. Hola. Mi mamá tiene 73 años,trabajo cuatro años registrada (luego lo hizo por su cuenta). Puede solicitar la devolución de alguna prestación que hubiera tenido en ese momento (Infonavit,ahorro etc).De antemano gracias por su atención.

  7. Yo trabajaba en otra empresa y me cambie a otra de un dia para otro y en mi nueva empresa estuve trabajando 3 meses sin estar asegurado y x esa rrazon perdi mis puntos que puedo aser en contra de mi patron

  8. Empecé a cotizar en 1974, aproximadamente 6 años y me descontaban lo del seguro social. En 1981 entré a trabajar a Pemex y me retenían lo del SAR, pero no IMSS ni INFONAVIT. En el año 2004, cuando tenía 45 años, Pemex me jubiló en forma especial aunque no tenía la edad ni los años trabajados y el Banco me pagó lo que tenía del SAR. En 2016 entré a trabajar nuevamente y activaron mi número de Seguridad Social. Sigo trabajando y me siguen descontando. Al respecto, puedo tener algún beneficio cuando cumpla los 60 años, en cuanto a INFONAVIT o JUBILACIÓN.

  9. Buen día.
    Mi esposo trabajo hasta 1989 y falleció en 1995.
    Hasta 2008 empecé el tramite para la pensión por viudez, primero dijeron que tenia 0 semanas y después 750.
    Es posible seguir intentando?

  10. tengo dos preguntas

    1. si dejé de trabajar para el IMSS y ahora estoy activo en el ISSSTE, al pasar los años pierdo mis derechos del IMSS para efecto de mi pensión?
    2. Al pensionarme por la ley del 73 cuál sería el promedio del sueldo que se tomaría para efecto del cálculo de la pensión; El del ISSSTE o el último registrado en el IMSS? o serán el combinado de ambos.

  11. Tengo 51 años,coticé en el Imss desde 1985.Soy sobreviviente de cáncer de mama,cada 12 meses deben darme seguimiento por ser triple negativo.En 2016 me despidieron injustificadamente,a la fecha está en proceso una demanda laboral.Independientemente de ésto,las secuelas del tratamiento han causado que mis huesos estén tan desgastados como los de 1 persona de 75 años,lo cual me ocasiona diversos problemas óseos,aunado a ésto en mi cerebro se han desarrollado 2 quistes que provocan problemas de movilidad en la mitad de mi cuerpo, también mi vista está afectada y tengo problemas de memoria en el corto presente. A mi edad y sumando mi enfermedad crónica más la problemática de movilidad de mi cuerpo,se me ha hecho muy difícil poder emplearme (por no decir imposible).Intenté que el imss tomará mi caso dentro de la conservación de derechos para que dictaminen si es que soy sujeta a una pensión por inválidez pero en mi clínica familiar sólo recibo evasivas por parte del personal médico y el tiempo pasa y se agota mi período de conservación de derechos.Acudí al área de prestaciones,expuse mi caso y me dieron un formato para trámite de invalidez ST-4, me dijeron que mi médico familiar debería darme una a consulta y firmar el documento para iniciar trámite,así lo hice incluso presenté documentación del seguimiento médico que llevo en hospitales del gobierno de la #CDMX.El médico que me atendió me dijo que para el IMSS mis documentos no tienen validez, y que como estoy dada de baja no pueden brindarme el servicio,le indiqué que estaba ahí para obtener dictámen médico, pero insistió en que no podía hacer nada por no estar dada de alta en el imss.Quisiera que me orientarán y saber entonces cuál es el proceso a seguir para que el Imss me haga estudios y realice un dictámen y defina si soy o no candidata a una pensión de invalidez ya sea parcial o permanente.He pensado incluso en hacer una petición a la dirección general de la clínica.Me gustaría obrar conforme a derecho,agradezco su atención.

    • Trate su caso con los abogados e la Profedet
      Probablemente se constituya el derecho a pensión de invalidez la que debe de tramitar directamente en salud en el trabajo
      Pero reitero, acuda por orientación a la Profedet

  12. Buen día sol marhta Silvia Garcia valencia mi pregunta es si yo empese trabaje en el año de 1982 cuantas semanas cotizadas tengo y si alcanzo ya mi pensión graciass

  13. Buenas tardes, soy una persona de 57 años, empece a cotizar IMSS en 1983, y deje de hacerlo en el 2003, tengo mi constancia de 518 semanas cotizadas. Actualmente trabajo en el Gobierno y cotizo ISSSTE desde hace 17 años inintirrupidamente, mi pregunta es se puede unificar IMSS, ISSStE para efectos de jubilación, ya que mi deseo es retirarme de trabajar a los 60 años.
    o Bien me convienen pensionarme primero del IMSS (obvio primero tendria que recuperar la vigencia), y después del ISSSTE.
    Es posible obtener las dos pensiones una del ISSSTE y una del IMSS
    Gracias de antemano por su orientación.

  14. Buen día, mi papa trabajo cotizando para el IMSS de 1974 a 1986. Posteriormente causo baja y se incorporo a trabajar cotizando en el ISSTE en 1987 hasta la fecha, en agosto de 2017 cumplió sus 30años de servicios. Lo que el quiere es saber si puede recuperar esos años que cotizo en el IMSS, yo he leido que en 2009 se hizo una ley donde se aprobo realizar la suma de los años cotizando para ambas instituciones. El problema es que mi papa no conserva ningun registro de las 2 empresas para las que laboro cuando cotizo en el IMSS. Existe la posibilidad de que pueda validar estos 12 años cotizando para el IMSS y alcanzar una mayor pensión??

  15. Hola!
    Quisiera saber si hay algún documento donde se vea la fecha de conservación de derechos.
    Saludos

  16. No tengo contacto con mi esposa desde que se fue de la casa hace Tres años y yo quiero darla de baja en el IMSS pero me piden el acta de divorcio y no se que hacer

  17. Hola mi esposo comenzó a cotizar en 1999 dejo de cotizar en septiembre 2015 mi duda es si tengo derecho a pensión por viudez tengo 4 menores de edad el falleció el 4 de junio del 2018

  18. BUENOS DIAS SOY LUCIANO MONTALVO VIEJO ALBANIL QUE SIEMPRE TRABAJE POS DESTAJO. ABUSANDO DE SU VALIOSO TIEMPO ESTOY POR CUMPLIR LOS 60 AÑOS ESTE 2019. Y LLEGA LA ETAPA MAS DIFICIL CASADO DE TRABAJAR EN ESTO ME PREOCUPA SI TENGO DERECHO A PENSION O A NADA. ACUDI AL IMSS Y TENGO

    1070 SEMANAS COTIZADAS.
    DEJE DE DE COTIZAR EN EL 2015
    PUEDO PENSIONARME ?,TENGO DERECHO A ESO?
    ESTOY DENTRO DE LA CONSERVACION DE DERECHO?
    APLICA PARA MI CASO EL RECONOCIMIENTO DE DERECHO?
    GRACIAS DE ANTEMANO SALUDOS

  19. Hola tengo algunas dudas sobre mi cotizacion, cuales son los datos que deberia llevar para optar por una pension, muchas gracias!!

    • Quizas el filtro de spam no permita que llegue; reenvia a [email protected]; ya tiene menos filtro

      Para orientación, asesoría en vía de consulta favor de enviarnos, amplia y detalladamente descrito tu caso al email: [email protected]

      Don Jaime lo revisa y te informará si algo adicional hace falta, así como el honorario que aplica y medios de depósito.

      Sugerimos leer el artículo recién publicado en el link: https://miretiroypension.com

      Nota: videochat en vivo con Jaime Gutiérrez, cada martes, 21:00 hrs., tiempo del centro

      Atte, Lucy, asistente

  20. Buenas tardes
    Tengo 57 años y 912 semanas cotizadas, sigo activo pero con un salario diario bajo.
    En que momento puedo empezar a hacer aportaciones en la modalidad 40 y si tendría que darme de baja ante el IMSS al elegir ésta modalidad?

    • Ya es tiempo, debe causar baja IMSS

      Hola Nancy, favor escribir a [email protected], necesitamos datos complementarios

      IMPORTANTE: No se pierda los videochat en vivo con el Lic. JG Melchor, cada miércoles a las 21:00 hrs., también, ingrese a YouTube, busque Mi Retiro y Pensión y suscríbase sin costo, para que reciba aviso de todo material que publiquemos; al suscribirse a nuestro canal y obtendrá un descuento del 20% en su primera consulta si deposita antes del 31/12/2019.

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