Conservación y reconocimiento de derechos

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Con el fin de poner información oportuna, clara y suficiente relacionada con la conservación y el reconocimiento de derechos al causar baja del régimen obligatorio del IMSS, le transcribo íntegramente los artículos 150 y 151 de la Ley del Seguro Social, que norman estas circunstancias.

Artículo 150. Los asegurados que dejen de pertenecer al régimen obligatorio, conservarán los derechos que tuvieran adquiridos a pensiones en el seguro de invalidez y vida por un período igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contado a partir de la fecha de su baja.

Este tiempo de conservación de derechos no será menor de doce meses. 

Artículo 151. Al asegurado que haya dejado de estar sujeto al régimen obligatorio y reingrese a éste, se le reconocerá el tiempo cubierto por sus cotizaciones anteriores, en la forma siguiente:

I. Si la interrupción en el pago de cotizaciones no fuese mayor de tres años, se le reconocerán, al momento de la reinscripción, todas sus cotizaciones;

 II. Si la interrupción excediera de tres años, pero no de seis, se le reconocerán todas las cotizaciones anteriores cuando, a partir de su reingreso, haya cubierto un mínimo de veintiséis semanas de nuevas cotizaciones;

III. Si el reingreso ocurre después de seis años de interrupción, las cotizaciones anteriormente cubiertas se le acreditarán al reunir cincuenta y dos semanas reconocidas en su nuevo aseguramiento, y

IV. En los casos de pensionados por invalidez que reingresen al régimen obligatorio, cotizarán en todos los seguros, con excepción del de invalidez y vida.

En los casos de las fracciones II y III, si el reingreso del asegurado ocurriera antes de expirar el período de conservación de derechos establecido en el artículo anterior, se le reconocerán de inmediato todas sus cotizaciones anteriores.

Si después de leer el artículo requiere contactarnos para dudas e inquietudes adicionales, encontrará más detalles en la siguiente liga:

https://miretiroypension.com/2012/10/para-atender-mejor-sus-consultas/

Es importante que antes de contactarnos lea también nuestro Aviso de Confidencialidad ubicado en la siguiente liga:

https://miretiroypension.com/2014/10/aviso-de-confidencialidad/

 

1768 COMENTARIOS

  1. Buenas tardes.

    Tengo 61 años y 912 semanas cotizadas en el IMSS; deje de cotizar hace mas de 10 años, el IMSS me dijo que debo cotizar 52 semanas para activar mi conservación de derecho y solicitar mi pensión. En marzo de este año conseguí un empleo pero la empresa cerro y me dio de baja a partir del 1 de noviembre, por lo que cotice 8 meses y me faltaron 4.
    Mi pregunta es, si consigo otro trabajo y me dan de alta, el IMSS me toma en cuenta estas semanas que cotice hasta llegar a las 52 que pide para mi pension?

  2. MI TIA TRABAJO EN LOS AÑOS DE 1979 A 1983 APROXIMADAMENTE , AHORA NECESITA VOLVER A TRABAJAR PERO QUIERE SABER SI ESTAS COTIZACIONES LE PUDIERAN SERVIR PARA UNA PENSION , DONDE SE PUEDE INFORMAR, TIENE DUDA SI ESTA INSCRITA ALGUNA AFORE ??
    QUIZIMOS CHECAR SUS SEMANAS COTIZADAS PERO EL PORTAL DE IMSS NO NO LOS PERMITE DICE QUE EL NUMERO NO EXISTE O ES INCORRECTO.

  3. Buenas tardes lic.Gutierrez mi pregunta es la siguiente yo tengo 1302 semanas reconocidas derechos reservados vencidos el 2 de mayo de este año ya que desde hace un año caí en cama con diagnostico de células cancerosas un thumor en el sacro izquierdo perdiendo movilidad del cual transcurrido el tiempo empeze a tratar de que me dieran pensión pero ya al llegar a prestaciones me negaron cualquier ayuda argumentando que yo ya perdí todo y para recuperarlo tengo que trabajar 5 años yo le comento que como le ago si no puedo ya que con lo que tengo como y al ir a trabajo social me dicen que ya me dieron la negativa pero no me la dieron por escrito si no verbal a donde tengo que ir para que me la estiendan así tener acceso a mis recursos de la afore ya que en esta situación eso que tengo es de muy útil para mi esperando su consejo de antemano le agradezco

  4. Buenas Tardes, una consulta para el calculo de la pensión en el IMSS el promedio de los últimos 5 años laborados son cronológicos o son los últimos 5 años que cotizaste.

    Gracias

  5. Empece a cotizar al IMSS desde 1971 y hasta 1984, por lo que tenia mas de 500 semanas cotizadas, pero vencieron mis derechos para conseguir una pensión. A fines de 2014 consegui un empleo con la intencion de reactivar mis derechos, y acumule 48 semanas (no llegue a las 52). Por recorte de personal cause baja en octubre de 2015. Mi pregunta es: puedo completar las 4 semanas que me faltan en otro empleo?. Cuanto tiempo tienen de vigencia esas 48 semanas ? . Gracias anticipadas por su respuesta.

  6. si estuve asegurada de diciembre del 82 al 85 y en el 86 voluntariamente yen el 98 nuevamente como trabajadora ahora tengo 50 años sipago voluntaria mente tendria derecho arecibir pencion

  7. al incapacitarse por culquier medio ya sea enfermedad o accidente, el tiempo que dure la incapacidades 3 meses por ejemplo, ese tiempo es reconocido por el imss como semanas cotizadas para la pension. saludos y gracias

  8. Que tal licenciado mi pregunta es la siguiente estube cotizando del 84 al 2000 por lo tanto tengo mas de 500 cotizaciones ya van 16 aňos sin laborar quisiera saver si tengo derecho a mi jubilacion

  9. Si hago aportaciones bajo modalidad 40, sigo conservando mis derechos para jubilación? hace 5 anhos deje de trabajar pero he seguido pagando la aportaciones voluntarias. Planeo jubilarme el anho proximo

  10. me jubile en dic de 2016 con mas de 1500 semanas pero con salario minimo y por falta de informacion ahora tengo una pension muy pobre.
    la pregunta es que si puedo continuar cotizando para subir mi pension?
    gracias.

  11. buenas tardes licenciado: deseo se encuentre bien molestando para hacerle una consulta hoy 25 de enero del 2017 solicite al imss mis semanas cotizadas y me dicen que tengo 441 semanas reconocidas y tengo sin cotizar desde el 14 de julio de 1999 tambien dice conservación de derecho 23-08-2001 quiero saber que tengo que hacer para pensionarme con la ley 1973 tambien en un parrafo dice pres. solic 51 semanas cotizadas aparte de las 441 la verdad no entiendo y le agrade-seria si me pudiera apoyar muchas gracias de antemano por sus respuestas y que Dios lo bendiga por su servicio su servidor José Luis Gonzalez su servidor

  12. Buen día Lic mi duda es la siguiente : fecha de baja 1986 semanas cotizadas 778 semanas reconocidas 9 , en el 2010 solicite constancia semanas cotizadas y me dicen que son 51 semana cotizadas , que debo de hacer que poder recuperar mi pensión ? Mi edad 62 gracias antemano

  13. Buen tarde Lic. me duda es la siguiente: deje de cotizar en 1989 y en el reporte de semanas cotizadas que se genera por internet me dice que tengo un total de 353 semanas cotizadas, si me reactivo por más de un año (52 semanas) entiendo que puedo recuperar mis derechos, sin embargo tengo duda sobre si me respetarían el derecho a pensionarme conforme a la Ley de 1973

  14. Buenas noches. Tengo 1332 semanas cotizadas reconocidas por el IMSS y mi edad es de 66 años. Trabaje en una empresa para conservar mis derechos de Septiembre 27 de 2012 al 17 de Noviembre 2013 que es el año que necesitaba para cumplir con las 52 semanas requeridas pero el IMSS solo me reconoce 51 semanas en vez de 52 y no tuve ni una sola falta durante ese año. Que debio hacer? Otra consulta por favor, Si quiero aumentar mi pension y cotizo en modalidad 40 con salario topado durante un año mejoraría el monto de la misma, ?? Muchas gracias por su amable atención. Saludos.

    • ES MUY PROBABLE QUE SU PATRON NO LE REPORTO AL IMSS LA UMLTIMA SEMANA LABORADA POR ELLO SIEMPRE ES RECOMENDABLE COTIZAR MINIMO 56
      PARA M-40 NECESITA COTIZAR MINIMO 1 SEMANA MAS, SUGIERO DE 3 A 4 Y LUEGO CONTRATAR LA M-40,
      ¿QUE TANTO MEJORARA LA PENSION?
      HABRÍA QUE HACER EL CALCULO, QUIZAS NO VALGA LA PENA
      De requerir asesoría personalizada puede escribir a [email protected].

  15. Buenas tardes, mi suegro cotizo en el IMSS, entre 1972 y 1987. Tiene duda si goza de algún beneficio por esos años en los que cotizo en el IMSS

    • Primero: debe validar en el imss cuantas semanas cotizadas le reconocen
      Segundo: con el dato, podra determinar si recupera o no derechos a través del artículo que ha leido
      Tercero: recuperado derechos y cumplido los requisitos puede tener derecho a pension

  16. Buenas tardes, Actualmente estoy inscrito en el régimen obligatorio con bajo salario y tengo 54 años y 3 meses. La pregunta es: puedo darme de baja, inscribirme en Modalidad 40, cotizar 5 años, darme de baja de la Mod 40 a los 59 años 4 meses (para tener 5 años cotizados bajo Mod 40), esperar los 60 años ya sin cotizar y obtener la pensión ? Es esto correcto?

  17. Buenas tardes…
    quiero hacer el tramite de pension por viudez para mi abuelita… pero mi abuelo dejo de cotizar mas de 15 años, y se dio de alta en marzo de 2016 y fallecio en diciembre de 2016 y por lo tanto lo dieron de baja ante el imss…
    aun asi puede mi abuelita tener una pension por viudez?

    • No, su abuelito no alcanzo a recuperar derechos; sin embargo su abuelita puede pedir pension de viudez, le daran una negativa de pension y con ese documento puede retirar de su Afore el ahorro acumulado

  18. Hola que tal muy buenas tardes licenciado disculpe tengo una duda lo que pasa es que mi papá falleció hace 9 meses, la cual mi mamá está haciendo su tramite para pension de viudez , la cual el seguro social nos tardó mucho en darnos respuesta para que el día de hoy le dijeran a mi mamá que no se la van a poder dar, porque mi papá a la hora de pensionarse ya no siguió cotizando al seguro social y el imss solo nos dio 15 días para buscar una solución, entonces yo quiero saber si usted me puede asesorar para resolver este problema lo antes posible, sin mas me despido de usted.

  19. BUENA TARDE ME GSUTARIA SABER SI EN MI CASO HAY ALGUNA POSIBILIDAD DE RECUPERAR MIS SEMANAS COTIZADAS, COTICE AL IMSS DESDE EL AÑO DE 1988, Y BUENO TUVE ALGUNOS TRABAJOS QUE NO ME DABAN SEGURO, COMO EN ESTE QUE LLEVO CERCA DE 10 AÑOS Y EL PATRON SIEMPRE DICE QUE NOS DARA IMSS, PERO NADA DE NADA COMO PUEDO SOLUCIONAR ESTO, GRACIAS

  20. Buenas noches
    me gustaría saber si mi madre tiene ahorros o semanas cotizadas, ella trabajo y se dio de alta en 1978,que se hace en este caso.

  21. Buenas tyardes Licenciado de antemano agradezco el tiempo que se toma para cxontestar todos los mensajes, le comento mi papa tiene 58 años y 990 semanas cotizadas ente el imss su ultimo trabajo donde lo aseguraron fue hace mas de 12 años, pero a el lo operaron del pie y ya no esta en condiciones de trabajar para ´poder recuperar sus derechos. Mi pregunta es hay algo que se pueda hacer por el? Para que cobre su dinero?…
    Muchas Gracias-

    • SU PAPA AUN Y CON DIFICULTADES PUEDE CONTINUAR LABORANDO, SERÍA LO MAS APROPIADO PARA RECUPERAR DERECHOS; LEER SIGUIENTE ENLACE

      RECUPERACION DERECHOS

      PERO SI DETERMINAN QUE YA NO PUEDE O QUIERE TRABAJAR, ESPERE A QUE CUMPLAN 60 AÑOS, TRAMITA PENSION, LE DARN NEGATIVA Y CON ESE DOCUMENTO RETIRA TODO EL AHORRO ACUMULADO; TENDRÁ DERECHO A QUE LE DEN SIN COSTO UN SEGURO DE SALUD PARA EL Y SU ESPOSA

      Para asesoría personalizada puede contactarnos a través del siguiente enlace; se requieren datos adicionales
      medio de contacto

  22. Hola, buen día:
    Para reactivar los derechos sirve la modalidad 34? o es necesario buscar otro empleo?
    Gracias.

  23. Sería legal modificar la edad de jubilación 60-65 años para el caso de personas como su servidor que ahora mismo tenemos 55 años por ejemplo y estamos aportando al imss actualmente? (si en la ley del imss habla de estos nùmeros). Lo comento por la conveniencia de iniciar a aportar a la modalidad 40.

    • No me queda claro que desea expresar con seria legal modificar la edad de jubilacion…
      Si usted cotiza al IMSS puede pensionarse a partir de que cumpla 60 años y hasta los 65 o posterior
      Puede aportar a la M-40 desde el año que usted desee y pensionarse al cumplir la edad legal comentada
      Para asesoría a detalle puede contactarnos a través del siguiente enlace
      email de contacto

  24. Buenas tardes, tengo una duda, espero me pueda apoyar con ésta, el abuela de mi novia fallecio hace mas de 10 años, el sólo cotizó al IMSS 900 semanas, su conservación de derechos era hasta julio de 2001. Que se tiene que hacer para que la abuela pueda conseguir pensión ya que obvias razones el trabajador ya no puede reactivarse para que se le reconozcan las semanas anteriores?? ó ya se perdió el derecho a pensión por viudez?? Qué pasará con el dinero que tiene en su Afore?? Agradezco la atención que sirva brindar a mi cuestionamiento.

    • Todo indica el derecho a pensión se ha perdido ya por la conservacion de derechos pero pueden recuperar el dinero que está en la Afore antes de que venza el plazo de ley; acudan a la Afore por mayores detalles

  25. hola licenciado .tengo 59 años 1428 semanas cotizadas ,, 116.22 de salario diario . y 28 trabajados .ante el imss .y me voy a pencionar por la modalidad 40 .ya tengo toda la papelería . pero no se . con cuantos salarios me voy a pensionar .pienso pagar unos 1350 pesos al mes .pero nose cuanto me vendra de pencion .usted me podria decier o sarme una caculacion …gracias

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