Para incorporarnos al IMSS la Ley prevé dos opciones: Régimen Obligatorio y Régimen Voluntario.
Al Régimen Voluntario podrán incorporarse los trabajadores en industrias familiares y los independientes, como profesionales, comerciantes en pequeño, artesanos y demás trabajadores no asalariados; trabajadores domésticos; ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios; los patrones personas físicas con trabajadores asegurados a su servicio, y los trabajadores al servicio de las administraciones públicas de la Federación, entidades federativas y municipios que estén excluidas o no comprendidas en otras leyes o decretos como sujetos de seguridad social.
Al Régimen Obligatorio deberán de incorporarse las personas que presten a otras en forma permanente o eventual, físicas o morales, un servicio remunerado, personal y subordinado; socios de sociedades cooperativas, y quienes determine el Ejecutivo Federal a través del Decreto respectivo, en los términos y condiciones que señala esta Ley y los reglamentos correspondientes.
Cuando por alguna circunstancia el trabajador cause baja del Régimen Obligatorio, conserva dos grandes derechos.
El primero, llamado Conservación de Derechos y habiendo cotizado un mínimo de ciento cincuenta semanas, el trabajador conservará su derecho a pensión en el seguro de Invalidez y Vida (IV) por una cuarta parte de sus semanas cotizadas, sin que este periodo sea menor a doce meses y de sobrevenir un estado de invalidez, por un accidente o enfermedad no profesional, el Instituto pagará la pensión que corresponda.
El segundo, llamado Continuación Voluntaria y habiendo cotizado un mínimo de 52 semanas, el trabajador puede ejercer el derecho a continuar aportando en los seguros de Invalidez y Vida (IV) y de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV), hecho que le permite continuar acumulando semanas para efecto de su retiro y contar con protección para el caso de un estado de invalidez.
Al asegurado que cause baja del Régimen Obligatorio se le reconocerán sus derechos sobre sus semanas cotizadas y con ello a obtener una pensión, de la siguiente manera:
1) Si la ausencia fue por un plazo no mayor a tres años, a su reingreso se le reconocerán todas las semanas cotizadas.
2) Si la ausencia fue por un plazo mayo a tres años, pero menos de seis, deberá cotizar veintiséis nuevas semanas consecutivas.
3) Si la ausencia fue por un plazo mayor a seis años, deberá cotizar cincuenta y dos nuevas semanas consecutivas.
Por último, recuerde dos cosas: que si pide ayuda por desempleo sus semanas cotizadas se verán reducidas en la misma proporción y que podrá recuperarlas al reintegrar los recursos dispuestos.
Tengo una duda soy persona fisica con actividad empresarial, tengo 12 trabajadores entre ellos mi esposo, pero nos preocupa que le pase algo a él y yo no tenga derecho a pensión, porque en realidad es él, el que trabaja y lleva el negocio, yo solo soy la dueña en la parte legal, tenemos 20 años
con el negocio y tenemos 50 años, ¿que nos recomienda? lo felicito por este blog, en verdad es una luz que ilumina a los que desconocemos estos temas
gracias por su respuesta
POR SER LA PROPIETARIA LA UNICA FORMA QUE TIENE DE GENERAR AHORRO Y EN EL FUTURO PODER OBTENER UNA PENSION ES ABRIR UNA CUENTA INDIVIDUAL EN UNA AFORE, COMO TRABAJADOR INDEPENDIENTE
SE LE ABPERTURARA UNA CUENTA Y PODRA AHORRAR PARA EL EFECTO EN LA SUBCUENTA DE AHORRO A LARGO PLAZO Y PODRA DEDUCIR HASTA $152,000.00 ANUALES
Gracias por la información, soló queria hacer una pregunta ¿como soy su patrona, no puedo ser beneficiaria por pensión de parte de él si falleciera? ya que ese es el motivo por el cual el se aseguro, pero a mi se me haria ilogico que pudiera ser patrona-beneficiaria, gracias por su amable respuesta, de todas formas voy a ver la posibilidad de protegerlo tambien a él si yo faltara, ya que tratamos de protegernos mutuamente
Hola buen dia, soy recien egresado y ando en busca de trabajo, tengo la oportunidad de ser aceptado en uno como practicante, entonces me dicen en dicho trabajo que si yo hago mis pagos al imss ellos me darian la oportunidad de trabajar con ellos. mis preguntas son ¿de que forma se comportaria esto? ¿cuanto dinero y en que plazos estaria pagando al imss mis cuotas? ¿de que forma me conviene afiliarme al imss? estoy un poco confundido en esto espero puedan orientarme y tomar la mejor decision GRACIAS.
AL LABORAR PARA LA EMPRESA, ESTA DEBE DE DARLO DE ALTA AL IMSS; QUIZAS LE ESTAN DICIENDO QUE SI USTED QUIERE LO DEN DE ALTA AL IMSS PERO QUE USTED PAGUE LAS CUOTAS Y APORTACIONES
CREO NO ES LO CORRECTO PERO CORRESPONDE A USTED DECIDIR SOBRE ESE ASUNTO TAN PARTICULAR
INFORMESE BIEN QUE ES LO QUE LA EMPRESA LE ESTA QUERIENDO DECIR Y CUAL SERÍA SU COMPROMISO
ESTOY INICIANO UN NEGOCIO DE CUIDADO DE NIÑOS, QUIERO DARLE SEGURO A DOS EMPLEADAS QUE LABORAN CONMIGO, SIN EMBARGO EL SUELDO ES EL MINIMO PUES ESTAMOS INICIANDO PERO QUIERO CUMPLIR CON LA OBLIGACION DE PROPORCIONARLES SEGURO SOCIAL, NO SE COMO COMENZAR (TRAMITAR ALTA) Y CUANTO DEBO PAGAR,
PRIMERO, DEBE DE DARSE DE ALTA AL IMSS COMO PATRON Y EN ESE MOMENTO DAR DE ALTA A LAS PEROSNAS QUE DEBERA DE INCORPORAR
SUPONGO TIENE UN CONTADOR QUE LE LLEVA TODO LO CONTABLE, EL PUEDE SER MEJOR ASESOR QUE YO EN ESE ASPECTO
EXITO EN EL NEGOCIO
Hola buenas tardes tengo al gunas dudas mira lo que pasa esque tenía un lavado de carros y tenía 6 personas en el seguro yo le deje el lavado aún hermano pero nunca y so los pagos aora me di cuenta que no los pago cuando fui al banco arretirar dinero y me lleve la sorpresa que mis cuentas están congeladas aora no se qué aser si al guíen apasado por esto me gustaría su comentario o a dónde tengo que acudir de antemano muchas gracias
DEBIO HABER REVISADO EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE SU HERMANO CON LAS OBLIGACIONES SOCIALES Y FISCALES; SI SE OMITIERON LOS PAGOS, AHORA SOLAMENTE HAY QUE AFRONTAR LOS HECHOS Y CUBRIR EL ADEUDO ANTES DE QUE SE INCREMENTE MAS Y DELE GRACIAS A DIOS QUE NUNCA HUBO NINGUN ACCIDENTE DE TRABAJO PUES LA COSA PUDIERA HABER IDO PEOR
hola mui buenas tardes tengo una duda y es la siguiente:
yo llevo 6 meses trabajando en una empresa donde me ofrecen el seguro pero hay un pequeño detalle que no me he ido a dar de alta al seguro mi duda es:
estoy cotisando aun asi o no????
ASEGURADO SI ESTA SI LA EMPRESA LO DIO DE ALTA Y PAGA SUS CUOTAS
LE ACONSEJO IR LO ANTES POSIBLE AL IMSS Y ABRIR SUS EXPEDIENTE EN ARCHIVOS CLINICOS Y DAR DE ALTA A SUS BENEFICIARIOS Y TAMBIEN, ABRIR SU CUENTA INDIVIDUAL EN LA AFORE DE SU ELECCION
LE ENVIO UNA LIGA PARA QUE ANALICE LA AFORE QUE MAS LE CONVENGA: http://www.consar.gob.mx/rendimiento_neto/rendimiento_neto_promedio_44.shtml
Hola, espero puedan orientarme:
Acabo de terminar mi relación laboral hace unos días y tengo casi 15 años cotizados en el IMSS (tengo 40 de edad)… por lo que he leído en el blog, me conviene seguir una aportación voluntaria para rescatar una pensión.
Agradezco de antemano su respuesta a estas preguntas:
-Si actualmente tengo ISSSTE, ¿es un impedimento para continuar mi cotización voluntaria en el IMSS?
-Con esta aportación voluntaria, ¿se reactiva el INFONAVIT? -no lo he ejercido aún-
-¿Cómo puedo daber de forma aproximada cuánto debo pagar al IMSS por esta continuación voluntaria?
-¿Cuál es su recomendación al respecto?
Gracias
María Gómez
usted puede continuar aportando para el imss en forma voluntaria a traves de la continuacion voluntaria o modalidad 40… con esta modalidad no aporta a infonavit… parael efecto, acuda al imss y que le hagan un calculo de su carga social
no me refiere de que a que año cotiza para el imss y de que a que año para el issste; estos datos me ayudarina mucho… si puede reenviemelos junto con la misma pregunta
saludos
Muchas gracias, le doy más información al respecto:
Acabo de terminar mi relación laboral hace unos días y tengo casi 15 años cotizados en el IMSS (tengo 40 de edad)…
Coticé en el IMSS desde 1999 hasta DIC 2012. En el ISSSTE llevo 15 días apenas.
Agradezco de antemano su respuesta a estas preguntas:
-Si actualmente tengo ISSSTE, ¿es un impedimento para continuar mi cotización voluntaria en el IMSS?
-¿Cuál es su recomendación al respecto?
Gracias
María Gómez
Hola,
trabajo por honorarios y mi sueldo es de entre $1500 y $2000 mensuales. ¿Hay alguna manera de afiliarme al Infonavit por mi cuenta? si es así ¿dónde podría hacer el trámite?
De antemano muchas gracias.
No, no puede hacerlo salvo que cotice al imss por conducto de patron
Muchas gracias por su respuesta.
Hola muy buenos días,tengo una duda espero puedan ayudarme… Mi papa trabajo 32 años para una empresa desde 1980 mismo año en que fue dado de alta en el Imss, justo este diciembre la empresa lo jubila. Él tiene la edad de 57 años, mi duda es, ¿es conveniente que siga con el régimen voluntario para alcanzar una mejor pensión? o ¿ por conservación de derechos no es es necesario?.. Mil gracias por su apoyo y por su blog que sin duda es de gran ayuda. Saludos…
siemrpe sera conveniente no dejar de cotizar
le sugiero lo haga en la modalidad 40 o continuacion voluntaria para que de esa manera pueda conservar el nivel de pension y si es posible mejorarla
si no cotiza, su pension se verá notablemente reducida
Muchas gracias por su ayuda, buen dia.
holaa.
me gustaria saber que beneficios tengo afiliandome por medio del regimen voluntario. yo gano $1150 semanal. cotizaria para infonavit? podria afiliar algun familiar?
solo a disfrutar los beneficos del seguro de enfermedad y maternidad y nada mas
Soy comerciante, y solo cotice 4 años hace 23 años. ¿puedo cotizar en IMSS y jubilarme?
NO, CON EL TIEMPO LABORADO NO ALCANZA LAS SEMANAS MINIMAS PARA PENSIONARSE: 500 SEMANAS COTIZADAS Y RECONOCIDAS POR EL IMSS
Le agradezco enormemente su rápida respuesta. Me surge la duda porque en una cooperativa me dicen que si les pago el IMSS ellos me meten como su trabajadora y podría jubilarme en 10 años, actualmente tengo 50.
Buen día, encuentro interesante su blog puesto que ahorita tengo dudas acerca de las cotizaciones y lo relacionado al IMSS y al INFONAVIT. Resulta que yo trabajo independiente pero no tengo prestaciones, entre platicas un conocido sugirió que el tiene trabajadores asegurados pero el no esta registrado como patrón mas bien un amigo suyo los tiene registrados y sugieren que de esa misma forma me pueden registrar a mi, yo pagaría mis cuotas para lo cual me comentan que registrandome con el sueldo minimo yo tendría que pagar un mes $400 y el segundo mes $1400 es decir cada bimestre debo pagar $1800.
Con mi sueldo no tengo problemas para pagarlo (gano $6000 por mes) pero mi duda es la siguiente: con este tipo de registro tengo derecho a INFONAVIT? O solo al IMSS? Generaria pension para el retiro? Y además es correcto pagar esa cantidad o es mucho?
Por su atención de antemano Muchas Gracias y felicidades por su excelente Blog
DEBERAN DARLO DE ALTA COMO EMPLEADO DE LA EMPRESA PARA QUE DE ESE MOCO COTICE AL REGIMEN OBLIGATORIO DEL IMSS + INFONAVIT
Por cierto tengo 23 años y si he estado registrado en diferentes empresas.
Buen dia, excelentes aportaciones del blog.
Lic. Mi pregunta es si una persona adulto mayor de 80 años puede darse de alta de manera voluntaria y que procedimiento debe seguir.
Gracias, espero pueda aclararmelo.
SI ES SOLO PARA EFECTOS DE ATENCION MEDICA DEBERA CONTRATAR UN SEGURO DE SALUD; PARA ELLO, DEBE ACUDIR AL IMSS
hola buenas noches.. disculpe yo cotize 3 años imss consecutivos .. la ultima fecha fue en 1999 de ahi cotizaba issste… podria pagar mi imss voluntario? lo q pasa q en la empresa q trabajo actualmente solo te dan de alta ante el issste cuando cumples un año ininterrumpido de trabajar….
muchas gracias por su atencion…
NO, NO PUEDE OPTAR POR LA CONTINUACION VOLUNTARIA PUES EL PALZO PARA HACERLO YA LE EXPIRO HACE AÑOS
MAL DE SU PATRON DE NO DARLO DE ALTA DENTRO DE LOS 5 DIAS HABILES SIGUIENTES, CUAL ES SU OBLIGACION
he tenido 2 trabajos pero apenas llego al año y me dan las gracias, tengo 1 año de haber perdido el seguro me gustaria saber si es posible seguir cotizando o si puedo recuperar mi seguro de alguna manera o como asegurarme yo misma y dar mis aportaciones.
PUEDE HACERLO A TRAVES DE LA CONTINUACION VOLUNARIA O MODALIDAD 40; INTENTELO
Buenas tardes,
Yo tengo 1300 sems. cotizadas y mi conservacion de derechos se vencerá 1 mes antes de que yo cumpla 60.
– Durante 3 anios y hasta el 2009 yo pagué continuación voluntaria. Me dieron de baja pues no pagué 2 meses seguidos.
– En 2012 trabajé 40 semanas.
Mis preguntas son:
1.- Puedo solicitar de nuevo el derecho a continuación voluntaria?
2.- Considerando que debe uno tener 52 semanas cotizadas durante los ultimos 5 anios, puedo tomar en cuenta lo que yo pagué en 2008, 2009 por cont. volutaria, aparte de lo que coticé por regimen obligatorio en 2012?
Su comentario me será de una inmensa ayuda. Gracias y que tenga buen día
ES CORRECTA LA DETERMINACION QUE TOMO EL IMSS PUES ASI ESTA EN LA LEY;
ME TEMO QUE NO PUEDE CONTINUAR EN LA MODALIDAD 40 POR RAZON DE NO TENER COTIZADO LAS 52 SEMANS EN LOS ULTIMOS 5 AÑOS
PERO PARA QUE NO HAYA DUDAS LE SUGIERO ACUDIR AL IMSS O CONSUTLARLO EN: http://200.52.133.186/TAW/Chat/Chat_IMSS.htm
hola! deje de cotizar hace 10 años y trabajo por mi cuenta hasta la fecha, tengo 37 años, mi pregunta o comentario es saber como puedo seguir aportando y a donde tengo que ir.
necesita forzosamente cotizar al menos 52 semanas por conducto de un patron; despues de esas 52 semanas, puede continuar oaportando por conducto del patron o renunciar y soliciarle al IMSS le incorpore en la modalidad 40 o continuacion volutnaria
Que porcentaje se paga al imss en la continuación voluntaria?, independientemente del salario.
Aprox el 10% de lo referido
Hola, me liquidaron del trabajo anterior en septiembre del año pasado. Actualmente trabajo por honorarios, por lo que me gustaría saber que beneficios podría obtener al darme de alta al IMSS voluntariamente, cuanto tendría que aportar y con que periodicidad tendría que hacer las aportaciones.
Tengo esposa y 3 hijos (19, 19 y 10 años de edad) que dependen todos económicamente de mi.
Por su atención, muchas gracias.
Luis Corona.
para continuar cotizando y aportando para su pension mucho le convendria aportar a traves de la continuacion voluntaria o modalidad 40; es muy economico y pro separado, para tener la proteccion del seguro puede comprar el seguro de salud para la familia
mas datos en:
http://sipse.com/miretiroypension/?p=429
http://sipse.com/miretiroypension/?p=594
En comercio dado de alta ante hacienda como pequeño contribuyente en donde la mama es la dueña y la hija es la empleada en este caso puede la mama darse de alta como patrón y a la hija como empleada para poder cotizar . De antemano gracias por la respuesta
ASI ES MARIA RUBIO, ESA MODALIDAD SE CONOCE COMO MODALIDA 35 Y SE DESCRIBE CON MAYOR PRECISION EN LA SIGUIENTE LIGA; SUGIERO LEERLA:
http://sipse.com/miretiroypension/?p=594
hola buen dia tengo una pregunta tengo 60 años voy a pensionarme ya mi duda es una vez pensionado puedo seguir trabajando y mi siguiente patron puede asegurarme o ya no
ASI ES COMO PENSIONADO USTED PUEDE REINCORPORARSE AL TRABAJO DESPEUS DE 6 MESES INCLUSO CON EL MISMO PATRON PERO NO AL MISMO PUESTO NI CON EL MISMO SALARIO
LA INFORAMCION DE LA LIGA QUE LE ADJUNTO LE PUEDE INTERESAR, FAVOR DE VERLA: http://sipse.com/miretiroypension/?p=977
Buen dia!
Soy psicólogo titulado y he iniciado mi trabajo clínico, de manera privada. Aun no hago mi declaración a la Secretaría de Hacienda. Anteriormente he cotizado para el IMSS.
Mi duda es: ¿Cúal es el costo para tener como beneficio: Prestaciones de Atención de Salud, aportaciones a INFONAVIT y AFORE?
Le agradezco la atención.
Eduardo Medellin
si cotizo para el imss ud ya debe de contar con afore y en ella tener una cuenta individual
PODRA CONTINUAR APORTANDO PARA SU RETIRO A TRAVES DE VARIAS ALTERNATIVAS:
1) LABORANDO POR MEDIO DE PATRON COPN TODAS SUS PRERROGATIVAS (RT, E y m, IV, RCV, GUARDERIAS Y PS) + INFONAVIT
2) A TRAVES DE LA MODALIDAD 40; MAS DATOS EN: http://sipse.com/miretiroypension/?p=1001
PARA DISFRUTAR DE LA PROTECCION MEDICA PUEDE CONTRATAR UNSEGURO DE SALUD; MAS DATOS: http://sipse.com/miretiroypension/?p=429
ADICIONALMENTE PUEDE HACER APORTACIONES VOLUNTARIAS Y COMPLEMENTARIAS DE RETIRO, DEDUCIBLES Y NO DEDUCIBLES, EN LA CUETNA INDIVIDUAL QUE LE OPERA SU AFORE
Hola, mi situación es la siguiente. Trabajé año y medio con una microfinanciera y cotizaba para IMSS, pero dejé el trabajo por emprender un negocio. Quiero mantener mi seguridad social, me dijeron que tres meses después de terminar la relación laboral tengo de «gracia». Pero después que puedo hacer? Qué pasará con mis puntos en INFONAVIT? Qué pasa con mis aportaciones al IMSS? puedo recuperar esos beneficios siendo microempresario?. Gracias por su ayuda. Saludos
SON 8 SEMANAS DE PROTECCION DESPUES DE LA BAJA
OPCIONES:
PARA CONTINUAR APORTANDO A RCV E INVALIDEZ Y VIDA: CONTRATE LA MODALIDAD 40
PARA CONTINUAR ASEGURADO Y RECIBIR LOS SERVIICOS MECIDOS: CONTRATE UN SEGURO DE SALUD
Hola, le agradecería una orientación, dejé de trabajar hace 12 años y tengo cotizadas 852 semanas, tengo 58 años, quisiera saber si puedo jubilarme por el imss? tengo que volver a cotizar por medio de un patrón? Actualmente tengo un negocio propio pero no estoy afiliada al imss, podría afiliarme para continuar cotizando como propietaria de negocio?? Hay alguna otra opción??
Gracias, por su atención.
DEBE REINCORPORARSE AL REGIMEN OBLIGATORIO Y COTIZAR POR LO MENOS 52 NUEVAS SEMANAS PARA CON ELLO RECUPERAR EL DERECHO A UTILIZAR LAS SEMANAS YA COTIZADAS;
PUEDE HACERLO TAMBIEN EN LA MODALIDAD 35 PERO POR ESTE MEDIO SE PODRA PENIONAR SOLO HASTA LOS 65 AÑOS
Tengo una duda yo tengo 7 años sin laborar en una empresa y deseo reactivar mis derechos al imss pagando yo mismo mis cotizaciones al imss que tengo que hacer
COTIZAR PARA UN PATRON AL MENOS 52 NUEVAS SEMANAS Y, POSTERIOR A ELLO, PODRA DARSE DE BAJA DEL REGIMEN OBLIGATORIO Y CONTINUAR PAGANDO EN LA MODALIDAD 40 O CONTINUACION VOLUNTARIA
LE ADJUNTO LIGA PARA ACCEDER A TODOS MIS ARTICULOS Y LIGAS PARA SU CONSULTA DE CADA UNO DE ELLOS: http://sipse.com/miretiroypension/?p=1046
Y A PARTIR DE AHORA PUEDE CONTACTARNOS A TRAVÉS DE LOS SIGUIENTES MEDIOS:
JUEVES
14:00 hrs., SIPSE Noticias radio Kiss-fm 97.7, liga http://sipse.com/97.7/
20:00 hrs., SIPSE Noticias televisión, liga: http://sipse.com/canal2/
DOMINGO: periódico Milenio, liga: http://sipse.com/opinion/
MARTES: periódico De Peso, Novedades de Cancún y Novedades de Chetumal
BLOG: Mi Retiro y Pensión, liga: http://sipse.com/miretiroypension/
Los comentarios están cerrados.