Prestaciones Sociales IMSS

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El artículo 11 de la Ley del Seguro Social nos refiere que el Régimen Obligatorio comprende, los seguros de Riesgos de Trabajo, Enfermedades y Maternidad, Invalidez y Vida, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, Guarderías y Prestaciones Sociales.

De igual modo, el artículo 208 de la misma Ley establece que las prestaciones sociales comprenden las prestaciones sociales institucionales y las prestaciones de solidaridad social.

Por último, el artículo 210 establece que las prestaciones sociales serán proporcionadas mediante programas de promoción de la salud; educación higiénica; prevención de enfermedades y accidentes; mejoramiento de la calidad de vida; impulso y desarrollo de actividades culturales y deportivas, recreativas y de cultura física; cursos de adiestramiento técnico y de capacitación para el trabajo -susceptibles de validación oficial-; operación de centros vacacionales; superación de la vida en el hogar, a través de un adecuado aprovechamiento de los recursos económicos y de mejores prácticas de convivencia; y el establecimiento y operación de los conocidos velatorios del IMSS.

Es a través de la División de Capacitación y Adiestramiento Técnico, que el Instituto ofrece a la población en general y trabajadores derechohabientes, programas orientados a mejorar su nivel de vida, por medio de toda una cartera de cursos vinculados con el sector educativo y empresarial, que permitan impulsar la productividad regional, el desarrollo económico individual, familiar y comunitario.

Todos los programas de capacitación y adiestramiento son gratuitos y, por lo tanto, no hay pretexto si de aprender algo se quiere o se requiere, y tienen un énfasis especial en personas con discapacidades a fin de favorecer en ellos, el desarrollo de habilidades y destrezas que les permitan su inclusión al mercado laboral, en las mejores condiciones posibles.

Los programas de estudio se desarrollan a través de capacitación en línea, videoconferencias o presenciales, éstos últimos en coordinación con el INFONAVIT e INEA, orientados a alfabetizar, estudiar o concluir la primaria o la secundaria.

Se imparten también cursos especiales de capacitación para el trabajo, con el propósito de habilitar al participante en competencias laborales acordes con las necesidades del mercado de trabajo tales como maquillaje del rostro, cuidado de manos y pies, embellecimiento del cabello, atención a comensales, patronaje de prendas, además de programas de desarrollo humano y superación personal.

Datos específicos en o mayores informaes en la liga siguiente: http://www.imss.gob.mx/prestaciones/sociales/Documents/capacitacion.pdf

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Email de contacto: [email protected] Envíe su caso amplia y detalladamente descrito; lo revisamos y si algo falta, le avisamos; toda consulta y servicio, causan honorarios. Atendemos vía email, presencial (sólo en Mérida, Yuc.), por teléfono o Skype, previa cita y conocimiento de su caso; disponibles pláticas, conferencias y seminarios, presenciales y a distancia. Mi Retiro y Pensión Es una empresa dedicada a la asesoría en pensiones IMSS e ISSSTE, SAR, AFORE e inversión del ahorro para el retiro. Asesoramos en Modalidad 40,  recuperación de derechos, recursos y saldos de la cuenta individual, Infonavit y Fovissste. Aviso de Confidencialidad Al contactarnos entenderemos que ha leído ya nuestro Aviso de Confidencialidad y que es su deseo y libre voluntad, compartirnos datos, documentos y referencias necesarias para dar respuesta a su consulta; liga: https://miretiroypension.com/2014/10/aviso-de-confidencialidad/

16 COMENTARIOS

  1. me pensione hace 7 anos bajo el regimen 97 definitivamente con aseguradora bancomer…..volvi a trabajar este ano aunque acabo de dejar de trabajar….a que tengo derecho…tengo 9000 pesos en infonavit y 13000 en cesantia y vejez…puedo aplicar para desempleo? puedo retirar lo de infonavit al no sr candidato ya a otra vivienda? grxs.

  2. Buenas tardes, dejé de trabajar el 23 de septiembre del 2011 llevaba 33 años 5 meses de trabajar. Me entregaron mi hoja de conservación de derechos en la sub-delegación que me pertenece que estoy cubierta hasta Marzo 2019, tengo 54 años. Mis dudas son las siguientes:

    1) Cuando cumpla los 60 años que seria el 14 de agosto de 2018 recibiré mi pension de acuerdo al salario que obtuve en la ultima empresa donde labore?
    2) Tengo un balance de $361,246.11 pesos de aportaciones al SAR 97 desde 1 julio 1997 hasta Noviembre 16 2011. Nunca utilice este dinero para pedir prestamo para casa ni nada. Este dinero me lo van a regresar?

    3) Califico para que me regresen el saldo del infonavit?

    Agradezco infinitamente sus atenciones y les reitero un cordial saludo

    • 1) DE ACUERDO AL SALARIO BASE DE COTIZACION PROMEDIO DE LOS ULTIMOS CINCO AÑOS LABORADOS

      2) SE LE REGRESARA: SAR 92-97 + RETIRO 97 A LA FECHA DE BAJA + VIVIEDA 97 A LA FECHA DE BAJA
      LAS APORTACIONES DE CESANTIA EN EDADA AVANZADA LAS RETIENE EL IMSS PARA EL PAGO DE SU PENSION

      3) SI, AL OBTENER LA RESOLUCION DE PENSION

  3. Me case hace 5 meses, para ser exactos el 18 de Agosto de 2012, mi pregunta es si puedo retirar mi ayuda por matrimonio todavìa o cuanto tiempo despues de la fecha de matrimonio civil se puede retirar?

    • el dia que guste siempre que a la fecha de matrimonio civil los requisitos para ello hubieran estado cubiertos

  4. que puedo hacer? se me han negado 2veces la pension temporal por invalidez, mas sin embargo me siguen incapacitando cuando se agrava el problema hasta por 60 o 70 dias ¿ que sucede con esto o a quien recurro?

  5. Buenos dias, quisiera preguntarle, mi hermana es viuda y recibe una pension por parte del imss, 3 años despues de enviudar tuvo un hijo, la pregunta es ella puede darlo de alta en el imss con su numero que tiene como viuda.

    gracias.

  6. Hola, Lic. Gutiérrez :
    El imss me detectó una enfermedad hace 3 años. Me dio unas pastillas y regrese a trabajar. En ningún momento me dijeron que era delicado por mi tipo de trabajo. De hecho fui por otro motivo , y al hacerme un estudio resultó eso… Me he sentido peor y en mi trabajo me dicen que yo ya no puedo seguir, pues se me agrava . Lo mismo me dijo mi Neurólogo. Qué procede?

    • PLATIQUE CON SU MEDICO FAMILIAR PARA QUE, SI SU CASO LO AMERITA, LA PASEN A SALUDE EN EL TRABAJO PARA UNA EVENTUAL PENSION DE INVALIDEZ, PERO ESO, SOLO SALUD EN EL TRABAJO PODRA DETERMINARLO

      DE USTED REQUERIR ASESORIA Y/O CONSULTA FAVOR DIRIGIRSE A [email protected]

      Favor ver

  7. me dio el dictamen por invalidez provicional por 2 años cual es el paso que sigue para que pueda cobrar mi pension en el imss y que documentacion tengo que tener para este proseso

  8. buenos dias, me case hace 12 años, para ser exactos el 14 de jun. del 2003, quisiera saber si aun puedo recibir mi ayuda por matrimonio.
    gracias.

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