IMSS Régimen de Jubilaciones y Pensiones

A continuación proporciono a usted, liga de acceso al documento «Régimen de Jubilaciones y Pensiones» válido para trabajadores que prestan sus servicios al Instituto Mexicano del Seguro Social. 

IMSS Régimen de Jubilaciones y Pensiones  

En caso de duda o alguna aclaración, nuestra sugerencia es que consulte primero con su Sindicato; nadie mejor que él para interpretar de la forma más correcta y precisa dicho ordenamiento; no obstante, nos tiene de sus apreciables órdenes.

Mi Retiro y Pensión crece en opciones de servicio para usted. 

A partir de esta fecha, es posible atenderle en forma personal, en cualquier parte del mundo, de la siguiente manera: 

En Mérida, Yuc., previa cita, marcando únicamente en el siguiente horario: Lunes a viernes, de 18:30 a 19:30 hrs., y Sábados, de 9:00 a 14:00 hrs., teléfono: 999 113 0131 

Nota: no se proporcionan consultas por teléfono. 

Para el interior del país y resto del mundo, la atención en forma personal se proporciona a través de Skype o Hangout, previa solicitud de cita y envío de una descripción resumida de su caso a [email protected]. 

Recibido y analizado los detalles de su consulta, recibirá instrucciones para el procedimiento de atención. 

Disponible factura válida para efectos fiscales.

1940 COMENTARIOS

  1. Tengo 8 a~nos sin cotisar seguro,dandome de alta con patron para juvilacion ,sobre que sueldo se me consideraria,el actual o anterior ,el comentario Es por las 250 semanas anteriores que se consideran para la pencion todavia se consideraria esa regla gracias espero respuesta

  2. buenas tardes Lic. Gutiérrez

    soy casado y mi esposa toda la vida me tuvo dado de alta en el IMSS como dependiente, actualmente ella es jubilada por el IMSS, pero quisiera saber que pasa si ella muere, me quedo con alguna pensión? o con el servicio medico?

    disculpe estas preguntas, y agradezco su pronta respuesta

    • Si sigue como dependiente si pero es importante que no vaya a estar confundiendo dependiente con beneficiario; le sugiero asesoría mas a detalle.

      Le sugiero contactarme al email indicado en la liga siguiente; requeriré de datos y/o documentos adicionales
      ver y considerar que nuestra asesoría causará un módico honorario.

      Espero la respuesta le haya parecido pronta.

  3. Ante el IMSS, puedo impugnar el artículo 150 del la ley seguro social para solicitar una pensión por viudez y horfandad

    • Puede pero nada ganara, además le saldrá mas caro el pleito que lo que ganaría, sin embargo, para una opinión más precisa necesito conocer mas detalladamente su caso.

      Para atención personalizada, información adicional o detallada, puede contactarnos al email indicado en la liga siguiente:
      ver

  4. Hola, buenas noches.
    Además de la cuantía básica y los incrementos anuales de acuerdo con las semanas cotizadas reconocidas ¿tengo derecho a recibir la ayuda por carga familiar 15% esposa y 10% por cada uno de mis 2 hijos hasta que mueran o en el caso de mis hijos hasta que cumplan 25 años siempre que estén estudiando en planteles del Sistema Educativo Nacional?
    De antemano muchas gracias por su respuesta.

  5. Tengo ya 2 años de pencion temporal por enfermedad general se me venció sigo con los mismos problemaspero el seguro me esta dando otros dos años de pencion temporal q debo haser para conseguir la definitiva el dictamen del doctor es q ocupo atención de tercer nivel

    • Solo el Seguro Social, a través de salud en el trabajo puede emitir o revocar los dictámenes; si usted cree que el Instituto no está procediendo correctamente puede obtener un dictamen independiente por decir de la Secretaria de Salud o de perito en la materia y solo asi se puede forzar al Instituto a reconsiderar la valoracion de su caso.

  6. Y no puedo estar solo tengo tres problemas de corazón requiero 2 operaciones una ablación y otra a corazón abierto remplazo valvular pregunta podría ser candidato a pencion definitiva

  7. Quiero tramitar mi jubilación por enfermedad general y el IMSS me pide entregar un historial de todas las empresas donde he laborado y en las cuales cotice para el Seguro Social, no cuento con toda esta documentacion ya que fueron muchas y hace muchos años, habra algún lugar donde pueda dirigirme para obtener esa información?, ojala puedan ayudarme ya que ellos dicen no tener esos datos…

    • Es complicado pues tienen que hacerse promociones de carácter legal que lleva un promedio de seis semanas; con gusto podemos asesorarle en la forma de obtener la información o con el trámite si así lo requiere; para ello, contáctenos a nuestro consultorio virtual ubicado en el email que se indica en la siguiente liga (nuestra asesoría causará honorarios):
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  8. hola que tal, tengo una duda… llevo 11 años cotizando IMSS tengo 38 años, es cierto que te puedes Jubilar a los 10 años de cotizar seguro.. que beneficios existen y saber si aun podre contar con atención.

    gracias

  9. Hola…mi padre es pensionado y yo soy discapacitada…el me tiene asegurada y me dan atención medica tengo 46 años, al morir mi padre puede dejarme su pensión?

  10. hace ocho años deje de cotizar en el seguro me faltan cincuenta cotizaciones para poder pensionarme tengo 59 años me piden en el seguro que trabaje un año para que me pueda pensionar pero no quieren ocuparme ya por la edad hay alguna forma de pagar yo el seguro nada mas para pensionarme sin tener derecho a servicio medico ni nada.

  11. LIC. BUENA TARDE

    MI PAPA ESTA TRABAJANDO DESDE HACE 10 AÑOS EN LA MISMA EMPRESA, ACTUALMENTE ESTA INCAPACITADO POR QUSTES EN LA COLUMNA LO OPERAR EN UNOS DIAS, EL COMENTA QUE SE QUIERE JUBILAR A LOS 57 AÑOS QUE TIENE, SABEMOS QUE ES UN PROCESO LARGO EL DE SU RECUPERACION, PERO QUEREMOS SABER QUE ES LO QUE MAS LE CONVIENE.

    ESPERO SU RESPUESTA Y MUCHAS GRACIAS

    SALUDOS

  12. Tengo sesenta y siete años, coticé al IMSS de 197l a 1983, causé baja y ya no volví a cotizar. ¿Tengo derecho a pensión?. Agradezco su respuesta.

  13. Hola
    cotize para el IMSS 28 años 4980642924-4 y actualmente para ISSSTE, son 5 años…como puedo jubilarme? seria posible unificarlas dos.
    Tengo 51 años de edad.
    gracias

  14. Me voy a pensionar con la ley del 73 mi madre puede ser mi dependiente económico teniendo una pension minima de viudez

  15. Dr. Guterrez: fui dada de alta en el imss en el año 1975 trabaje en barias empresas hasta 1982 y de este año a la fecha con una sola empresa la cual me voy a jubilar. el detalle es que el seguro solo me reporta las semanas cotizadas a partir del 82 que puedo hacer.

    también supe que el seguro me dará mi primer dinero hasta los tres meses después de mi baja, como le haré sin dinero esos tres meses.
    Gracias.

  16. Hola yo estoy pensionado ya tengo 4 años de eso y actualmente tengo un nuevo trabajo en el cual tengo 2 años y tengo 64 años y meses, mi pregunta es a los 65 años ya se me tiene que dar de baja en mi actual trabajo y mi pension que sucede, saludos

  17. hola, buena tarde, soy jubilado del imss y cada mes me depositan mi pension y recojo mis tarjetones, hubo 3 que recoji este 21 de abril, el de febrero, marzo y abril y me dicen q me pueden retirar la pension si dejo de recojer 3 tarjetones seguidos, mi pregunta es, si los recoji antes de q se terminaran los 3 meses , en este caso el 21 de abril, repercutira en el mes de mayo?, gracias

  18. hola buen dia tengo una duda alcance 1500 semanas cotizadas ya me voy a pensionar a los 60 entiendo que se requiere 500 semanas que pasa con los 1000 excendentes te los devuelven? y si nunca saque mi casa de infonavit recibo debo recibir algo ? gracias por su tiempo

  19. Buenas tardes Dr.
    Tengo 58 años y 2060 semanas cotizadas al ICSS. yo tengo derecho a mi pensión a los 60 años o antes por mi tiempo de aportes.
    Muy agradecido.

  20. disculpe tengo 6 meses de tramitar mi pension por cesantia y quice liberar mi crédito infonavit y me dijeron que tenia que seguir pagándola porque me faltaban 40 pagos por hacer, no se libera el crédito al momento de que dan la resolución de pension,

    gracias

    • No, lo que se debe se debe de seguir pagando hasta cubrir el total.

      De requerir asesoría adicional a detalle, a través de email, skype, hangout o por teléfono, envíe su pregunta lo más amplia y detallada posible, indicando el medio a través del cual desea recibir nuestra respuesta o leer ver

  21. hola disculpe tengo 1500 semanas cotisadas trabajo actulmente tengo un fuerte desgaste en la rodillas pero mi edad es de 48 años me puedo pencionar gracias por su atencion

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