A continuación proporciono a usted, liga de acceso al documento «Régimen de Jubilaciones y Pensiones» válido para trabajadores que prestan sus servicios al Instituto Mexicano del Seguro Social.
IMSS Régimen de Jubilaciones y Pensiones
En caso de duda o alguna aclaración, nuestra sugerencia es que consulte primero con su Sindicato; nadie mejor que él para interpretar de la forma más correcta y precisa dicho ordenamiento; no obstante, nos tiene de sus apreciables órdenes.
Mi Retiro y Pensión crece en opciones de servicio para usted.
A partir de esta fecha, es posible atenderle en forma personal, en cualquier parte del mundo, de la siguiente manera:
En Mérida, Yuc., previa cita, marcando únicamente en el siguiente horario: Lunes a viernes, de 18:30 a 19:30 hrs., y Sábados, de 9:00 a 14:00 hrs., teléfono: 999 113 0131
Nota: no se proporcionan consultas por teléfono.
Para el interior del país y resto del mundo, la atención en forma personal se proporciona a través de Skype o Hangout, previa solicitud de cita y envío de una descripción resumida de su caso a [email protected].
Recibido y analizado los detalles de su consulta, recibirá instrucciones para el procedimiento de atención.
Disponible factura válida para efectos fiscales.
Buenas tardes, tengo una duda…
Estoy presentando mi declaración anual 2017. Fuí trabajadora del IMSS y este me pago una liquidación, y dentro de mi recibo timbrado me aplicaron dos deducciones el artículo 152 y 107 que corresponden a fondo de jubilación. Mi pregunta es, que si estas deducciones me las puedo aplicar como deducciones personales ante el SAT, solicité asesoría al IMSS y SAT y ninguno de estos me pudo dar una respuesta concreta, me puedes asesorar ?
Para orientación, asesoría en vía de consulta favor de enviarnos, amplia y detalladamente descrito tu caso al email: [email protected]
Don Jaime lo revisa y te informará si algo adicional hace falta, así como el honorario que aplica y los medios de depósito; di que nos viste en este canal para que te hagamos un descuento en el honorario por tu consulta.
Favor de leer el artículo publicado en https://miretiroypension.com
Recuerda que cada martes, a las 21:00 hrs., tiempo del centro, videochat con don Jaime en persona.
Expone un tema y luego responderá todas las preguntas.
licenciadco una pregunta me jubile hace 4 anos y mientras estuve trabajado en servicios administrativos Penoles mi alta del IMMS fue el no. NSS 32915300381 nunca utilice este servicio porque gracias a dios no lo necesite ahora ya siento algunas molestias y quisiera checarme en el seguro esta enfermedad mi pregunta es aun puedo seguir utilizando este servicio en el IMMS ??? favor de enviarme la respuesta a este correo [email protected]
muchas gracias espero su respuesta
No entendemos bien su pregunta, enviarla a [email protected]
TENGO 177 SEMANAS COTIZADAS Y 52 AÑOS DE EDAD QUE DEBO DE ASER PARA PENSIONARME??
Si es Ley 1973 debe reunir al menos 500 semanas cotizadas y podrá pensionarse, si el Ley 97, mil semanas