Los trabajadores que coticen al régimen obligatorio del ISSSTE, acorde a la ley 2007, tienen el derecho a ser pensionados por tres posibles causas, la que ocurra primero: riesgos de trabajo, por un estado de invalidez o por cesantía en edad avanzada y vejez; cumplidos los requisitos, el Instituto otorgará la resolución en un lapso no mayor a noventa días.
Cuando un pensionado reingrese al servicio activo no podrá renunciar a su pensión, excepto en el caso de inhabilitados que queden aptos para el trabajo, quienes, de ser el caso, deberán notificar de este hecho al Instituto en un plazo no mayor a diez días hábiles, a efecto de que se les suspenda la pensión.
La pensión no podrá ser transferida, cedida o gravada ni embargada, excepto por mandato judicial y para el caso de alimentos o adeudos con el propio Instituto.
Los riesgos de trabajo, producidos por accidente o enfermedad, pueden dar derecho a una incapacidad de tipo temporal, o parcial, o total, o a la muerte. El incapacitado por un riesgo de trabajo tendrá derecho a recibir prestaciones en dinero y/o en especie, diagnóstico, asistencia médica, quirúrgica y farmacia, hospitalización, prótesis, ortopedia y rehabilitación.
En caso de incapacidad temporal el asegurado tendrá derecho a recibir el 100% del salario base por todo un tiempo no mayor a un año o se declare la incapacidad parcial o total.
En caso de incapacidad parcial, el asegurado tendrá derecho a recibir una pensión conforme a la Tabla de Valuación de Incapacidades Permanentes de la Ley Federal del Trabajo en su artículo 514; de resultar la pensión anual menor al 25% del salario mínimo elevado al año, el Instituto pagará una indemnización igual a cinco salarios anualizados de la pensión que le hubiere correspondido al trabajador.
En caso de una incapacidad total se concederá pensión hasta los sesenta y cinco años de edad por medio de un Seguro de Pensión por el que se pagará una Renta igual al sueldo básico vigente al momento del riesgo pero con tope de 10 salarios mínimos generales, vigentes en el Distrito Federal, incluyendo la gratificación anual.
El pensionado contratará con una Aseguradora un Seguro de Pensión por el que se pagará la pensión en forma de Renta; para el efecto, el Instituto calculará el monto constitutivo y pagará la suma asegurada a la Aseguradora elegida por el pensionado; la Renta cubrirá la pensión y las cuotas y aportaciones a la cuenta individual del seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez hasta la edad en que el pensionado cumpla 65 años de edad y si éste tuviere derecho a una pensión de Vejez, le será sustituida; para ello, la Aseguradora pagará mes a mes la pensión, la cuotas y aportaciones de RCV, mas la gratificación anual; en caso contrario, se le otorgará la Pensión Garantizada.
En caso de muerte, los familiares derechohabientes recibirán la pensión al 100% del sueldo básico devengado al momento del accidente, más la gratificación anual.
Por lo que refiere a los recursos de la cuenta individual, los familiares derechohabientes podrán optar por retirarlos en una sola exhibición o contratar Rentas por mayor cuantía.
Cuando el trabajador pensionado fallezca por causas atribuibles al riesgo de trabajo, la pensión será igual al 100% del sueldo base y se distribuirá a partes iguales entre los familiares derechohabientes; ahora bien, cuando la causa del fallecimiento sea por otra causa, se pagarán seis meses de la pensión que hubiere correspondido.
Las pensiones se incrementarán anualmente, en el mes de febrero de cada año, de acuerdo al Índice nacional de Precios al Consumidor.
Los familiares derechohabientes son el o la cónyuge o concubina(ario), hijos menores de 18 o hasta 25 años siempre que estos últimos se encuentren estudiando en planteles reconocidos por el sistema educativo nacional, y a falta de los anteriores, padres dependientes económicos del trabajador.
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Soy derechohabiente del issste con 30años de servicio tengo dos años incapacitada por problemas de cervicales ya con secuelas me negaron la primera solucitud de invalidez porquen era incipiente y ahora solicite la segunda peronaun no responden no me han dejado de pagar gracias a Dios pero según a mi centro de trabajo llego contraloria del estado, que debo hacer en caso que me dejen de pagar… El medico del issste no me da de alta por las secuelas quebya hay yblo comprueba los estudios…
soy maestro de secundaria, me diagnosticaron glaucoma perdí la visión del ojo derecho daño en el nervio óptico y con el izquierdo miro un 50 % y conforme avanza el tiempo estoy perdiendo la visión, tengo 42 años de edad y de servicio 14 años cotizando al isste, mi pregunta es me pueden pensionar por incapacidad o que puedo hacer, se me complica leer y trabajar en la computadora que son las herramientas indispensables para realizar mi trabajo. agradezco su respuesta y apoyo.
´Mande de nuevo la pregunta y especifique régimen de pension elegido
Hola tengo glaucoma y perdi la vision de ojo izq. Ojo derecho disminucion de ls vista y me duele , padesco hipertension, diabetes y cirrosis por hepatitis c inicie tramite para invalidez con 15 años de servicio. Profesora . Regimen 10 transitorio. Me dice la oftalmologa que no amerito pension. Que esperanza tengo de q se me otorge ? Por su apoyo gracias. Cabe mencionar que vhc fue por transfusion en el issste. Q cuando se desprende la retina me negaron el servicio en urgencias hasta 4 dias despues.
Pudiera proceder una pensión de invalidez cubiertos los requisitos; favor leer:
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Tuve un accidente de trabajo hace año y cinco meses me calificaron el riesgo de trabajo positivo no me han dejado de pagar, realmente no me han hecho nada en el isssste yo me tuve que operar por fuera me preocupa queme dejen de pagar aun no me dicen si tendré secuelas ya que fue de la rodilla ligamentos cruzados y miniscos quiero saber si puedo pedir una pensión parcial o total y como tramitar las secuelas en caso me quieran dar de alta
Debe platicar con su medico familiar para que lo pasen a salud en el trabajo
Décimo transitorio, 29 años con 4 meses de antigüedad continuos, soy discapacitada auditiva, puedo tramitar pensión? no escucho en mi trabajo, el ISSSTE me puede incapacitar por riesgo de trabajo?gracias
Puede hacerlo pero solo el instituto puede determinar si es por RT o por otra causa; para asesoría complementaria puede escribir a [email protected].
Tengo 23 años de servicio en el gobierno federal voy a tramitar la pension total y permanente por accidente de trabajo me conviene o mejor me espero a cumplir mi antiguedad por años. X q no se que beneficio tengo con una y otra y si me dan la de incapacidad mi trabajo me da algo x los anos de servicio
Necesito analizar mas detalladamente su caso y datos adicionales; puede escribir a [email protected].
En el 2008 sufri accidenta de trabajo y fui operado hasta el 2009 por el accidente de ahi hasta el año del novienbre estuve incapacitado por que el issste no me quiso dar pension hasta ( marzo del 2014 me otorgo una pension del 30% ) pero yo no lo supe hasta noviembre y comense con los tamites y regrese a trabajar. Com cambio de actividad pero en julio del 2015 me volvi a lesionar en el trabajo. Pir lo que tramite el riesgo de trabajo. Y llego en diciembre de este año por lo que mi medico me informoque solicitara mi tramite de incpacidad total y permanente que ya no podia seguir trabajando. En el estado que me encuentro por lo que mi pregunta es tengo 23 años de servicio pero q beneficio tengo yo si me dan la pension por accidente o mejor me espero los 7 anos q m faltan
Retirarse o continuar laborando es una valoración que solo usted puede hacer; le sugiero acuda a la Profedet por orientacion y en su caso asesoría jurídica.
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hola tengo 16 anos como docente tengo 10 que medio paralisis del cuarto par craneal me han visto neurologos y oftalmologos y nada ahora siento que ya no veo nada pues veo doble imagen para todo no se si pueda entrar incapacidadtotal permanente, pues no puedo ni pasar lista
Solo salud en el trabajo puede terminar un estado de invalidez, acuda con su medico familar
No se que hacer tengo 970 semanas cotizadas en el imss tengo 59 años de edad pero me dicen que estoy dado de baja en el imss mi pregunta es que debo de hacer para conseguir una pensión o si tengo derecho a una pensión, agradecería su información gracias.
Necesito mas detalles de su caso para poder darle una orientación precisa, escriba a [email protected].
En sept. 2011 sufri un accidente de trabajo, y en noviembre de 2014 dictaminan si de tabajo. En mayo del 2015 me lastimo y hasta el dia de hoy ya cumpli 1 año de incapacidad medica por RT.
Y todavia los medicos del issste no me han dado tratamiento para mi lesion de lumbar solo medicamento.
Que tramites debo realizar para tramitar la pension, o saber si me van a descontar un % de mi salario.
Trabajo en secundaria y ya tengo 24 años de servicio.
Tiene dos opciones; acudir a Profedet… leer
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Y/o llamar al 55 4000 1000
De requerirlo, puede escribir a [email protected].
Buenas tardes que posibilidades hay de presentar una demanda contra el issste ya que tuve en el 2007 un accidente de trabajo el cual fue calificado como tal y El diagnostico fue ernia de disco L4 ,L5 y S1 espondiloartrosis L5, S1 ,discartrosisis L5 , S1 pero medicina del trabajo lo califico como enfermedad cronicodegenerativa con ausencia de secuelas baluebles la cuestion es que desde el accidente asta la fecha 2016 sigo con los dolores y perdida de movimientos tengo que apoyarme de baston para caminar,yo trabajo para la ssp,df
Está hablando de un dictamen emitido hace 9 años; dificil por no decir imposible de que prospere una demanda por ese motivo.
Hola, tuve un accidente en el cual me fracture la vertebra lumbar L4, me dictaminaron como accidente de riesgo de trabajo con pension del 20% por secuelas. En mi hoja de cotizacion no me reconocen 4 años por lo que aparezco con regimen de cuenta individual, esto afecta a mi pension? Tengo que arreglar mi situacion antes de elegir una aseguradora?
No, en absoluto
Hola
Tengo una duda hace menos de un mes tuve un accidente automovilístico hacia el trabajo, en el issste me dieron el formato rt donde decía que tipo de lesión tenía y los dias de licencia médica (13), terminada la licencia acudi de nuevo a cita y el doctor me extendió la licencia por otros 28 días mi duda es si me pagarán 100% mi salario y si estos días los pagan como rt
Ya atendida
Hola
tengo una duda,
hace menos de un mes tuve un accidente automovilístico hacia mi trabajo, acudí al issste
me atendieron y estuve en observación, me dieron el formato RT donde decía que tipo de lesión tenia y los días de licencia medica (13), terminada la licencia acudí a cita para ALTA y el doctor me extendió la licencia otros (28) días mi duda es si me pagaran 100% mi salario y si estos días los pagan como RT
P. D. solo cuento con 4 años de antigüedad en mi trabajo
Si su caso está calificado como RT le bagarán el 100% de su SB
Buen dia. Tengo 4 meses atendiendome de una hernia de disco lumbar L5 S1. No se si la hayan calificado como enfermedad crlonicodegenerativas.Si es asi podre hacer que la califiquen como riesgo de trabajo en caso de una incapacidad total o parcial? Que debo hacer o a donde debo acudir? Gracias
No entiendo bien su pregunta,,, sugiero redactara con mas detalla y enviarmela para darme una mejor idea
Soy Docente, padesco una Disfonia esoasmodica en aduccion, estoy asistiendo al issste pero solo me dan incapacidades por 28 dias y ya la proxima es con sueldo del 50% y luego sin sueldo y me dicen que es el procedimiento para la total y permanente, padesco esta enfermedad desde el 2013 y ya no puedo ni hablar, no me puedo retirar porque no tengo la edad requerida, aunque si los años de servicio, mi enfermedad es irreversible, yo ya les di copia de todos mis estudios particulares porque el issste nunca me ha mandado hacer ningun estudio mas especializado, que puedo hacer, si me quedo sin sueldo de que voy a vivir y ni como conseguir trabajo en otra parte si no puedo ni hablar bie
Acuda a la Porfedet pero antes leer lo siguiente:
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Buenas Noches Lic.
Lo molesto con una pregunta, soy maestro de la DGETI, en mis talones de cheque aparece desde hace 32 años un NSS; hasta hace poco me di cuenta que en mi afore me tiene con otro NSS.
Me comunique con el afore y me contestan gentilmente «no tenga pendiente» y una larga historia de que lo deje así.
¿Que autoridad me apoya para corregir esta anomalía?
Gracias mil.
De entrada no hay nada que corregir, sin embargo su caso debe ser analizado a mayor detalle para que no quede en una simple opinión y conozca usted su situación pensionaria; favor escribir a [email protected] para detalles.
Hola buenas tardes.
Necesito saber cómo se debe pagar una pensión por muerte profesiona de un trabajador afiliado al ISSSTE.
¿Cuando se paga?
¿En base en que?
¿Cuantas semanas debió haber cotizado?
¿Quienes son acredores a la pension?
Envíe pregunta a [email protected] necesito datos adicionales
mi pregunta es que debo hacer si en el issste me han negado la incapacidad parcial en 5 ocaciones . gracias ,
Cumplir con los requisitos para acreditar medicamente la procediencia de la incapacidad
buenas tardes, en agosto del 2015 sufri un accidente de trabajo, por lo cual el issste me dictamino positivo, fue lesion lumbar cervical, en febrero de este año nuevamente tuve un accidente de trabajo por lo que me volvieron a dictaminar positivo el dictamen y nuevamente fue lesion lumbar y cervical, mi pregunta es como y donde puedo solicitar la incapacidad parcial ya que me duele bastante la espalda para trabajar. gracias
Con su medico familiar en coordinacion con salud en el trabajo
30 años de servicio y 50 de edad…
Accidente de trabajo , admitido como tal por Pensioniste.
Hasta el momento tengo incapacidades con un total de 558 dias por lo mismo.
Estan tomando mi caso como enfermedad cronica degenerativa…mas no secuela del accidente, siendo que desde el accidente he estado con los problemas y por ello las incapacidades.
En dos momentos me han negado la pension por invalidez, como si los problemas de enfermedades cronicas degenerativas no fueran aceptadas para tal tramite.
Hernia cervical, 3 discos negros en area lumbar , sacroelitis bilateral, artrosis de rodilla.
Que hacer en estos casos?
Asesorarse, acuda a Profedet… leer
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Hace 9 meses tuve un accidente de trabajo soy enfermera y al mover una camilla tuve fractura, mi diagnóstico es síndrome de sudeck, o distrofia simpatico refleja ,están por elaborarme rt09, con secuelas, pero me comentaron que este síndrome no esta contemplado en la tabla de valoraciones, mi duda es que tipo de invalidez padezco y si alcanzo pencion, no han dejado de pagarme, todavía no pasa un año, alguien puede orientatme, gracias
Ya en proceso de atencion via consultorio
leer: https://miretiroypension.com/2016/04/milenio-reporte-especial-en-materia-de-pensiones-lo-mejor-nunca-estara-por-venir/
Perdón olvide comentar que mi problema es en miembro inferior derecho tobillo.
Buenas tardes Ing.
Tengo hipoacusia bilateral severa, todo esta documentado en mi expediente del ISSSTE el desafortunado progreso e irreversible perdida auditiva.
Utilizo aparatos auditivos, ya cambie a otros más adecuados a mi perdida; sin embargo ya me es imposible desempeñarme, soy docente.
¿Procede como invalides?
Buenas tardes, el15 de junio tuve un accidente el isste lo califico como riesgo de trabajo. Estoy en espera de formato rt-09. Como puedo solicitar pension? o debo esperar el rt-09?
El instituto le indicará cuando y cómo procedería una pensión; de momento siga las indicaciones medicas
Tuve fractura de cuello femoral! y todaviia me duele bastante
Buenas noches, quisiera que me aclararan esto de las incapacidades ya que no entiendo muy bien, soy enfermera,el 5 de mayo me caí al intentar sentarme en una silla giratoria pata realizar mis notas correspondientes, fue en horario laboral y dentro de la institución, me dieron 28 dias de incapacidad,post me daran 15 mas para retirarme el yeso y aprox 15 mas para rehabilitacion aprox son 60 dias,mi pregunta es,me pagaran integró mi salario???? Obtendré algún beneficio económico por ello??? La nómina debe llegar integra?? Sucede que en el IMSS te pagan una parte, y la otra parte te la paga quien te contrato… Agradezco infinitamente alguien me resp
mande de nuevo la pregunta y explique para que institcion labora, publica o privada
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