Recursos Pago Pensión Ley 1973

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El gráfico indicado en la liga siguiente le indicará de manera detallada y precisa, la forma en que se utilizan los recursos de la Cuenta Individual de un trabajador que cotiza al IMSS, al elegir pensionarse por los beneficios de la Ley del Seguro Social 1973 (derogada)

PENSION Ley 1973-Uso de los recursos de la Cuenta Individual

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Email de contacto: [email protected] Envíe su caso amplia y detalladamente descrito; lo revisamos y si algo falta, le avisamos; toda consulta y servicio, causan honorarios. Atendemos vía email, presencial (sólo en Mérida, Yuc.), por teléfono o Skype, previa cita y conocimiento de su caso; disponibles pláticas, conferencias y seminarios, presenciales y a distancia. Mi Retiro y Pensión Es una empresa dedicada a la asesoría en pensiones IMSS e ISSSTE, SAR, AFORE e inversión del ahorro para el retiro. Asesoramos en Modalidad 40,  recuperación de derechos, recursos y saldos de la cuenta individual, Infonavit y Fovissste. Aviso de Confidencialidad Al contactarnos entenderemos que ha leído ya nuestro Aviso de Confidencialidad y que es su deseo y libre voluntad, compartirnos datos, documentos y referencias necesarias para dar respuesta a su consulta; liga: https://miretiroypension.com/2014/10/aviso-de-confidencialidad/

38 COMENTARIOS

  1. Lic. Jaime Gutiérrez Melchor

    Les expongo el siguiente caso esperando me pueda orientar:
    Mi madre es pensionada y reside en los EUA, recibe su pensión en Matamoros, Tam., ciudad a la cual viene regularmente cada 6 meses a reportarse con el IMSS, y retirar del banco Banamex lo que mensualmente el IMSS le deposita por concepto de su pensión. A partir de mayo del año pasado el IMSS cambió la forma en la que deposita las pensiones mensualmente (según ellos mismos me informaron) en lugar de depositar al número de tarjeta bancaria del pensionado ahora depositan utilizando la CLABE bancaria que pertenece a la cuenta, pero en el caso de mi mamá depositaron a una CLABE equivocada (que según ellos les proporcionó Banamex junto con otras miles pertenecientes a pensionados, nunca se le requirió la información sobre su CABLE bancaria a mi madre, ni se corroboró esta información con ella), una vez que mi madre viene en septiembre del 2012 se da cuenta que no tiene depositos desde mayo, lo reporta pero el IMSS le dice que el problema es del banco Banamex por que ellos proporcionaron la CLABE equivocada, y a su vez esta institución bancaria dice que el problema lo generó el IMSS al capturar mal la CLABE. Por causas que no comprendo el IMSS siguió depositando a la CLABE equivocada hasta noviembre del 2012 aún cuando a en septiembre del mismo año se les reportó el problema y se le indicó la CLABE correcta, también a principios de octubre del 2012 se sometió una aclaración para que se le pagará a mi madre las mensualidades que nunca recibió de mayo a septiembre del 2012 la cual se contestó hasta finales noviembre del mismo año expresando nuevamente que el problema era de Banamex, a lo cual Banamex por medio del gerente de la matriz en Matamoros Tam. responde que el IMSS debe comprobarle que efectivamente le proporciono mal la CLABE, se sometió de nuevo otra aclaración el mismo noviembre en la subdelegación del IMSS en Matamoros a la cual después de tanto insistir contestan hasta finales de marzo de este año aludiendo nuevamente que el problema es del banco. Yo considero injusta la postura del IMSS ya que a fin de cuentas este instituto depositó a un número de cuenta equivocado y obviamente mi madre no puede reclamar directamente al banco para que le den un dinero en una cuenta que no es suya, al final las mensualidades que no fueron recibidas son de mayo a noviembre del 2012 y para que se le pudiera reanudar el pago de la pensión a partir de diciembre del 2012 se tuvó que dar de alta una nueva cuenta en Banamex dado que el IMSS aludió que tenía problemas en el sistema para corregir la CLABE en el registro (en el IMSS) de la cuenta que anteriormente se utilizaba para hacerle los depósitos a mi madre y a la cual hasta abril del 2012 se estuvieron recibiendo las mensualidades de la pensión sin problemas.

    ¿Qué se puede hacer para que mi madre pueda recuperar estas mensualidades de pensión no pagadas?

    Me comentaron que tengo que presentar una queja al consejo consultivo de la Delegación pero no he conseguido información de cómo, dónde y con quién someter esta queja, y obviemente en el IMSS no me han dado esta información aún cuando la he solicitado.

    ¿Debo acudir a la Comisión de los Derechos Humanos? dado que en cierta forma el IMSS ignora la queja y se lava las manos en cuanto a sus mismos errores (depositar a un CLABE banacria equivocada y dejar solo al derechohabiente queriendo que ella se las arregle sola con el banco, que se ha intentado explicandoles lo que dice el IMSS pero obviamente el banco dice que no puede dar información sobre cuentas de otras personas, lo cual es claro el porque)

    Agradecería su orientación

    Saludos

    Hugo García

    • EL IMSS DEPOSITA A LA CLABE BANCARIA QUE PARA EL EFECTO LE PROPORCIONA EL PENSIONADO O EN ESTE CASO, SEGUN ME COMENTA, FUE BANAMEX. SI HUBO UN ERROR, EL RESPONSABLE DIRECTO ES, EN PRIMERA INSTANCIA, BANAMEX Y EN SEGUNDO, EL IMSS. EL CASO ES COMPLICADO Y TENDRÁ QUE DEMANDAR A AMBAS INSTITUCIONES; DADA LA INDOLE JURIDICA DE SU SITUACION, SUGIERO CONSULTARLO CON LA PROFEDET; VER PUES EN LO PERSONAL NO SOY ESPECIALISTA EN MATERIA JURIDICA; LA CNDH ES UNA INSTANCIA VIABLE TAMBIEN

      NOTA DEL EDITOR:
      Si es usted un trabajador que cotiza al IMSS o al ISSSTE, entérese de todo lo relacionado con sus derechos pensionarios a través de Mi Retiro y Pensión, por los medios siguientes:

      VIDEOCHAT: Los miércoles de cada semana, 20:00 hrs., en: http://sipse.com/

      SIPSE NOTICIAS RADIO: en el noticiero conducido por el prestigiado periodista Antonio García, a través de los micrófonos de Kiss-fm 97.7, cada jueves, a partir de las 14:00 hrs.
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      Y a través de nuestro blog: http://sipse.com/miretiroypension/

  2. Hola, en los casos en que el trabajador se retira por la ley del IMSS de 1973, la pensión es pagada por el IMSS, ¿Es correcto?

    ¿Si la pensión es pagada por el IMSS, el dinero que se tenga en la cuenta individual por todos los conceptos: Retiro y Vivienda 97, Aportaciones Voluntarias, Aportaciones Voluntarias Complementarias y SAR 92 serán entregadas al trabajador?

  3. Buenas tardes Lic. Jaime Gutierrez, primero que nada lo felicito por su blog esta excelente, quiero hacer una consulta sobre mi caso soy una persona que tiene SAR, desde hace mas de 10 años la institución no volvio a hacer ningún deposito a estas cuentas, porque esta institución era descentralizada del gobierno estatal de Puebla, y en la consar les dijeron que ya no se depositara nada.
    En diciembre de 2012 se extinguio por asi convernirle al mismo gobierno y al personal nos liquidarón.
    Tengo 50 años y no alcance ninguna pensión por parte del ISSSTEP por mi edad y el tiempo cotizado de 12 años, estoy solicitando mi fondo de pension, pues no le veo el caso de dejarlo congelado por más de 15 años.
    Fui a pensionissste para retirar lo que tengo en Bansefi y me dijeron que solicite una carta de «negativa de pensión» y que con esta puedo tramitar el retiro de lo que tengo en el SAR, no importando mi edad, estoy desempleada y entre la edad y la situación económica de Puebla (durante estos dos últimos años el gobierno estatal a despedido a más de 6000 personas) es más difícil conseguir trabajo, es viable que con la negativa de pensión pueda retirarlo ???
    Muchas gracias por su atención.

    • EL LLAMADO SAR 92 CONCLUYO PARA EL IMSS EN 1997 Y PARA EL ISSSTE EN 2007

      PUEDE OPTAR POR UNA PENSION A PARTIR DE QUE CUMPLA CON LOS REQUISITOS DE EDAD Y AÑOS DE COTIZACION SEGUNEL REGIMEN DE PENSION QUE HUBIERE ELEGIDO: 10MO TRANSIT. O CUENTAS INDIVIDUALES

      EL SAR 92 SOLO SE LO PODRAN ENTREGAR AL OBTENER UNA RESOLUCION DE PENSION, O UNA NEGATIVA O CUMPLIR 65 AÑOS DE EDAD

      SALUDOS CORDIALES

      • Gracias Lic. Gutierrez, pues tendría que ser una negativa de pensión no cumplo con el tiempo cotizado en el Issstep (cotize 10 años nada más no para una pensión), para cumplir los 65 años me faltan más de quince años. Espero que en el issstep me entreguen mi negativa de pensión gracias por su atención.

  4. Buenos dias; mi pregunta es sobre la PENSION ANTICIPADA, ya que tengo 43 años de edad gano $4,000.00 semanales = $16,000.00 mensuales, ya cuento con 1,250 semanas cotizadas, y en estos momentos la empresa para la que trabajo esta en una situacion en la que deben de presindir de mis servicios, siempre he trabajado para esta empresa,
    ¿puedo pensionarme anticipadamente?
    ¿cuanto percibiria de pension ?

    La verdad esto me preocupa bastante ya que en la situacion en que estoy y por la que atravieza nuestro país a la hora en que me liquiden para poder encontrar trabajo es muy dificil y ademas de que el sueldo que percibiria no seria nada parecido que percibo actualmente.

    GRACIAS

    MARIO C.

    • LE SUGIERO ACUDA AL INSTITUTO Y QUE LE HAGAN UN CALCULO; SI LE RESULTA UNA PENSION 30% MAYOR A LA GARANTIZADA, PODRA PENSIONARSE, DE OTRO MODO NO, AUNQUE LO VEO MUY DIFICIL DE QUE ASI PUEDA SER, PERO LE REPITO, NADIE MEJOR QUE EL INSTITUTO PARA SACARLO DE TODA DUDA

  5. buenas licenciado quisiera consultarlo …mi padre se va retirar x issste pero se quiere retirar x la ley del 73…el tiene 26 años de servicio …y quisiera saber si ya puede jubilarse anticipado quisiera saber si esto es posible y que porcentaje de su sueldo recibiria el gana 6000 mensuales …

    • su papa no podra retirrse por la ley 73 pues ella no aplica para los trabajadores del issste; para poder hacerlo, debera cumplir con los requisitos que establezca el regimen de pensin que eligió antes de 2010 y que no me lo menciona; puede ver opcioens en las isugientes ligas:

      pag. 74, art. 10° transit, frac. II, incisos a, b o c

  6. hola soy una mujer de 56 años trabajo desde los 18 años de edad , ya tengo las semanas de cotización para jubilarme pero me falta la edad, en este momento estoy trabajando para un patrón con el sueldo minimo pero ya quiero dejar de hacerlo puedo contratar la continuación voluntariao modalidad 40 pero puedo hacerlo con el tope máximo del seguro para poder tener una mejor pension , porque se que el imss pensiona de acuerdo a los últimos años, o el imss no me lo va a permitir y será de acuerdo al ultimo salario que tuve imss obligatorio o puedo permanecer trabajando que me conviene darme de baja con el seguro obligatorio y hablar con mi patrón para que me de mejor sueldo y poder pensionarme mejor o bien con la continuación voluntaria puedo poner mejor sueldo , favor de aconsejarmen

    • ES CORRECTO, PUEDE CAUSAR BAJA Y CONTRATAR LA CONTINUACION VOLUNTARIA O MODALIDAD 40 Y CONVENIR CON EL IMSS EL SALARIO MAXIMO POR EL QUE PUEDA USTED PAGAR LAS CUOTAS CORRESPONDIENTES

      LA OPCION DEL PATRON TAMBIEN ES BUENA Y SERIA INCLUSO LA MEJOR

  7. BUENAS TARDES

    POR FAVOR ME PODRIA AYUDAR ME ACABAN DE PENSIONAR POR INVALIDEZ TENGO 36 AÑOS EMPECE A COTIZAR DESDE EL 92 PARA EL IMSS CUAL LEY ME CONVIENE MEJOR PENSIONARME.
    YO TENGO CREDITO DE INFONAVIT
    TENGO MUCHAS DUDAS
    QUE PASA CON LO DE MI AFORE SI DESIDO PENSIONARME BAJO LA LEY DEL 73 POR LA EDAD QUE TENGO
    POR QUE LA LEY DEL 73 ME OFRESE UNA PENSION MAS BAJA QUE LA DEL 97
    SI DESIDO PENSIONARME POR LA LEY DEL 97 LO QUE ME OFRESEN DE PENSION YA SERIA PARA TODA LA VIDA OSOLO POR ALGUNOS AÑOS

    AL IGUAL QUE PASA CON MI CREDITO DE INFONAVIT ME DIERON EL 54% PERO TENGO UNA DUDA YO EMPESE CON MI ENFERMEDAD ANTES DE SACAR EL CREDITO DE INFONAVIT .
    VI EN INTERNET UN CASO SIMILAR AL MIO EL CUAL A UNA PERSONA NO LE QUERIAN PERDONAR LA DEUDA POR QUE SU ENFERMEDAD EMPESA ANTES DE QUE SACARA EL CREDITO DE INFONAVIT

    POR FAVOR ESPERO SU PRONTA RESPUESTA

  8. Hola,fui a la subdelegacion del imss que me corresponde haciendome la indicacion de que la ley del 73 esta derogada estando cotizando desde 1992 gane hasta enero de este año 14 000 mens. y segun un lic. hizo el calculo de mi pension y es de 7,500 mens. cuando en mi trabajo me dijeron que alcanzaba el 100% de mi sueldo, como pension.

    Puedo solicitar mi pension bajo la ley de 1973?
    Agradecere su respuesta, muchas gracias.

    • Le engañaron en su trabajo, fue falsa la información que le dieron; puede solicitar pensión por Ley 73 (que es la que le dieron); si requiere de mayores detalles, puede contactarme a mi consultorio a través de [email protected]

  9. BUENAS TARDES, SOY UNA PERSONA QUE TENGO UNA ENFERMEDAD CRONICA POR LO CUAL ME VAN A OTORGAR UNA PENSIONE DEFINITIVA, YA TENGO TEMPORAL, PERO LA VALORACION MEDICA ME OTORGAN LA DEFINITIVA TENGO 44 AÑOS Y YA ME BUSCARON UNA ASEGURADORA PARA OFRECER MIS SERVICIOS, LA DUDA ES PORQUE LEY ME CONVIENE RETIRARME, LA DEL 73 O LA DEL 97, VI UNA PREGUNTA SIMILARA A MI CASO PERO NO ENCONTRE LA RESPUESTA. OJALA ME PUEDA ORIENTAR EN ESTE CASO, GRACIAS..

    • Le conviene más por la 73 si tiene derecho a ella; le invito a contactarme a través de mi consultorio ubicado en [email protected] para una asesoría mas amplia y precisa.

  10. buenos dias tengo una pension parcial provisional ya k obtube daños en mi oido derecho por causa de ruido en la empresa k trabaja ademas adquiri una enfermedad k se llama sindrome de meniere hoy k busco la pension definitiva m llega la resolucion y m la van a dar global ya k tengo el 18% lo cual no se si esta bien

  11. buenas tardes una pregunta mi papa tiene 55 años y tiene cotizadas 663 semanas en el immss dejo de cotizar en septiembre del 2004 tiene derecho a pensionarse cuando cumpla la edad correspondiente y con la ley de 1973

    • NO, DEBIDO A QUE HA PERDIDO LA VIGENCIA DE DERECHOS; NECESITA RECUPERARLOS A TARVÉS DE LA REINCORPORACION AL REGIMEN ORIDINARIO COTIZANDO VIA PATRON

      DE REQUERIR DATOS MAS ESPECIFICOS PUEDE ENVIARNOS SU PREGUNTA A NUESTRO CONSULTORIO UBICADO EN [email protected].

  12. hola, tengo una duda, mi esposo falleció poco tiempo despues de casarnos por el civil, por ello cuando solicite la pension por viudez, me la negaron, me dieron una negativa de pensión, y me dijeron que solo podria retirar lo del afore que el tenia, hice los tramites pertinentes y ya va mas del año que me dice la afore y me lo ha demostrado, que el seguro no ha hecho una carga en datamart , para que ellos puedan jalar el recurso y me lo den. ya he ido muchisimas veces al seguro y solo me dan largas, la ultima vez me dijeron que depende de mexico, yo soy de chiapas. mi pregunta es a donde puedo quejarme , que no se me ha dado el servicio, porque tambien alegaron que el dinero que esta en la cuenta de afore de mi esposo no me lo pueden dar porque no tenia mucho tiempo de casada, pero entonces que va a pasar con ese dinero? para quien va? si me han llegado estados de cuenta a su nombre con el monto. tambien pregunté a afore y dijeron que ese dinero si es para mi, pero que lo debe liberar el seguro. A dond puedo pedir que sea en el df. que me liberen el monto? a quien dirigirme?
    saludos

  13. Hola Lic. Buenos días mi pregunta es me van a pensionar por invalidez primero con una pensión temporal por 2 años y posteriormente con una pensión permanente dependiendo mi estado de salud ya que tengo cáncer pulmonar mi duda es la empresa me tiene que liquidar ya que en la resolución me lo tomaron como enfermedad general. De antemano gracias por su tiempo.

    • No, la empresa no tiene que liquidarlo pues no esta prescindiendo ella de sus servicios; solo le daran el finiquito que en Ley le corresponda.

      Puede solicitarla asesoria complementaria a: [email protected]

      VER

      VER

  14. Me conviene perdonarme si ya tengo mis cotizaciones y tengo solamente 41 años

    • Quiero entender se refiere a pensionarse… de ser así, no le conviene además de que tampoco le alcanzaría su ahorro para ello…

  15. Tengo 63 años y aun me faltan algunas semanas de cotización para pensionarme. Actualmente tengo un pequeño negocio y tengo registro patronal para mis empleados y estoy en el RIF, pero yo quisiera tener acceso a la seguridad social para completar mis semanas y para pensionarme, cómo puedo hacerlo?

  16. empece a cotisar en el 1992 y tuve despues otros trabajos pero deje de cotisar mucho tiempo ya que me dedique a trabajar en una taqueria y no tenia seguro y ahora tengo 2 años cotisados puedo el dia de mañana pensionarme en la ley 73 jalando mis semanas anteriores

  17. me dicen que tengo que pagar para poder obtener la leu 73 es cierto por que no cotize mucho tiempo mi pregunta es me pueden quitar la ley 73 si ahorita tengo ya 2 años trabajando

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