Pensión Trabajadores ISSSTE por Ley 2007|

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En nuestro artículo anterior le comentábamos de las opciones de pensión para aquellos trabajadores que decidieron hacerlo por el Régimen Anterior Modificado; hoy nos referiremos a las modalidades de pensión por la Ley vigente a partir de 2007, aplicable a trabajadores de nuevo ingreso y a aquellos trabajadores que aceptaron el Bono Pensionissste.

Las opciones de pensión para estos trabajadores es por el sistema de cuentas individuales; es decir, su pensión se determinará por el monto acumulado en su cuenta individual, cantidad con la que habrán de financiar su pensión bien sea por un riesgo de trabajo, por un estado de invalidez o por cesantía en edad avanzada y vejez.

Para poder pensionarse por la nueva Ley, se deberá cumplir con el requisito de 25 años de cotización y tener un mínimo de 60 años de edad; las opciones de pensión serán en las modalidades de Renta Vitalicia o Retiro Programado, o bien, Retiro Anticipado.

En la modalidad de Renta Vitalicia, al llegar el momento del retiro y una vez cubierto los requisitos, el trabajador comprará con una aseguradora el Seguro de Renta Vitalicia y el Seguro de Sobrevivencia, con cargo a los recursos de su cuenta individual.

Con el Seguro de Renta Vitalicia se pagará de por vida la renta mensual resultante y, a su fallecimiento, con el Seguro de Sobrevivencia se pagará a los beneficiarios la pensión de viudez, orfandad o ascendencia que corresponda, hasta la extinción legal de dicha pensión; esta pensión se incrementará anualmente, en el mes de febrero de cada año, conforme al INPC.

En la modalidad de Retiro Programado, el trabajador suscribirá un contrato de administración de fondos con la Administradora de su elección quien le administrará y entregará el monto de su cuenta individual, fraccionado en rentas mensuales, por los años que falten para llegar a los 75 años de edad (esperanza de vida); la pensión se incrementará anualmente si la Administradora que administra sus recursos obtuvo utilidad.

Cuando los recursos acumulados en la cuenta individual son insuficientes para contratar una Renta Vitalicia o el Retiro Programado y se habiendo cotizado los 25 de años, el Estado otorgará una Pensión Garantizada y un Seguro de Salud de por vida para él y sus beneficiarios.

Con la Concesión de Pensión, se podrá disponer de la cuenta individual, en una sola exhibición los recursos del SAR 92 (2% de Retiro) y vivienda del mismo periodo si no tuvo crédito de Fovissste.

En la pensión por Renta Vitalicia o Retiro Programado se integrarán los recursos del Bono de Pensión, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, SAR Fovissste si no se tuvo crédito de vivienda y Ahorro Solidario en su caso.

En caso de Negativa de Pensión, podrán retirarse los recursos acumulados en la cuenta individual en una sola exhibición.

Si antes de cumplir con el requisito de edad para el retiro pero se cuenta ya con los años de cotización requeridos, es posible obtener una pensión por Retiro Anticipado, siempre que la pensión resultante, calculada en la modalidad de Renta Vitalicia, sea superior en un 30% a la Pensión Garantizada y que existan, además, recursos para comprar el Seguro de Sobrevivencia.

Le invitamos a visitar nuestro blog en www.sipse.com/blogs/miretiroypension, ahí encontrará más información en materia y podrá dejarnos sus comentarios, opiniones y sugerencias; también puede escuchar nuestros comentarios en SIPSE Noticias, cada viernes al punto de las 14:00 hrs.

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437 COMENTARIOS

  1. Perdón ok hize bien la pregunta. Me puedo jubilar o retirar !?
    Tengo 9 años cumplidos SEP sección 21

    • me puedo retirar si tengo 24 a;os de servicio y tengo 48 a;os de edad
      lo que pasa es que mi tramite de pension por invalidez salio rechazada y me dejaron de dar incapacidad pero tampoco me dan una alta y re
      grese a trabajar y solo aguante 25 dias y otraves recai y ahora estoy peor no puedo ya ni estar parada ni sentada y voy a volver a meter mis papeles para la pension en enero fui operada de la columna tengo 4 tornillos
      y un injerto de bobino y el 8 de julio me dieron mi dictamen de pension el cual me lo rechazaron

      • Quizás necesite de una valoración médica diferente; acuda a la Conamed o a la Secretaría de Salud.

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        Para detalles adicionales puede contactarme en mi consultorio ubicado en [email protected].

        Lecturas recomendadas:
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  2. Hola. Me gustaría saber que puedo hacer si por motivos personales tuve que renunciar a mi plaza de la SEP.
    Puedo retirar el ahorro de mi cuenta individual o que pasa en éste caso? Gracias

  3. estoy proximo a cumplir 30 de servicios en el IPN, mi pregunta es, la cuenta en Bansefi, de fovissste y SAR que son dos cuentas, pero ambas suman $320,000.00, esta cantidad me la dan en su totalidad o que porcentaje me dan, cuando lo solicite. No omito mencionar que tambien trabajo para los SEIEM en el estado de mexico y ahi cumplo 25 años de servcio, se que se empatan los tiempos, solo es para iformacion de ustedes.

  4. hola soy pensionada del issste por cuentas individuales mi pensión es muy baja porque cotize 12 años y medio pero no me alcanza para sustentar mis gastos, podria solicitar una negativa de pensión para retirar todos los recursos de mi cuenta individual. espero respuesta y gracias

    • Con la nueva ley y con 12 años no puede obtener pensión; usted disfruta ya de la negativa

      ver

  5. Buenas noches lic . Tengo una duda cuando se actualizo la ley del issste yo firme para seguir en regimen viejo .. Tengo 20 años de servicio es factible retiro anticipado y a que puedo aspirar … 43 años gracias

  6. Buen día, ¿es verdad que cuando te retiras, PENSIONISSSTE te deduce el 30% de lo que hayas acumulado por concepto de ISR, independientemente de la forma en la que te paguen?

  7. Hola buen día, cotice al IMSS durante 15 años despues al ISSSTE durante 6 años, ahora llevo cotizando por seis meses al IMSS nuevamente, que tengo que hacer para poderme jubilar por el IMSS tengo 60 años y si puedo meter mi negativa de pension al ISSSTE?
    saludos

  8. Buenos días Lic . Tengo 30 años de servicios estoy en régimen viejo .. En septiembre del 2014, cumplo 49 años de edad. Me podría informar cual es mi fecha exacta para pensionarme.

    Gracias, espero su respuesta.

  9. hola puedo obtener retiro anticipado? tengo 49 años y 20 de servicios. se supone que a partir de 2013 ya no existin requisitos mínimos de edad ni años de servicios, no entiendo porque ustedes anotan que deben ser 60 de edad o 25 de servicios.
    estos por regimen de cuentas individuales y cuento con un bopno de pensión de 2,100,000.00
    gracias

    • Creo no ha entendido bien el contenido de la Ley, para poderse pensionar anticipadamente, debe de cumplir primeramente el requisito de años de servicio y la suficiencia de ahorro en su cuenta individual para poder optar por esta modalidad; de requerir información más específica, reenvíe su pregunta a [email protected].

  10. buen dia. me retiro con 60 años de edad y pienso pedir una negativa de pension al issste por que no clumplo con los años de sercicio solo tengo 19 años., mi pregunta el sar 92 me lo entregan hasta los 65 años de edad

    • De ordinario se entrega con el resolutivo de pensión pero he sabido que Pensionissste lo entrega a los 65 años.

  11. Hola. Tengo 31 años de servicio de cotizar al issste. 50 años de edad mi regimen es bono de pension. pero tengo solo 1 millon 700 mil pesos. Que debo hacer. ya me quiero retirar. Me pueden dar todo en una sola exhibicion?

  12. ¿como se puede solicitar una negativa de pension? mi mama es beneficiaria de mi hermano – ya fallecio-
    no necesita pension. ¿como puede retirar todo lo de la cuenta individual?
    ¿como se hace el tramite?
    gracias

    • Las negativas no se otorgan a solicitud sino por el hecho de no haber cubierto el asegurado con las semanas de cotizacion requeridas; para una opinion mas detallada reenvie sus pregunta a [email protected], requiero de mas datos.

  13. tengo 49 años y cotizados 30 al Issste . el bono que tengo es 2,700,000 cuanto debo dejar y cuanto retirar

  14. Buenos dias, quiero saber si me puedo retirar con 12 años cotizados al ISSSTE, tengo ataques de panico por estress, y un documento por parte del psiquatra que dice que no puedo estar bajo presion; de antemano gracias por sus atenciones

    • Podrá hacerlo siempre que obtenga del Instituto un reconocimiento de Invalidez.

  15. Estimado lic. soy trabajador de SEIEM ,mi opinión personal con la nueva ley del issste 2007 .La cual se esta aplicando a todos los trabajadores y que algunos no, estamos de acuerdo , ya que muchos entramos con la ley anterior , en mi caso yo entre 1992 y cuando se aplico o se propuso esta ley 2007 . la cual nos dieron a elegir , el decimo transitorio o el bono , y que nos dice que ha cierta edad y años de servicio nos podemos jubilar . ¿Mi pregunta es ? Por que los entramos con la ley anterior no se nos respeta y nos jubilan con esta ley . NOTA : En mi opinión que se contabiliza cuanta gente en 10 años , que entro con la ley a anterior del issste , y que le falta jubilarse en 3,5,6,8,10 años de servicio, estamos ablando cumplirían 28,30 años de servicio .Por ejemplo 2014 al 2020 tendrían 28 ,29,30,31,años de servicio se jubilarían ,poniendo como tope que en 10 años aparir 2014 y esa gente esta comprometida a jubilarse en ese tiempo conforme la ley anterior , al no jubilarse a ese tiempo o plazo ,se le aplicara . La ley de 2007 . Por que con forme la ley del 2007 se aumenta 3,4,2,5, años de edad y años de servicio a su jubilación es a mas años , estoy hablando , que son personas cansadas ya entraron desde 1980,1982 etc….a la fecha a 2014 etc…. estos maestros , con los años que se aumente por edad y de servicio , se escucha feo , ya sale en muletas , locos , tontos , su desgaste físico y mental o simplemente salen muertos en el proceso de la jubilación parece mentira pero es cierto habrían mas espacios mas jubilaciones esa es mi opinión . aveces atrás de un escritorio no se ve la realidad de las cosas ,los médicos no lo visualizan , no dan diagnostico bien o lo dan equivocado , infinidad de situaciones .
    Agradezco su fina atención . Embicando le un cordial saludo de mi parte es mi pregunta una leve solución y opinión personal gracias por su atención esperando su respuesta disculpe mi ignorancia sobre la ley pero esta confusa .

    • La Ley es la Ley y aplica para todos por igual, según caigan en los supuestos que ella dispone.

  16. Buenas noches Lic.Jaime disculpe soy trabajadora de secretaria de salud de Qro apenas tengo 2años laborando como eventual y no entiendo mucho sobre las cotizaciones ni retiro ,lei mi talon de pago y en ninguna deduccion encuentro algun desçuento de fondo de retiro, como se q estoy cotizando al issste y si no lo estoy puedo ir a las oficinas del issste y crear yo un ahorro?

    • Ingrese a la pagina del Instituto y luego a la oficina virtual; registrese y podrá constatar si esta cotizando o no

  17. Lic. quiero preguntarle como pedir se vuelva a calcular mi pensión del Issste con 28 años de servicio no es jubilación es pensión pero me parece mal calculada y tengo asi ya 20 años de pensionado que puedo hacer?

    • A estas alturas ya nada puede hacerse… ha transcurrido demasiado tiempo.

  18. Hola buenas tardes, recibo una pension por viudez, mi esposo fallecio en oct de 2011, el salia de su trabajo cuando le dio un infarto, y apenas en enero de 2014, empese a recibir su pension, el estaba por cuenta individual, asi que lo que tenia de bono de pension lo retire en una sola exposicion. Mi pension ( la pension es para mis 2 hijos menores y yo) esta calculada con el 35% del suledo base de que percibia el, mi pregunta es puedo pelear (con abogado) que se tome encuenta tambien su compensacion garantizada para el calculo de la pension???, como lo han hecho los que se pensionan. ya que en total mi pension total es menos del 10% de lo que el percibia. Muchas gracias.

  19. e solicitado en dos ocaciones mi estado de cuenta correspondiente al primer cuatrimestre del 2014 en pensionissste y me lo niegan con el pretexto de que tarda cinco días o que no les aparece en el sistema, mi cuenta esta bloqueada y ya no me mandan por correo el estado de cuenta, me dicen que hay problemas con el mismo, que puedo hacer?

  20. Buenas tardes,, dure 25 años trabajando como maestra de la sep, renuncie a mi plaza hace 8 años,,,,… Quiero saber si puedo retirar el monto acumulado en mi pensionissste? . De antemano gracias.

  21. quisiera saber si al cumplir 25 años de servicios puedo pensionarme y tengo 46 años de edad estoy con cuentas individuales, por favor orienteme o si puedo pedir una licencia en mi trabajo y puedo seguir cotizando por fuera.

    • Si siempre y cuando le alcance su ahorro para comprar los seguros de rentas vitalicias y el de sobrevivencia.

      Si requiere de información amplia y detallada, reenvíe su pregunta a nuestro consultorio ubicado en [email protected].

  22. Hola buen día:

    Soy Dra. de IMSS y ya me pienso jubilar, pero por otra parte también soy doctora en el issste y elegí bono de pensión tengo 60 años de edad y 35 años de servicio quisiera saber si Banorte me va a dar la totalidad de mi Cuenta Individual por parte del ISSSTE ya que me han comentado que esos recursos me los dan solo atreves de una demanda, si es así me gustaría saber en que articulo viene sustentado esto.
    Gracias

    • SU CASO ES MUY ESPECIAL PERO REQUIERO DE DATOS ADICIONALES PARA PODER EMITIR PENSION; PUES POR UN LADO TIENE EL RJP Y POR EL OTRO EL SISTEMA DE CAPITALIZACION INDIVIDUAL.

      DE REQUERIR DATOS MAS ESPECIFICOS PUEDE ENVIARNOS SU PREGUNTA A NUESTRO CONSULTORIO UBICADO EN [email protected].

  23. Hola llevo 4 años trabajando para la SEP, ingresé en 2010, tengo que viajar a otro país y he pensado en renunciar a mi plaza, en ese caso ¿Obtengo alguna cantidad de dinero?

  24. Lic. Jaime Gutiérrez Melchor

    Ingresé al gobierno federal el 16 de julio de 1993, renuncie el 31 de julio de 2008, igual a 15 años 15 días de servicio.

    Actualmente tengo 54 años, mi fecha de nacimiento es 28 de agosto de 1959.

    Firme de aceptación a la nueva Ley del ISSSTE, se me otorgo un Bono de redención, el cual se refleja actualmente en mi estado de cuenta de afore con 325,200 unidades de inversión, con fecha de redención 1° de enero de 2015.

    Mis preguntas son ¿podré disfrutar de este bono? , de ser así ¿a partir de cuando? y ¿cual será la mecánica o la forma en que se me otorgaría?

    He recibido excelentes comentarios de su sitio, por lo que recurro a usted, gracias.

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