Pensión Trabajadores ISSSTE por Ley 2007|

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En nuestro artículo anterior le comentábamos de las opciones de pensión para aquellos trabajadores que decidieron hacerlo por el Régimen Anterior Modificado; hoy nos referiremos a las modalidades de pensión por la Ley vigente a partir de 2007, aplicable a trabajadores de nuevo ingreso y a aquellos trabajadores que aceptaron el Bono Pensionissste.

Las opciones de pensión para estos trabajadores es por el sistema de cuentas individuales; es decir, su pensión se determinará por el monto acumulado en su cuenta individual, cantidad con la que habrán de financiar su pensión bien sea por un riesgo de trabajo, por un estado de invalidez o por cesantía en edad avanzada y vejez.

Para poder pensionarse por la nueva Ley, se deberá cumplir con el requisito de 25 años de cotización y tener un mínimo de 60 años de edad; las opciones de pensión serán en las modalidades de Renta Vitalicia o Retiro Programado, o bien, Retiro Anticipado.

En la modalidad de Renta Vitalicia, al llegar el momento del retiro y una vez cubierto los requisitos, el trabajador comprará con una aseguradora el Seguro de Renta Vitalicia y el Seguro de Sobrevivencia, con cargo a los recursos de su cuenta individual.

Con el Seguro de Renta Vitalicia se pagará de por vida la renta mensual resultante y, a su fallecimiento, con el Seguro de Sobrevivencia se pagará a los beneficiarios la pensión de viudez, orfandad o ascendencia que corresponda, hasta la extinción legal de dicha pensión; esta pensión se incrementará anualmente, en el mes de febrero de cada año, conforme al INPC.

En la modalidad de Retiro Programado, el trabajador suscribirá un contrato de administración de fondos con la Administradora de su elección quien le administrará y entregará el monto de su cuenta individual, fraccionado en rentas mensuales, por los años que falten para llegar a los 75 años de edad (esperanza de vida); la pensión se incrementará anualmente si la Administradora que administra sus recursos obtuvo utilidad.

Cuando los recursos acumulados en la cuenta individual son insuficientes para contratar una Renta Vitalicia o el Retiro Programado y se habiendo cotizado los 25 de años, el Estado otorgará una Pensión Garantizada y un Seguro de Salud de por vida para él y sus beneficiarios.

Con la Concesión de Pensión, se podrá disponer de la cuenta individual, en una sola exhibición los recursos del SAR 92 (2% de Retiro) y vivienda del mismo periodo si no tuvo crédito de Fovissste.

En la pensión por Renta Vitalicia o Retiro Programado se integrarán los recursos del Bono de Pensión, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, SAR Fovissste si no se tuvo crédito de vivienda y Ahorro Solidario en su caso.

En caso de Negativa de Pensión, podrán retirarse los recursos acumulados en la cuenta individual en una sola exhibición.

Si antes de cumplir con el requisito de edad para el retiro pero se cuenta ya con los años de cotización requeridos, es posible obtener una pensión por Retiro Anticipado, siempre que la pensión resultante, calculada en la modalidad de Renta Vitalicia, sea superior en un 30% a la Pensión Garantizada y que existan, además, recursos para comprar el Seguro de Sobrevivencia.

Le invitamos a visitar nuestro blog en www.sipse.com/blogs/miretiroypension, ahí encontrará más información en materia y podrá dejarnos sus comentarios, opiniones y sugerencias; también puede escuchar nuestros comentarios en SIPSE Noticias, cada viernes al punto de las 14:00 hrs.

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437 COMENTARIOS

  1. Lic. Jaime Gutérrez Melchor
    Mi estimado Licenciado, le quiero preguntar abusando de sus conocimientos sobre el tema, tengo 29 Años 6 Meses de servicio en el Gobierno Federal, tengo 55 Años de edad, y opté por el 10° Transitorio, cuando me puedo jubilar y si podré alcanzar alguna indemnización por los años de servicio si me quisieran despedir injustificadamente antes de cumplir los 30 años de servicio.

    • JUAN JOSE:
      SUS OPCIONES DE PENSION SON LAS REFERIDAS EN EL 10MO TRANSITORIO, FRAC. II, INCISOS A, B O C.

      SI DESEA UN ANALISIS DETALLADO DE SUS OPCIONES PUEDE ENVIAR LA MISMA PREGUNTA A [email protected]; EN ASUNTO INDICAR SOLICITO DESGLOSE DE PENSION CONFORME AL REGLAMENTO DEL 10MO TRANSITIRIO; POR ESE MEDIO LE DOY DETALLES DE LA FORMA DE ATENDER SU PETICION DE INFORMACION

      PARA EL ASUNTO DE CARACTER LABORAL, SUGIERO VERLO CON UN ABOGADO LABORISTA

      Nota:

      Participa este miércoles 15, al punto de las 20:00 horas en el chat en vivo y consulta todo lo que desees conocer con relación a tus derechos pensonarios: ingresa a http://sipse.com

      Lea mis artículos, y escuche y vea mis comentarios en:

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      MILENIO, domingos: http://sipse.com/opinion/
      SIPSE radio, jueves,14:30 hrs., http://sipse.com/97.7/

  2. Buena tarde Lic. Jaime Gutiérrez Melchor, mi nombre es Diego Jara, tengo 31 años cumplidos y estuve laborando como empleado de confianza no jurídico, para el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa por 5 años consecutivos, hasta el día 15 de mayo de 2013; la baja fue renuncia; la verdad quiero saber si puedo solicitar la devolución de la subcuenta de vivienda del Fovisste, ya que nunca gané un crédito de vivienda, además de que al dejar de cotizar al Issste, ya no puedo ser beneficiario de un crédito de ese tipo.

    Gracias por su pronta respuesta

    • DIEGO:
      PODRÁ SOLICITAR LA DEVOLUCION DE LOS RECURSOS DEPOSITADOS EN LA SUBCUENTA REFERIDA AL OBTENER RESOLUCION O NEGATIVA DE PENSION

      RECUERDE QUE:
      CADA MIERCOLES, AL PUNTO DE LAS 20:00 HRS., VIDEOCHAT PARA ATENDER DE MANERA DIRECTA Y EN EL MOMENTO TODAS SUS DUDAS CON RELACION A SU RETIRO Y PENSION

      • TENGO 43 AÑO DE EDAD Y 26 DE SERVICIOS Y ME QUIERO IR CON UNA NEGATIVA DE PENSION PQ CON MI SUELDO NUNCA VOY A COMPLETAR EL MONTO QUE SOLICITAN

        • CARMEN:
          FAVOR DE REENVIARME LA PREGUNTA Y ESPECIFICAR EL DATO DEL REGIMEN DE PENSION ELEGIDO

  3. TENGO 29 AÑOS, Y TRABAJE COTIZANDO ISSSTE EN GOBIERNO FEDERAL POR ONCE AÑOS, MI BAJA FUE RENUNCIA Y EN EL NUEVO EMPLEO VOY A COTIZAR IMSS, PUEDO ENTRAR EN UNA NEGATIVA DE PENSION Y CONTAR CON LO DE MI ESTADO DE CUANTA?, O SOLO SOLICITAR UN RETIRO PARCIAL POR DESEMPLEO.

    MUCHAS GRACIAS.

  4. hola, tengo dos preguntas.
    1ra. Con la reforma de la Ley del ISSSTe del 2007, todos aquéllos que optaron por el décimo transitorio, ¿Tienen asegurada su pensión, el Instituto tiene la solvencia para liquidarlas en su totalidad?
    2da. ¿Que pasa si una Afore quiebra, como se aseguran los fondos de los trabajadores por cuentas individuales?
    Gracias.

  5. muy buenas noches estimado lic. Jaime Gutierrez Melchor le agradezco su amable disposicion a aclarar mis inquietudes. kisiera saber si la decision que tome al elegir cta, individual en vez de quedarme en el otro regimen es irrevocable ya que me han asaltado muchas dudas y miedos de no llegar a alcanzar una pension vitalicia digna para mi vejez. Actualmente soy madre soltera y no dispongo de otros ingresos.
    cuento con 41 años de edad, tengo 18 años de servicio para el sistema federal. Ayudeme a dicipar mis inquietudes, como podria tambien saber los costos de cada pension vitalicia acordes a la edad de jubilacion. DONDE encuentro una tabla de tabulacion que me hable del tema.
    gracias por su valiosa atencion y confio en su pronta respuesta. Que Dios me lo cuide y bendiga.

    • LAMENTABLEMENTE LA DECIDSION ES IRREVOCABLE…

      DE MOMENTO NO HAY REFERENCIA ALGUNA DEL COSTO DE LA RENTA VITALICIA PUES A LA FECHA NADIE SE HA PENSIONADO POR CESANTIA EN EDAD AVANZADA O VEJEZ POR EL REGIMEN DE CUENTAS INDIVIDUALES, NO AL MENOS QUE YO CONOZCA

      • Lic. Gutiérrez mi padre esta en un caso similar la diferencia es que tiene 69 años y 26 de servicio como médico del issste, eligió pensión por el bono, mal asesorado en su momento y ante la falta de información clara. Sin duda mi padre ya esta cansado, le hicieron un cálculo de pensión de 5000.00 m.n. por mes aparte debe una casa de fovissste lo que le quedaría 3000.00 m.n. no puede mi padre vivir con esa cantidad, por lo que optó por decistir de pensionartse y seguir trabajando lamentablemente hasta que su cuerpo resista es una pena

        • MI CONSEJO ES QUE SE PESNIONE Y LE ASEGURO OBTENDRA MAS POR LA CONSUTLA PRIVADA

  6. Soy jefe de personal de una dependencia de la UNAM, quiero comentarle el caso de un empleado que tiene cuenta individual, quiere jubilarse ya que tiene 51 años de edad y 31 años de servicios. Puede hacerlo una vez tramitada su baja del servicio activo.
    Agradeceré su respuesta

    • NO ES PRUDENTESE RETIRE DE SU EMPLEO NO AL MENOS POR EL MOMENTO; AUNQUE CUMPLE CON LOS AÑOS DE SERVICIO NO CUMPLE CON LOS REQUISITOS DE EDAD; ADEMÁS, POR LO QUE REFIERO AL RETIRO ANTICIPADO NO SE LO RECOMIENDO Y LO MAS SEGURO ES QUE NO SE LO ACEPTEN

  7. lic. tengo 30 años de servicio y edad de 55 años, estoy en cuentas individuales puedo pensionarme ya , recuerdo que en su momento se dijo que en esta modalidad uno escogia cuando pensionarse en mi cuenta individual hay 1050000.00
    gracias por su respuesta, de antemano

    • PUEDE OPTAR POR EL RETIRO ANTICIPADO DADO QUE CUMPLE EL REQUISITO DE AÑOS DE COTIZACION PERO NO CREO LE CONVENGA PUES QUIZAS SU AHORRO NO ALCANCE PARA UNA PENSION 30% MAYOR A LA PENSION GARANTIZADA; AUNQUE PUEDE VERIFICARLO EN EL INSTITUTO

  8. Licenciado, buenas tardes, soy pensionado por invalidez por el ISSSTE, elegí pensión por bono, puedo retirar mi dinero de la cuenta individual. Gracias

    • NO, LOS RECURSOS DE SU CUENTA INDIVIDUAL SE UTILIZARON PARA EL PAGO DE SU PENSION; A LO MASPODRA RETIRAR EL SAR-ISSSTE 92

  9. CUAL ES EL MONTO MINIMO QUE PUEDO DEJAR DE MI CUENTA INDIVIDUAL PARA MI RENTA VITALICIA…

    • NO HAY MONTO MINIMO, MAS BIEN, SE REQUIERE DE MONTO MAXIMO EL QUE NO DEBERA SER MENOR DE 4 A 5 MILLONES DE PESOS

  10. Quiero saber si por renuncia puedo retirar mi fondo de pensión que coticé en el ISSSTE. Tengo 39 años tuve 11 años de servicio y si mi fondo de vivienda FOVISSSTE me la pueden transferir a mi cuenta de AFORE. Estoy con el sistema 10. Gracias

    • NO ENTIENDO BIEN SU PREGUNTA POR FAVOR, REENVIEMELA MAS DETALLADAMENTE; FAVOR VER

  11. Soy trabajador de la SEP,tengo 51 años de edad, 31 años de servicio, acepte cuentas individuales. Deseo me oriente en que momento me puedo jubilar? Tengo aproximadamente en mi cuenta UN MILLON Y MEDIO DE PESOS. Gracias por su recomendación.

    • NO, AUN NO SE PUEDE PENSIONAR

      VER:

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      VER:

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      SI REQUIERE ASESORIA MAS ESPECIFICA, REENVIE SU PREGUNTA A miretiroypension@gmail; EN ASUNTO INDIQUE: BLOG-SOLICITO ASESORIA; LE DAREMOS INSTRUCCIONES DE LA FORMA EN QUE PODREMOS ATENDER SU CONSULTA Y RECIBIR INFORMACION ESPECIFICA.

  12. Disculpa una pregunta, Mi mama opto por el bono issste y la verdad le descontaron mucho de impuestos, quisiera saber sí se puede recuperar ese dinero y en que vía.

  13. EN MI CASOQUE ESTOY EN EL REGIMEN DE CUENTAS INDIVIDUALES, ME PENSIONE POR INVALIDEZ ¿TENGO DERECHO A RETIRAL ALGO DE MI CUENTA DE SAR ?

  14. me di de baja de mi empleo en la sep porque en el mes de febrero 2013 ya habia cumplido los 28 años de servicios ininterrumpidos tengo 48 años de edad y en el 2007 elegi el regimen de cuentas individuales del issste solicite mi pension y me la estan negando argumentando que mis recursos acumulados no alcanzan para garantizar mi pensión y no me otorgan una negativa de pensión argumentando que no cumplo con el requisito de la edad quiero saber a que tengo derecho porque me quede sin sueldo y sin los servicios del issste y el afore sigue teniendo mi dinero acumulado y yo no recibo nada del afore.

  15. hola lic. mi pregunta es : tengo 24 años de servicio elegi cuentas individuales tengo 1088000.00, en mi bono a los cuantos años cree prudente que me pueda pensionar tengo 39 años de edad

  16. cuando podre cobrar mi dinero de afore escogi cuentas individuales mi bono es de de 1.126,000.00 trabaje 11 años en un cefereso y tengo mi bono redimido o liberado mi edad es 55 años y dos meses y no me interesa ninguna pension tengo planes con mi dinero agrdezco su ayuda

    • PARA EFECTOS DE PENSION DEBE DE ESPERAR LAS EDADES ESTABLECIDAS PUES ES REQUISITO, PARA DISPONER DE LOS RECURSOS, CONTAR CON UNA RESOLUCION O NEGATIVA DE PENSION

      VER

      VER

      PARA ASESORIA COMPLEMENTARIA: FAVOR REENVIEME SU CONSULTA A: [email protected]

  17. Lic.Jaime buenas noches,/duda: tengo 53 años de edad cotize al issste 19 años interrumpidos,Me fui en el programa de retiros voluntarios de la hoy sagarpa,no retire nada de dinero de lo cotizado al issste,no movi nada,es mas no se si este en la ley vieja o en la actual «no se nada» y quiero ver si me pueden pensionar con la parte proporcional cuando primero dios cumpla 55 año,se podra?,ya hable al issste y eso me dijeron hasta los 55 años,Aunque he de tener que ir actualizar por que vi en su pagina que solo me tienen cotizando 10 años y tengo todos mis recibos de pago con deducciones desde el primero hasta el utimo uno que otro intermedio perdido,pero si cuento con el primero y ultimo y mi carta de prestacion de servicios de 19 años del patron,Le envio saludos y muchas gracias por su respuesta.

    • NECESITO ANALIZAR MAS DATOS DE SU CASO PARA PORDE EMITIR UNA OPINION; REENVIEME SU PREGUNTA A [email protected] Y AGREGUE LOS SIGUIENTES DATOS:

      1) DE QUE A QUE AÑO COTIZO PARA EL ISSSTE
      2) DE QUE A QUE AÑO NO COTIZO PARA EL ISSSTE
      3) ACTUALMENTE PARA QUIEN COTIZA?
      4) REGIMEN DE PENSION ELEGIDO

      PD: NO DEJE DE LEER EL ARTICULO PUBLICADO/A PUBLICAR EL DOMINGO; LE SERA DE GRAN UTILIDAD

  18. SERIA TAN AMABLE En idicarme que monto debo de tener en mi bono de pension ya que tengo la nueva ley para poder adquirir una pension vitalicia?? .
    tengo 64 años de edad y 15 años tres meses cotizados al issste

    gracias

    • NECESITO ANALIZAR MAS SU CASO; FAVOR REENVIAR SU CONSUTLA A [email protected], FAVOR AGREGAR LOS SIGUIENTES DATOS:

      1) DE QUE A QUE AÑO HA COTIZADO PARA EL ISSSTE
      2) CUAL ES SU REGIMEN DE PENSION
      3) CURP
      4) COMENTAR SI EN SU ESTADO DE CUENTA APARECE REGISTRADO EN LA PARTE POSTERIOR EL IMPORTE DEL BONO DE PENSION

  19. buenas noches, solo quiero comentar a las personas que escogieron la nueva ley del issste, que a partir del año que esta por terminar 2013, NO IMPORTA LA EDAD, ni años cotizados, lo digo porque así lo marca la ley, y dos de mis compañeros ya se retiraron con esta ley, ejemplo: uno con 46 años de edad tenia 26 años cotozando al issste y un bono de 2500000, escogio la minima pension de 5000 y fraccion al mes y le dieron en efectivo $800,000.00. en una sola exhibicion.

    • Mmmm… me temo no es tan textual la interpretación… cuidado con ello

      SI DESEA MAS DETALLES, REENVIE SU PREGUNTA A [email protected]

      Mi Retiro y Pensión desea a usted y los suyos una muy feliz navidad y un próspero año 2014; asimismo, le invitamos a leer el artículo que publico este domingo; la información que contiene, le será de gran utilidad; mil gracias por seguir recomendándonos

  20. PARA LOS QUE ESCOGIERON LA NUEVA LEY DEL ISSSTE Y PRETENDAN RETIRARSE, LEAN EL ARTICULO 80ª, ESTIPULA QUE A PARTIR DEL AÑO 2013 NO IMPORTA LA EDAD NI AÑOS COTIZADOS PARA RETIRARSE, LO QUE IMPORTA ES EL MONTO DE SU BONO, QUE SEA SUFICIENTE PARA UNA MÍNIMA PENSIÓN Y EL PAGO DEL SEGURO DE LOS BENEFICIARIOS, Y SI LES OBRA SE LOS PUEDEN DAR EN UNA SOLA EXHIBICIÓN.

    • Mmmm… me temo no es tan textual la interpretación… cuidado con ello

      SI DESEA MAS DETALLES, REENVIE SU PREGUNTA A [email protected]

      Mi Retiro y Pensión desea a usted y los suyos una muy feliz navidad y un próspero año 2014; asimismo, le invitamos a leer el artículo que publico este domingo; la información que contiene, le será de gran utilidad; mil gracias por seguir recomendándonos.

  21. es correcto lo que usted mensiona solo que en beneficio de susu suscriptores aconsejaria ademas no retirar de su afore el dinero ya que la ventaja es que anualmente se le puede proporcionar un rendimiento adiciona a su pension el cual si lo divide entre mensualidaddes puede incrementar su pension minima un ejemplo si el exedente es de 1200000 significa que al año tendra rendimiento de apoximadamente 100000 y si eso lo divide entre 12 serian 8300 mas su pension minima de 5000 serian 13300 y su bono permaneceria completo

  22. Hola buen dia; lo contacto a nombre de mi madre (Lidia Téllez), quien laboro en SEP como profesora de primaria, trabajo 37 años ininterrumpidos cotizando los mismos años al issste, a ella la pensionaron por invalidez por enfermedad, mientras laboraba, a los 59 años, (16 de dic 2011), ella padece glaucoma, retinopatia diabetica, desprendimiento de retina, hipertención, diabetes, principio de artritis, a ella le dan una pensión de 35% de su ultimo sueldo, y le dejaron de dar tratamiento laser por lo que su enfermedad en la vista sigue avanzando, a la fecha ha perdido la vista ya en el ojo derecho, y con lo que le dan de pensión no le alcanza para poder someterse a algun tratamiento, nuestra consulta es; como puede hacer o proceder para que ella tenga acceso a su bono de cuentas individuales, hasta el momento nos han dicho que por ley debe esperar hasta los 65 años, pero queremos saber si hay forma de que pueda acceder a su bono o fondo de vivienda, o el SAR, que nada tienen que ver con el bono, para que ella pueda acudir al o los especialistas y evitar que su vista se siga deteriorando. Agradezco su atención enviandole un cordial saludo.

    • Necesitamos analizar mas detalladamente el caso de su mama; favor reenvieme su consutla a [email protected] y agregar los dato diguientes:

      1) Regimen de pension que eligió su mama: 10mo o nueva Ley?

      Le invito a leer el articulo de este domingo; le será de gran utilidad.

  23. Hola lic. tengo 21 años de servicio y 44 de edad elegi el regimen anterior del issste bajo el cual fui contratada obvio . me puedo ir cuando cumpla 28 de servicio y 51 de edad y esperar en micasa y jubilarme a los 56 años y que porcentaje me toca.

  24. fui empleado de gobierno federal cotice 33 años de servicio al issste me jubile en el año 2010 con la ley anterior pero unicamente me pagan el sueldo base y no con la compensacion que venia percibiendo en mi talon de pago, es ciento que se debe de pagar sueldo y compensacion integrá ya que existe jurisprudencia para cubrir sueldo sobre sueldo y compensacion integrada

  25. Buen día
    Lic. tengo 29 años de servicio y solo tube cambio de plaza en el 91 jamás deje de cotizar al issste y en mi regimenque es el decimo transitorio me aprece que para jubilarme solo cuento con 25 años de servicio, aun me falta pero me estan quitando 3 años.

    Otra pregunta, tengo 46 años de edad, podría retirarme antes, del servicio o cambiar de regimen a cuentas individuales.
    gracias.

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