IMSS e ISSSTE: Pensión Garantizada

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Es noviembre del año 2021; don Andrés y su esposa, doña Josefina, cumplieron 65 años de edad por lo que deciden pensionarse; Andrés siempre cotizó para el IMSS, mientras que Josefina, lo hizo para el ISSSTE.

Acuden al Instituto que a cada uno le corresponde, les efectúan el cálculo de su pensión y les dan la noticia de que en su cuenta individual, no tienen recursos suficientes para contratar una pensión en la modalidad de rentas vitalicias o de retiros programados.

Desconcertados preguntaron el porqué de ello y la respuesta fue muy sencilla: durante su vida laboral, sus percepciones fueron un tanto modestas y nunca efectuaron aportaciones voluntarias, aportaciones complementarias de retiro, ahorro solidario ni ahorro de largo plazo.

Angustiados preguntaron a quien les atendía ¿qué vamos a hacer ahora, qué opción tenemos después de trabajar tantos años y de qué vamos a vivir?

El joven que los atendía, les informó que su único derecho era el de recibir una Pensión Garantizada dado Andrés cotizó 1,250 semanas y Josefina, por su parte, 25 años. De inmediato preguntaron, ¿qué es una Pensión Garantizada y cuánto es lo que tenemos derecho a recibir?

La respuesta que recibieron fue: Pensión Garantizada es aquélla que el Estado asegura a quienes reúnan los requisitos en semanas (IMSS) o años de de cotización (ISSSTE), para obtener una pensión de cesantía en edad avanzada o vejez, siempre que en la cuenta individual del trabajador no existan recursos suficientes para contratar una renta vitalicia o un retiro programado, más la adquisición del seguro de sobrevivencia para sus beneficiarios.

El monto mensual de la Pensión Garantizada para trabajadores que cotizan al IMSS, es de un salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, mientras que para trabajadores que cotizan al ISSSTE, es de $3,034.20, ésta última a valor del año 2007; ambas pensiones se actualizan en el mes de febrero de cada año, conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor, para garantizar el poder adquisitivo.

Para recibir la Pensión Garantizada, será necesario que el pensionado firme un Contrato de Administración de Fondos con una AFORE o con el PENSIONISSSTE, quienes abrirá una Cuenta de Pensión Garantizada para recibir en ella los recursos de la cuenta individual que el trabajador tiene, antes de pensionarse, y pagar con cargo a ellos, la Pensión Garantizada que corresponda, hasta el agotamiento de los recursos.

Al agotarse los recursos de la Cuenta de Pensión Garantizada, el IMSS o el Gobierno Federal continuarán pagando la pensión y, al fallecimiento del pensionado, sus beneficiarios recibirán la pensión por viudez, orfandad o ascendencia que en su caso les correspondan.

Mi Retiro y Pensión pone de sus apreciables órdenes, Guías IMSS para Trámite de Pensiones por Riesgos de Trabajo, Invalidez y Vida, y Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, entre otros productos y servicios; solicite informes al [email protected].

382 COMENTARIOS

  1. Lic. cotice al imss durante 15 años pero desde hace alrededor de 40 no he cotizado mas, mi ultimo año fue en el 73, como puedo activar el derecho a esas semanas trabajadas o en todo caso si hay algo que hacer. De antemano muchas gracias

  2. Hola, buenos días.

    Mi mamá tiene 954 semanas cotizadas (aproximadamente 18 años) en el IMSS, ahora trabaja en el sector público con 10 años de antigüedad, equivalente a 528 semanas (ISSSTE) tiene 56 años y eligió el modo del 10° transitorio.

    Mis dudas son las siguientes: ¿Ella puede transferir sus semanas del IMSS hacia el ISSSTE para que sean tomadas en cuenta para su retiro? o sino es así, ¿Se puede jubilar por los dos seguros? y ¿Cuándo podrá jubilarse?

    De antemano, muchas gracias por su ayuda!

    • NO, NO PUEDE NI DEBE TRANSFERIR PERIODOS COTIZADOS

      SI CUMPLE CON LOS REQUISITSO DEL IMSS Y LOS DEL ISSSTE PODRA OBTENER PENSION DE AMBOS INSITUTOS

      SI REQUIERE ASESORIA PERSONALIZADA, SOLICITELA A [email protected]; LE DAREMOS OPCIONES DE COMO RECIBIRLA

  3. Buen dia Jaime, gracias por tu apoyo, tengo un par de preguntas.
    Que debo hacer sí quiero retirarme de trabajar a los 60 años de edad con un una pensión mensual del equivalente a los 40000 mensuales, siendo que ahora mismo me pagan 7000 por nómina y el resto como un bono? Estoy bajo el régimen 97. Debería cambiarme a nómina o hay otra opción?

    • SUMAMENTE COMPLICADO PERO ESTIMA TENER GUARDADO EN TU CUENTA INDIVIDAL NO MENOS DE NUEVE MILLONES DE PESOS PARA CUANDO TE RETIRES Y NO HUBIERE BENEFICIARIOS PARA ESA EDAD

      SI REQUIERE ASESORIA MAS ESPECIFICA, REENVIE SU PREGUNTA A miretiroypension@gmail; EN ASUNTO INDIQUE: BLOG-SOLICITO ASESORIA; LE DAREMOS INSTRUCCIONES DE LA FORMA EN QUE PODREMOS ATENDER SU CONSULTA Y RECIBIR INFORMACION ESPECIFICA.

  4. tengo trabajando 29 años y 47 años. y cotizo al issste. me gustaría saber cuánto necesito para poderme jubilar con una pensión digna y el tiempo, pues me comentan tengo q trabajar hasta los 60 años, cometí el error de cambiarme a cuentas individuales. Ahora gano $10000 mensuales libres de impuestos.
    }
    Mil gracias.

    • NECESITA MUCHO DINERO PARA PODER OBTENER UNA BUENA PENSION; CUANTO? IMPOSIBLE DE DETERMINAR, SOLO EL INSTITUTO LO PUEDE HACER

      VER:

  5. Buenas noches. Labore en el IMSS, actualmente estoy jubilada con una pensión de $14000, mi pregunta es en caso de que yo muera mi esposo tiene derecho a recibir esta pensión? Gracias

  6. Hola Jaime: tengo 1228 semanas trabajadas en el IMSS y como unos 5 años en el gobierno federal lo que mas o menos deben ser por el orden de 260 semanas en el ISSTE, tengo 67 años, en el tiempo que estaba trabajando mas o menos trabajé a nivel jefe de oficina, pero en ese tiempo fue antes y la época de López Portillo y hubo devaluaciones muy fuertes. Mi pregunta es: puedo mesclar mis semanas del IMSS con las del ISSTE? y si esto es posible, como Hacerlo? y si tienes una idea de cual sería el monto de la pensión + ó – ?

    • SU CONSULTA AMERITA DE UNA CONSIDERACION MAS QUE UNA SIMPLE OPINION PUES CONLLEVA ANALIZAR ALGUNOS DETALLES; SI ES DE SU INTERES, CONTACTEME A MI [email protected]; LE DARE DETALLES DE COMO PUEDO ANALIZAR SU CASO MAS DETENIDAMENTE

  7. Hola Jaime sí yo quisiera jubilarme con 60 años de edad y 21 años de servicio, es real que recibo el 100 por ciento de sueldo?

  8. Tengo 39 años de edad soy maestra de primaria y he trabajado en escuela privada durante 14 años he cotizado al IMSS, durante estos 14 años laborable trabaje 4 años en el ISSTE, ahora me ofrecen trabajo en escuela oficial de la SEP en la que cotizare al ISSTE, mi duda es para mi futura jubilación o pensión con el ISSTE me tomaran en cuenta las semanas cotizadas en el IMSS para poder unirlas y poder tramitar mi pensión cuando me llegue la edad señalada con la nueva reforma de los 60 años de edad….que puedo hacer o a dónde debo ir.
    Muchas gracias por su comentario.

    • Necesito analizar mas detenidamente su caso; reenvieme la pregunta a [email protected] y agregue los siguientes datos:

      1) De que a que año ha cotizado para cada instituto?

      PD: No deje de leer el articulo publicado o a publicar el domingo de cada semana; le sera de gran utilidad

  9. buenos dias, mi papa tiene 75 años esta jubilado por el issste y por el imss, tengo una hermana que tiene esquizofrenia atendida en el psiquiatrico en morelia, mi papa tiene la intension de darle de alta para que tenga atencion medica y en un futuro pasarle su pension para dejarla protegida, tiene 42 años la enfermedad la tiene desde hace como 22 años, es posible darla de alta en el imss o issste?, se puede quedar protegida con una pension?, que precedimiento se sigue? gracias espero su comentario saludos!!!!

  10. Mi papá tiene 58 años de edad, se va a jubilar por el issste porque ya cumplió 30 años de servicio,
    pero también tiene 366 semanas cotizadas en el Imss (hasta el 2006 que se dió de baja) , la duda es,
    una vez jubilado por el issste puede darse de alta en el imss para completar las semanas y pedir
    otra pensión?
    Muchas GRacias

  11. Licenciado buen dìa, tengo 31 años de servicio en el Gobierno Federal y 50 años de edad, en el 2013 decido jubilarme, y al presentar mi hoja de servicios en el ISSSTE pensiones, me comentan que no puedo porque para el 2014 la edad es de 51 años minimam, que es lo que debo hace ya que en mi institucion SHCP-SAT, ya me dieron de baja. que es lo que procede hace, muchas gracias.

    • Cubrir la edad requerida para retirarse y, aunque tarde ya, asesorarse antes de tomar decisiones importantes.

  12. Lic, Gutierrez, Me llamo Javier Tellez, tengo 61 años, quisiera saber si tengo derecho a un pension por cesantia en el ISSSTE, trabaje 12 años en la Secretaria de la Reforma Agraria durante los periodos del: 01-07-1976 al 15-09-1988. desde hacer dos años no tengo trabajo. y que tendria que hacer para tramitar.
    Muchas Gracias.

  13. Hola lic., mi pregunta es me puedo pensionar ya que no me dan empleo por que estoy operada de mi columna y 3 años sin trabajo he buscado pero no he tenido éxito tengo 53 años se puede una pensión garantizada gracias no cuento con apoyo ya que me caí en la empresa y no me lo tomaron como accidente de trabajo gracias

    • Necesita cumplir 60 años o mas para poderse pensionar por ley 97 y tener mas de 1250 semanas cotizadas

    • Por favor confirme su dato en Ley, pag. 74, frac. II, incisos a), o b) o c), según elija.

      ver

      Para datos complementarios puede contactarme al consultorio ubicado en [email protected].

  14. Hola Lic. Tengo 56 años de edad y cotice 12 años en el issste y 15 en el imss hace 2 años me qude sin trabajo y x razones de la edad cada vez es mas difícil encontrar trabajo, por eso me gustaria saber si tengo alguna opción para jubilarme aun estoy dentro de la conservación de derechos. De 1982 a 1994 issste y de 1995 a 2012 en imss

  15. OLA BUENAS TARDES TRABAJE 6 AÑOS EN LA SECRETARIA DE MARIANA, ACTUALMENTE TENGO 24 AÑOS TRABAJANDO EN EL GOBIERNO FEDERAL TENGO 57 AÑOS DE EDAD, PUEDO JUNTAR LOS AÑOS TRABAJADOS COMO MILITAR EN SM PARA PODER PENSIONARME, FINALMENTE LOS DOS SON GOBIERNO FEDERAL

    • NO, PUES NO SON COMPATIBLES LOS REGTIMENES DE PENION DEL ISFAM CON EL DEL ISSSTE

  16. hola tengo 60 años soy jubilado del issste por años de servicio pero tambien tengo cotizado por el imss 700 semanas cotizadas del año de l975 al año l991 la jubilacio por porte del issste fue en el 2006 por años de servicio y tenia 54 años pero ahora me puedo jubilar favor de no publicar solo correo gracias de antemano

    • Este es un sitio de caracter publico y todo lo que usted publique, y tal como lo escriba, en automatico se publica.

      Para asuntos privados puede contactarme a [email protected]

  17. hola tengo 60 años soy jubilado del issste por años de servicio pero tambien tengo cotizado por el imss 700 semanas cotizadas del año de l975 al año l991 la jubilacio por porte del issste fue en el 2006 por años de servicio y tenia 54 años pero ahora me puedo jubilar favor de no publicar solo correo gracias de antemano

  18. Buenos días licenciado, estoy jubilada por el IMSS, mi pregunta es si cuando yo muera la pensión se la dan a mi esposo.

    De antemano gracias

    • ¿Era usted empleada del IMSS o cotizaba para el IMSS? Me envia la pregutna y el dato solicitado. Pendiente.

  19. mi mama tiene 63 años trabajo de 1979 a 1989 cotizo en el imms y desde entonces no trabaja puede obtener una pension

    • PUede siempre y cuando el Instituto le reconozca esos periodos y rtecupere derechos pensionarios; leer siguiente artículo

      ver

      Mi Retiro y Pensión crece en opciones de servicio para usted.

      A partir de esta fecha, es posible atenderle en forma personal, en cualquier parte del mundo, de la siguiente manera:

      En Mérida, Yuc., previa cita, marcando únicamente en el siguiente horario: Lunes a viernes, de 18:30 a 19:30 hrs., y Sábados, de 9:00 a 14:00 hrs., teléfono: 999 113 0131

      Nota: no se proporcionan consultas por teléfono.

      Para el interior del país y resto del mundo, la atención en forma personal se proporciona a través de Skype o Hangout, previa solicitud de cita y envío de una descripción resumida de su caso a [email protected].

      Recibido y analizado los detalles de su consulta, recibirá instrucciones para el procedimiento de atención.

      Disponible factura válida para efectos fiscales.

  20. Tubimos SAR 1o de marzo de 1992 al 31 de diciembre del 2007 trabaje para SEIEM ¿ Este tiempo cuenta como antigüedad para el IMSS. Ya soy jubilada del ISSSTE y tengo 363 semanas cotizadas en el IMSS . Sus comentarios me parecen que tiene autoridad y ayudan mucho a todo el publico

    • Envie de nuevo la pregunta y especifique que es el SEIEM y confirme en que año se jubilo del ISSSTE

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      Lea nuestro artículo del próximo domingo, estoy seguro le interesará bastante

  21. Buenas noches licenciado, tengo una pregunta. En la hoja del IMSS aparecen dos conceptos. El primero es importe total de la pension por vejez y la otra importe de la pension garantizada, cual es la que se percibe?. Gracias

  22. Buenas tardes Lic, disculpe si un familiar estaba jubilado por el issste desde hace 1-2 años pero recientemente lo dieron de alta en el imss (julio 2014) que consecuencias o problemas podría tener por esto? él era maestro y ahora esta apoyando al negocio de mi papá para hacer cortes de caja semanales pero solo va 2-3 hrs como máximo y 1 vez a la semana ¿le podrían retirar su pensión? ó ¿que pasa? el imss nos pidió documentación que comprobara que trabaja para nosotros pero no sabemos en que le podría afectar…
    De antemano ¡Gracias!

  23. Buen dia Lic. Mi mamá trabajo 10 años como profesora de educacion primaria y cotizó al ISSSTE actualmente tiene 65 años se puede pensionar?

  24. Q tal, buenas noches. Mi papa se pensiono a los 65 y solo alcanzo la pension minima en el imss, hay alguna opcion para aportar y aumentar su pension?

    Gracias de antemano.

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