IMSS e ISSSTE: Pensión Garantizada

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Es noviembre del año 2021; don Andrés y su esposa, doña Josefina, cumplieron 65 años de edad por lo que deciden pensionarse; Andrés siempre cotizó para el IMSS, mientras que Josefina, lo hizo para el ISSSTE.

Acuden al Instituto que a cada uno le corresponde, les efectúan el cálculo de su pensión y les dan la noticia de que en su cuenta individual, no tienen recursos suficientes para contratar una pensión en la modalidad de rentas vitalicias o de retiros programados.

Desconcertados preguntaron el porqué de ello y la respuesta fue muy sencilla: durante su vida laboral, sus percepciones fueron un tanto modestas y nunca efectuaron aportaciones voluntarias, aportaciones complementarias de retiro, ahorro solidario ni ahorro de largo plazo.

Angustiados preguntaron a quien les atendía ¿qué vamos a hacer ahora, qué opción tenemos después de trabajar tantos años y de qué vamos a vivir?

El joven que los atendía, les informó que su único derecho era el de recibir una Pensión Garantizada dado Andrés cotizó 1,250 semanas y Josefina, por su parte, 25 años. De inmediato preguntaron, ¿qué es una Pensión Garantizada y cuánto es lo que tenemos derecho a recibir?

La respuesta que recibieron fue: Pensión Garantizada es aquélla que el Estado asegura a quienes reúnan los requisitos en semanas (IMSS) o años de de cotización (ISSSTE), para obtener una pensión de cesantía en edad avanzada o vejez, siempre que en la cuenta individual del trabajador no existan recursos suficientes para contratar una renta vitalicia o un retiro programado, más la adquisición del seguro de sobrevivencia para sus beneficiarios.

El monto mensual de la Pensión Garantizada para trabajadores que cotizan al IMSS, es de un salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, mientras que para trabajadores que cotizan al ISSSTE, es de $3,034.20, ésta última a valor del año 2007; ambas pensiones se actualizan en el mes de febrero de cada año, conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor, para garantizar el poder adquisitivo.

Para recibir la Pensión Garantizada, será necesario que el pensionado firme un Contrato de Administración de Fondos con una AFORE o con el PENSIONISSSTE, quienes abrirá una Cuenta de Pensión Garantizada para recibir en ella los recursos de la cuenta individual que el trabajador tiene, antes de pensionarse, y pagar con cargo a ellos, la Pensión Garantizada que corresponda, hasta el agotamiento de los recursos.

Al agotarse los recursos de la Cuenta de Pensión Garantizada, el IMSS o el Gobierno Federal continuarán pagando la pensión y, al fallecimiento del pensionado, sus beneficiarios recibirán la pensión por viudez, orfandad o ascendencia que en su caso les correspondan.

Mi Retiro y Pensión pone de sus apreciables órdenes, Guías IMSS para Trámite de Pensiones por Riesgos de Trabajo, Invalidez y Vida, y Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, entre otros productos y servicios; solicite informes al [email protected].

382 COMENTARIOS

  1. HOLA SOY PROFESOR EN EL DISTRITO Y COTIZO PARA EL ISSSTE LLEVO 20 AÑOS Y TRABAJE EN VARIAS INSTITUCIONES COTIZANDO PARA EL SEGURO SOCIAL EXACTAMENTE 8 AÑOS, LO HICE EN LOS AÑOS 80 Y 90 . MI PREGUNTA PUEDO SUMAR LOS AÑOS DE SERVICIO DE HAMBAS INSTITUCIONES PARA PODERME RETIRAR YA TENDRIA 28 AÑOS GRACIAS

  2. Buenas noches.
    Trabaje en el gobierno de 1981 a 1988 en el Gobierno Federal, cotizé en el ISSSTE sin saber el régimen de pensión que tenía. De 1988 a la fecha cotizo en el IMSS. ¿El tiempo que trabaje en el ISSSTE puedo unificarlo al IMSS para mi jubilación?
    Gracias

    • CAROLINA:
      ENVIEME DE NUEVO SU PREGUNTA Y AGREGUE LOS SIGUIENTES PUNTOS DE INFORMACION:

      1) DE QUE INSTITUCION SE JUBILA

      2) SE JUBILA O SE PENSIONA?

      3) REGIMEN DE PENSION QUE ELEGIRÁ AL PENSIONARSE POR EL IMSS?

      RECUERDE QUE SU PREGUNTA ES CONTESTADA DE PROPIA VOZ Y AL MOMENTO EN QUE LA ESTÁ PLANTEANDO EN NUESTRO:
      * VIDEOCHAT
      * CADA MIERCOLES AL PUNTO DE LAS 20:00 HORAS
      * http://SIPSE.COM

  3. Hola buenas tardes, mi mamá falleció en elaño 2000 y la verdad caimos todos en una profunda depresión, así que no hicimos tramites de recuperación de nada… es más a la fecha no sabemos qué es lo que se puede recuperar… pero estoy muy triste porque ahora que ya medio nos repusimos del fuerte golpe, alguien me dijo que ya perdimos todo porque son slo 10 años para recuperar… las preguntas son… es eso verdad? … ya no podemos recuperar nada de nada? Es decir qué conceptos se recuperan? Ella trabajó para la SEP aproximadamente 12 años y murió a los 50 años por lo que no se había jubilado, pero dejó de trabajar por su enfermedad (cancer), así que pagaba por separado el ISSTE. No se cuantas semanas cotizó pero nunca hizo uso del fovissste… Hay algo que aún podamos hacer? Por favor, ayuda! Mil gracias!

  4. Me pensioné por el issste a partir de enero del presente, fue por invalidez y cuento con la certificación medica del instituo. Mi pregunta es ¿ puedo obtener mi pensión por el imss? porque coticé para ellos 400 semanas aproximadamente entre los años 80 y 94.
    ¿Puede servirme la certificacion del issste para el imss. y si es así donde puedo hacer ese tramite. Vivo en el estado de México.

    • NO ME REFIERE SI LA PENSON QUE RECIBIO DEL ISSSTE FUE POR EL 10MO TRANSITORIO O POR CUENTAS INDIVIDUALES

      SUGIERO REENVIE SU PREGUNTA Y ESPECIFIQUE LOS DATOS ANTERIORES PARA CON ELLO SABER QUE SE PUEDE HACER CON LAS SEMANAS COTIZADAS AL IMSS

  5. l
    La C.F.E. me jubiló en el año de 1980 a los 40 años de edad (22 trabajados), mas nunca solicite la pensión del I.M.S.S., ahora tengo 83 años y al solicitar mi pensión al I.M.S.S. me requiere que cotice 5 años de trabajo lo cual me es imposible debido a mi edad, habrá alguna jurisprudencia para anular ese requisito?

    • NO HAY JURISPRUDENCIA EN EL SENTIDO QUE UD LA REQUIERE; PARA RECUPERAR SUS SEMANAS COTIZADAS DEBE DE LABORAR, POR MEDIO DE PATGRON, 52 NUEVAS SEMANAS NO 5 AÑOS COMO LE DICEN

  6. cotice al imss durante 17 a;os, pero desde hace 13 a;os no he cotizado, como puedo activar la vigencia de derechos_

    • LE SUGIERO DOS COSAS:

      1) OBTENG DEL IMSS UN CERTIFICADO DE SEMANAS COTIZADAS; YA QUE LO TENGA ME CONTACTA Y COMENTA

      2) PARA RECUPERAR SUS DERECHOS DEBERA DE COTIZAR AL IMSS, POR MEDIO DE PATRON, AL MENOS 52 SEMANAS; VER

  7. Mi pregunta es cotice seis años para el gobierno federal renuncie en 2009. Opte por el régimen de bono de pensión, se que tengo dinero en esa cuenta, ahora trabajo para el gobierno estatal en Chihuahua como puedo obtener ese dinero o transferirlo a mi nuevo régimen de pensión.

    • NO PUEDE TRANSFERIRLO PUES SON SISTEMAS DE PENSION NO COMPATIBLES (DIFERENTES)

      • Que opción tengo en relación a lo que tengo en ese bono de pensión? Lo doy por perdido ?gracias.

        • Que sucede con el dinero de mi bono de pensión? Cuándo es el momento de hacerlo efectivo?

  8. Mi papá cotizó 650 semanas al IMSS en los años 80′ 90′, posteriormente le cotizó 11 años al ISSSTE, quedando inactiva la cotización al imss, hace 2 años falleció y a mi mamá se le ha negado la pensión por parte del IMSS, me podría orientar sobre el caso de la unificacion de cuentas a pesar de los años que no cotizó despues en el seguro social, solo sé que mi papá se fue por la ley vieja de pension en el issste y tenia que haber cotizado 15 años, Ayudaa por favor! hay posibilidad?

  9. Hola buenas tardes, mi papá cotizo de 1973 a 1983 ante el IMSS, hoy tiene 64 años ya consiguio un trabajo actualmente lleva un mes, fue a solicitar su reporte de semanas cotizadas y le marcan cero, mi pregunta es si ya las perdio o tiene que esperar un año para que le reconozcan las semanas anteriores.

    Gracias

    • ESTAN EN CEROS PORQUE NO HA REACTIVADO EL DERECHO A LAS SEMANAS YA COTIZADAS; ESPEREN AL AÑO DE COTIZACION Y AHI DEBEN DE APARECERLE LAS YA COTIZADAS MAS LAS NUEVAS

  10. Buen dia
    Trabajo en CFE desde hace 18 años pero hace dos me enferme d hipotiroidismo y tengo depresion terrible la pregunta es si la depresion en pensionable ??,?

    • ES PENSIONABLE SI Y SOLO SI DE ACUERDO A LOS PROTOCOLOS DEL IMSS CUMPLE PARA SER PENSIONADO POR INVALIDEZ

  11. Trabajé en el Gobierno para la Secretaría de Seguridad Pública de 1975 a 1988, durante 14 años, tengo trabajando para la iniciativa privada 10 años, sé que para pensionarme solo me contaría lo que tengo ahorrado en mi afore, pero si contarían los años trabajados en el Gobierno para mi jubilación?

    De antemano muchas gracias por su respuesta.

      • Gracias por su respuesta, no alcanzo a ver si me indica que tipo de información necesita, porque se corta el comentario hasta, por favor vea, me podría indicar que datos le harían falta por favor?

        Mil gracias!

        • Trabajé en el Gobierno para la Secretaría de Seguridad Pública de 1975 a 1988, durante 14 años, tengo trabajando para la iniciativa privada 10 años, sé que para pensionarme solo me contaría lo que tengo ahorrado en mi afore, pero si contarían los años trabajados en el Gobierno para mi jubilación?
          La vez pasada hice la pregunta, pero su respuesta se cortó y no supe realmente cual fue, sería tan amable de orientarme.

          De antemano muchas gracias por su respuesta.

  12. bnas noches, lic.
    me puede informar si puedo unificar mi tiempo laborado en el estado con el tiempo que tengo actualmente en la federación?, tiempo en el estado aproximadamente 9 años de base, y en gobierno fereal 19, tengo 57 años de edad y elegí el 10 transitorio, agradeciendo de antemano su atención a la presente pregunta qudo de usted.atte.

    • NO SE PUEDEN JUNTAR ESOS TIEMPOS PUES CORRESPONDEN A REGIMENES DE PENSION NO COMPATIBLES

  13. en relación a la anterior pregunta, me habian informado que si se podian juntar de acuerdo a un convenio que hubo cuando estaba el lic, miguel angel yunes , en el isste con el imss, pregunté a mi sindicato y me informaron que si, que tenia que hacer todos los trámites en la oficina del pensionissste y que ahime ivan a informar, quisiera que por favor me informara al respecto, muchas gracias por su atención, atte. ma. cristina jácome.

  14. soy del estado de chihuahua> en mi plantel nos dieron a elegir la opcion elegi el 10 transitorio. no fue cierta esa eleccion? me he dado cuenta que en otros estados estan eligiendo hasta el momento de solicitar la hoja de antiguedad

  15. Mi pregunta es la siguiente:
    Cotice en el seguro social de 1982 a 1994 y actualmente estoy laborando en el magisterio desde 1995 al 2013, ¿me podre pensionar? realizando la suma COTICE 12 AÑOS AL IMSS
    Y AL ISSSTE 18 AÑOS
    Espero su respuesta. GRACIAS

    • MANDEME DE NUEVO LA PREGUNTA Y AGREGUE EL DATO DEL REGIMEN DE PENSION ELEGIDO POR EL ISSSTE

  16. Hola Jaime me dio mucho gusto encontrarte en tu página ,espero que todos estén bien por tu casa.
    Te felicito por tus comentarios y aciertos en tus respuestas .
    Disculpa que haya usado este medio para saludarte
    Un fuerte abrazó

    • NADA QUE AGRADECER, AL CONTRARIO ES UN HONOR TENER TAN DISTINGUIDO LECTOR; COMO PUEDE APRECIAR, ESTAMOS EN ESTO MUY ENTUSIASMADOS, TRATNADO DE APORTAR NUESTRO GRANITO DE ARENA PARA UN MEXICO MEJOR

      SALUDOS EN CASA Y LO MEJOR PARA TODA LA FAMILIA

  17. un amigo trabajo 9 años para la Armada de mexico y se dio de baja y 18 años para la Secretaria de la Defensa Nacional ambas cotizan para el ISSFAM actualmente lo quieren dar da baja en la Sec, Def. Nal. en donde veo el fundamento del la suma de los años para que se pueda jubilar ya le llego el primer aviso de baja, por su ayuda muchas gracias

    • EL ISFAM TIENE UNA LEY DE RETIRO PROPIA Y MUY PARTICULAR A ELLOS LA CUAL DE MOMENTO NO CONOZCO A DETALLE; PUEDE BUSCARLA A TRAVES DE GOOGLE LEY DE RETIRO PARA LAS FURZAS ARMADAS

  18. cotice desde 1993 hasta 2006 en el seguro social son 632 semanas, actualmentemente cotizo desde hace 5 años al issste, puedo unificarlas y cuentan los años para el retiro

  19. me encuentro en el regimen de cuentas individuales de la nueva ley del issste

  20. Sr Lic. Mi nombre es Juan García actualmente tengo 47 años, me podría informar si tengo derecho a una pensión por parte del ISSSTE trabaje para el gobierno durante 12 años de 1992 al 2003, me corresponde alguna pensión?????????????? muchas gracias.

    • NO, NO LE CORRESPONDE PENSION ALGUNA; PARA TENER DERECHO DEBE CUMPLIR CON LO QUE SE NARRA EN EL ARTICULO SIGUIENTE; VER:

  21. trabajé para la Secretaría de Marina Armada de México, durante cinco años, 1980-1985, en la actualidad cotizo al issste, procede unificar el tiempo para efectos de antiguedad, estoy en el régimen 10 transitorio.

    • ENTIENDO QUE NO PUES SON REGIMENES DE PENSION MUY DIFERENES; EL PERSONAL DA LAS FURZAS ARMADAS Y MILITAR TIENE CONDICIONES MUY ESPECIALES PARA PENSION, DEBIDO A LA NATURALEZA DE SUS FUNCIONES

      • HOLA BUENAS TARDES TRABAJE 6 AÑOS EN LA SECRETARIA DE MARIANA, ACTUALMENTE TENGO 24 AÑOS TRABAJANDO EN EL GOBIERNO FEDERAL TENGO 57 AÑOS DE EDAD, PUEDO JUNTAR LOS AÑOS TRABAJADOS COMO MILITAR EN SM PARA PODER PENSIONARME, FINALMENTE LOS DOS SON GOBIERNO FEDERAL

  22. cotice desde 1993 hasta 2006 en el seguro social son 632 semanas, actualmentemente cotizo desde hace 5 años al issste, puedo unificarlas y cuentan las semanas cotizadas en el imss junto con las del issste años para el retiro , con respecto al regimen estoy en las cuentas individuales de la nueva ley del issste

    • AL PENSIONARSE POR EL REGIMEN DE CUENTAS INDIVIDUALES PODRA HACER LA TRANSFERENCIA DE DERECHOS; VER

  23. Coticé en el IMSS hasta los 59 años de edad en el d.f. y me cambié por un año al estado de Méx. y ahí me dí de alta en modalidad 40 por un año ahora me cambie de domicilio al d.f. mi pregunta es la siguiente.
    cumpliendo el año de cotizar en modalidad 40 y darme de baja , puedo tramitar mi pensión en mi domicilio actual que es en el D.F., ó tengo que tramitarla en el Estado de Méx.

    Gracias. saludos

  24. BUENAS NOCHES

    MI PREGUNTA ES: COTIZE 14 AÑOS 9 MESES PARA UNA DEPENDENCIA DE GOBIERNO DEL ESTADO, Y A PARTIR DE SEPTIEMBRE DEL 2000 LABORO PARA DEPENDENCIA DE GOBIERNO FEDERAL PUEDO TRANSFERIR MIS DERECHOS PARA UNA PENSIÓN O JUBILACIÓN EN SU CASO?

    • no, los sistemas estatales de jubilacion no son compatibles con los sistemas regulados por la Consar.

      • QUE ME SUGIERE, QUE GESTIONE UNA PENSIÓN POR EL TIEMPO COTIZADO EN GOBIERNO DEL ESTADO O TRANSCRIBE ESTE DERECHO?

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