Derechohabientes y Beneficiarios ISSSTE

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La Ley del ISSSTE, en su artículo 6°, reconoce que son:

VIII. Derechohabiente, a los Trabajadores, Pensionados y Familiares Derechohabientes;

XII. Familiares derechohabientes a:

a) El cónyuge, o a falta de éste, el varón o la mujer con quien, la Trabajadora o la Pensionada con relación al primero, o el Trabajador o el Pensionado, con relación a la segunda, ha vivido como si fuera su cónyuge durante los cinco años anteriores o con quien tuviese uno o más hijos(as), siempre que ambos permanezcan libres de matrimonio.

Si el Trabajador o el Pensionado, tiene varias concubinas o concubinarios, según sea el caso, ninguno de estos dos últimos sujetos tendrá derecho a los seguros, prestaciones y servicios previstos en esta Ley;

b) Los hijos del Trabajador menores de dieciocho años;

c) Los hijos del Trabajador o Pensionado mayores de dieciocho años, cuando no puedan mantenerse por su propio trabajo debido a una enfermedad crónica o discapacidad por deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, hasta en tanto no desaparezca la incapacidad que padecen, lo que se comprobará mediante certificado médico, expedido por el Instituto y por medios legales procedentes; o hasta la edad de veinticinco años, previa comprobación de que están realizando estudios de nivel medio superior o superior, de cualquier rama del conocimiento en planteles oficiales o reconocidos, y que no tengan un trabajo, y

d) Los ascendientes que dependan económicamente del Trabajador o Pensionado.

Los familiares que se mencionan en esta fracción tendrán el derecho que esta Ley establece si reúnen los requisitos siguientes:

1) Que el Trabajador o el Pensionado tenga derecho a los seguros, prestaciones y servicios señalados en esta Ley, y

2) Que dichos familiares no tengan por sí mismos derechos propios a los seguros, prestaciones y servicios previstos en esta Ley, o a otros similares en materia de servicios de salud, otorgados por cualquier otro instituto de seguridad social.

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423 COMENTARIOS

  1. BUEN DIA.
    MI HIJA TIENE 22 AÑOS, ES ESTUDIANTE Y ES MADRE SOLTERA, PUEDO DARLA DE ALTA POR SER ESTUDIANTE? DE IGUAL FORMA COMO ELLA NO TIENE UN TRABAJO QUE LE DE PRESTACIONES, YO COMO ABUELA DE SU HIJO LO PUEDO DAR DE ALTA TAMBIEN ?
    GRACIAS.

  2. Buen día Sr. Gutiérrez: soy jubilado de Issste, mi pregunta es, mi esposa es 10 años más grande de edad, tiene comienzo de Alzheimer, ya no le funciona bien el cerebro, con referente a mi pensé, sí muero, se pierde? o puedo asignar a otro familiar.. solo tengo nietos menores de edad.. gracias por su atención

  3. mi esposa es pensionada por el imss, debido a el sismo no se ha podido poner una vacuna de eritropolletina ya que las clinicas estan sin servicio, yo tengo issste, mi pregunta es la puedo afiliar al issste sin que le perjudique?

  4. Puedopedir pencion a mi padre soy epilectico y estoy incapacitado de por vida el dice q nosva a dar pecion por igual mis hermanos tienen trabajo y son mayores de edad. Q puedo yo aser no tengo ninguna entrada de dinero gracias

  5. buen dia…. tengo 4.5 años viviendo con mi pareja actual (concubina). ya tengo el doc. de concubinato y hace 3 años que estoy divorciado legalmente, porque ponen tantas trabas para dar de alta a mi concubina???? que puedo hacer?

  6. buen dia…. tengo 4.5 años viviendo con mi pareja actual (concubina). ya tengo el doc. de concubinato y hace 3 años que estoy divorciado legalmente, porque ponen tantas trabas para dar de alta a mi concubina en el ISSSTE???? que puedo hacer?

  7. Buen dia tengo soy derechohabiente del issste y tengo a mi tia ella depende de mi la podre afiliar al issste??

  8. BUEN DÍA. SOY PENSIONADO, TENGO DOS NIETOS QUE DEPENDEN ECONÓMICAMENTE DE MI, DEBIDO A QUE SU PADRE FALLECIÓ Y SU MADRE SE ENCUENTRA SENTENCIADA POR UN DELITO EN UN PENAL. MI PREGUNTA ES PUEDO REGISTRAR A MIS NIETOS ANTE EL ISSSTE, PARA QUE GOCEN DE LOS DERECHOS QUE ESTE DA?

  9. buen dia disculpe si se puede dar de alta ami mama aunque yo tenga sus mismos apellidos

  10. Hola buenas noches bueno yo soy beneficiaria por parte de mi mamá en el issste, pero ya termine de estudiar y estoy casada, como darme de baja en el issste ya que he tenido problemas para poder obtener el imsss pues sigue apareciendo que aun tengo issste.

  11. Tengo 11 años de servicios reconocidos y dado de baja en 2006 y estaba en Décimo Transitorio pero fui dado de alta como eventual en 2016, sin cotizar para pensión pero me cambiaron a Cuentas Individuales, es correcto?

  12. Soy jubilado tengo issste puedo
    Afiliar a mis padres yo tengo 58 años
    Ellos de penden de mi.Gracias por su respuesta

  13. Buenas noches, una pregunta mi papa se acaba de jubilar hace 2 meses, y es derechohabiente del issste, siempre aseguró a mi mamá que es su esposa por que tiene díabetes y ahora que tenia cita mi mamá en su consultorio no la quisieron atender diciendo que ella esta bloqueada?? No se a que se refiere o si por jubilarse mi papa ya no tiene derecho mi mamá al sistema de salud issste

  14. Buenas tardes¡ Tengo un hijo discapacitado de 22 años con Epilepsia del lóbulo temporal y Transtorno disocial, yo soy trabajadora del ISSSTE en Oficinas Centrales con 21 años de servicio, mi hijo sigue siendo tratado desde hace 10 años en la institución, no trabaja ni estudia, por el mismo problema. Lo trata el Psiquiatra, y Neurólogo toma medicamentos controlados, me dicen que es de por vida. Cuando yo muera le quedaría mi pensión a él y que trámites debo de hacer hoy en vida. Gracias

  15. Mi padre falleció en 1994, dejó como beneficiaria a mi madre, cobra su pensión ISSSTE por viudez y hace 3 años se jubilópor el IMSS por edad. El caso es que en 1998 sufrí una Enfermedad Vascular Cerebral, estuve 16 días en coma y,como secuelas de ella, tuve una secuela de hemiplejia derecha, actualmente tengo 44 años de edad, sigo siendo soltero, no tengo hijos, camino a duras penas y no tengo coordinación en el brazo derecho. Mi madre, al desear protegerme en las áreas de bienestar y salud, quiso beneficiarme en ambos institutos y me rechazaron. Mi pregunta es: Según las leyes que emanan a ambos institutos, ¿Proceden correctamente respecto a los artículos y decretos «por la salud integral del mexicano»?

  16. Hola mi pregunta es que si pyedo dar de alta ami suegra ellos dependen economicamente de mi

  17. Hola buenas noches yo medi de alta en el ISSSTE en el 2012 y quisiera saber si puedo asegurar a mi padrastro.

  18. Mi papa es pensionado del issste y he escuchado que cuando el fallezca se le otorgara la pensión a mi mama la duda es si se le entregara el 100% o solo el 50% de la pensión.

  19. Hola buenas tardes!
    Disculpe, podría informarme qué necesito para dar de baja a un beneficiario de derechohabiente en el ISSSTE

    • Con gusto pero nos hacen falta datos adicionales.

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      El tema de esta semana es:
      JUBILACIONES Y PENSIONES previstas en el artículo DECIMO TRANSITORIO

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  20. Como puedo afiliar a mi nieto de 12 años ya que su mama es incapacitada, no tiene papa y yo me hago cargo de ellos GRACIAS

    • Hola Ana, gusto en recibir tu pregunta.

      La unica forma de hacerlo es mediante la adopcion.

      NOTA:
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  21. ¿Podría mi esposa dar de alta a su mama, abuela y a mi? ¿Y que requisitos piden?

  22. Buen día mi hermana soltera tenía una plaza federal de una institucion de gobierno (40 años de servicio)y tenía asegurado en el issste a mi papa de 93 años por ser dependiente economico de ella, desgraciadamnte ella falleció el pasado 20 de enero 2019 a sus 64 años y quiero saber si mi papa por su edad avanzada va a seguir teniendo derecho a los servicios medicos y medicina del issste.

    De antemano muchas gracias.

  23. Buen día mi hermana soltera tenía una plaza federal de una institucion de gobierno (40 años de servicio)y tenía asegurado en el issste a mi papa de 93 años por ser dependiente economico de ella, desgraciadamnte ella falleció el pasado 20 de enero 2019 a sus 64 años y quiero saber si mi papa por su edad avanzada va a seguir teniendo derecho a los servicios medicos y medicina del issste.

    De antemano muchas gracias.

    Jorge Cervantes

  24. buenas tardes, mi papá acaba de fallecer, el ya estaba viviendo con otra persona, pero hace unos meses la mujer los dejó y el se quedó solo con sus dos hijitos. ahora los niños están desprotegidos y uno de ellos necesita atención médica, mi pregunta es, si yo como trabajadora podré dar de alta a mis dos medios hermanos, ya que se quedaron solos, o cómo podría hacer para que tengan asistencia médica? gracias!

    • Necesitamos mas datos
      Pero si tu papa estaba pensionado, tus hermanitos están protegidos y tienen derecho a pensión y servicios médicos
      Pero si hay esposa o era viudo y tuvo concubina, a ella y a los hijos en edad legal les corresponde pension
      Para asesoría escribir a [email protected]
      Ademas suscribete al canal de mi retiro y pension en youtube, buscanos ahi

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