¿Ayudas para perder?

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Quienes cotizan IMSS, tienen derecho a de retirar parcialmente de su cuenta individual, las ayudas para gastos de matrimonio y por desempleo; los trabajadores que cotizan al ISSSTE, solo pueden retirar ayuda por desempleo.

¿Pero, qué efectos tienen en la pensión la disposición de esas ayudas, llegada la edad del retiro?

Un trabajador que solicita la ayuda para gastos de matrimonio, recibe $1,869.90, dinero proveniente de la cuota social aportada por el Gobierno Federal o de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada o vejez, en caso de trabajadores que no reciban cuota social.

Suponiendo que la ayuda se solicita a los 26 años de edad, al trabajador aún le falta por laborar un mínimo de mil cien semanas más y 34 años más, para cumplir con los requisitos de pensión.

Si ese dinero hubiera permanecido en la cuenta individual del trabajador y se hubiera invertido por el tiempo que le falta para pensionarse, crecería hasta alcanzar la cantidad de $19,397.92, considerando un rendimiento neto promedio del 6.9%.

Pero si además se retira por ayuda de desempleo por citar, 10 SMGDF (en la opción A), a futuro representarán $196,565.61; y, si años después se hace otro retiro, por citar de $40,500.00, a futuro representarán $420,137.89, considerando el mismo rendimiento anterior, en total, para el día de la pensión a la cuenta individual le faltará la cantidad de $636,101.42.

Y lo más grave del caso es que en las ayudas por desempleo, las semanas cotizadas disminuyen en la misma proporción que los recursos dispuestos, circunstancia que pone muy riesgo, sus posibilidades reales de pensión.

Por ello, las ayudas, más que ayudas, le hacen perder oportunidades de pensión pues, aún y cuando se tiene la opción de reintegrar los recursos dispuestos y recuperar las semanas cotizadas, nadie lo hace, no obstante que puede hacerse en pagos chiquitos.

¿Qué ocurrirá cuando llegue la edad del retiro y le digna que su ahorro es insuficiente para pagarle una pensión?

En el mejor de los casos, si cumple con las semanas cotizadas, recibirá una pensión garantizada de un salario mínimo vigente en el D. F., en el peor, recibirá una negativa de pensión y Dios que le bendiga.

Por ello, en artículos anteriores le he referido que si dispone de recursos de la cuenta individual, por concepto de ayuda por desempleo, los reintegre tan pronto pueda, pues de no hacerlo “llorará lágrimas de sangre”.

El dicho popular expresa que “toda decisión trae consecuencias”, y en este caso no es la excepción; la decisión es suya… y las consecuencias también.

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129 COMENTARIOS

  1. Buenos días

    Mi duda es he cotizado al Imss durante 25 años y me acabo de quedar sin trabajo si pido la ayuda por desempleo

    Podre pensionarme con la ley del Imss del 73 o pierdo mi derecho al solicitar esta ayuda y me tendría que pensionar con la ley del 97

    • No, el solicitar la ayuda por desempleo no modifica en nada su régimen de pensión.

    • tengo 58 años y estoy desempleado hace 3 meses, si pido ayuda de desempleo me afectataria en mi pension o sea recibiria menos de lo que me tocaria ahorita, yo tengo 1820 semanas cotizadas

  2. Hola,
    Estoy por cumplir 59 años y me quede sin empleo que tanto me puede afectar el solicitar la ayuda por desmple.
    Agradecere su comentario.
    Saludos!!

  3. Hola,
    Estoy por cumplir 59 años, y me he quedado sin empleo que tanto me afecta solicitar la ayuda por desemple.
    Agradecere su comentario.
    Saludos!!

  4. voy a cumplir 55 anos y me quede sin empleo tengo mi conservacion de derechos que vence en el 2023, puedo solicitar mi ayuda por desempleo? o me afectara para mi pension

    Gracias

  5. una pregunta aver si me pueden ayudar de antemano gracias ase un año y medio solicité la ayuda x desempleo y entre a trabajar otra vez dure 1 año y 1 mes y otra vez stoy desempleado y kiero saber si puedo aser este retiro por desempleo por 2 vez. o tengo a fuerza esperar ke pasen 5 años ?

      • buenas tardes.
        desde el año 1984 a 1992 cotice para pensiones de el estado
        con derecho servicios médicos en el IMSS
        luego de 1992 a 1997 cotice para el isste( realizando una residencia medica)
        luego de 1998 a la fecha cotizo para el imss actualmente
        tengo 49 años y soy empleado imss.
        existe alguna manera de unificar estas cuentas

        gracias

  6. Buenas noches, tengo 28 años cotizando en PENSIONISSTE estoy en la cuenta individual, y tengo 50 años de edad. Mis recursos son de 1 millos no alcanzo para una pension, me avisaron en el trabajo que me despiden,
    Con la liquidación quiero ahorrar en la aportación complementaria para el retiro, tendría aprox como 1,300,000.00. con esta cantidad ya puedo solicitar una pension,? y si es así de cuanto seria mi pension mensual. Cuanto es la cantidad mínima en la cuenta individual para que me den una mensualidad de 7 mil? Si deposito aportación voluntaria el rendimiento se suma al retiro?
    Gracias

  7. me case en enero del 2015 por lo civil pero antes vivía en unión libre con el que es ahora mi esposo, y hace aproximadamente 5 años me dio de alta como su concubina ante el imss … el sigue trabajando y sigue cotizando la pregunta es si el puede solicitar ayuda por matrimonio ahora que ya nos casamos y nunca ha hecho efectivo este derecho…

  8. Enos dias tengo 58 años y estoy por Imss, tengo 785 sem cotizadas y conservación derecho hasta 7 octubre 2017. Pregunta estoy desempleada si solicito ayuda de desempleo afecta mi pension. Tengo en Afore $177.800.50 pesos de saldo.
    Gracias por su asesoria.

  9. Buenos Dias! tengo una duda respecto a la conservacion de derechos, deje de laborar en Enero del año 2011 mi conservacion de derechos termina en Enero del 2017 segun mis semanas cotizadas que son 1237
    a la fecha tengo ya 5 años sin empleo, es necesario afiliarme de nueva cuenta o espero hasta Enero 2017 gracias y Saludos

  10. FAVOR DE ELIMINAR MIS DATOS DEL NOMBRE Y CORREO ELECTRONICO DE ESTA PAGINA POR FAVOR, CADA VEZ QUE ENTRO A VER LAS CONSULTAS APARECEN MIS DATOS.

    GRACIAS

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