La Continuación Voluntaria o Modalidad 40, es la opción que tienen los trabajadores para:
- Continuar cotizando y acumular semanas de cotización, y
- Mejorar su salario base de cotización
Para ello, no debe de estar cotizando en el Régimen Obligatorio del IMSS.
Hay dos opciones para hacer el trámite:
- En forma personal, o
- A través de un representante.
De manera personal se puede realizar en dos formas:
- En línea (solo la primera vez que se contrata), o acudiendo a la subdelegación del IMSS, de 8.00 a 15:30 hrs.
- En línea, el trámite se puede realizar todo el año, las 24 horas del día.
Para hacer el trámite en línea, es necesario:
- Tener a mano dato de la CURP, NSS y de un email, e
- Ingresar en la siguiente liga https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-ciudadano-web-externo/home.
Cuando el trámite por medio de representante:
- Es necesario que su representante acuda a la subdelegación del IMSS que por razón de su domicilio le corresponda,
- Deberá de presentar una identificación oficial, carta poder en original y copia, y
- Cubrir los requisitos indicados en la siguiente liga https://miretiroypension.com/2016/02/continuacion-voluntaria-modalidad-40-procedimiento-para-contratarla/
En esta Modalidad puede permanecer todo el tiempo que así lo desee, mientras no vuelva a prestar sus servicios a un patrón que lo de de alta nuevamente en el Régimen Obligatorio del Seguro Social.
Si estando incorporado en la Continuación Voluntaria y deja de pagar dos o más mensualidades, causará baja, pero podrá reingresar a esta:
- Si lo solicita por escrito,
- Antes de que pasen doce meses, y
- Cubra el pago de las mensualidades omitidas (los meses no pagados), más
- Los recargos que apliquen,
Los pagos se harán en el banco que el Instituto le indique.
Para el reingreso al Continuación Voluntaria o Modalidad 40, se debe presentar:
- Solicitud en escrito libre en original y copia,
- Adjuntar copia de identificación oficial,
- Comprobante de domicilio vigentes,
- Comprobantes de pago, de los pagos previos, y
- Documento que contenga Número de Seguridad Social.
Cuando la Modalidad 40 se contrata por primera vez, se hace:
- Con el mismo salario que se tenía al causar baja del Régimen Obligatorio
- O cualquier otro salario superior, sin exceder de 25 UMA (Unidad de Medida y Actualización).
Si es su deseo y tiene la posibilidad económica, al reincorporarse a la Continuación Voluntaria o Modalidad 40, podrá solicitar en el escrito que presente, se le considere un salario mayor.
La Continuación Voluntaria se termina:
- A solicitud del asegurado,
- Dejar de pagar cuotas por dos o más meses, o
- Por causar nueva alta al Régimen Obligatorio.
La Modalidad 40 no incluye servicio médica pero si desea tener derecho a la asistencia médica, puede contratar el llamado Seguro de Salud para la Familia, cubriendo los requisitos y el costo del Seguro; para detalles y costos sobre este seguro ingrese aquí
El costo de la incorporación en la Continuación Voluntaria es de un porcentaje del salario mensual que convenga con el Instituto; para detalles generales sobre la Modalidad 40 ingrese aquí.
Es importante que conserve siempre los comprobantes de pago que haga a la Modalidad 40.
Si se le llega a pasar una fecha de pago (día 17 de cada mes), debe acudir de inmediato a la ventanilla de Seguros Especiales (en la subdelegación que le corresponda) y pedir que le actualicen los valores, luego, acuda al banco de inmediato y pague.
Recuerde que:
- A partir del 1 de febrero de 2017, la Continuación Voluntaria o Modalidad 40 se paga en valores referidos a la UMA, aún y cuando en estricto sentido, no debiera de ser así, y
- Que en la Continuación Voluntaria o Modalidad 40 se cotiza solamente para los seguros de Invalidez y Vida, y para los Seguros de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.
Si desea contactarnos a través de email, teléfono o Skype, para asesoría y consulta ingrese aquí.
Tenga un excelente día y nunca tome decisiones si antes no está debidamente informado.
Hola Buenas tardes hace 1 año estoy pagando la modalidad 40 un con salario diario integrado de 320 pesos tengo 2 meses que interrumpi el pago, para que se me de de baja y posteriormente realizar los pagos con recargos y actualizaciones, pero quiero actualizar mi Salario Diario Integrado, la inscripcion la hice via Online, mi pregunta es al darme de Baja y volver a Contratar la Modalidad 40 tiene que se Forzosamente en el IMSS de forma Presencial?? cuanod se hace de esa manera cada mes se tendria que ir por las Lineas de Captura para realizar los Pagos Gracias
Para reingreso solo presencial
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