Para atender mejor sus consultas, es muy importante que nos envíe su caso detalladamente descrito, indicando si cotiza o ha cotizado al Issste (incluya dato del régimen de pensión elegido); o si lo ha hecho para el IMSS (agregue SBC, NSS y probable fecha de alta).
Siempre que nos envíe algún documento, que sea escaneado en PDF únicamente; si no viene en PDF, no nos es de utilidad.
Tampoco use abreviaciones e indique de qué estado o de qué país nos escribe.
Cuando se trate de un riesgo de trabajo, indique si tiene o no, pensión temporal, Incapacidad Permanente Parcial o Incapacidad Permanente Total; si es pensión de invalidez, indique si es temporal o definitiva.
Cuando se refiera a «jubilación» es porque la obtuvo por ser empleado del IMSS, o trabajador de CFE, Telmex, Pemex, o del 10mo Transitorio Issste, etc.
Una pensión solo se obtiene si prestó sus servicios a una empresa de la iniciativa privada o a una Dependencia o Entidad de gobierno federal, SCJN, Congreso de la Unión, poderes de la CdMX, Ley 1997 o 2007.
Lo anterior nos ayudará a identificar más rápidamente su problema, implicaciones, requerimientos adicionales de información y nuestra posible opinión u orientación.
Servicios disponibles:
* Atención telefónica, previo conocimiento del caso y cita.
* Atención vía Skype, previo conocimiento del caso y cita.
* Atención personal, sólo en Mérida, Yuc., previo conocimiento del caso y cita.
* Atención vía email, previo conocimiento del caso, todos los días.
* Guía para el trámite de pensión cesantía o vejez, Ley 1973
* Proyección, estimación o cálculo de pensiones Ley 1973
* Planeación de pensiones a recibir y requerimientos Ley 1973.
* Pláticas y conferencias, cursos y talleres presenciales y a distancia, a cualquier parte del país, previo acuerdo.
Nuestra opinión u orientación, o alguno de nuestros servicios, pueden tener algún cargo u honorario, al igual que los servicios prestados por un médico, contador, abogado o cualquier otro profesionista libre.
No somos parte de ninguna dependencia de gobierno ni organismo social, ni laboramos tampoco ni recibimos subvención de ninguno de ellos.
Siempre que nos cantacte al email de Mi Retiro y Pensión, entenderemos ha leído previamente nuestro Aviso de Confidencialidad ubicado en:
https://miretiroypension.com/2014/10/aviso-de-confidencialidad/
Email: [email protected].
Hola
Tengo una duda, no se si tenga que pagar por esta asesoria, si es asi por favor hagamelo saber.
Tengo un tio que trabajo en el issste del 79 al 90
despues trabajo en el imss
actualmente esta haciendo modalidad 40 (tiene 63 años) y quiere ya pensionarse.
Estamos averiguando si se puede hacer la suma de sus semanas del issste.
Algunas personas cometan que si lo hace pierde los beneficios de la ley 73, y quisiera saber si hay algun sustento legal donde me indique que no pierdo ese beneficio y puedo hacerlo.
Toda asesoría personalizada tiene costo; con ello podemos sostener el costo de operar este sitio, hosting, dominio, pago de impuestos, costos de operación, utilidad, etc.,Para asesoría y consulta puede escribir a [email protected].
Ya nada es regalado, incluso ni las botanas son gratis; es tiempo ya de superar la etapa de que todo nos salga gratis.
Solo no se cobra por la asesoría cuando el beneficio a recibir es igual o menor al costo
Deseo saber los costos de sus pláticas, conferencias o seminarios y cuales tienen programados este año.
Favor de contactarnos por medio de [email protected], para detalles y establecer contacto telefónico.
En su escrito, refiéranos cuál es su actividad, a qué se dedican, en qué parte del país están operando, si lo hacen a título personal o actividad empresarial, etc.
BUENAS TARDES: MI NOMBRE ES FERNANDO CORTES HARO, EMPLEADO ACTUAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL EN UN JUZGADO DE DISTRITO CON RESIDENCIA ACAPULCO, GUERRERO, TRABAJÉ EN LA INICIATIVA PRIVADA POR VEINTE AÑOS MI CURP ES: COHF610530HSLRRR09, AL INICIAR A TRABAJAR EN LA FEDERACIÓN SE ME GENERÓ OTRA CURP: COHF610530HSLRRR17, EN LA ACTUALIDAD TENGO SALDO EN AFORE PENSIONISSSTE Y AFORE PRINCIPAL, ACUDÍ A ESTA ÚLTIMA PARA HACER LA UNIFICACIÓN DE SALDOS Y CREAR MI EXPEDIENTE BIOMÉTRICO, LO CUAL NO SE HA PODICO PORQUE EN EL SISTEMA LES ENVIA QUE MI REGISTRO TIENE UNA MARCA QUE DICE: TRAMITE JUDICIAL (ISSSTE), Y NADIE ME HA PODIDO AYUDAR PARA ELIMINAR ESA MARCA, YA QUE NO TENGO NINGUN PROBLEMA CON EL ISSSTE, NI PENSIONISSSTE, NI PRINCIPAL, NI EL JURÍDICO DEL ISSSTE. LES AGRADEZCO DE ANTEMANO SU APOYO Y QUEDO EN ESPERA.
Caso un tanto complicado, sin embargo, como asunto judicial, usted sabe que puede ser tratado incluso por usted mismo sin tener que recurrir a ayuda profesional.
Creo podemos indicarle qué hacer en este caso; puede escribir a [email protected], puede aplicar algún cargo por consulta.
Buenas noches, mi tía falleció a los 57 años de cancer, es de la Ley del 97 y tiene 993 semanas cotizadas y reconocidas por el IMSS, mi pregunta es la siguiente: mi tío (su esposo) puede solicitar pensión por viudez ya que dependía económicamente de ella. Saludos y gracias de antemano.
SI Y SOLO SI SE COMPRUEBA LA DEPENDENCIA
Para asesoría complementaria puede escribir a [email protected], necesitaremos datos y documentos adicionales.
Le invitamos a ver el siguiente enlace:
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Tengo una duda a mi empresa actual los multan si me otrogan una pensión permante ahorita cuento con una pensión parcial de dos años quede mal del codo no lo puedo doblar totalmente pero ya estoy dado de alta y laboro en mi empresa actual donde sucedió mi acidente
Hola Armando, quien sabe quien te habrá dicho que multan por otorgar pensiones, eso es totalmente falso
Para asesoría a detalle puedes escribirnos a [email protected]
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hola buen día, no se si ustedes me pueden apoyar, tengo problemas con el cobro de mis pagos subsecuentes por apoyo de desempleo con afore banamex, mi tramite fui en pagos subsecuentes, se recibio el primer pago en julio 2017, quedando pendientes agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre, hasta la fecha siguen pendientes, hoy precisamente fui nueva mente al modulo afore y la respuesta de la señorita fue la misma que me han venido diciendo, que es problema de la Procesar que no ha actualizado o informado mi estado de desempleo, ya no se a a quien recurrir y mi dinero me hace falta mas que nunca, ya fui a la condusef y tampoco me resolvieron nada. le paso mis datos para ver si en algo pueden ayudarme o mínimo ver en que estatus estoy o que esta pasando.
muchas graciaS
Luis Miguel Flores Fernandez
nss: 95678201674
rfc: FOFL8206045U2
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Enlace sugerido:
PENSION A EMIGRANTES
En mi caso deseo obtener la Negativa de Pensión del IMSS para retiro total de Afore de mi fallecida esposa, pero este me requiere una Resolución Judicial de dependencia economica. Mi esposa de una u otra forma no cumple para otorgar una pensión por viudez ( ni por antiguedad, ni por semanas cotizadas, falleció de 44 años), ademas yo aparezco como Beneficiario registrado en los sistemas del IMSS…hay alguna forma que me evite dicha resolución judicial que entiendo demora casi dos años? estoy en Monterrey. Tenemos dos hijos, una de 18 años y otro de 6.
Para orientación, asesoría y consulta específica sobre el caso que nos describe puede escribir a [email protected].
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DEJA DE OPERAR AFORE METLIFE
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RENUNCIA A PENSIONTESIS
En el artículo 180 sobre la Constancia de Implicaciones de CONSAR no menciona que sea un trámite gratuito y es un arma que están utilizando Afores como siglo XXI para amedrentar al trabajador y hacer que se vaya les dicen que les cobran $500 por dársela y como no llevan dinero se van con las manos vacías.
En el SAR todos los trámites son gratuitos… malamente de esos poco escrupulosos agentes promotores que estan diciendo eso, o la empresa o quien fuere; hay que denunciar a Condusef esa situacion
Necesitamos mayores detalles de su caso; puede escribir a [email protected].
Lecturas sugeridas:
PENSION
Mi problema es el 29 de enero sufri un accidente en el vehiculo de la compañia al salir del trabajo por lo que informe de inmediato del percance al jefe directo a lo que procedieron llevarme hasta el dia siguiente a un hospital particular por parte de la aseguradora del vehiculo en lugar de llevarme al imss por lo que procedi a solicitar mi hoja de alta y acudir al servicio medico donde en salud en el trabajo aun con esguince cervical en primer grado procedio a dictaminarme como no accidente laboral porque el patron me llevo a uno particular y no al imss por lo que recibo incapasidades del 60% y llevo 89 dias incapasitado y salud en el trabajo debio darme el 100% y sancionar al patron por querer evadir sus obligaciones llevandome a otro hospital alguien pe puede ayudar para saber como puedo hacer para que me paguen lo complementario de lo que me han dado y sancionen a la empresa
El IMSS está en lo correcto pues debió de ser notificado inmediatamente aun y cuando a usted lo atendiera posteriormente la aseguradora; su patrón debe de cubrir el diferencial de salario pero sugerimos antes que emprender cualquier accion, acudir a la Profedet
Ver más:
PROFEDET
PROFEDET-DIRECTORIO
BUEN DÍA, SOY UNA MUJER DE 48 AÑOS QUE TIENE 1045 SEMANAS COTIZADAS AL IMSS (A PARTIR DE AGOSTO DEL 1997) POR LO QUE NO ALCANCE LA LEY 73. JUSTO ACABO DE ENCONTRAR UNOS RECIBOS DONDE COTIZÉ 2 AÑOS AL ISSSTE (DEL 1990 A 1992) ¿PUEDO SOLICITAR QUE ESTAS SEMANAS DE ISSSTE -SON 105- SEAN ADICIONADAS AL IMSS? ¿PUEDO SOLICITAR APEGARME AL REGIMEN DE LEY 73? GRACIAS DE ANTEMANO, EXCELENTES RESPUESTAS.
Necesito mas datos; favor escribir a [email protected].
Hola estoy en tramite de pension, y mi patron me dice que mientras no llegue la resolucion me presente a trabajar, eso me afecta? no quiero correr el riesgo de que el IMSS no me pensione. que debo hacer, ya que mi empresa dice que no tengo nada que ampare los dias en que se libere el tramite.
Saludos.
El trámite de pensión procederá, en caso de pension por cesantía o vejez, a partir de que esté dado de baja del IMSS, no antes
pregunta
pensiones
LABORE EN LA SECRETARIA DE AGRICULTURA Y RECURSOS HIDRAULICOS A PARTIR DE 1977 Y HASTA 1985. HOY, ME QUIERO RETIRAR Y APROVECHAR LAS SEMANAS COTIZADAS EN EL ISSSTE JUNTO A LAS DEL IMSS. MI PROBLEMA ES QUE NO TENGO NINGUN DOCUMENTO DEL ISSSTE PARA COMPROBAR ANTE IMSS. ¿QUE DEBO HACER?. YO VIVO EN CABORCA, SONORA.
Necesito mas datos para poderle asesorar adecuadamente; puede escribir a [email protected].
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Te esperamos este sábado al punto de las 9:00 am, tiempo de la CDMX
Mi caso es el siguiente tuve un accidente de trabajo me pencionaron de la rodilla derecha es temporal por 2 años la cual tengo roptura de ligamento cruzado anterior de un salario de 533.00 pesos diarios el seguro me puso el sueldo de 11000 y me dio el 15% de los 11000 no de los 16000 q era más o menos mi sueldo mensual mi empresa me apoyo y me dio trabajo hasta q tenga mi otra evaluación pero cuando iba a bajar del transporte me caí y me lesione la columna de la cual estoy incapacitado actualmente por enfermedad general mi salario actual es de 520.00 diarios pero no sé si este problema me lo van evaluar cuando se acaben los dos años de la temporal o sea otra pension por enfermedad general el problema es q no me pueden operar ya q soy diabético y no la pueden controlar soy de la ciudad de México df quisiera saber si llevan casos por este estado y por q no me puedo mover mucho y siento que lo q me estan dando es muy poco gracias por su atención saludos.
Hola Javier, saludos mil…necesito analizar mas detalladamente tu caso y datos adicionales; escríbeme a [email protected]
Lecturas recomendadas:
PENSION
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COMO ME PENSIONO
hola buenas tardes tengo una duda en relacion a mi trabajo pues tengo 19 años laborando y he sido desplado a otro local el cual no corresponde a mi antiguo patron le recleme de el seguro y me dijo que ya estaba con otra persona y esa era la razon ahora no se que aser pues a mi me urge el seguro pero no se si mi actual patron me pueda dar de alta con su registro de el o tengo que esperar asta arreglar la situacion con mi antiguo patron …y no se cuanto me corresponde pues tuve dos accidentes de trabajo certificados por el imss como riesgo de trabajo una de una mano y el otro de la columna yo tenia un sueldo de 1800 a la semana .. me podrias apoyar con esto por favor..
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Buenas tardes, recurro a ustedes porque tengo algunas dudas sobre los créditos fovissste, actualmente estoy en trámite de crédito fovissste y están por otorgarme fecha para firmas de escrituras, mi duda es, estaré cambiando de trabajo en los próximos 2 meses, puedo seguir pagando por fuera este crédito, es decir, puedo realizar las aportaciones por medio de bancos o es mejor realizar el traspaso de saldos? Debido a que en Fovissste la mensualidad del crédito hipotecario es el 30% del sueldo base y tengo entendido que en Infonavit es mucho mayor la mensualidad y aparte el interés es mas grande. Gracias por leerme.
No estamos muy enterado de cómo proceden los créditos en una y otra dependencia; sugerimos acudir directamente e informarse ahí para evitar el coyotaje.
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Hola buenas tardes miren quería saber si me pueden ayudar me super «urge» tuve un accidente y estuve incapacitado y me pensionaron por invalides por un año estuve en terapias y todo ya me dictaminó el doctor que una pensión difinitiva la pregunta aquí es puedo trabajar ? No le siento bien al 100 por ciento pero es tan grande la necesidad y todo que el dinero no alcanza y necesito sacar dinero de alguna otra forma soy padre de familia y sostén de cada con ese dinero no me va alcanzar y estoy muy preocupado el ponerme a trabajar y perder la pensión y luego no poder seguir trabajando ese es mi pregunta espero me puedan ayudar me super urge
Puede hacerlo cuidando lo que establece la Ley en el artículo 119.
Ver siguiente enlace:
invalidez
pension
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TEMA DEL MARTES 04/09/2018: Jubilaciones y pensiones por el 10° Transitorio
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Cotice al ISSSTE de junio de 1996 a julio de 2012 (16 años) posterior a ello cotice a ISSEMYM (estado de mexico) y hace un año quede desempleado. Referente al ISSSTE en su momento elegí el décimo transitorio. Ante la falta de empleo, tengo posibilidad de retirar los recursos de mi cuenta o parte ellos??? y de ser posible, que debo hacer???
Puede hacer un retiro parcial por desempleo pero, definitivamente, no le conviene, excepto que tenga muchos pero muchos años de servicios
Quizás una valoración mas detallada de su caso le permitiría determinar la conveniencia o no de un retiro por desempleo.
Para mayor opinión necesitamos datos adicionales; favor escribirnos a [email protected]
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Hola buenas tardes tengo una pensión por IPP del 65% pero es provisional durante un año mi duda es m pueden dar la IPP definitiva ya q pase el año mi accidente fue amputación de los cinco dedos
Al concluir el periodo salud en el trabajo determinará el grado de disminución de capacidades para el trabajo y le determinara la IPP definitiva; es muy probable bajen el porcentaje.
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Hola buenas tardes, mi pregunta es la siguiente, estoy pensinado por el IMSS, desde hace 18 meses aprox. y mi pension es de casi $10,000.00 siempre como empleado de la iniciativa privada, ahora resulta que hay una empresa que me esta ofreciendo trabajar para ellos, (totalmente distinta a la ultima empresa con la que estube cotizando) y el sueldo que podria percibir con ellos es de $40,000.00, ¿Puedo acaptar esta propuesta?, ¿Que pasaria con mi pension si vuelvo a citizar en el IMSS?. Espero me puedan ayudar.
Si su pensión es de cesantía o vejez, sin problema; pero si es de otro tipo tenemos que revisar
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BUEN DÍA¡¡
TUVE UN ACCIDENTE DE TRABAJO, Y QUEDE AFECTADO DE LA COLUMNA, ME ACABAN DE DAR UNA PENSION POR DOS AÑOS CON UN PORCENTAJE DEL 60%, SIN EMBARGO ME OFRECE MI EMPRESA OTRO PUESTO Y GANARIA MI SUELDO AL 100%, SI ACEPTO TRABAJAR DURANTE ESTOS DOS AÑOS ME AFECTA A MI PENSION, MI DIAGNOSTICO ES DE ESCOLIOSIS POR IMPACTO EN COLUMNA DERIVADO DEL ACCIDENTE, PERO PUEDO TRABAJAR EN LA MODALIDAD DE HOME OFFICE, ESTO AFECTA A QUE ME RETIREN MI PENSION? O INFLUIRA EN EL CRITERIO PARA ASIGNARME LA PENSION DEFINITIVA???
Necesito analizar más detallas; escribe a nuestro email
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Hola mi esposo tuvo un accidente de trabajo en mayo del 2015, el 3 de mayo del 2016 lo dan de alta y se presenta a trabajar, el 15 de julio de 2016 le dan crédito infonavit y el 28 de julio 2016 le dan una pensión parcial del 30% por dos años .. El 28 de julio de 2018 le dan una ST-3 pensión parcial permanente definitiva del 56% … Mi pregunta es si mi esposo tiene derecho a la cancelación de su crédito por parte de infonavit
gracias por su respuesta.
Todo indica que no sin embargo esa situación. solo el Infonavit, conforme a la Ley, podrá determinarlo.
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Tengo 46 años y una enfermedad permanente de esófago, quiero acceder a mis ahorros de Afore pero no cotizo desde hace 17 años, en la clínica me dicen que para obtener la valoración de medicina laboral debo volver a cotizar al menos un año para refrendar mis derechos pero yo ya no puedo trabajar, ahora mismo me siento mal, me operaron y todo mi tratamiento fue bajo el seguro social de mi marido, hablé a la subdelegación y en pensiones me dijeron que sí procede, y que lo más probable es que me den negativa de pensión y de esa manera liberar mi ahorro pero en la clínica me dicen otra cosa, qué puedo hacer?
La negativa de pensión procede a partir de que se cumplan 60 años de edad; leer lo siguiente
NEGATIVA
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Es verdad que las jubilciones de trabajadoras del imss cuando estas fallecen el esposo no tiene derecho o no obtiene el beneficio economico de dicha jubilación.
Es preciso mas datos
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SOLO UNA PREGUNTA HE DEJADO DE COTIZAR POR 10 AÑOS PERO AUN, CUMPLO CON LAS SEMANAS COTIZADAS PARA PENSIONARME POR LEY 73, PERO NO ME DEJAN POR QUE NO ESTAN VIGENTES LOS DERECHOS LA PREGUNTA ES PUEDO COTIZAR LAS 52 SEMANAS QUE ME PIDEN SIN QUE SEAN CONTINUAS ES DECIR TENER BAJAS Y REINGRESOS HASTA CUMPLIR LAS 52 O TIENES QUE SER DE MANERA CONTINUA CON UN SOLO PATRON
Es posible sin embargo necesitamos maýores datos, te sugerimos asesoria; escribir a [email protected].
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