Don Ramiro, es una persona que cotizó al IMSS por más de veinte años, en forma ininterrumpida, hasta noviembre del año pasado; se desempeñaba como gerente de una tienda de pinturas.
Hace cuatro años, tuvo un accidente no relacionado con el trabajo que le ocasionó dificultades en su vista.
Por la gravedad de las lesiones, acudió al IMSS y ahí le proporcionaron toda la atención médica que su caso requirió, así como los subsidios económicos (incapacidades médicas) por todo el tiempo que estuvo impedido para trabajar.
Recuperada su salud y como era su deber, al ser dado de alta por el IMSS se reintegró a su trabajo, pero meses después en la empresa se dieron cuenta de la dificultad que don Ramiro presentaba para ver por lo que los directivos tomaron la decisión de despedirlo.
Aunque no lo liquidaron conforme a la Ley, llegaron a un buen acuerdo económico y con ello dieron por terminada la relación de trabajo.
Con el finiquito recibido, don Ramiro abrió un pequeño negocio que le daba para atender sus necesidades económicas y ahorra un poco en su Afore.
Recientemente la salud de don Ramiro se vio muy afectada, pues por su diabetes perdió la vista de ambos ojos y quedó impedido a trabajar, incluso en su propio negocio.
Cuando me consultan los familiares de don Ramiro sobre su caso, les pedí que me presentaran todos los documentos que tuvieran relacionados con su(s) trabajo(s) anterior(es).
Grande fue mi sorpresa y asombro cuando observé lo organizado y previsores de estas personas pues, contrario a lo que normalmente sucede, guardaban todos los recibos de nómina, contratos de trabajo, altas, modificaciones y bajas al IMSS, copias de parte del expediente médico, tarjetas de citas y credencial ADIMS, así como del la renuncia y finiquito otorgado por la empresa, de cuando se convino y acordaron la separación de la empresa.
Analizando el caso de don Ramiro pude detectar que él aún se encontraba dentro del periodo de conservación de derechos previsto en el artículo 150 de la Ley del Seguro Social, el que a la letra dice: los asegurados que dejen de pertenecer al régimen obligatorio, conservarán los derechos que tuvieran adquiridos a pensiones en el seguro de invalidez y vida por un periodo igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contado a partir de la fecha de su baja.
De esta manera amigo trabajador, recuerde que si llega a causar baja del Seguro Social, usted conserva su derecho en el seguro de invalidez y vida, por un periodo igual a la cuarta parte de sus semanas cotizadas, y, de sobrevenirle una circunstancia incapacitante, dentro de este período, usted tiene derecho a disfrutar de una pensión, pero es importante que se encuentre bien asesorado y que tenga todos los elementos de prueba que el Seguro Social le solicitará; por ello lo de “papelito habla”.
Conocer sus derechos es su obligación, ejercerlos, es su decisión aunque a veces no es fácil, pero si actúa bien informado y con determinación, usted recibirá los beneficios previstos en las leyes de seguridad social, tal cual en derecho le corresponda.
El cheque que antes menciono quiero aclarar que porsupuesto esta a nombre de mi papá.
Buenas tardes me podria orientar y que debo de hacer, mi papa solicito una pension el año pasado y se la estuvieron posponiedo por varios meses , y despues le ayudaron a que se la dieran y actualmente cobra pension. ahora el imss le solicita a su patron documentacion para determinar si hubo relacion de trabajo con el patron, si la resolucion es negativa le pueden quitar su pension que ya tiene.
Gracias. espero me puedan orientar
Es correcto pero también hay medios de defensa.
Para asesoría y asistencia, necesito de datos adicionales; puede contactarme a mi consultorio ubicado en [email protected]
Buenos días, estimado Jaime Gutiérrez.
Tengo en mi poder acciones de Banco Mexicano de Occidente, S.A. Serie Única, Emisión 1976; deseo conocer la posibilidad de obtener el pago de dividendos por fusión y subsecuentes hasta fecha actual.
Como antecedentes menciono que Banco Mexicano de Occidente S.A., por fusión con otras instituciones crediticias se convirtió en Banco Mexicano Somex S.A., posteriormente en Banco Mexicano Somex S.N.C., después de posteriores fusiones derivo en lo que actualmente es Banco Santander (México).
¿Cual es/son la/s pregunta/s?
De requerir informacion adicional o complementaria, favor reenviar su pregunta a [email protected].
Leer: Ver
Quisiera saber que valor tienen y si usted nos puede ayudar con el procedimiento para su respectivo cobro. Saludos
ver
Favor reenviar pregunta a [email protected]
mi esposa cumplió 53 años de edad. ¿ ya debe iniciar con el covoro. ya quiere trabajar por cuenta propia. esta cotizando desde mayo de 1980.
tiene mas de 1100 semanas reconocidas. ?
Favor de reenviar la pregunta y explicar el significado de covoro
Feliz día
Mi pregunta es si se suman las semanas cotizadas de la modalidad 40 y de la 44 o sea la incorporación voluntaria del regimen obligatorio. En mi caso ya pasaron mas de 6 años que me di de baja como empleada tengo 410 semanas cotizadas, quiero incorporarme en la modalidad 44 un año para después contratar una continuación voluntaria al regimen obligatorio para completar las 500 semanas y pensionarme con la ley 73 ya que cumpla los 60 años, tengo 58 años ahora soy persona fisica con actividad empresarial.
Gracias por apoyarme
NO ES POSIBLE PASAR DE LA 44 A LA 40; LE SUGIERO ASESORÍA ESPECIFICA; PARA ELLO PUEDE CONTACTARME AL EMAIL INDICADO EN EL SIGUIENTE ARTÍCULO
VER
no tengo ningún documento pues se quemo la casa con todo ocea que entonces ni para que buscar entonces pierdo las esperanzas ya que quede todo no cuento con ningún documento puedo buscar en infonavit
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Actualmente tengo un negocio propio dado de alta en Hacienda pero mi esposo me metio como trabajadora a su trabajo, dandome papeles como contrato, alta IMSS, IDSE para continuar cotizando y posteriormente apegarme a la modalidad 40, implicaria una sospecha para el IMSS que es una SIMULACION LABORAL, ya que obviamente yo atiendo mi negocio y no laboro ahi,
Espero su orientacion, asi como donde puedo obtener asesoria, actulamente cuento con 48 años, por lo que nuestro deseo es que este cotizando en esa empresa donde el labora, por 7 años y luego adoptar la Modalidad 40, cabe señalar que la empresa donde estoy dada de alta no es de el, sino que el me metio porque su patron acepta que nosotros paguemos el impuesto correspondiente, espero su informacion, al respecto
gracias
Necesito analizar datos y registros; puede contactarme al consultorio ubicado en [email protected].
saludos a todos
Saludos
Tengo 52 años y laboré durante 30 años en el Instituto Mexicano del Petróleo. Hace un mes dejé de prestar mis servicios. me encuentro en el régimen del 9° transitorio
¿Cuánto tiempo me respetan mi derecho a Pensión?
NO EXISTE REGIMEN 9° TRANSITORIO, SOLO SISTEMA DE REPARTO Y SISTEMA DE CAPITALIZACION INDIVIDUAL
PARA ASEOSIRA A DETALLE necesito mas datos para poder determinar la procedencia o no de su derecho; puede escribir a [email protected].
[…] carecen de medios probatorios de que, efectivamente, laboraron y cotizaron esos periodos, pues nunca guardaron ningún documento que acredite la relación laboral como pueden ser los contratos de trabajo, recibos de nómina, […]
Buenas tardes , de que forma puedo encontrara antecedentes de mi registro como trabajador de BANCA SOMEX de 1987 para identificar registros que no aparecen cuantificados en IMSS, como si no hubiera registro de cotización de esas fechas.
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