Sistemas Estatales de Pensiones

93
7202

Estimados lectores: en atención a sus múltiples consultas, relacionadas todas ellas con sus derechos pensionarios por prestar sus servicios para algún gobierno Estatal y sus municipios, o bien, para el Departamento del Distrito Federal, a continuación le listo,  las Leyes y Reglamentos que refieren los requisitos que usted debe de cumplir para disfrutar de una pensión, una vez cubiertos los requisitos legales aplicables.

Importante, para conocer en forma explícita y detallada la normatividad que aplica al sistema de pensiones que a usted le interesa conocer, ingrese dando doble clic en la palabra marcada en letras azules, las que están le llevará directamente a la Ley y/o Reglamento que usted requiere consultar.

Si con posterioridad a ello usted requiere de una asesoría personal y específica, envíenos su consulta a [email protected]; a través de este email, acordaremos la forma de brindarle toda la asesoría complementaria que usted requiera.

SP Aguascalientes: Ley de Seguridad y Servicios Sociales para los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes

Baja California: (SP Baja California 1) Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Gobierno y Municipios del Estado de Baja California y el Reglamento (SP Baja California 2) Interno del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Gobierno y Municipios del Estado de Baja California.

Campeche (SP Campeche): Ley de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Campeche.

Chiapas (SP Chiapas): Ley del Instituto de Seguridad Social de los trabajadores del Estado de Chiapas.

Chihuahua (SP Chihuahua): Ley de Pensiones Civiles del Estado de Chihuahua

Coahuila (SP Coahuila 1): Ley de Pensiones y Otros Beneficios Sociales para los trabajadores al Servicio del Estado de Coahuila de Zaragoza y Ley (SP Coahuila 2) de Pensiones y Otros Beneficios Sociales para los Trabajadores de la Educación Pública del Estado de Coahuila.

Distrito Federal (SP Distrito Federal 1): Ley de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal, el (SP Distrito Federal 2) Estatuto Orgánico de la Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno del Distrito Federal, el (SP Distrito Federal 3) Reglamento de Prestaciones de la Caja de Previsión para Trabajadores a la Lista de Raya del Departamento del Distrito Federal y el (SP Distrito Federal 4) Reglamento de la Ley de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal.

Durango (SP Durango): Ley de Pensiones del Estado de Durango.

Estado de México (SP Estado de México) : Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios.

Guanajuato (SP Guanajuato): Ley de Seguridad Social del estado de Guanajuato.

Guerrero (SP Guerrero): Ley de Seguridad Social de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero.

Hidalgo (SP Hidalgo): Ley de Prestamos Compensaciones por Retiro y Jubilaciones para el Estado-de Hidalgo

Jalisco (SP Jalisco): Ley del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco

Michoacán (SP Michoacan): Ley de Pensiones Civiles para el Estado de Michoacán.

Morelos (SP Morelos): Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos.

Nayarit (SP Nayarit): Ley de Pensiones para los Trabajadores al Servicio del Estado.

Nuevo León (SP Nuevo Leon): Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Nuevo León.

Oaxaca (SP Oaxaca): Ley de Pensiones para los Empleados del Gobierno del Estado de Oaxaca.

Puebla (SP Puebla): Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla.

San Luis Potosí (SP San Luis Potosi 1): Ley de Pensiones y Prestaciones Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado de San Luis Potosí, el (SP San Luis Potosi 2) Reglamento de la Ley de Pensiones y Prestaciones Sociales para los Trabajadores Burócratas al Servicio del Gobierno del Estado de San Luis Potosí, el (SP San Luis Potosi 3) Reglamento de la Ley de Pensiones y Prestaciones Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado Pertenecientes al Sector del Sistema Educativo Estatal Regular, el (SP San Luis Potosi 4) Reglamento de la Ley de Pensiones y Prestaciones Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado de San Luis Potosí, del Sector Sección 26, Telesecundaria.

Sinaloa (SP Sinaloa 1): Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Sinaloa y la (SP Sinaloa 2) Ley que Crea el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores de la Educación del Estado de Sinaloa.

Sonora (SP Sonora): Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Sonora.

Tabasco (SP Tabasco): Ley del Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasco.

Tamaulipas (SP Tamaulipas): Ley de la Unidad de Previsión y Seguridad Social del Estado de Tamaulipas.

Tlaxcala (SP Tlaxcala): Ley de Pensiones Civiles del Estado de Tlaxcala.

Veracruz (SP Veracruz): Ley de Pensiones del Estado de Veracruz.

Yucatán (SP Yucatan): Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de Yucatán, de sus Municipios y de los Organismos Públicos Coordinados y Descentralizados de Carácter Estatal.

Zacatecas (SP Zacatecas): Ley de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas.

 

93 COMENTARIOS

  1. por favor tengo un problema familiar necesito su asesoría mi tia tiene un hijo de doce años, el papa del niño falleció y tenia dinero en su cuenta individual.
    El era casado y su esposa tramito pensión de viudez la cual ya se la otorgaron y mi sobrino aun no le otorgan la de orfandad pero como a la esposa ya se la otorgo ella ya tramito el retiro de la cuenta individual y a mi sobrino lo dejaron sin nada que hacer. De que manera puedo apoyarlo

  2. la semana pasada recibi mi estado de cuenta de banamex cuenta individual ( afore) y con gran tristeza veo que mis rendimientos fueron menos $ 13.709.78 es decir en lugar de ganar intereses, los deje de ganar, ademas perdi $13.709.78 la verdad no estoy empapado en esto de los rendimientos, pero se me hace dificil entender que me cobran una comision por el manejo de esos fondos. que se supone que son expertos en este segmento. pero perdi mi dinero. creo que al elaborar el estado de cuenta en lugar de incrementar restaron, pero no lo se. me puede ayudar

    muchas gracias

  3. Buenas tardes

    Jaime

    Tengo un caso de un amigo y te lo platico para ver si me puedes ayudar.
    El cotizo antes de 97 en el issste y tiene sar pendiente ahi. Un numero de seguro, pero resulta que despues en el 2004 cotiza en el imss y ahora tiene otro numero de seguro.
    Mi duda es se puede unificar esos 2 numero y quedarse con el del issste q es el de mayor antiguedad y respetar las semanas cotizadas?.

    Agradeceria mucho tu respuesta.

    Saludos
    De antemano gracias

    • NECESITO MAS DATOS Y ANALIZAR SU CASO MAS DETENIDAMENTE; PUEDE REENVIAR SU PREGUNTA A miretiroypension@gmail; EN ASUNTO INDIQUE: BLOG-SOLICITO ASESORIA; LE DIRE CÓMO PUEDO ATENDERLE.

      • una persona puede tener dos numeros de seguro social, y se puede pensionar dos veces, un numero de seguro social en el la cd. de puebla con pension y otro en la cd. de guadalajara, tambien con pension.
        esta persona trabajo en los estados unidos durante varios años ya que es ciudadano y se pensiono.
        y por medio de amigos con negocios aqui en estas ciudades les pagaba el imss para obtener estos beneficios.
        se puede hacer esto?………………….

        • una persona puede tener dos numeros de seguro social, y se puede pensionar dos veces, un numero de seguro social en el la cd. de puebla con pension y otro en la cd. de guadalajara, tambien con pension.
          esta persona trabajo en los estados unidos durante varios años ya que es ciudadano y se pensiono.
          y por medio de amigos con negocios aqui en estas ciudades les pagaba el imss para obtener estos beneficios.
          se puede hacer esto?………………….

  4. Mi consulta es la siguiente, tengo una amiga que trabaja en un municipio del estado de SLP, solo le pagan un sueldo, pero no asi las prestaciones legales, mi pregunta es, ¿Es eso legal?, cual es el ejemplo de el gobierno si ni pagan las cotizaciones legales a sus trabajadores?, y si la ley les obliga a pagar , que es lo que debe hacer?, donde hacer el reclamo correspondient?, sin otro particular, desde ya muchas gracias

    • ACUDA A LA PROFEDET

      VER

      Y A: VER

      PD: Le invito a leer el articulo que publico el proximo domingo; estoy seguro que la informacion que contiene, le sera de gran utilidad, y mil gracias por recomendar mi blog.

  5. Buen dia Lic. Tengo una duda. Una amiga me comenta que los trabajadores que no se pensionaran por el 10o transitorio se pensionaran con bono en Cuentas Individuales. Yo tengo trabajando 20 años ininterrumpidos en el Df en la modalidad Caja de Prevision para Trabajadores a lista de Raya Nómina 5., cuando hubo el cambio de leyes yo pase a Cuentas Individuales, vi mi estado de cuenta que es de Pensionissste y tengo 37,000.00 pesos por 20 años de servicio. Y no veo ningun bono acréditado. Mi duda es, por ser trabajadora del DF tengo o no tengo derecho al bono de Pensión? Le agradezco su atención y su asesoria.

    • TIENE DERECHO SI ELEIGIO EL REGIMEN DE CUENTAS INDIVIDUALES

      SI REQUIERE MAYORES DETALLES REENVIE SU PREGUTNA A [email protected]; EN ASUNTO INDIQUE BLOG-ASESORIA Y AGREGUE LOS SIGUIENTES DATOS:

      1) SU EDAD
      29 CURP

      TRATARE DE UBICARLE INFORMACION

      PD: NO OLVIDE LEER NUESTRO ARTICULO DE CADA DOMINGO EN http://SIPSE.COM/MIRETIROYPENSION; LE SERA DE GRAN UTILIDAD

  6. tengo 20 años de servicio mismos que tengo cotizando al ISSSTE ¿cómo puedo saber cuando me toca jubilarme, creáme que no entiendo muy bien eso de que por cada 2 años aumenta uno. tengo 42 de edad.

  7. Hola Jaime hace 10 años me pensione por invalidez ahora estoy llegando a los 60 años de edad la consulta es si puedo tramitar pension adicional por cesantia y de ser asi en que terminos me es mas conveniente

    Atte,

    Raul Lopez

  8. Buena tarde Lic. le comento lo siguiente, cotizo en el Issste desde 1997 y hasta el año 2009 me entregaron mis estados de cuenta normal, despues ya no me los entregaron diciendome que tenia dos RFC´s que arreglara eso en el SAR y luego regresara a Bansefi que es la administradora de Pensionissste aqui en michoacan, regrese con los datos ya en orden del RFC y ahora me dijeron que tengo solo una cuenta activa y dos inactivas pero con el RFC viejo, la pregunta es ¿donde acudir para saber mis estados de cuenta actual? ¿como activiar las cuentas inactivas? y ¿como le hago para unificar mis cuentas en una sola? es muy complicado para mi entender todo eso y sobre todo necesito orientacion para hacer los trámites.
    Gracias

  9. Buenos dias. He visto publicaciones de abogados en el edo mex invitando a tramitar jubilaciones a partrir de los 45 años y sin importar que no reunan las cotizaciones necesarias. Esto de manera general lo presentan con cantidades que van de 20000 a 45000 pesos. Es esto factible ?
    Gracias por su comentario.

    • Es del todo falso; sugiero mucho cuidado y cautela y asesorarse mejor antes de iniciar cualquier tramite judicial del cual pueda arrepentirse a futuro o salirle sumamente costoso.

  10. soy maestra educadora al servicio del estado….quieiera saber que de cierto hay q si quiero que me likiden….se podria…tengo 20 años de servicio.

    • Reenvíe pregunta y especifique estado local o federal así como regimen de pension en caso de ISSSTE

  11. Estimado licenciado, saludos para Usted y felicidades por su pagina, excelentes artículos.

    Ojalá me pudiera orientar. Laboralmente comencé a trabajar en el año de 1996, en gobierno del Estado de Nuevo León. Contaba con Isssteleon. Por motivos personales presenté mi renuncia como funcionario público, en el año del 1999, y posteriormente estuve trabajando por honorarios, sin contar con prestaciones. Es hasta el año 2004 cuando ingreso a una empresa y me proporcionan seguro social, con todo lo que ello implica. Mi pregunta es la siguiente: Que ley del seguro social es la que me rige, esto para efecto de en un futuro buscar mi jubilación. Las aportaciones que realicé para el fondo de retiro, son reclamables en este momento, o pasan a formar parte del SAR, esto en caso de darse, se realiza en automatico, o tengo que motivar el trámite.

    Por sus finas atenciones, muchas gracias. Saludos y que siga cosechando éxitos.

    • Ley 1997.

      Lo acumulado en el ISSSTE deben aparecer en su Estado de Cuenta; de no ser así, ubique esos recursos en Pensionissste o en Bansefi.

  12. En el mes del 1 de sep cumlo 30 anos de servicio en educ prim en el est.de. Michoacan plaza estatal y quiero saber a q tengo derecho en cuanto a mi pension

    • MANDE DE NUEVO SU PREGUNTA Y CONFIRME SI COTIZA PARA EL ISSSTE Y DE SER ASI, CUAL FUE EL REGIMEN DE PENSION ELEGIDO

  13. Puedo pensionarme con 1100 semanas cotizadas y cincuenta de edad, al 50% aunque me comiesen a pagar a los 60 años ?

    Trabaje 8 años en PEMEX despues fue iniciativa privada cerca de 21 años
    lo de PEMEX no vale ?

  14. Actualmente trabajo para el Gobierno del Estado, tenemos para el retiro el SAR en una cuenta al parecer única concentradora en Bansefi, entonces ¿puedo solicitar que el gobierno deposite las cuotas en otra cuenta (Afore) que tengo? Antes trabaje en la iniciativa privada y de ahí que tenga algunos recursos que maneja una afore y quiero que todos mis recursos estén en una sola cuenta total. Gracias.

  15. Hola Lic. buen dia, tengo una duda soy trabajador del DF de lista de raya se supone nos va a pensionar la CAPTRALIR, pero ¿aun asi tienen la obligacion de realizarme aportaciones a mi afore? esto ya que en 2011 y 2012 si realizaron aportaciones bimestrales pero 2013 y 2014 ya no veo reflajado nada y aqui no nos dan informacion. Tambien me gustaria saber si entramos en el programa de aportaciones voluntarias con apoyo del gobieno del DF. y si es redituable ya que el año pasado vi reflajada una reduccion en mi estado de cuenta. Muchas gracias por su orientacion saludos.

  16. Tengo derecho a credito por pensiones civiles del estado de Michoacán y en fovisste. Mi pregunta es puedo unificar estos creditos para la compra de una vivienda?

  17. Hola, buenas tardes, soy trabajadora de gobierno del estado, tengo 24 años de servicio, pretenden crear el instituto de pensiones, en ese caso me perjudicaría para poder recibir a los 60 años mi pensión del IMSS

    Muchas gracias por su atención

  18. Trabajé doce años para el Gobierno del Estado de Puebla, y 18 años para gobierno federal, mi pregunta es: el haber trabajado en Gobierno del Estado me genera algún beneficio para efectos de antigüedad?

  19. Hola, mi papá acaba de fallecer, el trabajo durante 20 años para una compañia en Reno Nevada y tiene la nacionalidad extranjera y la mexicana, la empresa ya le dio todo el dinero q le debia cuando estaba muy enfermo y dejo de trabajar. Mi pregunta es donde puede arreglar o ver lo de la pencion que da el gobierno de allá para que mi mamá lo tramite,ya q ella dependia de el totalmente, nosotros vivimos en morelia michoacan y aqui murio mi papá.

  20. soy educadora con plaza estatal en michoacan y tengo 18 años de servivio, mi estado de cuenta afore dice que solo tengo 25000 pesos lo q me parece lamentable, pero me explican que no hay un error, mi madre es afanadora y le dieron el doble por menos años en una tienda de azulejos, pero mi pregunta es si puedo hacer crecer esa cantidad, que me conviene mas cambiar de afore y hacer aportaciones voluntarias o quedarme con mi afore existente y hacer aportacion voluntaria

  21. Buenas tardes Lic.

    Solo para complementar su información acerca de las Pensionistas que tiene el Gobierno del Distrito Federal para sus trabajadores:

    Nómina 1 «Base» ISSSTE
    Nómina 5 «Lista de Raya Base» CAPTRALIR Caja de Previsión para los Trabajadores a Lista de Raya
    Nómina 4 «Haberes» CAPREPOL Caja de Previsión para los Trabajadores de la Policía Preventiva
    Organismos de Auxliares de la Secretaría de Seguridad Pública: Policia Auxiliar y Policia Bancaria e Industrial CAPREPA Caja de Previsión de la Policia Auxiliar (tambien contempla a la Policia Bancaria e Industrial.
    Mil gracias Lic.

  22. Soy docente estatal en Michoacán con 15 años de servicio, pienso pensionarme pero eso depende de cuánto me darian de pensión

Los comentarios están cerrados.