PENSIONISSSTE

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Estimados lectores, a continuación  le proporciono a usted, los enlaces para que pueda localizar datos sobre la forma de contactar al Pensionissste.

Si usted cotiza para el ISSSTE y no tiene Afore, entonces es el Pensionissste quien le administra su cuenta individual.

Igualmente sucede si su régimen de pensión elegido fue el 10mo Transitorio.

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Email de contacto: [email protected] Envíe su caso amplia y detalladamente descrito; lo revisamos y si algo falta, le avisamos; toda consulta y servicio, causan honorarios. Atendemos vía email, presencial (sólo en Mérida, Yuc.), por teléfono o Skype, previa cita y conocimiento de su caso; disponibles pláticas, conferencias y seminarios, presenciales y a distancia. Mi Retiro y Pensión Es una empresa dedicada a la asesoría en pensiones IMSS e ISSSTE, SAR, AFORE e inversión del ahorro para el retiro. Asesoramos en Modalidad 40,  recuperación de derechos, recursos y saldos de la cuenta individual, Infonavit y Fovissste. Aviso de Confidencialidad Al contactarnos entenderemos que ha leído ya nuestro Aviso de Confidencialidad y que es su deseo y libre voluntad, compartirnos datos, documentos y referencias necesarias para dar respuesta a su consulta; liga: https://miretiroypension.com/2014/10/aviso-de-confidencialidad/

58 COMENTARIOS

  1. Tienes el enlace donde se manifieste (sustente) «oficialmente» que los traspasos de AFORE con saldos de más de 7000 salarios mínimos se pueden realizar mediante solicitud en papel? Gracias.

  2. renuncie al imss en marzo de 1993 y quisiera saber donde andan mis aportaciones de afore ya que son fruto de mi trabajo de 13 años.
    mi nombre… = gerardo eugenio perez robles
    no.-de afiliacion del imss=2370512108 ( ya no existe )
    curp…. =510421hdfrbr05

    agradece la ayuda ya que servira el monto para beneficio de mi familia…

    gracias…

    » justicia con dignidad »
    » dignidad con justicia «

    • UD N OTIENE AFORE PUES EN 1993 NO HABIAN INICIADO OPERACION; LO HICIERON A PARTIR DE 1997

  3. Lic. Gutierrez, muy buenas tardes estoy en un gran dilema yo soy una trabajadora de gobierno federal con 28 años y 9 meses de servicio yo tome la opcion del décimo transitorio y se supone que la nueva Ley del Issste me pide 29 años de servicio y 50 de edad los cuales en septiembre si dios quiere cumplo los 29 de servicio y en noviembre 16 los 50 años de edad, apenas el dia de ayer me entro la duda de que si en este año no me jubilo (porque ademas estoy esperando el Programa de Retiro Voluntario) me aumentarian los años de servicio y segun la tabla de edad minima lo que me aumentaria seria la edad que para el 2014 tendria que tener la edad minima de 51 años. No se que hacer, no me gustaria irme sin un dinerito extra que seria lo del retiro normalmente uno piensa en un futuro con ese dinero pues tal vez poner un negocio o invertir en algo para el futuro. Si decido jubilarme este año cuando tendria que empezar a hacer mis tramites? y podre solicitar yo mi pago del retiro voluntario? o al menos tendria mis prestaciones de fin de año? Otra pregunta si es forzoso solicitar mi prejubilación? De antemano le agradezco infinitamente su contestación y aclaración a mis dudas.

    Atentamente
    Virginia González Peña

    • PARA HACER EFECTIVO SU RETIRO CONFORMA AL 10MO TRANSITORIO DEBE CUMPLIR LOS REQUISITOS TAL COMO ESTAN EL LA LEY, PAG. 74, FRAC. II, INCISOS A, B O C…

      RESPECTO DEL RETIRO VOLUNTARIO NO TENGO ELEMENTOS PARA PRONUNCIARME SOBRTE ESE PARTICULAR

  4. .Lic. Gutierrez, muy buenas tardesTrabaja actualmente en el gobierno cotizo al Issste tengo 60 años cotice al imss 1970al 1981
    Al issste cotizo 28 años puedo pedir una jubilación al IMSS.

    • TODO DEPENDERA DEL REGIMEN DE PENSION ELEGIDO PARA EL ISSSTE

      ENVIEME DE NUEVO LA PREGUNTA Y LOS DATOS

  5. trabaje para el sat y cotice desde 1996, sali en el 2003, demande por una liquidacion primero solicite la reinstalacion, posteriormente para que se me pagarapronto, renuncie a la rinstalacion se me pago en el 2012 los sueldoos hasta junio del 2010, se me desconto lo de las cuotas hasta esa fecha posteriormente solicite el pago hasta la fecha actual y se me ha pagado, y como seria, tengo derecho a seguir cotizando por mi cuenta o debo trabajta en una dependencia para no perder el derecho y poder jubilarme en el futuro. espero haber explicado mi situación. Gracias

    • CUALQUIERA DE LAS DOS OPCIONES SON BUENAS; COTIZAR POR MEDIO DE UN EMPLEO O PAGAR POR SU CUENTA LA CONTINUACION VOLUNTARIA

      PARA PENSIONARSE LE APLICARA LA LEY 2007

  6. Buena tarde Licenciado

    Yo estoy bajo el regimen de cuentas individuales, tengo 24 de servicio, es posible que me pueda pensionar, y si es así, seria por un porcentaje.

    saludos

    • NO ES POSIBLE DETERMINAR EL MONTO DE SU PENSION PUES NO SABEMOS SI SERA POR CESANTIA O VEJEZ, RENTAS VITALICIAS O RETRIROS PROGRAMADOS, SALDO DE SU CUENTA AL DIA DEL RETIRO NI BENEFICIARIOS CON DERECHO A PENSION

  7. me gustaria saber si puedo retirame de la semarnat con los casi dos millones de pesos que tengo en mi cuenta individual tengo 49 años de edad y cotizados 32 gracias.

      • me gustaria saber si puedo retirame de la semarnat con los casi dos millones de pesos que tengo en mi cuenta individual tengo 49 años de edad y cotizados 32 gracias.

        estoy bajo el regimen de cuentas individuales

  8. Buen Dia Lic.
    Quisiera saber como podemos recuperar el dinero de mi Papá, el falleció hace dos años y mi Mamá quedo pensionada pero el se jubilo por cuentas individuales y no le han dado nada de dinero a mi mamá, el banco la esta pensionando pero sabemos que le corresponde mas dinero hemos ido a pensionissste pero nos dicen que no hay nada de dinero pero no nos dan una solución y se portan muy groseros que hacemos????

    • LOS BANCOS NO PENSIONAN; EL UNICO QUE PUEDE PENSIONAR ES EL IMSS Y EL PAGO DE LA PENSION SE HACE POR MEDIO DE UNA ASEGURADORA O DE UNA AFORE, SEGUN SE HUBIERE ELEGIDO

      SI SU PENSION FUE POR CUENTAS INDIVIDUALES, A LO UNICO QUE TIENE DERECHO ES A RECIBIR EL SAR 92, SI Y SOLO SI ESTÁ IDENTIFICADO EN SU CUENTA INDIVIDUAL; FUERO DE ELLO NO HAY NINGUN DEREHCO ADICIONAL EN SU FAVOR

      • eso quiere decir que no podemos recuperar el dinero que mi padre trabajo por tantos años, eso a quien beneficia????

  9. Hola Buenas noches
    Mi mamá acaba de jubilarse y debe pensionarse por el décimo transitorio del ISSSTE, pero existe un problema ya que su RFC y CURP estaban mal, ella fue al SAT a hacer el cambio el cual ya se realizo, la situación es que el ISSSTE no quiere reconocer el cambio y por lo tanto no quiere darle su pensión. ¿ Que debemos hacer en este caso o adonde podemos acudir para resolver esta situación lo antes posible? Ya que la jubilación empezó a partir del 1º de septiembre y aún no se arregla el problema. Mandaron a mi mamá a una oficina del ISSSTE, la mas cercana a su domicilio pero ha pasado un mes ya desde que inicio con el papeleo, y pues no hemos tenido respuesta. Espero pueda ayudarme y asesorarme. Gracias!

  10. Tengo la duda si mi amiga es pensionada por su marido y este fallece y queda pensionada y se quiere volver a casar pierde esta pension? de ISSSTE…Gracias…

  11. Quiero cambiar de Afore, pero al ir hoy a banamex y leer el contrato dice «no es posible garantizar rendimientos y que, por tanto sus inversones se encuentran sujetas a pérdidas»…. entiendo que no puedan garantizar un rendimiento, pero perdida en mi inversión eso si ya es otra cosa. Sabe de alguna afore que al menos nos garantice que lo que estamos invirtiendo de entrada no se pierda?

    Saludos

    • NINGUNA DE LAS DOCE AFORES AUTORIZADAS PARA OPERAR PUEDEN GARANTIZARLE RENDIMIENTOS FUTUROS LO QUE SI DEBEN DE DAR, COMO LO ESTABLECE LA NORMATIVIDAD, RENDIMIENTOS EXPRESADOS EN TERMINOS REALES; ES DECIR, POR ARRIBA DE INFLACIÓN

      ¿QUE TANTO ES POR ARRIBA DE INFLACIÓN?

      DESDE $0.01 EN ADELANTE

  12. Que tal Lic. Gutérrez, Trabaje de los finales de los ochenta y ya no cotizo para el imss y ahora tengo un año cotizando para el issste ¿podria yo jubilarme por cualquiera de los dos seguros?

    • NO NECESARIAMENTE; NECESITO MAS DATOS; REENVIEME SU PREGUTNA VEA PRIMERO EL ARTICULO SIGUIENTE

      VER

  13. Para ser mas exacto tengo 5 años de no cotizar al imss y ahora desde hace un año cotizo para el issste. Gracias

  14. tedesdengo 26 años de servicio el año ke entra en enero cumplo 60 años y estoy en el regimen anterior cuanto me falta para jubilarme kiero el 100 por ciento desde el inicio empese con el 60 porciento ya estoy desde hace 4 años en el 100 ciento cuanto me falta para jubilarme trabajo en estado de ver cerca de tampico

    • AL CUMPLIR LOS 60 AÑOS DE EDAD PODRA RETIRARSE POR CESANTIA, SI ESTA EN EL 10MO TRANSITORIO

      VER LEY, PAGINA 74, FRAC. II, INCISO C
      VER

      ADICIONALMENTE VER:
      VER

      IMPORTANTE: NO DEJE DE LEER EL ARTICULO QUE SE PUBLICA MAÑANA DOMINGO; LE DARA INFORMACION MUY VALIOSA

  15. Lic. Jaime,

    Mil gracias por el apoyo que nos ofrece, le escribo porque tengo dos plazas como profesor de medio tiempo (una en DGEST y otra en DGETI) y me pregunto si podré recibir dos pensiones — Soy jóven y sólo tengo 8 años en mis empleos, pero siempre he tenido esa duda. Por mis dos empleos tengo apróx. 18 salarios minimos, y veo que según la ley del issste sólo se dan 10 salarios minimos mensuales, me pregunto si puedo tener 9+9=18 salarios ó 18 superan el tope y me quedo sólo con 10.

    saludos y gracias.

  16. MI PAPA TIENE 69 AÑOS Y SE JUBILO A LOS 30 DE SERVICIO POR EL RÉGIMEN DE CUENTAS INDIVIDUALES, Y CUANDO SE PRESENTO PARA HACER LOS TRAMITES PARA PENSIONARSE, LE DIJERON QUE A LO ÚNICO QUE TIENE DERECHO ES A UNA PENSIÓN GARANTIZADA, PORQUE EL MONTO ACUMULADO EN SU CUENTA INDIVIDUAL ES INSUFICIENTE PARA UNA RENTA VITALICIA O RETIRO PROGRAMADO, PERO LA PENSIÓN GARANTIZADA NO LLEGA A $ 4, 000 MENSUALES, EL LO QUE QUIERE ES QUE SE LE PAGUE EL BONO DE REFERENCIA, PORQUE LA LEY DICE A LO QUE TIENE DERECHO, PERO NO DICE QUE ES OBLIGACIÓN ACEPTAR LO QUE SE LE OFRECE.
    MUCHO AGRADECERÉ SU RESPUESTA. GRACIAS

    • NO EXISTE BONO DE REFREENCIA Y SI ELIGIO EL REGIMEN DE PENSION DE CUENTAS INDIVIDUALES, ES CORRECTA LA PENSION QUE ESTA RECIBIENDO

      Para consideraciones particulares puede contactarme a [email protected]; me reennvia la prgunta y en asunto indica blog-asesoria

      PD: No deje de leer nuestros artículos cada domingo en http://sipse.com/miretiroypension

  17. Tengo opción de jubilarme ya o esperarme hasta 2014 pero no se que me conviene ya que estoy en el régimen de cuentas individuales, y parece que si me espero, en 2014 van a aplicar un impuesto del 10% a la cantidad que sobre de lo que me cueste la Renta Vitalicia, otros dicen que no porque no hay una venta de acciones cuando uno se jubila.

    Agradeceré su orientación.

    • Para una adecuada opinión sobre su caso requiero de un análisis más detallado y datos; favor reenviar su consulta a [email protected]; en asunto indique blog-asesoría

      PD: Le invito a leer el artículo que publico el próximo domingo; estoy seguro que la información que contiene, le será de gran utilidad, y mil gracias por recomendar mi blog http://sipse.com/miretiroypension

  18. Buenas noches. Mi pregunta es la siguiente : mi mama tiene 53 años y aprox solo diez años laborados. Pertenece a la ley del 97. Le corresponderá alguna pensión aunq no tenga los 25 años de cotización? Cuándo cumpla sus 65 años?

  19. lic. quisiera saber si con lo de mi cuenta individual puedo liquidar lo que debo de mi casa y como le puedo hacer en caso que asi sea

    • Para una adecuada opinión sobre su caso requiero de un análisis más detallado y datos; favor reenviar su consulta a [email protected]; en asunto indique blog-asesoría y agregue los siguientes:

      1) QUE RECURSOS SON LOS QUE DESEA UTILIZAR DE SU CUENTA INDIVIDUAL PARA L PAGO DE SU CASA?
      2) TIENE O HA TENIDO CREDITO INFONAVIT?

      PD: Le invito a leer el artículo que publico el próximo domingo; estoy seguro que la información que contiene, le será de gran utilidad, y mil gracias por recomendar mi blog http://sipse.com/miretiroypension

  20. Lic: porfa me puedes Ayudar? Yo trabajé 18 años en secretaría de comunicación y transporte, me liquidaron en el año 1993 y me dijeron que a los 55 años de edad podía tramitar una pensión en el ISSTE ¿como le puedo hacer yo vivo en toluca, pero mis compañeros lo tramitaron en Tampico Tamps, y estan cobrando $ 2.000 mensuales pregunté en Toluca y me dijeron que no se puede, que tengo que unir el tiempo que tengo cotizando en el IMSS con lo del ISSTE,yo necesito la pensión ¿ Cómo le puedo hacer? YA TENGO 55 AÑOS.gracias.

  21. Licenciado me podría decir si, puedo retirar mi bono de pensión del issste ya que no cumplo con el requisito de 25 años de servicio en el sector publico para poder pensionarme, tengo una antiguedad de 16 años y actualmente tengo 60 años estoy desempleado desde hace tres años. agradezco su atención a mi comentario gracias de antemano.

  22. Hola, le cuento mi caso. Cotice durante 13 años al Issste, me he quedado sin empleo y quisiera saber donde acudir para hacer valido el retiro por desempleo. Estaba con el regimen de pension 10mo transitorio. No recuerdo haber elegido alguna afore. Saludos y Gracias por la respuesta

  23. Hola lic’ tengo dos trabajos uno en el gob del df’ , otro en el gob federal, simultaneamente ya cumpli con el tiempo de jubilacion’, cual seria la base para jubilarme, en relacion al salario

    • Si en los dos empleos cotiza para el ISSSTE, los acorde al régimen de pensión elegido.

      Si requiere de mas datos contácteme a través de [email protected]

      ver

      No deje de leer el artículo que su publicó/publicará el domingo; le será de gran utilidad.

  24. Como se puede saber si ya se tiene el bono redimido para los trabajadores con ISSSTE con cuenta individual?

    • Revise el estado de cuenta y en a parte posterior debe aparecer; de no ser así, se redimen al cumplir 55 años de edad o 30 de servicio o pensionarse.

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