PENSIONISSSTE

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El PENSIONISSSTE es un órgano público encargado de administrar los recursos de las cuentas individuales de los Trabajadores (Art. 103).

¿Quién administrará las cuentas individuales de los trabajadores al servicio del Estado?

Con la nueva Ley del ISSSTE se crea el Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado, denominado PENSIONISSSTE, el cual es un órgano público desconcentrado del ISSSTE encargado de administrar cuentas individuales del SAR y la inversión de los recursos que las integran.

¿Cuál es la misión del PENSIONISSSTE?

El PENSIONISSSTE tiene como misión otorgar la mayor seguridad y rentabilidad a los recursos de los trabajadores a los que administra sus cuentas individuales, a fi n de que éstos puedan acceder a mejores pensiones al momento de su retiro, distinguiéndose por la calidad de sus servicios.

¿Cuál es el objetivo del PENSIONISSSTE?

• Administrar con eficiencia, honestidad y transparencia los recursos de las cuentas de los trabajadores.

• Ofrecer a los trabajadores servicios de calidad y asesoría en la administración de su ahorro para el retiro.

• Obtener altos rendimientos y bajos costos que le permita contribuir a que el trabajador pueda contar con una pensión digna.

• Las inversiones de PENSIONISSSTE tenderán a incrementar el ahorro interno y promover el desarrollo de la actividad productiva nacional.

El PENSIONISSSTE tendrá a su cargo:

• La administración de cuentas individuales.

• La inversión de los recursos de las cuentas individuales (excepto los de la Subcuenta del Fondo de la Vivienda y el Bono de Pensión cuando corresponda)

• Promover más y mejores servicios en la industria mejorando e innovando los servicios que se ofrecen.

¿Qué recursos administrará PENSIONISSSTE?

Para los trabajadores que elijan cuenta individual o que hayan empezado a cotizar al ISSSTE después del 31 de marzo de 2007, el PENSIONISSSTE administrará los recursos que se depositen por concepto de cuotas y aportaciones en las Subcuentas de:

– Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez,
– Ahorro Solidario,
– Aportaciones Complementarias de Retiro,
– Aportaciones Voluntarias y de
– Ahorro de Largo Plazo,

Así como los respectivos rendimientos de éstas y los demás que puedan ser aportados a las mismas.

También administrará la información correspondiente al Fondo de la Vivienda y el Bono de Pensión.

Para los trabajadores que eligieron el Régimen de Reparto previsto en el artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE, el PENSIONISSSTE administrará los recursos acumulados en la Subcuenta de:

– Ahorro para el Retiro, y
– Las Aportaciones de Retiro que se realicen a partir del 2008, y la
– Información correspondiente al Fondo de la Vivienda.

¿Quién regula la operación y administración del PENSIONISSSTE?

La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR).

En los órganos de gobierno de PENSIONISSSTE (Comisión Ejecutiva y Junta Directiva del ISSSTE) se encuentran representados de manera directa los trabajadores, lo que permite alinear de mejor manera los incentivos del PENSIONISSSTE con los de los propios trabajadores.

Asimismo, sus servidores públicos están sujetos a las normas, responsabilidades y sanciones establecidas en la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, quien vigila su correcto funcionamiento, y Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

¿Cómo localizar al PENSIONISSSTE?

Oficina Matriz:
Insurgentes Sur 1971, Torre III, Piso 3, Plaza Inn, Col. Guadalupe Inn, CP. 01020, México D. F., Teléfono (55) 1719-0527

• Horario de atención: lunes a viernes de: 9:00 a 19:00 hrs.

• Centro de Atención Telefónica (CAT), llamada sin costo al: 01 800 400 1000 y 01 800 400 2000

• Horario de atención CAT, lunes a viernes de: 9:00 a 19:00 hrs.

• Página de Internet: www.pensionissste.gob.mx

• Correo electrónico de atención y consulta: [email protected]

Recepción de trámites en oficina matriz y en ventanillas de BANSEFI

Fuente de la información: http://www.pensionissste.gob.mx/seap.pdf

 

Si después de leer el artículo requiere contactarnos para dudas e inquietudes adicionales, encontrará más detalles en la siguiente liga:

https://miretiroypension.com/2012/10/para-atender-mejor-sus-consultas/

Es importante que antes de contactarnos lea también nuestro Aviso de Confidencialidad ubicado en la siguiente liga:

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Email de contacto: [email protected] Envíe su caso amplia y detalladamente descrito; lo revisamos y si algo falta, le avisamos; toda consulta y servicio, causan honorarios. Atendemos vía email, presencial (sólo en Mérida, Yuc.), por teléfono o Skype, previa cita y conocimiento de su caso; disponibles pláticas, conferencias y seminarios, presenciales y a distancia. Mi Retiro y Pensión Es una empresa dedicada a la asesoría en pensiones IMSS e ISSSTE, SAR, AFORE e inversión del ahorro para el retiro. Asesoramos en Modalidad 40,  recuperación de derechos, recursos y saldos de la cuenta individual, Infonavit y Fovissste. Aviso de Confidencialidad Al contactarnos entenderemos que ha leído ya nuestro Aviso de Confidencialidad y que es su deseo y libre voluntad, compartirnos datos, documentos y referencias necesarias para dar respuesta a su consulta; liga: https://miretiroypension.com/2014/10/aviso-de-confidencialidad/

104 COMENTARIOS

  1. Hola, quiero hacerles la siguiente consulta:
    Trabaje poco mas de 12 años para el Gobierno Federal, pero deje de trabajar para Gobierno en el 2010 cotizando bajo el régimen de cuentas individuales. Nunca ejercí mi fondo de vivienda y quiero hacer uso de ese fondo. Se que mientras no este cotizando no puedo hacer uso de dicho fondo. No tengo intenciones de regresar al Gobierno. ¿Que alternativas tengo para hacer uso de dicho fondo?

    • SU UNICA ALTERNATIVA ES ESPERAR A LA EDAD DE RETIRO Y UNA VEZ CUMPLIDO EL REQUISITO, EL INSTITUTO LE OTORGARA UNA NEGATIVA DE PENSION; CON ELLA, PODRA DISPONER DE SUS RECURSOS; MAS DATOS EN

      VER

      IMPORTANTE: NO DEJE DE LEER EL ARTICULO QUE SE PUBLICA MAÑANA DOMINGO; LE DARA INFORMACION MUY VALIOSA CON RELACION A SU CONSULTA

  2. Licenciado.
    Por favor dígame que debo o se puede hacer respecto al bono de pensión en el entendido que es lo correspondiente a la antiguedad que tiene uno antes de que entrara en vigor la nueva Ley del ISSSTE 2007 : Le comento estuve fuera de servicio público desde junio 2001 a mayo de 2008, al reingresar al servicio público en junio de 2008 en automático me dejaron en cuentas individuales, no entendiendo porqué el PENSIONISSSTE me argumenta que sólo ellos registran las cuentas individuales por aportación de los patrones (Dependencias y Entidades) a partir de la entrada en vigor de la nueva Ley del ISSSTE, y lo anterior que no saben donde queda o quedó. Eso quiere decir que anda volando mi antiguedad de la Dependencias y Entidades que estuve trabajando que constan de 11 años cotizados al ISSSTE. QUue me aconseja al respecto. De antemano le doy las Gracias por la atención a mi planteamiento.

    • USTED NO TIENE REGIMEN DE PENSION POR ENCONTRARSE FUERA DEL SISTEMA A LA FECHA DE ENTRADA EN VIGOR LAS REFORMAS AL SISTEMA DE PENSIONES ISSSTE; SU OPCION SE COMENTA EN EL ARTICULO SIGUIENTE

      VER

      Su caso requiere análisis más detallado; favor reenviar su consulta a [email protected]; en asunto indique blog-asesoría y agregue los siguientes datos: CURP

      Importante: No deje de leer el artículo publicado en http://sipse.com/miretiroypension ; le será de gran utilidad.

  3. Quiero saber si puedo jubilarme si trabajè de 1980 a 1996 cotizando para el imss y otros 3 o 4 años cotizando para el imss y enseguida tengo 14 años cotizando al issste y ahi sigo,estas cotizaciones fueron en distinto tiempo,espero repuesta…gracias

    • Es necesario analizar mas a detalle su situación; reenvíeme la pregunta a [email protected]; en asunto indique blog-asesoría, y agregue los siguientes datos:

      1) De que a que año cotizo para el IMSS
      2) De que a que año ha cotizado para el ISSSTE
      3) Régimen de pensión elegido por el ISSSTE

      PD: No deje de leer nuestros artículos cada domingo en http://sipse.com/miretiroypension

  4. Hola buenas tardes.,tengo 24 años cotizando en el ISSSTE, me podre jubilar a los 25 años de servicio., tengo 46 años. Gracias espero su respuesta.

    • NO, SEGURAMENTE NO PODRA; ES NECESARIO MAS DATOS Y UN ANALISIS MAS DETALLADO PARA SU CASO

      Para una adecuada opinión sobre su caso requiero de un análisis más detallado y datos; favor reenviar su consulta a [email protected]; en asunto indique blog-asesoría y agregue los siguientes:

      A) REGIMEN DE PENSION ELEGIDO

      Importante: No deje de leer el artículo publicado en http://sipse.com/miretiroypension , seguro le será de gran utilidad.

    • Hola. yo ya soy pensionado en el ISSSTE, deseo saber..¿ si mi madre aún tiene derecho al servicio? Esto porque mi hermana la llevó a la clínica por se sentía mal de la presión y le dijeron que ya estaba dada de baja porque yo ya estoy pensionado…¿ Es correcto ello ?

  5. buenas tardes, tengo una duda, a partir de cuando empezó el issste a administrar cuentas individuales??.. entiendo que las personas que empezar a cotizar a partir del 31 de marzo del 2007 tiene la opcion e elegir una afore.. pero cuando inicia esta operación pensionisste?

    gracias !!

  6. mi papa tiene 64 años y apenas 5 aportando lo del issste y esta incapacitado ya tiene mas de un año y medio por una operaicion en la espalda quiero saber si el pude pedir su pencion por incapcidad permanente o hasta que tiempo, o que puede hacer ya que dicen que no le van ha pagar mas las incapcidades, hasta que vuelva al trabajo, el duro trebajando durante 20 años de policia pero dejo de trabajar como por otros 18 y ya no pudo encontrar lo de sus aportaciones, como le puede hacer o donde los puede buscar.

    • El caso de su papa prende de un hilo por los años cotizados que me refiere en su pregunta, necesitaria analizar mas detalles para precisarle una respuesta; si requiere de informacion adicional le invito a reenviar su pregunta a [email protected]

  7. Mi nombre es Guadalupe Méndez soy profesora y cotizo al issste: Agradezco la información toda que ha publicado, resulta interesante y más digerible para la comprensión y entendimiento. Me atrevo a hacerle las preguntas siguientes:
    al momento de elegir mi régimen de retiro lo hice por cuentas individuales en el 2007-2008 con 17 años de servicio ¿fue buena o mala decisión?
    ¿me puedo cambiar de régimen de retiro?

  8. hola tengo 45 años de edad y 28años de servicio cotizando al ISSSTE y elegi cuentas individuales y quiero pensionarme puedo? y como calculo mi pensión y que porcentaje me tocaria?? agradesco su pronta respuesta gracias.

  9. Disculpe la molestia:

    Hay algún artículo que hable de cómo se puede aumentar la aportación que damos a pensionissste?

    • Las aportaciones solo se pueden incrementar solo si gana más; además, si cotiza al ISSSTE puede hacer ahorro solidario, voluntario, complementario y/o de largo plazo.

  10. me aplicaron el decimo transitorio inciso b, en enero cumplo con la edad, para pension por edad y tiempo de servicios,cotize en la s.e.p. de 1 de sep de 1987 al 31 de dic del 2002, ?puedo recuperar mi sar y fovissste, ? puedo seguir peleando los sueldos desde el 6 de enero del 2012, una vez obtenida la pension arriba mencionada,ante el tribunal de justicia fiscal y administrativa,que siempre beneficia al issste y que sigo con el litigio, hasta la fecha. gracias por su respuesta. gracias

  11. Hola, disculpe la pregunta hace 4 años me pase de pensionissste a la aseguradora NGP y es la fecha que no tengo información de mi estado de cuenta adonde puedo acudir para tener información.

  12. soy una persona jubilada y desde marzo estoy haciendo un tramite de correccion de CURP porque m i nombre se presta mas para hombre y es la hora q

  13. soy una persona jubilada y desde marzo estoy haciendo un tramite de correccion de CURP porque m i nombre se presta mas para hombre y es la hora que no me resuelven nada, si me pudieran decir que hacer para que pueda cobrar mi SAR y agilicen mi tramite. gracias.

    • No es posible ampliar ni reducir los términos de gestión… son los que los procedimientos indican y solo hay que esperar

  14. Lic. Me jubile y no me han entregado el sar y el 5 por ciento de fovissste. Solo me entregaron lo de afores. Digame por favor si tengo derecho a solicitar se me pague y a donde puedo acudir. Muchas gracias

  15. Buenas tardes nuevamente, una pregunta viendo uno de los comentarios, aparece que llegado el momento, y que por razones se nos de una negativa de pensión, por no contar con el tiempo cotizado requerido, es posible disponer de los recursos, pero por un seguro medico familiar, quiere decir que solo es servicio médico, y que pasa con el dinero? o también se dispone de el, gracias por la valiosa información.

  16. Estimado Licenciado:
    Tengo 30 años de laborar para el ISSTE, desde el año 1985, soy del 3 de mayo de 1951 tengo 64 años, laboré en 1969 para el IMSS, quizá por 2años, estos me cuentan como antigüedad? es verdad que por tanto tiempo laborado y mi edad, pueden sancionarme y no recibir al 100% mi pensión? ya quiero tramitar mi retiro, cual seria la mejor manera de solicitarlo y cual es la que el ISSTE me daría?
    Agradezco su atención.

  17. Lic. me puede apoyar para saber que debo hacer con respecto a mi situación, me retire en el mes de mayo del 2014, con 26 años de cotizar al issste, y realice los tramites para pensionarme y me dicen que no se puede por no tener la edad, su servidor cuenta con 51 años y opte por el 10 transitorio, mucho agradeceré me diga si se puede o no, o que debo hacer gracias y que dios lo bendiga

  18. Buenas tardes Lic. el ahorro para el retiro se puede retirar sólo cuando me pensione.

  19. Buenas tardes me retire voluntariamente en marzo del 2013, con 25 años de servicio, por régimen décimo transitorio. Deseo asesoría para el trámite de mi pensión , a la fecha cuento con 56 años de edad cumplidos. También preguntó que debo hacer con mis AFORES, acumuladas desde mi ingreso a trabajar.agradezco sus atenciones.

  20. BUENOS DIAS SEÑOR.
    TENGO UN SALDO EN LA AFORE DEL PENSIONISSSTE, QUIERO TRASPASAR ESE SALDO A MI AFORE PERO ME DICEN QUE ES UNA CUENTA INACTIVA EN PENSIONISSSTE DONDE TENGO EL SALDO,COMO LE HAGO PARA QUE ME DEN ESE IMPORTE YA QUE NO QUIEREN SE HACEN QUE NO SE PUEDE Y QUIEREN QUE ME CAMBIE A SU AFORE PARA QUE SE ACTIVE LA CUENTA, LOS DEMANDO O QUE?

  21. DR. JAIME TENGO 28 AÑOS DE SERVICIO Y YA ME QUIERO RETIRAR, ME DICEN QUE ME VAN A DAR $500,000 Y MI PENSION LA VA A MANEJAR AFORE POR MEDIO DE UNA ASEGURADORA, NO QUIERO ESO QUIERO QUE ME DEN MI DINERO DE OTRA FORMA QUE PUEDO HACER. ES DECIR LOS $2,024,129.73 QUE TENGO EN EL SALDO TOTAL DE CUENTA INDIVIDUAL.

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