¿Mala suerte o mal informado?

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Don Javier acude a las oficinas del IMSS a tramitar su pensión pues ya tiene sesenta y dos años cumplidos y más de un mil seiscientas cincuenta semanas cotizadas.

Después de múltiples vueltas, trámites, colas, aclaraciones y disgustos, pasado dos meses, le otorgan un documento para que elija la pensión que desea recibir -así lo expresa él- y agrega que para esa fecha, ha recibido más de veinte visitas de varios “bancos”, que le ofrecían muchas cosas, que él nunca entendió muy bien.

Confundido por el constante acoso a que se veía sometido, un buen día firma unos papeles a uno de esos “bancos”. Días después, acude al IMSS y le dicen que ya quedó listo lo de su pensión y que en pocos días le empezarían a depositar en su cuenta, lo que en efecto, así sucedió y cuál fue la sorpresa de don Javier al observar que solo le depositan por pensión, un salario mínimo.

Don Javier, firmó su pensión por el régimen previsto en la Ley del Seguro Social 1997 y no por los beneficios del régimen ´73, los que, seguramente le hubieran favorecido más económicamente.

Para cuando nos consulta don Javier, ya ha transcurrido poco más de un año y, reflexionando sobre este caso podemos obtener varias conclusiones, entre ellas, las siguientes:

Antes de iniciar un proceso de pensión, es necesario que acuda a su Afore para que ahí le revisen toda su documentación y registros personales en la Base de Datos Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (BDNSAR), Base de Datos que es operada por la empresa que tiene la concesión del Gobierno Federal para ello y que se llama ProceSAR, S. A. de C. V.

Para este trámite deberá de presentar en su Afore, identificación oficial (IFE o pasaporte vigentes), constancia de su CURP y RFC con homoclave, credencial ADIMSS, Hoja Rosa o Carnet de Citas, comprobante de domicilio, acta de nacimiento, reporte de semanas cotizadas o baja de afiliación al IMSS y acta de matrimonio o testimonio de concubinato.

De su esposa le requerirán identificación oficial, CURP y acta de nacimiento; de sus hijos hasta veinticinco años, identificación oficial o credencial ADIMSS, acta de nacimiento, CURP y constancia de estudios vigente.

Con los datos y documentos anteriores, la Afore integrará su expediente previo y le asignará un folio para que lo entregue en el IMSS, quien en un tiempo no mayor a cuatro semanas, le extenderá una Resolución o Negativa de Pensión.

Con el documento anterior, acudirá de nuevo a la Afore, presentar dicho documento y originales de identificación oficial, comprobante de domicilio, estado de cuenta bancario vigente, con CLABE, y dos números telefónicos.

En un lapso no mayor a cuatro semanas, estará recibiendo en su cuenta bancaria, la pensión que le corresponda, de no haber recibido una Negativa de Pensión.

Es muy importante que la revisión de sus datos en los registros del IMSS, Infonavit y su Afore, así como las correcciones que en su caso llegasen a requerirse, las haga con por lo menos cinco años de anticipación a la fecha en que desea pensionarse; de esta manera, el disfrute de su pensión en tiempo y forma no será cuestión de buena o mala suerte; será producto de su actitud previsora.

Si empezó a cotizar por el régimen de pensión previsto en la Ley 73 (ya derogada), le convendrá elegir dichos beneficios pues además tendrá derecho a retirar de su cuenta individual, las aportaciones de Retiro y de Vivienda 92, y las de Retiro y Vivienda 97, si las hubiere.

Si después de leer el artículo requiere contactarnos para dudas e inquietudes adicionales, encontrará más detalles en la siguiente liga:

https://miretiroypension.com/2012/10/para-atender-mejor-sus-consultas/

Es importante que antes de contactarnos lea también nuestro Aviso de Confidencialidad ubicado en la siguiente liga:

https://miretiroypension.com/2014/10/aviso-de-confidencialidad/

 

55 COMENTARIOS

  1. Poco de ambas, no tuvo la fortuna de que un asesor le.diera información real ybde utilidad respecto a su Afore y no conocer las diferencias entre una ley y otra.

    • ¿????????

      PD: NO DEJE DE LEER NUESTRO ARTÍCULO DEL PROXIMO DOMINGO; SEGURO LE SERA DE GRAN UTILIDAD

  2. Hola de antemano gracias yo deje de trabajar ase 6 años y posteriormente tuve un problema en la columna que fue tratado con estudios en el instituto nacional de rehabilitación mi problema es que no puedo cargar cosas pesadas mis trabajos fueron todos de chófer repartidor ahora trabajo de taxista tengo 53 años quisiera que me orientara si puedo retirar mi afore o el infonavit gracias

    • A PRIVERA VISTA LA RESPUESTA SERIA NO PERO SERIA MUY IMPRUDENTE DE MI PARTE NO ANALIZAR MAS A DETALLE SU SITUACION; POR ELLO, PUEDE CONTACTARME A [email protected]; REENVIAME LA PREGUNTA Y EN ASUNTO INDIQUE BLOG-ASESORIA; AGREGUE LOS SIGUIENTES DATOS:

      1) DE QUE A QUE AÑO COTIZO PARA EL IMSS
      2) CUANTAS SEMANAS TIENE COTIZADAS
      3) CONFIRMAR SI EL DATO ANTERIOR ES REAL O ESTIMADO
      4) DESDE QUE AÑO NO COTIZA AL IMSS

      PENDIENTE

      PD: NO DEJE DE LEER NUESTRO ARTÍCULO DEL PROXIMO DOMINGO; SEGURO LE SERA DE GRAN UTILIDAD

  3. disculpe,loq pasa q tengo una tia q esta solicitando lo del afore,el cual ya tiene tiempo q el banco le dan largas(BANAMEX)le dicen q esta por separar.y tambien que el sar(el cual la mandaron al banorte q pidiera un estado de cuenta,ahi dijeron q era con el seguro,ahi le dijeron q el banco y pues el banco dice q eyos no,que eya tiene que conseguir el estado de cuenta……la pregunta seria,a donde tiene que ir mas…..gracias

  4. mi padre está tramitado su pensión el inicio a cotizar en 1990 pro no le aparece nada de infonavit ni sar 92 nos dicen que no cotizo del 92 al 97 que hacemos en ese caso

    • SI NO LE APARECE ES PORQUE NUNCA LE ENTEGO A LA AFORE INFORMACION SOBRE ESOS RECURSOS

      VER

      Para una adecuada opinión sobre su caso requiero de un análisis más detallado y datos; favor reenviar su consulta a [email protected]; en asunto indique blog-asesoría y agregue los siguientes:

      Importante: No deje de leer el artículo publicado en http://sipse.com/miretiroypension , seguro le será de gran utilidad.

  5. Buen día.
    Mi padre tramitó su pensión (IMSS). Se la han rechazado porque no reconocen varios años laborados. Las compañías para las que trabajó ya no existen y no sabemos como evidenciar esos antecedentes. Documentó una inconformidad ante el IMSS y fue rechazada.
    Me gustaría tener su ayuda apra analizar y entender el problema. Quiero ayudarle a obtener su pensión.
    Muchas gracias

    • Para una adecuada opinión sobre su caso requiero de un análisis más detallado y datos; favor reenviar su consulta a [email protected]; agregue en pdf:

      1) Escritos donde el IMSS rechaza la pension (debo analizar en que se funda y motiva)
      2) Datos de que a que año cotizo su papa
      3) semanas que le reconocen
      4) semanas que no le reconocen y de que periodos (año a año)

      Importante: No deje de leer el artículo publicado en http://sipse.com/miretiroypension, seguro le será de gran utilidad.

  6. Buen Día,

    En mi caso solicite el seguro de desempleo por AFORE ante la delegación correspondiente del IMSS, los cuales me negaron la hoja de baja argumentando, no reunir los incisos A y B del ART 191 LSS97, con el argumento especial de no cumplir con 250 semanas cotizadas, consulte en la pagina del IMSS así como en la de SHCP y si cumplía con los requisitos dentro del inciso A.

    Tengo un total de 148 semanas cotizadas
    El mínimo de 3 años de haber abierto la AFORE
    No he realizado retiro alguno anteriormente.

    Mi pregunta es, si es correcto que se me negara el tramite bajo esa condición, el tema me resulta un poco confuso ya que no hay mucha información al respecto, de no ser correcto le agradecería me brindara orientación sobre el tema y como puedo proceder.

    También me gustaría saber si la ley del 97 es la vigente y si la nueva reforma hacendaría podría afectar esta parte de la AFORE.

    Le agradezco por la valiosa información de sus artículos.

    Saludos Cordiales.

    • BAJO LAS CIRUCNSTANCIAS QUE REFIERE DEBIERON HABERLE ENTREGADO SU AYUDA POR DESEMPLEO (NO SEGURO)

      LA REFORMA HACENDARIA NADA TIENE QUE VER CON EL SAR

      IMPORTANTE: LE INVITAMOS A LEER EL ARTICULO QUE PUBLICO EL PROXIMO DOMINGO EN ESTE MISMO BLOG

  7. SERIA TAN AMABLE DE ORIENTARME COMO PUEDO RENUNCIAR A UN PERMISO PREJUBILATORIO COMO DOCENTE COTIZANDO PARA EL ISSSTE CON EFECTOS 16 DE NOVIEMBRE AL 16 DE FEBRERO DEL 2014 EN LA SEP,(YA QUE TENGO MUCHOS COMPROMISOS ECONÓMICOS, Y LO DEL SALARIO TOPADO NO ME ALCANZA, ADEMAS DE QUE ME SIENTO DEPRIMIDA.
    PARA REALIZAR DICHO TRAMITE SE ENTREGA SOLICITUD DE PERMISO PARA LICENCIA Y AL MISMO TIEMPO SOLICITUD DE BAJA AL SERVICIO.
    ADEMAS ES LA PRIMERA QUINCENA QUE VOY A COBRAR EN ESTE PERMISO Y YA ME ESTAN DANDO UN BONO POR JUBILACION. SI AUN NO TERMINA MI PERMISO.
    ORIENTEME POR FAVOR Y NO SE QUE HACER.
    ATENTAMENTE
    MARIALU

    • IMPORTANTE: LE INVITAMOS A LEER EL ARTICULO QUE PUBLICO EL PROXIMO DOMINGO EN ESTE MISMO BLOG

  8. SERIA TAN AMABLE DE ORIENTARME COMO PUEDO RENUNCIAR A UN PERMISO PREJUBILATORIO COMO DOCENTE COTIZANDO PARA EL ISSSTE CON EFECTOS 16 DE NOVIEMBRE AL 16 DE FEBRERO DEL 2014 EN LA SEP,(YA QUE TENGO MUCHOS COMPROMISOS ECONÓMICOS, Y LO DEL SALARIO TOPADO NO ME ALCANZA, ADEMAS DE QUE ME SIENTO DEPRIMIDA.
    PARA REALIZAR DICHO TRAMITE SE ENTREGA SOLICITUD DE PERMISO PARA LICENCIA Y AL MISMO TIEMPO SOLICITUD DE BAJA AL SERVICIO.
    ADEMAS ES LA PRIMERA QUINCENA QUE VOY A COBRAR EN ESTE PERMISO Y YA ME ESTAN DANDO UN BONO POR JUBILACION. SI AUN NO TERMINA MI PERMISO.
    ORIENTEME POR FAVOR Y NO SE QUE HACER.
    ATENTAMENTE
    LUISA GRACIELA

    • NO ME QUEDA CALARO SU CASO

      DE REQUERIR UNA VALORACION MÁS DETALLADA, ENVIE SU CONSUTLA A: [email protected]

      IMPORTANTE: LE INVITAMOS A LEER EL ARTICULO QUE PUBLICO EL PROXIMO DOMINGO EN ESTE MISMO BLOG

  9. PUEDO RENUNCIAR UN PERMISO PREJUBILATORIO DE LOS TRES MESES QUE NOS DAN A LOS MAESTROS FRENTE A GRUPO Y REINTEGRARME A DAR CLASES EN LA PRIMARIA , SI YA ME PAGARON EL CHEQUE POR RETIRO, SI YA FIRME LA SOLICITUD DE BAJA CON FECHA 16 DE FEBRERO DEL 2014 (O SEA QUE APENAS LLEVO 20 DIAS EN EL PREJUBILATORIO.

    • DESCONOZCO SI SU CONTRATO PREVEE ESA SITUACION PERO ESTIMO QUE NO

      IMPORTANTE: LE INVITAMOS A LEER EL ARTICULO QUE PUBLICO EL PROXIMO DOMINGO EN ESTE MISMO BLOG

  10. Tengo una pension del 76% por enfermedad discapacitante algunas personas me dicen que mi cuenta con infonavit puede ser cancelada y otras no que tengo que hacer por que me recomiendan no seguir pagando hasta que se aclare mi situacion al respecto

    • LAS CUETNAS NUNCA SE CANCELAN EXCEPTO QUE QUEDEN CON SALDO CERO EN LA AFORE; AHORA BIEN, NO ENTIENDO CLARAMENTTE CUAL ES SU PROBLEMA; FAVOR REENEVIARME SU CONSULTA

      VER

      PD: Le invito a leer el artículo que publico este domingo; estoy seguro que la información que contiene, le será de gran utilidad, y mil gracias por recomendar a http://sipse.com/miretiroypension

  11. Buenos dias. Mi tío intentó solicitar su pensión en mayo de 2013, ya que el cotizó en el IMSS desde 1978, pero sólo se le entregó la resolutiva de «negativa de pensión» bajo el régimen de LSS1997. Se le negó la pension argumentando que no tiene las 1250 semanas que exije la Ley 1997. Él tiene 900 semanas reconocidas en el IMSS, que son suficientes e incluso exceden las 500 semanas necesarias para obtener pensión bajo el régimen de la LSS de 1973, pero por alguna razón «amañada» el empleado de la ventanilla lo intentó pensionar con la LSS del 97 en vez de la LSS 73. Mi tío firmó esa negativa con la ley del 97, (sin saber que la ley del 73 le generaria mayores beneficios) pero me gustaría informarme que opciones tiene mi tío, para revertir esa resolutiva de pensión. Esto sucedió en mayo 2013 y a la fecha (diciembre 2013) no sé que hay que hacer para revertir, impugnar, inconformar, aclarar ésa negativa de pensión. Me han dicho que demande al IMSS, a través de la Junta de Conciliación y Arbitraje o que acuda al Instituto de la Defensoría Pública Federal. Agradezco los comentarios.

    • NECESITO ANALIZAR MAS DATOS DE SU CASO PARA PORDE EMITIR UNA OPINION; REENVIEME SU PREGUNTA A [email protected]

      PD: NO DEJE DE LEER EL ARTICULO PUBLICADO/A PUBLICAR EL DOMINGO; LE SERA DE GRAN UTILIDAD

  12. Disculpe:
    Si yo cotizo al imss como patrón persona física y en algún momento me doy de baja….¿Puedo seguir cotizando semanas bajo la modalidad 40 o continuación voluntaria?
    Gracias!

    • PARA UNA OPINON MAS PRECISA REQUIERO DE DATOS ADICIONALES; SI USTED GUSTA PUEDE REENVIARME SU PREGUNTA A: [email protected] Y AGREGAR LOS SIGUIENTES DATOS:

      1) ESTA USTED INSCRITO AL IMSS COMO PATRON PERSONA FISICA?
      2) CUANTOS TRABAJADORES A SU SERVICIO TIENE DADOS DE ALTA AL IMSS?
      3) EN QUE MODALIDAD COTIZA USTED AL IMSS?

      PD: no deje de leer el artículo a publicar/publicado el domingo en http://sipse.com/miretiroypension

  13. Buenas tardes Licenciado, soy ejecutiva de Afore y siempre leo su blog, de verdad me ayuda mucho en mi trabajo, se lo agradezco profundamente.

    Me puede ayudar con una duda? un cliente va a pedir su pensión el año entrante, está en conservación de derechos pero en su certificado sus semanas reconocidas están del lado de la ley 97 en lugar del lado de la ley 73, será esto un problema para pedir la pensión? Tiene que pedir aclaración en el IMSS?

    Gracias de antemano

  14. hola!! necesito su ayuda, mi esposo tuvo una enfermedad general en el cual estuvo casi el año de incapacidad como no ha mejorado le dijeron que le daran pension temporal, antes de que le dieran su resolucion el saco una casa con infonavit, ya ahora que tiene toda la documentacion en el imss les aparece una leyenda de » error por cuenta individual» afecto que mi esposo sacara la casa con el infonavit? o que es lo que debemos realizar? a el ya lo dieron de baja de su trabajo hace 15 dias pero no le avisaron y le hicieron firmar la carta de renuncia…

  15. QUE pasa si no firmo la resolución negativa pensión i.m.s.s.?…ya que cumpliendo con todo el protocolo de «filtros» y documentos requeridos por el i.m.s.s. …y habiendo tenido el derechohabiente la muy particular precaución Y ASEGURAMIENTO que en su SOLICITUD APARECIERA QUE EL REGIMEN QUE SE SOLICITA ES POR TIPO DE PENSION ES CESANTIA BAJO REGIMEN 73…y así quedó establecido… ahora al presentarme a sub-delegación correspondiente, me presentan «NEGATIVA DE PENSION» por según ellos no cumplir semanas cotizadas suficientes,(NADIE LES HA FIRMADO NADA DE LEY 97… Y OBVIO NO HE FIRMADO RESOLUCION NEGATIVA) …reitero…se tuvo especial precaución de cubrir los requerimientos ley 73 (500 semanas)..edad 62…conservación de derechos… no homonimias…etc. etc…no hay pero que valga… pero i.m.s.s. EXIGE QUE FIRME … O SEA… FIRME… FIRME LA RESOLUCION DE NEGATIVA para «a ver si puede aclararse algo,…ya que según ellos derechohabiente firmo solicitud con ley 97» … Y SI NO FIRMA…TODO PRESCRIBE»…LIC…ES TOTALMENTE FALSO LO QUE ESTA ADUCIENDO EL I.M.S.S. Y AUN PRESENTANDOLES Y COMPROBADO CON COPIAS QUE RECIBÍ DEL PROPIO INSTITUTO INCLUYENDO CERTIFICACION POR 800 SEMANAS RECONOCIDAS Y HACIENDOLES HINCAPIE EN QUE EN MI SOLICITUD EN PAPEL DE ELLOS MEMBRETADO SELLO Y TODO DICE CLARAMENTE REGIMEN SOLICITADO 73 ,¿DE DÓNDE SACAN QUE SE FIRMÓ LEY 97?..¿ PUEDEN ELLOS IMPUNEMENTE FALSIFICAR MI FIRMA PARA HACERLA APARECER EN OTRA SOLICITUD BAJO REGIMENEN 97?… ¿ES CIERTO QUE SI NO FIRMO LA RESOLUCION ELLOS LA DAN POR SENTADA …DESPUES DE QUE TRANSCURRA CUÁNTO TIEMPO?… HACE UN AÑO QUEDE CON SECUELAS DE MINUSVALIA POR ACCIDENTE DE TRANSITO…ME SON CASI IMPOSIBLES LOS TRASLADOS INCLUSIVE AL HOSPITAL PARA TOMAR REHABILITACION…PARA MI SERÍA COMO SI ME ENVIARAN YA A LA TUMBA SI UD. EN QUIEN REALMENTE CONFÍO ME INDICARA QUE LA UNICA OPCION SERÍA FIRMAR COMO ENTERADO DE LA RESOLUCION Y QUE A PARTIR DE AHI entonces yo PUEDIERA INICIAR JUICIO EN CONCILIACION EN NUEVO LEON… NO PODRÍA CON MI ESTADO DE SALUD…APARTE NI SIQUIERA TENDÍA COMO ÚLTIMA OPCION RETIRAR LO QUE CORRESPONDE A MI AFORE PORQUE EL SALDO QUE TENGO ES DE 34,0000.0 QUE CON LOS ALGORITMOS QUE SE HACEN SÓLO ME ENREGARÍAN APROX. $2,000.00…¿PORQUE ? LA DEVALUACIÓN DE LOS OCHENTAS IMPACTO MIS ANTERIORES SALARIOS…YA SABE LIC…(lo que a tantos mexicanos nos ha dejado en total indefensión)

  16. Hola buenas tardes
    Soy roscar hernandez del estado de puebla tengo 61 años .
    Lic.Jaime gutierrez podría asesorarme en mis siguientes dudas?
    A donde y con quien podría dirigirme para recuperar mi fondo de retiro del año 72 al 92 ? pues a hora que me pencione solo me dan lo que tengo en mi afore actual. Ya que yo tengo un comprobante que me proporciono la empresa ferrocarriles nacionales de México al haberme liquidado por el programa de retiro voluntario que hubo ya que en ese entonces pedian 25 años de antiguedad para poderce pensionar el cual yo solo contaba con 22 años de antigüedad en dicha fecha

    Gracias y quedo en espera de su amable asesoria

  17. hola buen dia, quisiera saber si se puede hacer algo, si ya firme para régimen 97 y apenas esta en tramite. cuando yo queria régimen 73, y por cuestiones que no traía mis lentes pase a firmar régimen 97, espero y me pueda ayudar. tengo casi 8 años esperando la respuesta del seguro y ahora que me llego no seme hace gusto pasar por esto, espero y me pueda ayudar, y tmbn qisiera saber si me llegare el retreactivo gracias

  18. Dr. Mi familiar esta aun en tramite de solicitud de pension y hace dos dias le dijeron en el IMSS que fue rechazada su solicitud pero apenas le van a entregar la proxima semana (lunes) la documentacion del motivo del rechazo.. Es conveniente q la firme si se le solicitara.. Y si de favor me indica cuales son los motivos por los q se puede rechazar una solicitud de pension y porque las correcciones deben hacerse por lo menos con cinco años de anticipacion segun ud recomienda ..porque mi familiar si tuvo que hacer aclaraciones referentes a su acta de nacimiento. Le agradezco

    • No es necesario firmarla el dia que la reciba, en adicion, la resolucion si es definitiva puede impugnarse; sobre la causa, no lo se, necesito analizar documentos y datos

      Para asesoría puede contactarme al email indicado en la liga siguiente; su consulta puede causar honorarios.

      ver

  19. Buena noche, soy Asesor Previsional de Afore Invercap, espero me pueda apoyar con dos dudas.

    Lo concerniente a beneficiarios sustitutos, procedimiento y operacion.
    y Aportaciones voluntarias y/o complementarias por medio del patron, que debe hacer el patron para hacer por el trabajador estas aportaciones.

    Gracias y saludos

  20. Jaime buena tarde.. soy asesor de afore Invercap y me gustaria saber cual es el procedimiento que debe seguir el patron para poder ayudar al trabajador a realizar sus aportaciones voluntarias. Que documentacion requiere el patron y cual es el procedimiento, esto a fin de poder brindar la informacion al patron cuando sus empleados le pidan este servicio. (realizar aportaciones voluntarias a su afore mediante el patron)

    Gracias

    • Basta con una carta del trabajador autorizando al patrón a efectuar la retención en la modalidad de deducible o no deducible (esta ultima la mas recomendada) y el patrón deberá depositar a la cuenta que para el efecto le indiquen en UEAP

      • Hola buen dia.. de aqui me surge otra duda… el servicio que el Patron brinda al Trabajador para hacer por el, aportaciones voluntarias, es de algun modo OPCIONAL para el patron? o es algo que esta obligado a hacer en caso de que el trabajador lo solicite?

        Gracias!

  21. Buena tarde Jaime, de nueva cuenta, ahora con una duda en cuanto a los beneficiarios legales. Cuando no se cuenta con estos, es decir, al trabajador no le sobreviven padres, es viudo o divorciado, no tiene una pareja actual, y sus hijos son mayores de 25 años ya casados, pueden designarse beneficiarios sustitutos? hay que comprobar de alguna manera que no se cuenta con los beneficiarios legales? . Hay mucha gente preocupada por esta situacion, sin embargo, tambien, hay gente que esta separada desde hace muchos años pero nunca llevo a cabo el divorcio por diferentes intereses y no desea que su conyuge sea beneficiario por lo que podria manifestar que no cuenta con legales para poder designar sustitutos, por eso mi pregunta sobre si hay que comprobar de algun modo que no existen beneficiarios legales. En todo caso, como se procede a designar a los beneficiarios sustitutos?.

    Gracias por la orientacion

  22. buenos dias ya tengo 61 años cumplidos buecando informacion sobre mi proximo retiro obtengo semanas cotizadas pero aun me falta recuperar las cotizaciones del 75 al 87 bueno pero el caso es que se me dan las semanas cotizadas pero no se el monto cotizado por patron los ultimos cinco años como investigo este dato, gracias

  23. Saludos, Mis datos de NSS, CURP, RFC etc, son correctos todos, pero en mi afore me dicen que no me puedo solicitar mi pension porque otra persona aporto temporalmente y equivocadamente a mi subcuenta de vivienda, solicite mis semanas cotizadas al Imss y aparecen solo las cotizaciones que realizo la empresa donde trabaje. Me siento perjudicado por esta decisión de mi afore, ¿es correcto? o que debo hacer?

    • Saludos, segui su consejo y consulte en portal infonavit y la persona aporto a mi subcuenta de ene-2014 a la fecha solo aporto 334.86 pesos, sospecho que su patron se equivoco, tal vez su nombre sea igual al mio mas no asi su Nss, curp,Rfc, etc. Que mas puedo hacer?

  24. Saludos, segui su consejo y consulte en portal infonavit y la persona aporto a mi subcuenta de ene-2014 a la fecha solo aporto 334.86 pesos, sospecho que su patron se equivoco, tal vez su nombre sea igual al mio mas no asi su Nss, curp,Rfc, etc. Que mas puedo hacer?

  25. BUENAS TARDES, ME SURGO UNA DUDA , Y AQUE MI PADRE EMPEZO A TRAMITAR LA PENSION, EL DURO CASI OCHO AÑOS SIN TRABAJAR PERO YA TENIA UNA PENSION PARCIAL POR ACCIDENTE, HACE 3 MESES CUMPLIO SUS 60 AÑOS Y QUIERE TRAMITAR LA PENSION TOTAL, EL IMSS LE DIO LA RESOLUCION NEGATIVA MI PREGUNTA ES LE QUITARAN LA PENSION PARCIAL QUE TENIA O SE LA DEJARAN? TENGO ENTENDIDO QUE AL DARLE LA RESOLUCION NEGATIVA CON ESA PUEDE RECUPERAR LOS RECURSOS DEL AFORE VDD…ESPERO Y ME AYUDEN CON ESTA DUDA…SALUDOS

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