¿Le interesa algun tema en especial?

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Hola estimados lectores, si es de su interés escriba de un tema en especial, del que usted quisiera conocer más a detalle y distinto a los mas de cien temas ya publicados, envíeme sus sugerencias las que serán bien recibidas y prontamente atendidas; se lo garantizo…

Mi Retiro y Pensión pone de sus apreciables órdenes, Guías para Trámite de Pensiones por Riesgos de Trabajo, Invalidez y Vida, y Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, entre otros productos y servicios; solicite informes al [email protected].

206 COMENTARIOS

  1. Buen día, antes que nada felicitarlo por su blog que lo llevo leyendo por varias semanas y esta muy bueno, tienen informacion sencilla de entender para el trabajador; y cambiando de tema, yo laboro en PENSIONISSSTE en el area de tramites, si en algo puedo ayudarle a usted o a sus lectores con mucho gusto (documentos que deben llevar para cada tramite, informacion general, oficinas a las que deba acudir para cada tramite, etc) Obviamente toda esta información de manera gratuita con el unico fin de ayudar y/o informar.
    Saludos!

    • FAbian, le agradezco su palabras y su amable disposición… quedo pendiente…

    • este es mi tel. 15184350. o me puedes facilitar el tuyo ya que me resulta dificil por este medio

    • hola lic.felicidades por su pagina es muy interesante: necesito una yuda ya que mi papá trabajo por mas de 15 años en una empresa (azufrera panamericana) de jaltipan veracruz; desafortunadamente con una inundacion q hubo perdio todos sus documento q abalan q trabajo en esa empresa, el caso es q nos comentaron q se podia pensionar pero desafortunadamente no esta registrado con el numero social ya que el trabajo hasta 1980 y la empresa fue cerrada hace mas de 25 años; sera q por medio de hacienda podramos checar algun registro ??? o como le podriamos hacer para q nos orientaran para solicitar su nss de ese año; ya q como vi en un comentario los registros ante el imss los hicieron hasta 1982 y por eso es q no encontramos ningun registro de él. actualmente mi papá tiene 69 años y ya fue a la delegacion del imss y segun no hay ningun registro.

      • Meta escrito al IMSS solicitando el numero de seguridad social de su padre, comentando que por un desastre natural, perdieron, entre otra, esa informacion… ya que tenga el NSS me avisa y le digo que es lo que sigue…

        • muchas gracias en breve lo comentare con él muchas gracias por su respuesta
          saludos

    • Hola,
      Mi padre. Cobraba una pensión no. Contributiva y yo la utilice después de el fallecido para pagar su entierro.ahora el banco me exige esa cantidad porque la seguridad social se lo exige al banco.me pueden obligar a pagarlo?

      • ASI ES, PUES UD NO DEBIO DISPONER DE RECURSOS CUANDO YA NO PROCEDIA EL PAGO DE LA PENSION

  2. Saludos primero me gustaria felicitarlo por su interesante blog, mi duda es la siguiente:
    Mi madre tiene 60 años de edad actualmente trabaja dando clases pero no tiene ningun tipo de seguridad social, ella se mantiene de eso y de la ayuda que mi hermana y yo le proporcionamos, ella tuvo algunos trabajos con seguro social hace ya varios años aproximadamente unos 30m ni pregunta es ¿Hay algun modo de asegurarla para que reciba tratamiento medico y si es posible alguna pensión?, yo trabajo por mi cuenta la puedo dar yo de alta como empleada o que me sugiere ademas si es posible recuperar sus semanas cotizadas, le agradeceria muho su comentario

    • HOLA, EN SU CASO HAY QUE HACER LO SIGUIENTE:

      1) OBTENER DEL IMSS UN REPORTE DE SEMANAS COTIZADAS DE SU MAMA PARA CONOCER COMO ESTAN SUS DERECHOS PENSIONARIOS; TAN PRONTO TENGA ESTE DOCUMENTO CONTACTEME DE NUEVO PARA VER CUALES SON SUS OPCIONES A PENSION…

      2) PARA DARLA DE ALTA AL IMSS, TIENE VARIAS OPCIONES LAS QUE PODRÁ ENCONTRAR EN LA LIGA SIGUIENTE: http://sipse.com/miretiroypension/?p=594

      DESE LUEGO, LA PRIMERA OPCION SERÁ SIEMPRE LA MEJOR Y SI UD PUEDE DARLA DE ALTA COMO EMPLEADA MUCHO MAS MEJOR YA QUE CON ELLO ES POSIBLE LLEGARA A RECUPERAR DERECHOS PENSIONARIOS -POR ESO ES IMPORTANTE EL REPORTE DE SEMANAS COTIZADAS-

      SI SOLO QUIERE TENER LA PROTECCION DEL IMSS CON EL SEGURO DE SALUD BASTA PERO SERÁ MUY LIMITADO POR LA PREEXISTENCIA Y EXCLUSIONES QUE LE APLICARÁN…

      ME AVISA TAN PRONT TENGA EL REPORTE SUGERIDO

  3. Liquide mi credito infonavit hace 2 años, mi esposa es maestra. La pregunta es puedo aplicar para un credito conyugal FOVISSTE-INFONAVIT.
    Gracias

    • CREO QUE NO PORQUE PARA USTED SERIA UN SEGUNDO CREDITO Y ESTE ES INDIVIDUAL…

  4. Hola , muchas felicidades su blog es de muchisisma ayuda muchas gracias =D ,, una pregunta abusando de su amabilidad , hace 15 dias hize un tramite para comprar casa por medio de CofinavitAG ya solo esta pendiente ir con el notario , solo que ese dia el asesor de infonavit me comento que para el 27 de septiembre se harian cambios asi como que los creditos ya se harian en PESOS ya no en VSM y algunas otras cosas que aun no sabia el , sabe usted algo de eso?? esque si es asi pues obviamente me conviene esperar a que se haga efectivo para mi credito . Agradezco de antemano su atencion , Saludos desde el Norte de el Pais =D

    • EN ESTE CASO Y POR LO RELEVANTE DE SU DECISION, LE SUGIERO ACUDIR LO ANTES POSIBLE AL INSTITUTO E INFORMARSE DIRECTAMENTE CON ELLOS, ES LO MAS CONVENIENTE PUES EN EFECTO, YA SALIO EL 2DO CREDITO Y LA OPCION EN PESOS

  5. Felicitarlo po su bolg, la pregunta que quiero hacerle es con relaciòn a los porcedeimientos a seguir para tener decho a una jubilacion en apego al atìculo 10º transitorio de la nueva ley del issste pues hata ahora solo he tenido especulaciones al respecto. Asi que le pido por favor me oriente al respecto. Gracias y muchas felicidades.

  6. quiero ver si alguien me puede ayudar para saber como puedo retirar mi afore pues ya no estoy cotisando ya tengo aproxcimadamente 2 años sin cotisar

    • Necesita obtener una resolucion o una negativa de pension a partir del año 60 de edad

  7. Hola , tengo una duda , estoy pensionada por el IMSS y sé que puedo solicitar un retiro de dicha pensión, esta es totalmente independiente a la que se establece de 3 meses, es mas bien del global, sé que existe porq un familiar lo hizo y retiro el aprox del 10 % del total, no puedo acudir a preguntarle a esta persona por motivos personales, pero me gustaría saber como se solicita en mi Direccion general del IMSS, de antemano gracias.

  8. Estimado señor Gutierrez: Entiendo que para pension por Cesantia en edad avanzada el tope maximo por la ley del 73 es de 10 SM para el promedio del sueldo. De acuerdo a mi constancia de semanas cotizadas puedo entrar a la opcion de pagar voluntariamente (40). Me conviene pagar por 5 años aprox. $2,500 mensuales para obtener la mejor pension? Me salen 9,180.51 (100%) y 7,344.41 (80%) ya que en 5 años yo tendria 61. No hay forma de poder incrementarla? (Se me hizo muy poco). Gracias anticipadas por su atencion.

    • Su pension se la calculará con el promedio del salario base de cotizacion que tenga considernado como limite superior 25 veces el salario mínimo…

      Si usted quiere mejorar el monto de su pensión tiene como opcion la modalidad 40; pero para el cálculo le sugiero acuda al IMSS pues su aportacion dependerá del salario con que haga la continuacion voluntaria; ver: http://sipse.com/miretiroypension/?p=594

  9. Buenas tardes, mi nombre es Cecilia García, le comento que mi padre es pensionado en el IMSS desde el 2003, verificando en el portal de Infonavit su saldo, informan que tiene $0.00 en su Subcuenta, cabe mencionar que mi padre esta dentro del grupo 4, (No ha solicitado la devolución de la Subcuenta) y su ahorro es mayor o menor a $10,000 mil pesos, la cual esta parte no entiendo, por una parte dice que su ahoro es menor o mayor a los 10 mil y por otra parte en saldo dice que tiene $0.00, eso indica que mi papá no va recibir nada de la Subcuenta de Vivienda?? según Infonavit el deposito de su Subcuenta va ser de forma automática, hasta el mes de noviembre que le realizen el deposita, va a saber cuanto tenia de ahorro??
    De antemano agradezco su apoyo.

    • Si usted tiene forma de coprobar con el estado de cuenta correspondiente de la Afore, ese será su saldo y de no recibirlo integro, deberá interponer un recurso de inconformidad conforme al art. 52 y 53 de la ley del Infonavit

  10. por falta de información entré a la nueva ley del issste, con esto del bono para el retiro. tengo aprox 3,100,000.00 , 46 años de edad y 27 de servicio de maestro. estoy en pensionissste.
    ¿cuáles son mis posibilidades de retiro y gozar de una pensión decorosa? tengo 3 hijos menores de edad .
    me gustaría q me orientara sobre que hacer si me retiro ya. mis opciones, si ganaría mensualmente mas que lo que los que se jubilan normalmente que ganan ahorita acá donde vivo más de $18,000 mensuales. si es necesario ojalá pudiera contestarme por este medio y a mi correo para seguir consultando mis dudas.

    • Me temo que su ahorro para el retiro aun sigue siendo bajo para poderle garantizar una pension digna y decorosa, la cual podra tramitar a partir del año 60 de edad en adelante… para efectos de cálculo, solo el Insituto podrá efectuarlo…

  11. Buen día, agradecería me ayudara pues entiendo que me podré jubilar el próximo año pero no estoy segura. Nací en 1961, trabajé para ISSSte de 1985 a 1987 (menos de 2 años), luego IMSS 15 años hasta 1996 y de 1997 a la fecha cotizo ISSSTE de nuevo. No acabo de entender si se podré jubilarme el año próximo (es decir si todos mis años trabajados se sumarán) y si con que porcentaje de mi salario (¿hay un tope?). Opté por 10o transitorio.
    Gracias por su ayuda, saludos.

    • USTED PODRÁ OBTENER, TANTO DEL IMSS COMO DEL ISSSTE UNA PENSION SIEMPRE QUE CUMPLA CON LOS REQUISITSO DE CADA INSTITUTO YA QUE COTIZO PARA ELLOS EN EL SISTEMA DE REPARTO…

      • ¿existe tope máximo para pensionarse?. Es decir si nunca voy a recibir el 100 % de mi salario tal vez me convenga calcular cuando el máximo se cruza con el % según los años cotizados ¿no?

  12. Hola, Sr, Jaime me permito solicarle su ayuda sobre una duda, referente al calculo de los intereses que paga Banxico, no se si sea prudente que por estemedio efectue el calculo, ya que segun el documento paga el 2.50% y su comosión es del 0.50%, pero los calculos que realice no concuerdan con los importes reflejados en mi estado de cuenta.

    Agradezco de antemano, la atención a la presente.

    Att.

    Eusebio Castillo.

    • Debe haber alguna confusion en su apreciacion; Banxico no cobra nada por la adminsitracion de las cuentas individuaeles ni otorga rendimientos; por favor, preciseme los datos para que pudiera apoyarle en su duda…

  13. hace cinco años que me ocurrio un accidente y quede cojo de la pierna derecha, hace diez años q no cotizo al imss y no fue accidente de trabajo. pertenesco a la ley del 73. mi pregunta es puedo obtener algu tipo de pesion? a pesar que no estaba cotizando en ese momento? y de existir alguna me diria como obtenerla?

    • Para tener derecho a recibir del IMSS una pension, tiene que cumplir con los requisitos de Ley; si no los cumple, no hay derecho…

      En su caso le sugiero haga lo siguiente: acuda al IMSS y tramite un reporte de semanas cotizadas; ya que lo tenga me contacta de nuevo para comentarle, de acuerdo al reporte, cuáles son sus derechos en materia de pensiones y bajo que circunstancias podría aplicar para una pension…

  14. Tengo 60 años, 39 años trabajando y 21 de ellos en la empresa que estoy actualmente, entiendo me corresponde el 75% y me comentan que me deben de dar aparte el 15% por estar casado y mi esposa vive, es cierto?
    Mi empresa está obligada a liquidarme por edad? o que derechos tengo yo por tener 60 años?

    • Si usted se va a pensionar a partir de los 60 años de edad, debe causar baja del regimen obligatorio… en este caso y dado que es de su interes pensionarse, deberá renunciar a su trabajo y, en consecuencia, su patrón no está obligado a indemnizarle dado que él no le está despidiendo; solo le dará sus alcances legales…

      Al pensionarse a los 60 años de edad, usted recibirá el 75% de su pension + los incrementos anuales a que tenga derecho + las asignaciones familiares y ayuda asistencial que le corresponda..

      Le sugiero leer en mi bolog los artículos que hablan sobre las asignaciones familiares y pensiones por ley 1973

      • Muchas gracias por la información.
        leeré los artículos que me mencionó.

  15. Buenas tardes Sr. Jaime, mi pregunta es, que si se puede obtener el fondo para la vivienda del afore, al comprar una vivienda, mi caso es el siguiente, quiero comprar casa y tengo una parte del monto de la vivienda y quiero saber si puedo obtener la otra parte del monto del fondo para la vivienda del afore y así obtener una mensualidad mas accesible en caso de obtener un crédito parcial del infonavit, por ejemplo: si quiero comprar una casa que cuesta 350 mil y tengo 100mil disponibles y mi fondo para la vivienda es 180 mil, el infonavit me daría el crédito de 70 mil? es esto posible o es muy complicado? Muchas Gracias.

  16. Buenos dias Lic Gutierrez, Hace dias huce una pregunta en otro sector del blog, supongo que no la ha visto, ojalá ahora sí tenga suerte. La pergunta es: ¿es posible cotizar en modalidad 40 durante 250 semanas a partir de los 63 años de edad para aumentar el promedio? Gracias anticipadas. Saludos y me sumo a las felicitaciones por el contenido de este blog, es buenísimo

    • Es correcto, no hay limite de tiempo para cotizar en la modalidad 40 siempre que cubra los requisitos para incorporarse por ese medio…

  17. Buenos dias Lic Gutierrez, Hace dias hice una pregunta en otro sector del blog, supongo que no la ha visto, ojalá ahora sí tenga suerte. La pergunta es: ¿es posible cotizar en modalidad 40 durante 250 semanas a partir de los 63 años de edad para aumentar el promedio? Gracias anticipadas. Saludos y me sumo a las felicitaciones por el contenido de este blog, es buenísimo

  18. Me gustaría conocer tu opinión, respecto a la pensión de Invalidez y Vida o de Riesgo de Trabajo. Según yo, el IMSS hace el cálculo de la cuantía de la pensión en base al SBC, pero cuando el trabajador solicita sus recursos a la AFORE y no son suficientes porque en ese momento exista una minunsvalía en la SIEFORE, entonces solo se dará la pensión de acuerdo a la cantidad que tenga disponible el trabajador y si no alcanzará para cubrir lo mínimo entonces se otorgará una pensión mínima garantizada. Estas de acuerdo? o cual es tu comentario?, Saludos y muchas gracias

    • Especifique por favor el regimen de pension por el que se va a tramitar la pension ya que los procedimientos son distintos en uno y otro…

  19. Buen día, Sr. Gutiérrez.
    Para preguntarle: ¿qué importe es el más alto que puedo pagar en el régimen de aportación voluntaria?, el sueldo actual registrado con el patrón es de seis mil pesos mensuales, pero quiero darme de alta en el régimen voluntario e incrementar lo más posible mi aportación para que el promedio con el que se resuelva mi pensión por retiro sea lo más alta posible. Tengo 58 años y he estado cotizando las últimas 52 semanas parqa «descongelar» mis 10 años laborados en la década de los 80’s.
    Muchas gracias por su amable atención. Saludos.

      • Muchas gracias Sr. Gutiérrez, ya leí el art. 218 LSS y lo correspondiente en el Reglamento de ésta Ley.
        Ahora le pido por favor si me puede apoyar con su valiosa aportación: según el art. 218 en la continuación voluntaria ¿pagaría yo la cuota obrero-patronal que suma un aprox. de 10% sobre el salario que yo elija para ésta modalidad de cotización, mismo que puede ser del doble o más con que me registra el patrón?,
        y otra pregunta más: si antes de tramitar mi pensión, tengo 3 años laborados no 5 (porque coticé 10 años durante la década de los 80´s), con estos últimos 3 años el Intituto calcula mi promedio para la pensión? o va considerar 2 años de salario que tuve en ésa década para completar 5 años de cálculo para el promedio?
        Nuevamente gracias y lo felicitio por su blog, pero sobre todo por su amable atención. Saludos.

  20. Buen día. Laboré para la UNAM en dos períodos cotizando al ISSSTE en total 12 años 10 meses. Tengo entendido que para obtener media pensión se requieren 15 años y 57 de edad. Estoy por empezar a trabajar para un Gobierno Estatal y por tanto volver a cotizar al Issste. Una vez que cumpla los 15 años de cotizar y los 57 de edad ¿Sobre que base se calcula el 50% de pensión? Saludos y gracias. (Ya había publicado la consulta pero por alguna razón no aparece).

  21. Soy pensionada por viudez en el ISSSTE, mi esposo falleció en el año 2003 y tengo duda si tengo derecho a algún retiro de fondo de vivienda o AFORE o SAR. He buscado en CONSAR y he hablado para preguntar en dónde se encuentran los recursos y también a PENSIONISSSTE y FOVISSSTE pero en ningún lado está registrado. Muchas gracias por la asesoría y quedo en espera de su respuesta.

    • Por concepto de Vivienda 97 no tiene derecho; revise si le entregaron lo del SAR ISSSTE 92 y FONDO VIVIENDA 2007

      • Muchas gracias por su respuesta Licenciado, no se entregó SAR ISSSTE 92 ni FONDO VIVIENDA 2007. ¿Tendré derecho a algún concepto?
        Gracias nuevamente y excelente día.

  22. Muchas gracias Sr. Gutiérrez, ya leí el art. 218 LSS y lo correspondiente en el Reglamento de ésta Ley.
    Ahora le pido por favor si me puede apoyar con su valiosa aportación: según el art. 218 en la continuación voluntaria ¿pagaría yo la cuota obrero-patronal que suma un aprox. de 10% sobre el salario que yo elija para ésta modalidad de cotización, mismo que puede ser del doble o más con que me registra el patrón?,
    y otra pregunta más: si antes de tramitar mi pensión, tengo 3 años laborados no 5 (porque coticé 10 años durante la década de los 80´s), con estos últimos 3 años el Intituto calcula mi promedio para la pensión? o va considerar 2 años de salario que tuve en ésa década para completar 5 años de cálculo para el promedio?
    Nuevamente gracias y lo felicitio por su blog, pero sobre todo por su amable atención. Saludos.

  23. Mi duda es la siguiente un amigo aparece dado de alta ante el IMSS en el 90 pero cdo era estudiante. Pero su primer trabajo en una empresa fue hasta el 99. Pero le dieron de alta con el mismo núm. De seguro social. Que sucede en estos casos? A q ley pertenece a la ley 73 o la ley 97?

  24. Buenas tardes Lic. Gutierrez, ¿Es posible Cotizar retroactivamente en Modalidad 40? Por ejemplo pagar hoy 6 meses que ya transcurrieron

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