Tesis laboral pensión retiro por edad y tiempo de servicios

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sancionesMucho interés ha despertado en trabajadores que habrán de pensionarse por lo previsto en el artículo 10º Transitorio, la jurisprudencia laboral publicada, el 15 de julio del mes pasado, en el Semanario Judicial de la Federación.

La jurisprudencia comentada establece, con relación a la opción de pensión, prevista en el artículo 10º Transitorio, frac. II, inciso b), que, cuando el trabajador se acogió al beneficio previsto en el artículo 66 de la Ley del ISSSTE, vigente hasta el 31 de marzo de 2007, debe atenderse a la edad mínima requerida en esa normativa, y no a la fijada en la legislación vigente.

El artículo 66, de la Ley 1983, establece que:

El trabajador que se separe del servicio después de haber cotizado cuando menos 15 años al Instituto podrá dejar la totalidad de sus aportaciones con objeto de gozar de la prerrogativa de que al cumplir la edad requerida para la pensión se le otorgue la misma. Si falleciera antes de cumplir los 55 años de edad, a sus familiares derechohabientes se les otorgará la pensión en los términos de esta Ley.

En consecuencia, para que la jurisprudencia aplique, el trabajador que optó por pensionarse conforma al artículo 10º Transitorio, debe haber cumplido, para la fecha de entrada en vigor de la Ley actual, al menos, quince años de servicio.

Si a la entrada en vigor la Ley actual, el trabajador no había cubierto 15 años de servicio, y el requisito lo cumplió, en fecha posterior, no podrá invocar el beneficio objeto de la jurisprudencia comentada, por no haberse constituido el derecho.

Por consecuencia, si un trabajador que cotizaba al ISSSTE, a la entrada en vigor de la actual Ley, no había cumplido con el requisito establecido en el artículo 66 de la Ley derogada, no puede invocar el derecho comentado en la jurisprudencia referida.

El artículo 10º Transitorio Modificado, vigente a partir del primer día del año 2010 establece textualmente lo siguiente:

A los Trabajadores que no opten por la acreditación de Bonos de Pensión del ISSSTE, se les aplicarán las siguientes modalidades:

II. A partir del primero de enero de dos mil diez:

a)…

b) Los Trabajadores que cumplan 55 años de edad o más y quince años de cotización o más al Instituto, tendrán derecho a una Pensión de retiro por edad y tiempo de servicios. El monto de la pensión de retiro por edad y tiempo de servicios será equivalente a un porcentaje del sueldo que se define en la fracción IV, de conformidad con los porcentajes de la tabla siguiente (luego, el inciso refiere los años de servicio y el porcentaje de pensión que corresponderá), y agrega que, la edad a que se refiere este inciso, se incrementará de manera gradual conforme a la tabla siguiente (y especifica), que durante 2016-2017, la edad que debe tener el trabajador será de 59 años; y 2018 en adelante, 60 años de edad.

c)…

Así que, si antes de la entrada en vigor de la actual Ley del ISSSTE, usted ya había acumulado mínimo 15 años de servicio, y tiene 55 años o más, pero menos de 59 años, puede demandar el reconocimiento de su edad actual, para efectos de pensión.

Para conocer la tesis, copie, pegue e ingrese en la siguiente liga:

https://miretiroypension.com/2016/08/tesis-pension-de-retiro-por-edad-tiempo-de-servicios/

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https://miretiroypension.com/2012/10/para-atender-mejor-sus-consultas/

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47 COMENTARIOS

  1. entre al sistema 01/11/92, y cumplo el 15 de octubre del 2016, 55 años de edad y el 01 de noviembre del 2016, cumplo 24 años de servicio, mi pregunta es si me puedo pensionar ya. gracias.

  2. ingrese a trabajar en el gobierno federal en México en 1990 actualmente tengo 25 años 11 meses cotizando en el ISSSTE, TENGO CUARENTA AÑOS DE EDAD. MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE PODRÉ OBTENER MI PENSIÓN A LOS 55 AÑOS DE EDAD?

  3. ingrese a trabajar en el gobierno federal en México en 1990 actualmente tengo 25 años 11 meses cotizando en el ISSSTE, TENGO CUARENTA Y CINCO AÑOS DE EDAD. MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE PODRÉ OBTENER MI PENSIÓN A LOS 55 AÑOS DE EDAD?

  4. Consulta, soy una trabajadora del Gobierno Federal, cotizo al ISSSTE desde 1991, elegí el régimen de pensión del 10° Transitorio, ¿Me podré jubilar cumpliendo mis 28 años de servicio? Actualmente tengo 45 años de edad.

  5. Hola, inicie cotizando al ISSSTE en 1982, me liquidaron en el 2003. Actualmente cotizo al IMSS desde el año 2009, mi pregunta es: me podre jubilar y recibir una pensión??

  6. ENTRE EN 1999 AL GOBIERNO FEDERAL, TENGO 47 AÑOS DE EDAD, ME QUEDE CON EL DECIMO TRANSITORIO, A QUE EDAD ME PUEDO JUBILAR? Y CON QUE PORCENTAJE?

  7. Hola maestro buenas tardes mi esposa esta en ese supuesto de tesis:2a./J.81/2016)10a.) Cotizó17años al issste causó baja en 2006 y cumplió 55 años en sep. De este año ya puede solicitar la pensión x edad y tiempo de servicios? Y ante quién?al parecer el issste no conoce este resolutivo saludos felicidades por este espacio

  8. Buenas tardes, ingrese a laborar el 1 de febrero de 1987, aunque no firme la nueva ley, me enciaron al 10 transitorio y ya me quiero jubilar
    pero me dicen que no se puede.

  9. Hola soy trabajador activo del ISSSTE tengo 20 años cotizando y estoy en sistema del décimo transitorio tengo 56 años de edad y quiero saber si puedo ya retirarme por edad y años trabajados . Espero su respuesta gracias

  10. Comentario: Ingresè al gobierno federal el 16 de junio de 1993, cotizo al issste. tengo 53 años de edad con 10 meses y con 23 años y 8 meses. La pregunta es: me puedo pensionar a los 55 años de edad?

    Espero se respuesta. muchas gracias.

  11. Comentario: post data elegi decimo transitorio y tengo 23 años 8 meses de servicio.

  12. Ingresé a SEP el 1 de mayo del 2000 y tengo 56 años con 17 de servicio. ¿Me puedo jubilar?
    Gracias por su atención

  13. Ingresé a la Secretaría de Educación Pública el 1 de mayo del año 2000, tengo 17 años de servicio y 56 años de edad, estoy dentro del décimo transitorio
    ¿Me puedo jubilar?

  14. Ingresé a la Secretaría de Educación Pública el 1 de mayo del año 2000, tengo 17 años de servicio y 56 años de edad, estoy por el décimo transitorio
    ¿Me puedo jubilar?

  15. Entre a laborar al gob federal en el año de 1989 cumpliré 28 años de servicios este año. Y cuento con 47 años de edad. Podre promover ya mi jubilación

  16. Jose Luis
    entre a laborar el 16 de junio de 1989 cumplo 28 años de servicio este año y tengo 56 años de edad estoy en el régimen 10 transitorio cundo podre promover mi jubilación

  17. Buenas noches:
    Cotice para el ISSSTE 22 años, me retire en el año 2003, cumpli 55 años en 2013, actualmente tengo 59 años, aun puedo solicitar se me pague la pension retroactiva del 2013 al 2017. no retire mis cotizaciones ni volvi a cotizar para el ISSSTE.

  18. Comentario:buen dia ingrese al gob. federal en junio de 1993. tengo 54 años y elegi el décimo transitorio y 24 años cotizados. En que año podre. pensionarme.

  19. HOLA….TRABAJO EN EL GOBIERNO FEDERAL (COTIZANDO AL ISSSTE) TENGO 30 AÑOS DE SERVICIO PERO APENAS CUMPLI 50 AÑOS DE EDAD, ESTE AÑO……QUE APLICA EN ESTE CASO???

  20. MI NOMBRE ES MIGUEL ANGEL VERAZAS GONZALEZ, RENUNCIE EN EL AÑO DE 2013, TODAVIA HICE APORTACIONES VOLUNTARIAS HASTA OCTUBRE DEL AÑO 2015, ME ACOGI AL DECIMO TRANSITORIO Y HASTA LA FECHA HE SOLICITADO MI TRAMITE DE PENSION Y NO HA SIDO POSIBLE. HE ESTADO PENDIENTE DE LA JURISPRUDENCIA DE JULIO DEL 2016, DONDE SE RECONOCE LA PENSION POR AÑOS DE SERVICIO Y EDAD. TENGO 58 AÑOS DE EDAD Y 24 AÑOS DE SERVICIO. REBASO LA EDAD (55 AÑOS) Y EL TIEMPO DE SERVICIO (15) DE ACUERDO AL DECIMO TRANSITORIO. QUE ME RECOMIENDAN???? GRACIAS

  21. HOLA SOY TRABAJADOR DE LA S.E.P., PROFESOR DE EDUCACION PRIMARIA DESDE 1987, ESTOY EN EL DÉCIMO TRANSITORIO, YA TENÍA 15 AÑOS COTIZANDO CUANDO ENTRÓ EN VIGOR LA NUEVA LEY DEL 2007. DESEO PENSIONARME AL CUMPLIR MIS 55 DE EDAD HACIENDO VALER LA JURISPRUDENCIA PUBLICADA. ¿QUÉ DEBO HACER PARA QUE EN EL ISSSTE NO ME PONGAN PEROS?

  22. Hola soy Alberta Hernández Fructuoso, ingrese el 16 de mayo del 88 en el IEEPO cotizo con el ISSSTE y estoy en el decimo transitorio, con 53 años de edad y29 de servicio mi pregunta es alcanzo jubilación y cuanto es el porcentaje que se medará?

  23. SEGUN LA TESIS JURISPRUDENCIA Y POR LO QUE USTEDES ESCRIBEN, UNO DEBE TENER 15 AÑOS DE COTIZACION AL ISSSTE ANTES DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA NUEVA LEY DEL ISSSTE (1-04-2007) PARA TENER DERECHO A JUBILARSE A LOS 55 AÑOS Y TENER UNA PENSION, LE ESTAN PREGUNTANDO ALGUNAS PERSONAS QUE TIENEN TRABAJANDO YA ESOS AÑOS (15) ANTES DEL 2007 Y USTED DICE QUE NO PUEDEN AUN JUBILARSE, PERO SI TIENEN LA EDAD 55 Y LOS 15 AÑOS DE SERVICIO Y MAS HASTA LA FECHA DE HOY, ENTONCES ¿COMO ES EL CASO?, SI UNA PERSONA NO ELIGIO EL DECIMO TRANSITORIO O MEJOR DICHO NUNCA FIRMO, AUNQUE DICEN QUE SERIA AUTOMATICO AUNQUE NO FIRMARA, ENTONCES ¿QUE BENEFICIO TIENE? O ¿PARA QUIENES TIENE BENEFICIO ESTA TESIS DE JURISPRUDENCIA?

  24. tengo 62 años estoy pensionado por invalidez en el issste estoy en cuenta individual, que me conviene retiro programado o renta? porque ya estoy cerca de pensionarme a los 65 años y no tengo idea de lo que me toca si tengo en mi cuenta afore 5 millones de pesos.me podría decir?

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