Elección Régimen de Pensión ¿1973 o 1997?

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De acuerdo a la Ley del Seguro Social de 1997, como asegurado o beneficiario inscrito al IMSS antes del 1º de julio de 1997, podrás elegir entre dos esquemas de pensiones. 

Descripción:

Como asegurado o beneficiario inscrito al IMSS antes del 1º de julio de 1997, podrás elegir entre dos esquemas de pensiones, según lo marca la Ley del Seguro Social (LSS), estas son:

  • Régimen de 1973, vigente hasta el 30 de junio de 1997.
  • Régimen de 1997.

Beneficios del Régimen de la Ley del Seguro Social 1973

  • Al cumplir con los requisitos legales, tú como asegurado, tendrás derecho a pensión vitalicia en pagos mensuales, con cargo al Gobierno Federal.
  • En caso de tu fallecimiento, las pensiones de viudez, orfandad o ascendientes, quedarán cubiertas.
  • El monto de la pensión será actualizado anualmente en febrero, conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor.
  • Podrás retirar parte de los recursos de tu cuenta individual (SAR 92 y Retiro 97), gestionándolo con la administradora de fondos para el retiro que lleve tu cuenta.

El resto de los recursos se destinarán al pago de tu pensión.

  • Tendrás derecho a aguinaldo.
  • Podrás solicitar préstamos al IMSS a cuenta de tu pensión, o bien, a través de una entidad financiera, en cuyo caso deberás dar autorización expresa a la entidad para descontar las mensualidades de tu pensión.

Beneficios del Régimen de la Ley del Seguro Social 1997

  • Al cumplir con los requisitos legales, tú como asegurado, tendrás derecho a pensión vitalicia en pagos mensuales que pagará la aseguradora que tú elijas.
  • Los recursos de tu cuenta individual se destinarán al pago de tu pensión y a  la contratación del «Seguro de sobrevivencia» en favor de tus beneficiarios, cubriendo fallecimiento, pensiones de viudez, orfandad  o ascendientes, mismas que cubrirá tu aseguradora.
  • El monto de la pensión será actualizado anualmente en febrero conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor.
  • Podrás solicitar préstamos a través de una entidad financiera, en cuyo caso deberás dar autorización expresa para descontar las mensualidades de tu pensión.

La elección de régimen te beneficia en:

  • Conocer con anticipación el importe de tu pensión.
  • Elegir la aseguradora que mejor te convenga.
  • Elegir entre el régimen de pensiones de 1973 ó 1997, de acuerdo a tus intereses.
  • Conocer el importe aproximado de los recursos en las subcuentas con opción a retiro.

Lugar y hora de atención:

  • En la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que te corresponda, de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.

Consulta el domicilio de tu UMF: http://www.imss.gob.mx/directorio

Ten presente estos puntos: 

a) Requisitos:

  • Si empezaste a cotizar en el IMSS antes del 1º de julio de 1997, al tramitar tu pensión el Instituto te dará a elegir entre los dos regímenes.

Sin embargo, si empezaste a cotizar después del 1 de julio de 1997, sólo   tendrás la opción al Régimen de 1997, bajo el esquema de renta vitalicia. 

b) Y toman en cuenta:

  • El documento mediante el cual se da a elegir el régimen se denomina «Documento de oferta», el cual indica el monto de pensión que se recibiría en cada uno de los regímenes.
  • Refiriéndose al Régimen de 1997, se indicarán las propuestas de pago, señalando las aseguradoras que puedes elegir.
  • Antes de contratar alguna de ellas, es importante que analices varias opciones de propuestas de renta vitalicia, para que elijas la que más te conviene
  • Puedes consultar la Ley del Seguro Social de 1973 y La Ley del Seguro Social de 1997, para revisar con calma los artículos 3ro. y 11avo. transitorios, referentes a la elección de régimen

Fuente de la información:  http://www.imss.gob.mx/tramites/eleccion-de-regimen

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509 COMENTARIOS

  1. Buenas tardes
    yo empece a trabajar en febrero del 97′ y en esa fecha fui dado de alta al imss
    en cual ley entraria

  2. como puedo saber bajo que régimen se pensiono a mi papa, es mayor de 65 años y no lo recuerda. ¿A Donde puedo acudir o existe alguna pagina?

  3. Buena tarde cotice en el IMSS dos semanas en 1996 y posteriormente hasta el 2001. Con las dos semana cotizadas puedo pensionarme con la Ley 1973 o me corresponde la de 1997. Gracias

  4. buenas noches, si empece a cotizar en el año de 1976 y al retirarme eleji que mi pensión fuera de ley 97 al fallecer mi esposa tiene derecho a su pensión y atención medica.

  5. Hola, buenas tardes. Yo empece a cotizar en el año 1982 ante el I.M.S.S. y sigo cotizando. tengo 51 años. Ya me puedo pensionar?

  6. EMPECE A COTIZAR EN EL AÑO 1982 Y SIGO COTIZANDO HASTA LA FECHA (IMSS) TENGO 51AÑOS. YA ME PODRE PENSIONAR

  7. Estimados a me dieron de alta el 5 de agosto del 97, me gustaría saber si puedo gestionar a que se me pensione en la ley 73, yo trabajé desde mayo del 97 pero me dieron de alta hasta agosto pero no tengo forma de comprobarlo salvo testigos, puedo hacer algo legalmente? O ya en definitiva me perjudicaron? Agradezco la comprensión y el apoyo

      • Si hubo un perjuicio dado que trabaje desde mayo 97 y me dieron de alta hasta agosto 97 si me hubieran dado de alta al momento que ingrese tendría el derecho a jubilarme con la ley 73 y actualmente solo me puedo jubilar en la reforma 97 Ud cree que no me perjudicaron? Yo veo todo lo contrario

        • EL HUBIERA NO EXISTE
          LO REAL ES QUE EMPEZO A COTIZAR EN AGOSTO
          SU REGIMEN: NUEVA LEY, NO HAY MAS
          ADEMAS, DEJO PASAR YA MAS DE 20 AÑOS ¿QUE SE PUEDE RECLAMAR DESPUES DE TANTO TIEMPO?

  8. BUEN DIA, YO EMPECE A COTIZAR EN 1963 Y A LOS SESENTA AÑOS ME PENSIONE,COTICE HASTA 1995 LEY 1973. COMO EL IMSS REQUERIA QUE EL QUE ESTUVIERA PROXIMO A PENSIONARCE, SE CONTRATARA EN ALGUNA EMPRESA PARA ( REACTIBAR MI EXPEDIENTE) COSA ME ME VI OBLIGADO A CONTRATARME POR UN SALARIO MINIMO POR LOS ULTIMOS TRES AÑOS Y EL CUAL VEO QUE MAÑOZAMENTE EL IMSS AFECTA A MILES DE PERSONAS, YA QUE EN EDAD AVANZADA NO PODEMOS CONTRATARNOS CON UN BUEN SUELDO Y TERMINARON PENSIONANDOME CON SALARIO MINIMO.Y OBVIO YO GANABA MUCHO MAS.
    AHORA INFORMAN QUE TENEMOS UNA SUB CTA. POR RECOGER. E IGNORO SI ESTOY EN ESE DERECHO.PUEDEN HACERME FAVOR DE INFORMARME, GRACIAS

  9. BUEN DIA, YO EMPECE A COTIZAR EN 1963 Y A LOS SESENTA AÑOS ME PENSIONE,COTICE HASTA 1995 LEY 1973. COMO EL IMSS REQUERIA QUE EL QUE ESTUVIERA PROXIMO A PENSIONARCE, SE CONTRATARA EN ALGUNA EMPRESA PARA ( REACTIBAR MI EXPEDIENTE) COSA ME ME VI OBLIGADO A CONTRATARME POR UN SALARIO MINIMO POR LOS ULTIMOS TRES AÑOS Y EL CUAL VEO QUE MAÑOZAMENTE EL IMSS AFECTA A MILES DE PERSONAS, YA QUE EN EDAD AVANZADA NO PODEMOS CONTRATARNOS CON UN BUEN SUELDO Y TERMINARON PENSIONANDOME CON SALARIO MINIMO.Y OBVIO YO GANABA MUCHO MAS.
    AHORA INFORMAN QUE TENEMOS UNA SUB CTA. POR RECOGER. E IGNORO SI ESTOY EN ESE DERECHO.PUEDEN HACERME FAVOR DE INFORMARME, Y COMO DEBO TRAMITARLO Y DONDE. MUCHAS GRACIAS

    • SI LABORÓ HASTA 1995 SU PATRON APORTO PARA USTED EL LLAMADO SEGURO DE RETIRO 2% DE SU SBC
      MIRE, NO SE ILUSIONE CON ESOS RECURSOS PUES DE ENTRADA NO TIENE NINGUN DOCUMENTO QUE ASI LO ACREDITE (ME CORRIGE SI ESTOY EQUIVOCADO)
      AUN Y CUADO LO HUBIERA NO PASAN DE SER MAS DE 20 A 30 PESOS PUES EN 1993 LE QUITARON 3 CEROS A LA MONEDA, ¿LO RECUERDA?
      LEA LO SIGUIENTE
      SAR 92

  10. Trabaje en la Universidad Autonoma de Sinaloa,dos años en 1976 y 1977 y me descontaron el concepto de imss,enseguida fui a la subdelegacion en Culiacan;Sinaloa a solicitar las semanas cotizadas y no me aparecen,omitieron los pagos o se robaron el dinero,que debo de hacer ?

    • DIFICIL DE SABER Y FIJESE QUE NO PUEDE HABER ROBO DE ALGO QUE NO SE TIENE
      EN ESAS FECHAS NO SE AHORRABA COMO AHORA
      SE EMPEZO A AHORRAR A PARTIR DE 1992
      LE RECONOCEN EL TIEMPO SOLO SI TIENE USTED MANERA DE COMPROBAR QUE LO TRABAJO

  11. BUEN DÍA ME GUSTARIA QUE ME SACARA DE UNA DUDA SI MI ESPOSO EMPEZO A COTIZAR EN EL 2001 SE PENSIONARIA POR LA LEY DEL 97 LA DUDA ES QUE EN CASO DE EL FALTAR A MI COMO SU ESPOSA SE ME PENSIONARIA Y A MIS HIJOS POR ORFANDAD YA QUE SON MENORES O COMO SERIA?

  12. Buenas tardes, comencé a cotizar en octubre de 1974 y hasta diciembre de 2006 al 30 de marzo de 2017 cumplí los 60 años al dejar de cotizar un poco más de 10 años me corresponde pensión? desde diciembre de 2006 cotizo para el ISSSTE aun así puedo hacer uso de mi fondo para el retiro?

  13. Buen día mi papá pertenece a la ley del 73 y en este año cumple 60 años y ya le están diciendo que se debe jubilar pero que está será al 70% esto es verdad y por qué. Gracias

    • Las dos cosas son falsas:

      1a.- No se debe pensionar a los 60 años; puede hacerlo solo si el así lo desea

      2a.- La pensión a los 60 años de edad no equivale al 70%; equivale al 75% de la que recibiría si se pensionara a los 65 años

  14. buenas noches
    Apenas me pensionaron temporalmente por 2 años bajo el régimen de 1997 pero yo empece a cotizar en 1994. Mi pregunta es si yo podía elegir bajo que régimen me podían pensionar. Y me están dando el 35% de pensión cuando tengo entendido que es el 50% o mas por enfermedad general espero sus respuesta muchas gracias.

  15. Saludos mi pregunta es me unificaron dos números sociales tenía duplicidad tenía un número socios de 2008 y el imss le dije que tengo un número social que un hermano me tenia en un directorio de ace muchos años mi número social este tiene registro de 1972 lo di el la delegación imss llene sólo solicitud para unificación me dejaron el antiguo pero en reporte semanas cotizadasme apareasen las del 2008 para acá no me acuerdo dónde trabaje ya casi cumplo las 500 semanas si me podré pensionarse con la ley 73 gracias

  16. Buen día:
    Tengo 60 años y hace poco tramité para pensión negativa debido a que actualmente no laboro y me veo en la necesidad de debido a que por la edad no consigo trabajo. Resulta que al momento de ir retirar mi afore en Coppel, solo me depositaron 4000 aprox. de 30000 aprox. y al hablar con los encargados me hicieron la observación de que mi afore está dividida en 2, en la del 73 y 97, siendo que empecé a laborar antes del 97. La explicación que ellos me dan es que una parte me la dan ahorita (por la del 73) y la otra hasta cumplidos los 65 años (régimen 97). Fui a la subdelegación del seguro social y me dijeron que me tienen que entregar todo completo, no en partes y que no toque ese dinero hasta que se resuelva a mi favor. ¿Esto es cierto? Le agradezco su atención y orientación.
    Saludos.

  17. Yo empecé a trabajar en el año de 1997, estoy seguro que antes de mayo de ese año pero no tengo ningún documento que lo pruebe, mi pregunta seria, donde puedo revisar exactamente en que mes fui dado de alta ante el IMSS?

  18. hola buenos días, en mi numero de afiliación tiene que me di de alta en el año 1995 pero en ese año me dieron de alta en el seguro facultativo de la preparatorio y por eso el IMSS me asigo ese numero de afiliación el cual tengo hasta la fecha, mi pregunta es me plicaria el regimen de 1997 para una pensión???, considerando que inicie a la borar en 1999.

    Gracias y saludos.

  19. Buenas tardes yo empeze a laborar en el año 92 y estoy con pensión de invalidez temporal bajo el régimen del 97 si se diera el caso que es pensión definitiva al terminarse esta temporal podré elegir la ley 73? ya que en esta no me dieron a elegir y realmente desconocía el caso espero y me haya explicado

  20. Buenas tardes,
    si empece a cotizar exactamente el 1 de Julio de 1997, qué ley me correspondería?
    puede alcanzar aún la ley del 73?
    leo literatura que dice que HASTA el 1 de Julio, otras que antes del 1 de julio…
    que pasa si es EXACTO el 1 de Julio de 1997
    gracias.

  21. Tengo 60 años quiero jubilarme, pero para que obtenga el 80% de pensión debo tener 60 años 7 meses es verdad, cotize desde 1981.

  22. Me dieron de alta en la universidad en el seguro facultativo en 1989 e inicie a trabajar el 1 de junio de 1998, tengo derecho a la ley 73. saludos y gracias

  23. Buenas tardes . Mi papa empezo a cotizar en 1976 , y dejo de laborar en 2013 pasaron 3 años sin que aportara al imss, y a mediados de 2016 empezo a aportar de for,a voluntaria , ya cumple 60 años este mes de agosto y quiere iniciar su tramite de pension, pero, me preocupa el monto con el cual saldra , que le conviene mas seguir pagando sus cuotas para que alcance un mejor monto o que es lo que mas nos conviene.
    Por otro lado en su cuenta de afore el monto que tiene es muy pequeño de donde saldrian los recursos para su pension ??
    Y de los recursos del infonavit el jamas ocupo su credito , podremos retirar esos fondos , una vez que tramite su pension ?
    Me ayudaria mucho si me puede orientar.
    Gracias

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