¿Cómo Podré Pensionarme? 2a Parte

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Cómo podré pensionarme es una pregunta que ni siquiera ha pasado por la mente de millones de trabajadores en este país y que sólo se la plantean quienes ven que el momento del retiro, se acerca rápidamente.

A los jóvenes ¿por qué no les interesa la forma en que podrán retirarse en el futuro?, pienso se debe al fenómeno cultural de la no previsión y a que su principal preocupación es el target de última generación, permanecer bajo el cuidado paterno-maternal, no tener responsabilidades o living la vida loca, como canta el boricua.

Quienes se encuentran entre la tercera y quinta década de edad, están dedicados a cubrir las hipotecas educativas y de manutención de la familia, la del crédito inmobiliario y/o la del auto.

A partir de la mitad de la quinta década de edad y en adelante, las personas empiezan a percibir que la edad del retiro se acerca, pero aun así, el hecho no es tan relevante como para sentarse a reflexionar concienzudamente, sobre la forma en que vivirá el resto de los días, aunque el instinto de alerta interior empieza a hacer algo de ruido; piensan en que “ya lo verán más adelante”.

La desesperación y las angustias empiezan llegada la sexta década, por todo lo que no se hizo en los años precedentes y entonces sí, cómo poder pensionarme se convierte en clamor, terror y preocupación; la vista se ofusca y empezamos a ver a los monstruos de las siete cabezas, culpables nuestra no previsión.

Estimados lectores de Milenio, De Peso, Novedades de Cancún y de Chetumal, del blog Mi Retiro y Pensión y radioescuchas de SIPSE Noticias KISS FM 97.7, una pensión es el fruto de años de trabajo arduo y continuo, donde la magnitud del fruto esperado está en función a la cantidad de años laborados y el nivel de salario obtenido y/o del ahorro realizado.

Son determinantes para la generosidad de la pensión, la constancia, la disciplina y la determinación de trabajar en un proyecto de vida que empezará a dar frutos, como cualquier árbol, a partir del quinto año (en caso de invalidez), o bien, cuando la salud, fuerza y vigor vital nos abandonan a partir del año sesenta de edad (pensión de cesantía en edad avanzada o vejez).

La vida se prolonga cada vez más y una actitud previsora exige tener un plan de vida que nos permita definir necesidades de corto, mediano y largo plazo; la vida da muchas vueltas y debemos de estar preparados; asesorémonos adecuadamente, ahorremos lo gastado en vicios o detalles no indispensables y recordemos que con una generosa pensión, jamás nos faltará cariño.

En estas fechas del año, cuando muchos de los trabajadores reciben su fondo de ahorro y/o aguinaldo, procuren ahorrar al menos el 10% del ingreso adicional en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro (retirables hasta la edad en que se pensione) o en la subcuenta de aportaciones voluntarias en la modalidad de no deducibles (se pueden retirar cada dos o seis meses, dependiendo de la Siefore en que estén invertidos los recursos).

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54 COMENTARIOS

  1. si una persona con credito infonavit, se pensiona temporalmente por enfermedad, como se calcula el descuento para el pago de la casa.
    la cuenta sigue generando intereses, o se cancela la deuda,. como sería.
    GRACIAS.

    • LA CUENTA PUEDE CANCELARSE SI EL CREDITO CUENTA CON UN SEGURO DE VIDA Y SE TIENE UNA INVALIDEZ DEFINITIVA O INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE

  2. ESTOY PESIONADA POR INVALIDEZ DESDE EL 2010 POR EL ISSSTE AHORA ME TENGO QUE PENSIONAR EN FORMA DEFINITIVA,PERO NO SE CUAL SEGURADORA ES LA MEJOR DE LAS OPCIONES QUE ME DA EL ISSTE, BANCOMER , BANORTE, GNP, USTED PODRIA AUXILIARME

    • ANALICE LA OFERTA QUE CADA UNA DE ELLAS LE PRESENTA Y ELIJA LA MEJOR

  3. buenas tardes, quiero saber que ley me corresponde si empeze a cotizar en marzo del 2006 tengo 27 años. y que beneficios tengo con esa ley ?

    • LE CORRESPONDE LEY DEL SEGURO SOCIAL 1997

      BENEFICIOS: PENSION Y ASISTENCIA MEDICA UNA VEZ CUBIERTOS LOS REQUISITOS DE EDAS Y SEMNANAS COTIZADAS

      • muchas gracias, pero es cierto que en esa ley del 97,cuando uno cumpla los 65 años se pensiona, pero que en vez de dar el pago mensual de la pension se lo van a dar uno en un solo pago y uno se tiene k hacer cargo de ya administrarlo??? o es una pension mensual= me puede explicar bien esto porfavor

  4. En el artículo 145 de la Ley del Seguro Social 1973, fracción III, se indica el requisito para la prestación de pensión por cesantía en edad avanzada: “Quedar privado de trabajo remunerado”
    ¿Esto significa estar simplemente desempleado por cualquier motivo? ¿Significa que debe estar desempleado por rescisión de contrato, es decir, no procede en caso que la cesación en el trabajo se origino por voluntad de trabajador?

    • SIGNIFICA QUE NO DEBE ESTAR COTIZANDO PARA EL IMSS AL MOMENTO DE TRAMITAR SU PENSION

      • La pregunta anterior es especificamente por que hay jurisprudencias que indican que el otorgamiento de la pension de cesantia en edad avanzada solo procede cuando la cesasion del trabajo es involuntaria: Registro 173822 de diciembre de 2006 » Cesantia en edad avanzada, el otorgamiento de la pensión respectiva sólo procede cuando la cesación en el trabajo es involuntaria»; Registro 162922 de febrero de 2011 «Cesantía en edad avanzada, si el asegurado demanda el otorgamiento de dicha pensión, corresponde al instituto mexicano del seguro social, desvirtuar las presunciones de que el trabajador quedo privado de trabajo remunerado y de que esa cesación fue involuntaria». De lo cual yo entiendo que no es solo que este desempleado y no este cotizando al IMSS, sino que ademas la cesacion del trabajo sea involuntaria, es decir en el caso de una renuncia al trabajo de manera voluntaria significaria que la pensión por cesantia en edad avanzada es improcedente. ¿No es esto así?

  5. Hola estoy desempleado desde agosto 2009, tengo 1508 semanas cotizadas, cumplo 60 años en julio 2015. mi pregunta es puedo pensionarme sin tener una relación laboral en esa fecha o necesito emplearme para poder pensionarme?

    • ES MUY IMPORTANTE ACUDA AL IMSS Y SOLICITE UN REPORTE DE SEMANAS COTIZADAS; AL DARSELO LE INDDICARAN CUAL ES SU PERIODO DE CONSERVACION DE DERECHOS Y, SI SE ENCUENTRA DENTRO DE DICHO PERIODO PODRA PENSIOARSE SIN TENER QUE COTIZAR NUEVAMENTE PERO CLARO, LE BAJARA MUCHO SU PENSION

      MI SUGERENCIA ES QUE COTICE AL IMSS CON EL SALARIO MAS ALTO A FIN DE QUE PUEDA ELEVAR EL NIVEL DE SU PENSION PUES ADEMAS, ENTRE MAS SEMANAS ACUMULE, MAS SE INCREMENTARA

  6. MI PREGUNTA ES QUE SE DEBE HACER PARA UNIFICAR LAS COTIZACIONES DEL IMSS Y DEL ISSTE

  7. hola ! buenas tardes me gustaria saber por que al momento de dar de alta mis datos en pensionissste para consultar mi cuenta de SAR me dice que aparesco con marca de inactividad a que se debe ?? y si aparesco activa para ejercer un credito en fovisste ya que lo he checado no entiendo .

  8. ¿DISCULPA QUIERO SABER CUANTAS SEMANAS LABORABLES TENGO? ME LLAMO JORGE SALGADO TRUJILLO MI SEGURO ES 67805304002

  9. hola buenas tardes una pregunta en caso de muerte quin podra cobrar lo que tengo en la afore y cuando se lo entregarian

    • sus beneficiarios en forma de pension o ellos mismos de obtener una negativa de pension, en una sola exhibicion

  10. BUENOS DIAS PREGUNTA ,MI CONSERVACION DE DERECHOS SE VENCIO EN MAYO 2012 CUMPLI LOS 60 AÑOS EN JUNIO 2012 AUN ASI PUEDO PENSIONARME? GRACIAS.

    • no, debera de reincorporarse al regimen obligatorio acorde a lo establecido en el art. 151 de la ley del seguro social

      le sugiero busque en mi blog, en el apartado imss, el articulo: de la conservacion y reconocimiento de derechos

  11. hola buenas tardes, digame por favor .quien me dara mi solicitud de retiro? la empresa donde laboro o el imss.’ o como empesar a tramitar mi pension. me faltan un año ocho meses. gracias

  12. quien tramita la pension, ? o quien me dara la solicitud de retiro.? mi compañia o el imss

    • NI EL IMSS NI SI EMPRESA, LA PENSION LA TRAMITA EL INTERESADO

      LE SUGIERO ACUDA A SU AFORE PARA ORIENTACION , REVISION DE SUS DATOS E INTEGRACION DE SU EXPEDIENTE PREVIO

  13. buenas noches señor,,tengo treina y dos años cotisando al seguro..con ese tiempo no puedo retirarme? es necesario tener cumplidos los sesenta años »’? si ya tengo mas de treinta trabajados,?

    • DEBE DE TENER AL MENOS SESENTA AÑOS O MAS PARA UNA PENSION POR CESANTIA EN EDAD AVANZADA

      PARA LA DE VEJEZ, 65 AÑOS O MAS

  14. hola, buenas noches.soy yo mismo angel rivera.me podria decir,si tengo un salario de mil cien pesos diarios de salario,con cuanto me pensionarian al retirarme,dentro de un año ocho meses? si no para ,tratar de aportar un poco mas al imss. gracias

    • LAMENTO COMENTARLE QUE NO HACEMOS CALCULOS DE PENSIONES CON BASE EN SUPUESTOS PERO SI PUEDE APORTAR UN POCO MAS, HAGALO, LE CONVENDRA MUCHO

    • buenas noches,si en los ultimos cinco años,, es decir, de cincuenta y cinco en adelante ,por un motivo ,no cotiso, el ultimo años , o sea me salga por motivos o cotise medio años bajara mi pension? cuando me retire a los sesenta.?

  15. Hola Buenas tardes
    Tengo la sigiente duda:

    Si uno esta afiliado al IMSS desde 1992, pero no habia cotizado, sino que empezo ha cotizar en el año 2006 hasta el día de hoy podria en el futuro solicitar, si llena los requisitos, una pensión por la ley de 1973. o solamente le corresponde la de 1997.

    • si estuvo dado de alta en el regimen obligatorio del IMSS a partir de 1992, conforme al Art. 11 de la LSS, usted podra pensinarse por la ley 73 o 97, la que mas le convenga

  16. ACUDI A VERIFICAR MIS SEMANAS COTIZADAS Y SON 546, INICIE A COTIZAR EN 1978, PARA PENSIONARME CON LA LEY DEL 73 CUANTAS SEMANAS DEBERE COMPLETAR ? O SI NO COMPLETO LAS 1,250 TENDRE QUE PENSIONARME CON LA LEY DEL 97?

    • CON LAS SEMANAS YA RECONOCIDAS POR EL IMSS ALCANZA UNA PENSION LA QUE PODRA TRAMITAR HASTA QUE CUMPLA CON LAS EDADES ESTABLECIDAS: 60 AÑOS PENSION CESANTIA O 65 PARA PENSION VEJEZ, SIEMPRE QUE AL MOMENTO DE TRAMITARLA SE ENCUENTRE DENTRO DEL PERIODO DE CONSERVACION DE DERECHOS

      MI SUGERENCIA ES QUE SI AUN ESTA EN TIEMPO SIGA COTIZANDO PARA MEJORAR SU PENSION

  17. SI TENGO UNA PENSION POR ENFERMDAD, PUEDO TRAMITAR UNA SEGUNDA PENSION POR VEJEZ

    • NO HAY PENSONES POR ENFERMEDAD

      SOLO LAS HAY POR RIESGOS DE TRABAJO, INVALIDEZ Y VIDA, Y RETIRO, CESANTIA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ

      PARA UNA OPINION, REENVIEME DE NUEVO SU PREGUNTA MAS EL DATO DEL TIPO DE PENSION DE QUE USTED DISFRUTA Y MOTIVO POR EL CUAL SE LE EXPIDIO

  18. buenas tardes, contesteme por favor, si en cinco años por decir me faltaran cinco ,,por motivos, de algo equis,no aporto al imss.un año antes, x d cincuenta y nueve ,como quedaria para mi pension, si me jubilo a los sesenta años ? me vajaria? me perjudicaria ? a la fecha de mi retiro? y en que forma si solo fue un año ,y cotise la mayoria de años que exijeo el imss y es obligatorio por ley por el imss :,gracias espero su contastacion.

  19. Buenas tardes, tengo actualmente 36 años y mi relacion laboral termino en el 2006, tengo afore y saldo de subcuenta, probablemente ya no trabaje, podre retirar mis saldos hasta que cumpla 60 años? o pensionarme a los 60 o 65 años? gracias.

  20. Buenos Dias Jaime; Para que sea procedente el otorgamiento de la pensión de cesantía en edad avanzada ante el IMSS, independientemente de cumplir los requisitos (1.- Haber cumplido 60 años; 2.- Haber cubierto 500 cotizaciones semanales (Ley 1973) ó 1250 (Ley 1997); 3.- Encontrarse privado de trabajo remunerado), ¿ basta que el asegurado haya dejado de trabajar voluntaria o involuntariamente; o bien, solo es procedente cuando la cesación es involuntaria, es decir, por causas ajenas a este, como haber sido despedido?

  21. Buenas noches, necesito saber como le puede hacer mi papa que tiene 62 años actualmente y tendrían 36 años de casados con mi mamá que falleció hace casi 7 años para cobrar lo que tiene mi mamá en su afore ya que empezamos hacer los tramites para ver lo de una pensión ya que mi mamá tenía 481 semanas cotizadas ante el seguro social nos solicitaron toda la documentación que se requiere en estos casos y le dijeron en el imss que casi estaba completa que solo le faltaba para tramitar la pensión una constancia testimonial con la que acredite la dependencia econòmica la cual se tramitaba en una de las areas del juzgado mixto; en los juzgados nos dijeron que para darnos esa constancia, mi papá tiene que llevar una constancia medica en donde se conste que está incapacitado para trabajar de una institución medica que no sea privada. Mi papá es epileptico y no trabaja tiene desde hace 5 años me pudiera asesorar que se pudiera hacer? De antemano muchas gracias!!!!

    • con 481 semanas cotizadas, no se tiene derecho a pension; se requiere un mínimo de 500 por ley 73

  22. Hola buen dia mi pregunta es mi papa tiene 65 años y dejo de cotizar al IMSS hace aproximadamente diez años pero no tramito su pension puede tramitarla ahora sin estar cotizando o que puedo hacer? gracias

    • Debe recuperar el derecho a las semanas cotizadas incorporandose al regimen obligatorio del IMSS por medio de un patron

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  23. mi mama no sabe leer i escrivir ella tuvo un accidete de trabajo en dode se quedo icapacitada pra toda su vida y me la trae a vuelta y buelta que es lo que tiee que hacer para que ya le de su pecion de por vida por que ella ya no puede trabajar y o es justo que la traigan a buelta y buelta

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