Ayuda para Gastos de Matrimonio y por Desempleo

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Las leyes de seguridad social prevén que los trabajadores podrán realizar dos tipos de retiros de su cuenta individual: retiros parciales y retiros totales.

Los retiros parciales son aquellas disposiciones de dinero que el trabajador puede realizar durante su vida laboral, si se cumplen con los requisitos para ello y son: ayuda para gastos de matrimonio y ayuda por desempleo.

La ayuda para gastos de matrimonio es de treinta días de salario mínimo general vigente -únicamente para trabajadores que cotizan al IMSS- y esta ayuda se financía con recursos aportados por el Gobierno Federal a través del rubro llamado «cuota social».

La formula para obtener la cantidad a recibir es sencilla, solo multiplique el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, a la fecha en que contrajo nupcias por lo civil, y lo multiplica por 30 (SM vigente x 30 = ayuda para gastos de matrimonio).

Nota: la ayuda se paga ahora en valores referidos a UMA

Es pertinente aclara que la CUOTA SOCIAL solo la reciben los trabajadores que ganen hasta 15 salarios base de cotización; al excederse de este tope, ya no se recibe la cuota social, la que, a precios del 26/may/2009 es de:

Salario base de

cotización del trabajador

Cuota social
1 Salario Mínimo $3.87077
1.01 a 4 Salarios Mínimos $3.70949
4.01 a 7 Salarios Mínimos $3.54820
7.01 a 10 Salarios Mínimos $3.38692
10.01 a 15.0 Salarios Mínimos $3.22564

 

Los valores mencionados del importe de la cuota social, se actualizarán trimestralmente de conformidad con el Índice Nacional de Precios al Consumidor, en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año (LSS, Art. 167, frac. IV).

Quienes ganen un salario mayor al indicado en el párrafo anterior, los recursos para el pago de la ayuda se tomarán de la subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.

Para poder solicitarla es necesario que la cuenta individual tenga al menos tres años de haber sido aperturada, que se compruebe con documentos fehacientes la muerte de la persona que registró como cónyuge en el Instituto, o que, en su caso, exhibir el acta de divorcio, y que cualquiera de los cónyuges no haya sido registrado con anterioridad en el Instituto con esa calidad.

Si el trabajador causa baja del régimen obligatorio, conservará su derecho a recibirla siempre que contraiga nupcias dentro de los noventa días hábiles a partir de la baja; este derecho se ejercerá por sólo una vez en la vida del trabajador y no afecta el número de semanas cotizadas.

La ayuda por desempleo es el derecho para disponer de los recursos de su cuenta individual, en caso de pérdida del empleo (también lo pueden ejercer trabajadores que coticen al ISSSTE).

Si usted cotiza al IMSS, podrá retirar en una sola exhibición, a partir del día cuarenta y seis de desempleo y una vez cada cinco años, por la opción:

a) El equivalente a treinta días del salario base de cotización con tope de diez veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, si la cuenta tiene al menos tres años de haber sido aperturada y un mínimo de doce bimestres de cotización.

b) Lo que resulte menor entre noventa días del salario base de cotización de las últimas doscientas cincuenta semanas de cotización o el 11.5% del saldo de la subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, de tener la cuenta cinco años o más de haber sido aperturada.

Al ejercer este derecho, las semanas de cotización disminuyen en la misma proporción que los recursos retirados pero pueden recuperarse restituyendo los recursos dispuestos.

Si lo requiere, ejerza esta ayuda, pero tan pronto pueda, regrese lo dispuesto; le aseguro que al retirarse llorará lágrimas de sangre si no lo hace; pero ésta es su decisión.

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2606 COMENTARIOS

  1. Perdón mi pregunta es como se calcula la ayuda por gastos de matrimonio si mi sueldo es de 1300 y en mi afore tengo 30 000 cuanto me podría corresponder por su respuesta gracias

  2. Buenos dias lic. Disculpe yo me casare este viernes hace casi un mes termine mi relacion laboral pero la empresa me sigue pagando 3 meses de seguro ante el imss mi pregunta es puedo solicitar ayuda por matrimonio y desempleo al mismo tiempo o para desempleo debo estar dado de baja del imss

  3. Me case en Feb del 95, hasta que mes, abarca la Ley del 73, para la ayuda por matrimonio. Gracias.

  4. Voy a hacer 5 años sin cotizar en el imss ya me dieron el apoyo por desempleo a los 46 días. Puedo solicitar una segunda vez cumpliendo los 5 de cotizar o cumpliedo 5 de que me dieron el apoyo. Estoy consiente de que disminuye mi saldo y mis semanas cotizadas pero voy a regresar el importe para recuperar mis semanas

  5. Hola necesito me ayude por favor no se com quien acudir no me entrega afore banamex mi retiro solo entrego un pago y me faltan más me dicen que el imss tiene que validar mi condición de desempleo llevo ya 3 meses y nada necesito orientación porfavor

      • Gracias ya lo hice de hecho hasta una carta se envió al encargado de afore banamex a la CD de México y ellos contestan que el motivo es que el imss no lo válida y que no lo pueden resolver, fui al imss pero nadie me atiende saludos

  6. Buenos días, mi duda es que estoy desempleada tengo más de 3 años cotizando en el imss pero nunca elegí un afore en el consar me dicen que tengo una cuenta individual. ¿a donde debo acudir para solicitar esta ayuda de desempleo?. Le agradecere mucho su asesoria.

  7. Yo vivo en el extranjero. Puede un familiar en Monterrey hacerme el tramite para el apoyo por desempleo?

  8. Me gustaria saber hasta cuanto tiempo despues de la fecha de matrimonio se puede solicitar el retiro por gastos de matrimonio y si hay un tiempo limite o tope para solicitarlo, me case en agosto, puedo solicitarlo aun?

  9. Hola disculpen en banamex me pueden ayuda para la ayuda del matrimonio ya el seguro me la negaron por tener solo 136 día cotizados

  10. me case en el 1999 y nunca pedi el dote matrimonial se puede pedir todavía

  11. Una duda yo ya solicite mi ayuda por matrimonio, en este caso mi esposa como trabajadora y al tener 180 semanas cotizadas puede solicitarla tambien o solo es 1 por matrimonio?

  12. Yo estoy afiliada al ISSSTE pero tengo mi afore en banamex puedo solicitar por matrimono??

  13. SI DEJE DE COTIZAR AL IMSS Y AHORA ESTOY COTIZANDO EN FOVISSSTE SE PUEDE RETIRAR POR DESEMPLEO EN EL IMSS?

  14. Buenas noches mi pregunta es yo pedí ayuda de desempleo hace 3 años y mi duda sería si puedo sacar ayuda de matrimonio
    Muchas grácias

  15. buenos dias, me casé hace 13 años y en ese momento estaba cotizando al imss, desde el 2007 ya no laboro me dedico a labores del hogar, la pregunta es: nunca pedí la ayuda por matrimonio, la podré pedir es estas fechas?… espero me puedan ayudar

  16. Hola buenas tardes yo me acabo de casar el 16 de este mes mi pregunta es puedo solicitar mi ayuda por matrimonio pero desde octubre del 2009 no trabajo se puede hacer este trámite sino puedo tramitar la ayuda por desempleo aunque no este activa en el seguro

  17. Hola buenas tardes. Puedo pedir mi ayuda de matrimonio me case en 2013 y como se calcula cuanto me dan

  18. mi anterior patrón me sigue cotizando a mi afore y no puedo solicitar la ayuda de desempleo. Que puedo hacer?

  19. Es cierto que a empleados imss se les desaparecen los saldos de la cuenta individual si se pide ayuda de desempleo es legal que aparezcan en 00.00

  20. Si no estoy trabajando pero tengo el seguro vigente no puedo pedir el seguro por desempleo

  21. Hola tengo una duda si ya pedí la ayuda de mateimonio.. Ya ahorita estoy desempleada puedo pedir tambien la ayuda por desempleo no me la niegan si ya pedí la de matrimonio??

  22. Como puedo saber si tengo las 150 semanas cotizadas para los dotes matrimoniales ala fecha de mi matrimonio una ves fui a solicitarlo y no me lo dieron aun puedo solicitarlo???

  23. Si saque mi ayuda x desempleo hace 5 años y la quiero volver a sacar y nunca cotize en el transcurso de esos 5 años 4meses puedo sacar la ayuda x desempleo otra ves muchas gracias

  24. Hola una pregunta si estoi desempleado y pedí la baja en el seguro los 46 días se cuentan desde el día de la baja o asta que se te acaba la vigencia del seguro x que la trámite y me dijieron que no tenía el tiempo desempleado lo trámite cuando tenía 50 días a la fecha de la baja de antemano gracias

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