$4,802.40 para Gastos de Funeral

224
13831

Reza el artículo 104 de la Ley del Seguro Social que cuando fallezca un pensionado o un asegurado que tenga reconocidas cuando menos doce cotizaciones semanales en los nueve meses anteriores al fallecimiento, el Instituto pagará a la persona preferentemente familiar del asegurado o del pensionado, que presente copia del acta de defunción y la cuenta original de los gastos de funeral, una ayuda por este concepto, consistente en dos meses del salario mínimo general que rija en el Distrito Federal a la fecha del fallecimiento que, a valores de este mes y año, asciende a la cantidad de $4,802.40.

Así es amigo lector, para tener derecho a la ayuda para gastos de funeral es necesario que al fallecimiento del trabajador o pensionado se tenga reconocidas un mínimo de doce cotizaciones semanales en el seguro de enfermedad y maternidad, en los nueve meses previos al fallecimiento.

Se exime del requisito anterior en caso de que el fallecimiento sobrevenga por un riesgo de trabajo; en caso de que el fallecido sea un pensionado, deberá estar vigente en sus derechos.

La solicitud correspondiente deberá presentarse en la oficina de Prestaciones Económicas en cualquier Unidad Médica, en días y horas hábiles para el Instituto, la que será acompañada de una identificación oficial con fotografía y firma, copia certificada del acta de defunción, factura por concepto de ataúd, cremación, embalsamamiento, equipo de velación, derechos del servicio de entierro o servicio de traslado y en general gastos por servicios funerarios o de velación, documento que contenga número de seguridad social del fallecido.

Si el fallecimiento sobrevino por un riesgo de trabajo se agregará, adicionalmente, copia simple del aviso para calificar probable riesgo ST-1 o ST-7, dictaminado por el Servicio de Salud en el Trabajo del Instituto; de todo, llévese dos copias fotostáticas, por aquello de las dudas.

La solicitud no procederá en caso de información incompleta, insuficiente o inconsistente.

Es recomendable que la persona que presenta la solicitud de gastos de funeral, todos los documentos de los gastos efectuados se encuentren a su nombre.

El tiempo de respuesta no será mayor a veintiocho días naturales contados a partir de la recepción de la solicitud y presentación correcta de la documentación soporte.

Podrá efectuar el cobro dentro de los treinta días siguientes a recibir el volante, en la institución bancaria que el Instituto le indique, llevando consigo una identificación oficial.

El derecho a recibir la ayuda para gastos de funeral prescribe al año de haber ocurrido éste.

Fuente: http://www.imss.gob.mx/prestaciones/subsidiosayudas/Pages/ayuda_funeral.aspx

Si después de leer el artículo requiere contactarnos para dudas e inquietudes adicionales, encontrará más detalles en la siguiente liga:

https://miretiroypension.com/2012/10/para-atender-mejor-sus-consultas/

Es importante que antes de contactarnos lea también nuestro Aviso de Confidencialidad ubicado en la siguiente liga:

https://miretiroypension.com/2014/10/aviso-de-confidencialidad/

Artículo anterior¿Te negó tu Afore el Estado de Cuenta con Folio?
Artículo siguiente111,786 Visitas en Agosto 2012
Email de contacto: [email protected] Envíe su caso amplia y detalladamente descrito; lo revisamos y si algo falta, le avisamos; toda consulta y servicio, causan honorarios. Atendemos vía email, presencial (sólo en Mérida, Yuc.), por teléfono o Skype, previa cita y conocimiento de su caso; disponibles pláticas, conferencias y seminarios, presenciales y a distancia. Mi Retiro y Pensión Es una empresa dedicada a la asesoría en pensiones IMSS e ISSSTE, SAR, AFORE e inversión del ahorro para el retiro. Asesoramos en Modalidad 40,  recuperación de derechos, recursos y saldos de la cuenta individual, Infonavit y Fovissste. Aviso de Confidencialidad Al contactarnos entenderemos que ha leído ya nuestro Aviso de Confidencialidad y que es su deseo y libre voluntad, compartirnos datos, documentos y referencias necesarias para dar respuesta a su consulta; liga: https://miretiroypension.com/2014/10/aviso-de-confidencialidad/

224 COMENTARIOS

  1. Hola,

    Mi mamá falleció a finales de marzo de este año. Cobraba la pensión de mi papá del IMSS ¿Puede solicitarse reembolso de gastos funerarios del IMSS para la viuda del pensionado?

    Agradezco de antemano la atención de su respuesta.

  2. Mi abuelitofallecio y estaba pencionado que cantidad recibiría mi abuelita y que procedería después

  3. HOLA,

    Mi papá falleció a finales de febrero, no estaba vigente en el tiempo del deceso y solo reunió 51 semanas, al checar su afore sus apellidos están
    volteados, tiene solución este error para que mi mamá reciba la devolución de su cuenta individual o no procede.

    Agradezco de antemano su atención prestada.

  4. Mi esposo falleció hace un año y diez meses, estaba vigente en sus derechos, pero leo en su articulo que sólo tenía un año para solicitar el pago de ayuda para gastos funerarios, si pretendo hacerlo ahora me negarán en el imss esa prestación? no hay solución alguna?

  5. Mi Mamá acaba de fallecer (2016). Ella cobraba la pensión de mi Papá del ISSSTE (él falleció en 2013).
    ¿Puede solicitarse reembolso de gastos funerarios del ISSSTE para la viuda del pensionado?

    Agradezco de antemano la atención de su respuesta.

  6. Yo tenía inscrita a mi mamá en el imss y falleció hace 4 meses, tenía derecho a ayuda de gastos funerarios?

  7. mi papá falleció y me piden la factura endosada por parte de la compañía de seguros que pago el servicio. como es eso?

  8. hola mi mama fallecio en octubre y habia firmado su supervivencia en
    septiembre del 2016 tenemos derecho sus hijas a cobrar por los meses
    que firmo x q ella nos dijo q lo podiamos cobrar es esto cierto.

    gracias

  9. MUCHAS GRACIAS X TU RESPUESTA
    PERO LO TRATO CON EL IMSS AUNQUE ELLA ESTUVIERA CON UNA
    ASEGURADORA?

    DE ANTEMANO GRACIAS POR LA AYUDA BRINDADA

  10. buenas tardes yo estoy pensionado mi esposa falleció y quiero solicitar gastos funerarios peo no se si tengo derecho a solicitar

  11. mi padre fallecio hace un mes, y por cuestion de papeleo, no he podido darlo de baja, la sra. que vivia con el quiere seguir cobrando la pension que el recibia mientras solicitamos que la pension se le quede a ella.
    ella vivia con el desde que quedo viudo hace aproximadamente 16 años…. si sigue ella cobrando esa pension, antes de que legalemnte sele quede a ella, podria tener ella problemas judiciales?
    de antemano muchas gracias.

  12. Buenas tardes, mi madre falleció hace tres semanas, tenía pensión por haber trabajado en ISSEG y era pensionada a la vez por viudez en el IMSS. En ambas partes ofrecen ayuda de gastos funerarios, la pregunta que tengo es: en ambas partes se puede hacer el trámite con una sola factura de gastos funerarios?, o el trámite en cada una requerirá independientemente una factura para cada uno?

  13. Mi padre falleció hace 1 mes y me comentan que puedo solicitar una ayuda por gastos funerarios el era pensionado por edad, yo realice todos los tramites con la funeraria y con el panteón yo era su hijo, la funeraria solo medio una nota por los servicios funerarios y que si quiero una factura me cobraría el iva, puedo presentar solo la nota y el servicio de embalsamamiento para continuar con el tramite o es necesario la factura donde indique la cantidad mi nombre y mi RFC. Por otro lado puedo todavía retirar la pensión del siguiente mes, o podría tener problemas con el imss.

    • La ley establece que debe presentar «la cuenta original de los gastos de funeral»
      Es evidente que si requiere de factura le deban cargar el IVA
      Debe usted analizar si la cantidad a recuperar valdría la pena, yo creo que si lo vale pero solo usted tiene la ultima palabra
      No toque para nada los recursos de la pension pues se meterá en un lio gordo con el IMSS

  14. Hola buen día, falleció mi papá hace un mes, el era pensionado, acudí a la subdelegacion que le corresponde y me dijeron que debo retirar el dinero de mayo y devolver para que me den la ayuda funeraria, eso es correcto? y que me darían la ficha para depositar nuevamente y hacer la devolución, y así me extenderán el documento para el apoyo funerario, mi duda es eso es así, que documento me darán un cheque, o ellos depositan otra vez, seria tan gentil de orientarme por favor,. Por su atención gracias
    Atentamente sra Virginia Apoloni

  15. Buen dia, estoy tramitando la ayuda por gastos funerarios , y me comentan que la cantidad de la ayuda es de 60 dias de salario minimo como lo indica usted, o sea 4800.42 pero la pregunta es si me descontaran algo por impuesto o recargo por esa cantidad, tambien si me daran la ayuda aunque los gastos de la funeraria fue un poco menor a esa cantidad de la ayuda por su atencion y ayuda muchas gracias.

  16. Ola buenas tardes mi madre era pensionada fallecio 12 de febrero segun los requisitos para la ayuda economica me hace falta la factura de las gastos funebres mi madre ya no firmaba de supervivencia el seguro le dio una hoja firmada donde ya no era necesrio ella siguio cobrando sus prnsiones normalmente… pordre hacer el tramite sin algun problema? Pues la factura tiene un costo de 960 segun me dijo la funeraria y pues mi pregunta es para si vale el gasto

  17. Buen dia , mi hermana tramito la ayuda por defunción ante el imss, proporcionando toda la documentación requerida, incluso la devolución de la pensión del ultimo mes , le dieron el volante de pago para cobrarlo, pero no se fijo que en la cantidad a cobrar le dan 4,589.80 calculado con un salario de 75.49 esto es correcto o hay algun error o al propósito lo hicieron, se firmo de aceptado pero todavía no se ha cobrado ,hay algun descuento o en el salario porque tomaron este salario, la pregunta es s ies correcto el calculo y si todavía podemos aclararlo en la subdelegacion porque no se ha cobrado, se supone que el pago es de 4,800.42 o sea 60 días de salario mínimo que en el D.F. es de 80.04 por su atencion muchas gracias

  18. Hola Buenas tardes, mi mama falleció, ella estaba asegurada por parte de mi papa que esta pensionado por el IMSS, el puede solicitar la ayuda de gastos funerarios? o en mi caso yo lo puedo hacer?

  19. Que tal, necesito asesoria, mi madre fallecio hace dos meses y ya inicie tramites para cobro de seguros. Necesito orientacion para cobrar todo lo que por derecho le corresponde a mi familia. Donde puedo contactarlos de manera personal. Soy de.puebla

  20. Hola qué tal, quería solicitar información mi madre falleció hace 20 días, pero en su hoja del seguro no hay ningún beneficiario,ella era pensionada, pero estaba casada, pero me comentan que ella tiene un Afore que le corresponde a los hijos o esposo por viudes al igual que la pensión
    Me podría dar información sobre esto gracias!

  21. mi hijo fallecio al momento de su muerte el ya no tenia seguro social pero el tiempo atras tuvo imss puedo solicitar la ayuda de gastos funerales el cotizo bastante
    l

  22. Mi pareja por 9 años falleció hace un mes (No estabamos casados) , tenía dos semanas trabajando, dado de alta en el seguro social, puedo tramitar los gastos de servicios funerarios? Puedo recuperar Afore y demás prestaciones? Gracias.

  23. Hola buen dia….mi hermano fallecio,,, creo lo mataron …aparecio muerto en su departamento ,,,aun continua investigacion,,,en fiscalia,,,,quiero saber si puedo cobrar ayuda por defuncion,,en ese momento él no estaba vigente en imss pero si cubre las 12 semanas de cotizacion que pide este instituto,,,,gracias,,,,

  24. Buenos días. Mi suegro falleció en Mayo de este año. Todavía no solicito la ayuda de gastos funerarios, pero aún después de su fallecimiento, le siguieron depositando su pensión. La pregunta es: ¿me solicitarán que devuelva lo correspondiente a su pensión?

    Agradezco su tiempo y su pronta respuesta.

    Saludos.

  25. Buenas tardes, licenciado.
    Mi caso es el siguiente:
    Mi madre falleció el día 3 de julio, a los dos días de haber cobrado por última vez su pensión por viudez de mi papá. Mi hermana mayor quien ha sido la encargada de los trámites quiso darla de baja en oficinas de la UMF que le correspondía pero la mandaron a la subdelegación correspondiente, donde le han dicho que debe retirar la pensión del próximo mes e ir a entregársela a ellos, lo cual me parece muy extraño, me suena como a que alguien se lo quiere embolsar y dejarnos un problema. He leído algunas respuestas a preguntas similares y comprendo que el dinero no se debe de tocar, por eso mi pregunta en concreto es ésta. ¿Es normal retirar el dinero del cajero e ir a devolverlo a la delegación, máxime que ya se hizo el trámite de la baja y aún no se deposita dicho dinero? ¿O es preferible ni siquiera retirarlo y que el IMSS se haga bolas con el banco?
    Muchas gracias por su tiempo y atención, saludos deseando que se encuentre perfecto.

Los comentarios están cerrados.