¿Por qué Infonavit no devuelve todo lo que en Ley corresponde?

0
982

Nos visita una amable lectora de esta columna y nos consulta sobre su caso.

La situación es la siguiente: ella se pensionó en 2015; al hacer el trámite de pensión, le mostró a la Agente de Servicio de la Afore, varios comprobantes de aportaciones al SAR 92, “recibitos”, dice ella, nunca supo qué eran o para qué servían, pero siempre los guardó.

Mientras le hacía la pre-captura de pensión, nuestra lectora preguntó para qué servían esos “recibitos”; le dijeron que eran aportaciones al SAR 92 y que, una vez pensionada, regresara para que tramitaran la obtención de esos recursos (hoy en poder del IMSS); confiada, así lo hizo.

Al paso de las semanas, acude a la Afore y le confirman que ya se recuperaron esos recursos (SAR 92 Vivienda) y, a partir de entonces y hasta la fecha, han sido todo un calvario tratar de recuperar su dinero no obstante haberlo solicitado a la Afore, en Condusef y en Infonavit.

La Afore le avienta la pelotita a Infonavit y este se la regresa; a su vez, la Condusef, se declara incompetente para resolver el caso y la gestión, queda estancada por más de cinco años, después de haberse promovido un recurso de inconformidad ante el Infonavit, quien acepta y por escrito, tener los recursos de nuestra lectora pero que su “ley no le permite hacer segundos pagos”, esto porque ya le habían entregado, el saldo de la subcuenta de Vivienda 97.

¿Cómo recuperar mis recursos, me pregunta?

En primer lugar, la Agente de Servicio de la Afore, no debió de dar trámite a la solicitud de pensión pues ella sabe, o debe saber perfectamente, que el Infonavit no hace, indebidamente, segundos pagos en favor de trabajadores pensionados, aún y cuando estos, en Ley les corresponden.

La Agente de Servicio debió de orientar debidamente a nuestra lectora para recuperar primero los recursos del SAR 92 y, posterior a ello, reiniciar el trámite de pensión.

Se infiere que la Agente de Servicio no estaba adecuadamente capacitada, que desconocía del procedimiento o que, le importó un comino la suerte de nuestra lectora y dio trámite a la pensión, ocasionándole un severo daño económico.

Lamentablemente solo le queda la vía jurídica, pero ¿considera usted es justo que le retengan ese dinero, que le digan que no hay forma legal de otorgárselo y que, por consecuencia, tenga que destinar un porcentaje alto, para honorarios jurídicos?

Así, resulta de gran valor, asesorarse amplia y detalladamente, anticipadamente, antes de iniciar el trámite de nuestra pensión.

Señores legisladores federales, en lo anterior tienen un buen caso para hacer las adecuaciones que en Ley correspondan, y evitar desfalcos a nuestros pobres pensionados; Afores, capaciten mejor a sus Agentes de Servicio.

Para orientación y asesoría en vía de consulta puede escribirnos a [email protected]

IMPORTANTE: No se pierda y participe en los videochat en vivo con el Lic. JG Melchor, que se transmiten cada miércoles al punto de las 21:00 hrs., para ello:

Ingrese a YouTube, busque Mi Retiro y Pensión y suscríbase, sin costo, para que usted reciba aviso de todo material que publiquemos o transmitamos.

Al suscribirse a nuestro canal y obtendrá un descuento del 20% en su primera consulta si deposita antes del 31/12/2019.