¿Qué pasa si o me dan de alta en el IMSS o me registraron con un salario menor?

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Es frecuente que los trabajadores no sean dados de alta en el IMSS o que de hacerlo, los registren con un salario menor al realmente percibido.

Las dos situaciones anteriores son ilegítimas y pueden traer consecuencias para los patrones.

En el ACUERDO siguiente, emitido por el H. CONSEJO TECNICO DEL IMSS y publicado en el DOF, con fecha 22/03/2019 se establecen los costos en que se incurren por atención médica brindada por el Instituto, aún sin estar registrado en el régimen obligatorio, disposición que aplica muy directamente a patrones omisos; vea usted, con sus propios ojos el costo de los servicios médicos proporcionados por el IMSS para trabajadores no registrados o población en general.

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

ACUERDO ACDO.AS3.HCT.270219/90.P.DF, relativo a los Costos Unitarios por Nivel de Atención Médica actualizados al año 2019.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice:

Estados Unidos Mexicanos

Gobierno de México

Instituto Mexicano del Seguro Social

Secretaría General.

El H. Consejo Técnico, en la sesión ordinaria celebrada el día 27 de febrero del presente año, dictó el Acuerdo ACDO.AS3.HCT.270219/90.P.DF, en los siguientes términos:

“Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, VIII, XIV, XVII, XXXVI y XXXVII, 263, 264, fracciones III, XIV y XVII, 270, 272 y 277 E, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción III, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 112 y 119, del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización; 31, fracciones II y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y de conformidad con el planteamiento presentado por el Director General, por conducto de la persona Titular de la Dirección de Finanzas, mediante oficio 56 de fecha 18 de febrero de 2019, así como el dictamen del Comité de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, emitido en reunión celebrada el día 26 del mes y año citados,

Acuerda:

Primero.- Aprobar los Costos Unitarios por Nivel de Atención Médica actualizados al año 2019, contenidos en el Anexo 1 de este Acuerdo, cuya actualización se realizó con base en el promedio ponderado de los costos observados durante los años 2016 y 2017, actualizados en ambos casos a pesos de diciembre de 2018, tal como se aprecia en el Anexo 2 del presente.

Segundo.- Instruir a la persona Titular de la Dirección Jurídica, para que  realice los trámites necesarios ante las instancias competentes, a efecto de publicar este Acuerdo y sus Anexos en el Diario Oficial de la Federación.

Tercero.- El presente Acuerdo, así como los Costos Unitarios a que se refiere el punto Primero del mismo, entrarán en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación”.

Atentamente,

Ciudad de México, a 27 de febrero de 2019

El Secretario General

Christian Eduardo Cervera Mondragón

Rúbrica.

DIRECCIÓN DE FINANZAS

Anexo 1

Tabla que contiene los Costos Unitarios por Nivel de Atención Médica actualizados al 2019 para la determinación de créditos fiscales derivados de capitales constitutivos, inscripciones improcedentes y atención a no derechohabientes.

TIPO DE SERVICIO COSTO UNITARIO ACTUALIZADO AL 2019 (pesos)
ATENCIÓN EN UNIDADES DE PRIMER NIVEL
Consulta de Medicina Familiar1 783
Consulta Dental (Estomatología) 832
Atención de Urgencias 627
Curaciones 428
Estudio de Laboratorio Clínico 107
Estudio de Radiodiagnóstico 346
Estudio de Ultrasonografía 546
Traslado en Ambulancia 441
Sesión de Hemodiálisis 4,757
Sesión de Quimioterapia 7,034
Intervención de Tococirugía 10,106
Día paciente en Hospitalización 8,333
Intervención Quirúrgica 6,531
Consulta/Sesión de Medicina Física y Rehabilitación 964
Terapia Psicológica 1,222
Estudio/Procedimiento de Endoscopía 1,559
Sesión de Diálisis 127
   
ATENCIÓN EN UNIDADES DE SEGUNDO NIVEL
Consulta de Medicina Familiar 783
Consulta Dental (Estomatología) 832
Consulta de Especialidades2 1,359
Atención de Urgencias 1,164
Día Paciente en Hospitalización 8,333
Día Paciente en Incubadora 8,333
Día Paciente en Terapia Intensiva 37,410
Curaciones 428
Estudio de Laboratorio Clínico 113
Citología Exfoliativa 215
Estudio de Medicina Nuclear 745
Estudio de Electrodiagnóstico 511
Estudio de Radiodiagnóstico 346
Estudio de Ultrasonografía 546
Estudio de Tomografía Axial 2,598
Estudio de Resonancia Magnética 4,199
Estudio/Procedimiento de Endoscopía 1,559
Consulta/Sesión de Medicina Física y Rehabilitación 1,566
Sesión de Radioterapia 2,077
Estudio de Anatomía Patológica 215
Intervención Quirúrgica 22,829
Intervención de Tococirugía 10,106
Traslado en Ambulancia 1,978
Sesión de Quimioterapia 7,034
Sesión de Hemodiálisis 4,757
Estudio/Procedimiento de Hemodinámica 42,864
Terapia Psicológica 1,222
Estudio/Sesión de Gabinete de Tratamiento3 195
Sesión de Terapia/Reeducación Ocupacional 83
Servicio de Banco de Sangre 221
Consulta a Donadores 275
Sesión de Diálisis 127
Servicio de Litotripsia 1,928
ATENCIÓN EN UNIDADES DE TERCER NIVEL
Consulta de Especialidades2 2,122
Atención de Urgencias 3,089
Día Paciente en Hospitalización 8,333
Día Paciente en Incubadora 8,333
Día Paciente en Terapia Intensiva 37,410
Estudio de Laboratorio Clínico 186
Citología Exfoliativa 256
Estudio de Medicina Nuclear 745
Estudio de Electrodiagnóstico 660
Estudio de Radiodiagnóstico 545
Estudio de Ultrasonografía 546
Estudios de Tomografía Axial 2,598
Estudios de Resonancia Magnética 4,199
Procedimiento de Cardiología Intervencionista Hemodinámica 42,864
Estudio/Procedimiento de Endoscopía 1,559
Consulta/Sesión de Medicina Física y Rehabilitación 2,608
Sesión de Radioterapia 2,077
Sesión de Quimioterapia 7,034
Estudio de Anatomía Patológica 256
Intervención Quirúrgica 37,473
Intervención de Tococirugía 12,768
Traslado en Ambulancia 5,990
Sesión de Hemodiálisis 4,757
Terapia Psicológica 1,222
Estudio/Sesión de Gabinete de Tratamiento3 195
Sesión de Terapia/Reeducación Ocupacional 83
Servicio de Banco de Sangre 331
Consulta a Donadores 275
Sesión de Diálisis 127
Servicio de Litotripsia 1,928

1  Incluye las Consultas de Salud en el Trabajo en el Primer Nivel de Atención.

2  Incluye las Consultas de Salud en el Trabajo en el Segundo y Tercer Nivel de Atención.

3 Gabinete de Tratamiento incluye terapias de lenguaje, respiratoria, recreativa, fisiología pulmonar, entre otros    tratamientos en gabinete.

Ciudad de México, a 27 de febrero de 2019

La Directora de Finanzas del IMSS

Dimpna Gisela Morales González

Rúbrica.

Anexo 2

Base de Cálculo para la estimación de los Costos Unitarios por Nivel de Atención Médica actualizados al 2019

Los costos previamente relacionados, han sido actualizados aplicando la metodología de Costo Basado en Actividades (ABC) con información de los años 2016 y 2017, en relación con el último párrafo del artículo 112 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización vigente, y se les ha aplicado el factor de actualización del mes de diciembre de 2018, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 17 A del Código Fiscal de la Federación vigente.

Este factor se determinó dividiendo el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de diciembre de 2018, entre el Índice Nacional de Precios al Consumidor correspondiente al mes de diciembre de 2016 y 2017, respectivamente, como se indica a continuación:

DATOS:

Índice Nacional de Precios al Consumidor de Diciembre 2018. (INPC Dic. 2018). Nueva base, segunda quincena de julio de 2018 = 100 Índice Nacional de Precios al Consumidor de Diciembre 2017. (INPC Dic. 2017). Nueva base, segunda quincena de julio de 2018 = 100 Índice Nacional de Precios al Consumidor de Diciembre 2016. (INPC Dic. 2016). Nueva base, segunda quincena de julio de 2018 = 100
103.020 98.2728 92.0390

FÓRMULA: Factor de Actualización:

2017 2016
INPC Dic. 2018 INPC Dic. 2017 INPC Dic. 2018 INPC Dic. 2016

OPERACIONES

2017 2016
103.020 98.2729 103.020 92.0390

RESULTADO: Factor de Actualización:

2017 2016
1.0483 1.1193

Para determinar el costo aplicable a 2019, se determinó el costo promedio ponderado con la información 2016 y 2017. Se multiplicó el costo total de los servicios de cada año, 2016 y 2017, por el factor de actualización. Una vez actualizado este costo a pesos de diciembre 2018, se sumó el costo total de los dos años.

Por otra parte, se sumó la cantidad de servicios prestados de esos mismos años.

La sumatoria del costo total se dividió entre la sumatoria de la cantidad de servicios prestados, obteniéndose el costo promedio ponderado actualizado al mes de diciembre de 2018, de cada uno de los servicios.

METODOLOGÍA:

Actualización del costo

2017   Factor de Actualización   Resultado
Costo Total Anual del Servicio X 1.0483 = Costo Total Anual 2017 del Servicio actualizado a diciembre 2018
2016   Factor de Actualización   Resultado
Costo Total Anual del Servicio X 1.1193 = Costo Total Anual 2016 del Servicio actualizado a diciembre 2018

Estimación del Costo Promedio Ponderado

Costo Total Anual   Factor de Actualización   Resultado
Costo Total Anual 2017 del Servicio actualizado a diciembre 2018 + Costo Total Anual 2016 del Servicio actualizado a diciembre 2018     / Cantidad de servicios prestados durante 2017 + Cantidad de servicios prestados durante 2016     =     Costo Unitario Promedio Ponderado actualizado al 2019

Ciudad de México, a 27 de febrero de 2019

La Directora de Finanzas del IMSS

Dimpna Gisela Morales González

Rúbrica.

(R.- 479658)

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