Pensiónate así de fácil (II)

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Segunda entrega del procedimiento de trámite de pensión por Ley 1973.

10) Con todos los documentos que te solicitaron, la Afore debe de llenar en su computadora, el documento llamado Solicitud de Pre-Captura Pensión.

11) Concluido el llenado del formato Solicitud de Pre-Captura Pensión, la Afore lo imprimirá y te lo entregará, para que lo valides y firmes, si todo lo en ella contenido, está correctamente asentado.

12) Firmada la Solicitud de Pre-Captura Pensión, el/la Agente de Servicio de la Afore, le adjuntará los documentos que se deben de anexar a la solicitud y te indicará en qué fecha debes de acudir a la Subdelegación del IMSS, para continuar con el proceso de trámite de pensión (a lo más una semana después).

13) El expediente de Solicitud de Pre-Captura Pensión que te dio la Afore, lo entregarás en el IMSS, en la fecha que te indiquen en la Afore.

14) Si has cotizado tanto en la Ley 1973 como en la Ley 1997, es aconsejable que incluyas a los documentos que le entregarás a el IMSS, un escrito en el cual le digas “que es tu deseo y voluntad, te calcule la pensión tanto por la Ley 1973 y 1997 para que, elijas la pensión que más te convenga”

15) El escrito referido en el párrafo anterior, es aconsejable que lo fundes y motives en Ley para que, el IMSS, quede obligado a calcular tu pensión por ambas leyes y te ponga a la vista el llamado Documento de Elección de Régimen de Pensión, con la estimación de la pensión por Ley 1973 y Ley 1997; de no incluir el escrito, corres el riesgo de que te den la pensión menos conveniente; si lo deseas, podemos ayudarte a redactar el escrito anterior, a un costo muy accesible.

16) Cuando el IMSS te ponga a la vista el llamado Documento de Elección de Régimen de Pensión, deberás de analizarlo y seleccionar el régimen de pensión que más te convenga (te darán los importes de pensión que te correspondan por cada Ley), y lo firmas solo si estás seguro de tu elección; posterior a ello, el funcionario del IMSS te indicará la fecha en que debes de regresar para que te entreguen el documento llamado “Resolución de Pensión” (12 días hábiles posteriores).

17) La “Resolución de Pensión” contiene un desglose de los factores utilizados para el cálculo de tu pensión (SBC promedio, semanas cotizadas, edad de retiro, porcentaje de pensión que te corresponde, asignaciones familiares o ayuda asistencial, fecha e importe en que te depositarán el primer pago, incluyendo el retroactivo).

Continuará la próxima semana.

Para orientación y asesoría en vía de consulta, favor escribir a [email protected], explicando con detalle tu caso.