Pensión, del gozo al pozo

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Qué grato es observar, la forma en que un matrimonio que recientemente nos pide nuestra opinión, orientación, sugerencia y recomendación, para tener en la vejez, un estilo y modo de vida cómodo, independiente y financieramente solvente.

Es el caso recientemente atendido, en el que tanto él como ella, cotizan al IMSS y se interesan por tener una estrategia que, al término de su carrera laboral, les permita el estilo de vida antes comentado, es decir, cómodo, independiente y financieramente solvente.

Y lo que más llama la atención es que, se han interesado por cuidar todos los detalles posibles y previsibles, desde el conocimiento previo y estimado del monto de su futura pensión; de los importes a cubrir en su incorporación a la continuación voluntaria en el régimen obligatorio del seguro social (Mod-40); del efecto que el nivel de aportación a Mod-40, generará en sus pensiones; del modo y forma legal para realizar cada gestión; de los cuidados previos al proceso de pensión, durante el mismo y a su final, especialmente para la recuperación de los saldos a favor que, en Ley, les corresponda retirar, de la cuenta individual, que les administra su Afore.

Lo anterior, muy contrario a lo que recientemente le ha sucedido, a otra persona que, sin ninguna orientación previa llega al Seguro Social, solicita el trámite de su pensión, entrega los documentos que le piden y, a los días que le dijeron, regresa a recibir la resolución de pensión y, expresa le dicen en la ventanilla de pensiones, “fírmele aquí, aquí y aquí”.

Así lo hizo, firmó sin leer nada, luego le entregaron el documento que a él le corresponde (resolución de pensión), y salió de las oficinas del Instituto, alegre y contento porque por fin, se había pensionado ya.

Llega a su casa y le muestra a su familia la resolución de pensión recibida, pero, uno de los hijos, se pone a leerla con detenimiento y observa que en el documento recibido dice “negativa de pensión” y “del gozo, al pozo”, creo así lo dice el dicho popular; me corrige si estuviera mal expresado.

Con el desconcierto a cuestas, me escribe y plantea el caso; analizo los documentos que me envían y observo que, el trabajador basó su decisión de trámite de pensión, con base en una constancia de semanas cotizadas, antigua, de las que le entregaban antes en una hoja tamaño carta, horizontal, que amparaba 840 semanas de cotización en la Ley anterior; pero que, al momento del trámite, el Instituto solo le reconoció 498 semanas y, lo que es peor, emitió resolución de negativa de pensión, por Ley 1997.

Firmada la resolución de pensión ya nada no hay por hacer.

Por ello, nuestra reiterada recomendación de que, si va a pensionarse, busque orientación anticipadamente y proceda, solo cuando esté plenamente seguro(a) de que está, haciendo lo correcto en tiempo, en modo y en forma para que el gozo no se vaya al pozo.

Para orientación y asesoría en vía de consulta puede escribirnos a [email protected], con gusto le atenderemos.

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2 COMENTARIOS

  1. tengo 1257 semanas cotizadas que puedo hacer para poder ensionarme si no he cotizado los ultimos siete años

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