Incorporación voluntaria trabajadores no asalariados

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En el siguiente artículo te describimos en breves y sencillas palabras, la opción de aseguramiento que prevé la Ley del Seguro Social, para trabajadores no asalariados, que viven en las ciudades; te va a interesar.

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Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social

La Ley del Seguro Social contempla dos regímenes de incorporación; el régimen obligatorio, al que deben de incorporarse a todo trabajador que preste sus servicios a un patrón; pero, voluntariamente también pueden ser también sujetos de aseguramiento, los trabajadores urbanos, no asalariados.

Ratificando, la incorporación voluntaria al régimen obligatorio, es un esquema de aseguramiento que permite a los trabajadores no asalariados, que vivan en forma habitual en centros urbanos y que no tengan patrón, cubriendo ellos mismos, en forma anual y anticipada, el costo de su aseguramiento y disfrutar, junto con sus beneficiarios legales, de las prestaciones que otorga la Ley del Seguro Social

Los trabajadores no asalariados, del área urbana, que se incorporen voluntariamente al régimen obligatorio del seguro social, tendrán derecho a recibir las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad (servicio médico), un día después del transcurso de 30 días, posteriores a su inscripción.

De igual manera, tendrán derecho a recibir los beneficios de una pensión de invalidez, o sus beneficiarios podrán recibir, cubiertos los requisitos en semanas de cotización, las pensiones de viudez, orfandad o ascendencia, que en su caso correspondan.

Así mismo, cumplido el requisito establecido en semanas de cotización o de en saldo en su cuenta individual, podrán recibir una pensión por retiro o por vejez.

Este esquema no otorga el derecho a pensión de cesantía, a causar alta en la continuación voluntaria o modalidad 40, ni a recibir subsidios económicos.

El trámite de incorporación voluntaria lo pueden realizar los trabajadores que se encuentren en industrias familiares (micro o medianas empresas atendidos por la familia); los independientes (como profesionales, comerciantes en pequeño, artesanos); y demás trabajadores no asalariados (como taxistas, comerciantes en vía pública con permiso de otorgado por el municipio), comisionistas, vendedores de seguros, etc.

 Para inscribirse en la incorporación voluntaria es preciso ser trabajador no asalariado, del ámbito urbano, presente los documentales necesarios, llene los cuestionarios médicos (del titular del aseguramiento y de cada beneficiario legal), y efectúe el pago correspondiente ($9312.03); la cuota se actualiza el 1 de febrero de cada año.

Los documentos necesarios para el trámite de registro son, en original y copia simple de identificación oficial, acta de nacimiento del titular del aseguramiento, CURP, comprobante de domicilio del asegurado (esté o no a su nombre), comprobante del pago de la cuota anual.

El trámite se realiza en la Subdelegación del IMSS que corresponda al domicilio del interesado, de lunes a viernes (día hábil), y de 8:00 a 15:30 horas.