¿Eres trabajador independiente? Obtén tu pensión

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A continuación, te presentamos una sencilla guía para obtener pensión en caso de que seas un trabajador independiente.

Trabajador independiente es la persona que trabaja por cuenta propia, que no está subordinado a un patrón y por consecuencia, no se encuentra incorporado al régimen obligatorio del IMSS ni en ninguna de sus modalidades (10, 33, 35, 40, 42 o 44), ni al del ISSSTE, ni a ningún sistema estatal o de organismo público descentralizado.

Puede estar o no inscrito en el RFC, pero, a través de su actividad, genera sus propios ingresos, es decir, es un trabajador que “cocina sus propias galletas”

Al no estar incorporado a ningún régimen de seguridad social, no acumula derechos para una futura pensión, aún y cuando, por la actividad que realiza, bien puede hacerlo.

En el Sistema de Ahorro para el Retiro se conocen a estas personas como trabajadores “No Afiliados”.

Un trabajador No Afiliado puede tener una pensión y para ello debe hacer, lo siguiente:

1) Obtener su Numero de Seguridad Social (NSS), en portal IMSS o en la App IMSS Digital; para ello, necesitará tener a mano el dato de su CURP, de su domicilio y un email a su nombre.

2) Ya con su NSS en mano, debe acudir a la Afore de su elección y pedir le aperturen una cuenta como trabajador independiente, No Afiliado.

3) Para lo anterior será necesario presentar en la Afore, identificación oficial con foto y firma, vigente; el dato de su CURP y la de dos personas más; comprobante reciente de domicilio; RFC con homoclave; acta de nacimiento; número de celular y un email.

4) Con los datos anteriores, la Afore deberá aperturar la cuenta individual del trabajador No Afiliado y elaborar el expediente electrónico de identificación; también le solicitarán los datos de sus beneficiarias(s).

5) La cuenta individual así aperturada, tendrá, básicamente, las siguientes subcuentas:

* Ahorro a Largo Plazo, en esta, hará los depósitos de las aportaciones que a futuro le darán una pensión; se recomienda hacer aportaciones de manera periódica; puede ser deducible de ISR o no; cantidad fija o variable

* Aportaciones Voluntarias, para proyectos de corto o mediano plazo, en cualquier momento y cantidad

6) A la edad de 65 años, podrá comprar la pensión, en la modalidad de Rentas Vitalicias o de Retiros Programados.

7) La Afore le enviará al menos tres estados de cuenta, cada cuatro meses.

8) Se recomienda ahorrar, de por vida, un mínimo de 12.5% del ingreso semanal, quincenal o mensual, pero la constancia y la perseverancia, marcarán la diferencia entre tener una pensión, pequeña o mediana.

La decisión de crear las condiciones para una pensión de un trabajador independiente, será única y exclusivamente de él.

Para orientación, información, asesoría y consulta, escribe a [email protected] o concerta cita para consulta telefónica al tel 999 910 0554

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