Cuidado si te vas a pensionar por Ley 73. Debes presentar una «solicitud de elección de régimen de pensión», fundada y motivada en Ley.

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Dicen que la burra no era arisca…

Es muy preocupante que, el IMSS, no sea lo totalmente claro ni transparente, al informarte sobre los documentos que debes de presentar al momento de tramitar tu pensión.

La lista que te entregan en sus módulos con los requisitos documentales, perversamente, no está completa.

Resulta que, cuando un trabajador toma la decisión de poner fin a su vida laboral y desea tramitar su pensión, generalmente no sabe, qué documentos debe de reunir y qué formalidades debe de cubrir, para satisfacer lo establecido por el reglamento y/o el, o los acuerdos, que al efecto emita el H. Consejo Técnico del IMSS.

Luego entonces y, con el propósito de informarse, el trabajador normalmente acude a su Afore, o al IMSS, y consultar sobre el trámite y los documentos necesarios a presentar, para el mismo.

Tanto en la Afore como en el IMSS, les dan una lista, pero ¿qué creen?

Le atinaron: la lista está incompleta y esa insuficiencia de información:

  • ¿A quien creen que puede perjudicar? o
  • ¿A quien si le beneficia?

De nueva cuenta: ¡le volvieron a atinar!

Para tramitar pensión, son básicos los siguientes documentos, en original y copia fotostática:

  • Identificación oficial,
  • Documento que contenga número de seguridad social,
  • Constancia CURP,
  • Constancia RFC con homoclave,
  • Estado de cuenta reciente de la Afore,
  • Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a 90 días,
  • Acta de nacimiento certificada,
  • Estado de cuenta bancario reciente, con CLABE

Para el caso de beneficiarios:

  • Acta de matrimonio,
  • Acta de nacimiento de cada hijos en edad legal, o en su caso,
  • Acta de ascendientes.
  • CURP

Algún otro documento que aplicare, pero, los anteriores son los documentos principales.

Pero, llama poderosamente la atención que, no obstante que la Ley del Seguro Social lo establece en su sección de Transitorios, ni el Seguro ni la Afore, enteran al trabajador, que deben de presentar, una petición por escrito al IMSS, del régimen de pensión desean elegir, específicamente, si este empezó a cotizar, estando vigente la llamada Ley 1973, la que fue derogada con la entrada en vigor de la que conocemos como Ley 1997. 

Establece la Ley, en su sección de transitorios que:

Los asegurados inscritos antes de la entrada en vigor de la Ley 1997, y sus beneficiarios, al cumplir, en términos de la Ley 1973, los requisitos para el disfrute de una pensión, podrán optar por los beneficios de la Ley 1973 o ´por la Ley 1997.  

Para ello, el IMSS, estará obligado, a solicitud del trabajador, a calcular el importe de su pensión por ambas Leyes, para que este elija la Ley que más le convenga.

Presentada la solicitud en tiempo, modo y forma, el Instituto debe ponerte a la vista el Documento de Elección de Régimen (DER), si cotizaste por Ley 1973 y 1997.

Para Asignaciones Familiares:

ASIGNACIONES FAMILIARES AYUDA ASISTENCIAL
  Esposa Hijos menores de 16 años de edad Hijos de 16 y hasta 25 años de edad Hijos incapacitados mayores de 16 años Padres del pensionado
Original y copia de acta de matrimonio y de nacimiento, CURP e identificación oficial con foto. Original y copia de acta de nacimiento, CURP, identificación oficial con foto. Original y copia de acta de nacimiento, CURP, identificación oficial con foto, constancia de estudios con validez oficial. Original y copia de acta de nacimiento, CURP, identificación oficial con foto, documento ST-6 (beneficiario incapacitado expedido por el IMSS). Acta nacimiento, identificación oficial con foto, CURP, constancia de dependencia económica.

Así que, amigo trabajador si va a pensionarse en breve, haga saber por escrito al IMSS, cuál es su deseo de régimen de pensión, al entregar sus documentos pues, una vez estampada su firma en la resolución de pensión, no hay marcha atrás.

Si se va a pensionar y requiere del formato de solicitud de régimen de pensión, fundado y motivado en Ley, está disponible a un módico costo en [email protected].

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