Caóticas pensiones 2da parte

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sentenciarEn el artículo de la semana anterior le comentaba, de lo caótico de las pensiones previstas en la Ley del Seguro Social y la Ley del Issste, por razón de que, prácticamente el disfrute de una pensión digna, es más que un sueño guajiro.

Si nos referimos a las pensiones que se otorgarán conforme a lo previsto en la llamada Ley 1973, le hemos comentado en múltiples ocasiones, el enorme interés que existe, por modificar el esquema para determinarlas.

Primero fue el IMSS, luego la OCDE, la SHCP, la CONSAR, la SCJN, después múltiples y prestigiados despachos consultores financieros, que aducen a diestra y siniestra, que los “pasivos laborales del país”, relacionados con las pensiones, representan ya un porcentaje muy elevado del Producto Interno Bruto.

Dese luego que la aseveración es cierta, más no por ello, se justifica la modificación en la forma de calcular las pensiones de los llamados “trabajadores en transición”, en aras de reducir los pasivos laborales, asociados a las pensiones.

Me pregunto, ¿acaso es justificable, empobrecer aún más, a una clase trabajadora que, dentro de los esquemas de pensión, es la que menor pensión habrá de recibir, llegado el momento de su retiro?

Tenga por seguro una cosa: si a futuro se llegan a modificar los esquemas para la determinación de las pensiones, de esos trabajadores, los procedimientos de cálculo implicarán, un severo menoscabo al monto de la pension a recibir.

¿Acaso la clase trabajadora es culpable de la situación cuando, aún más, esa misma clase trabajadora, a la que se afectaría con un cambio en la forma de determinar su pensión, es la que le da certeza y viabilidad económica al país?

Y le digo lo anterior porque, hoy día, más del 52% del ahorro de los trabajadores, nos lo debe el mismo gobierno que quiere modificar los esquemas de pensión.

Nada más contradictorio que eso.

Dicta la Ley: trabajador ahorra en tu Afore, y ha, además, ahorro personal voluntario para que, gran parte de ese ahorro, sirva para financiar operaciones de gobierno y, cuando éste determine darte la gran estocada, modificándote el esquema de cálculo o los requisitos de tu pensión, aguanta vara, como buen mexicano.

Por fortuna, los tiempos y las circunstancias políticas, han impedido que se tomen decisiones que afecten los procesos de determinación de las pensiones y, mientras más se acerque el 2018, podremos estar un tanto tranquilos, más no del todo; por mientras, préndale más de una veladora al santo, de su mayor devoción.

Por lo que refiere a las pensiones que empezarán a pagarse a partir del 2021, previstas en la Ley del Seguro Social, sucedió algo parecido a cuando se instauró el SAR 92.

Cuando en 1992 se estableció el SAR 92, se definió que los recursos del 2% del SBC, aportados para el Seguro de Retiro, y el 5% para Vivienda, se entregarían al pensionarse o cumplir 65 años de edad, y con ellos, vivirían felices y contentos, el resto de sus días.

Bien sabemos que las pensiones previstas en la Ley 1997, pagarán al menos $2,491 pesos, pero, ¿Qué cantidad será lo más y, esa cantidad le consuela?

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4 COMENTARIOS

  1. Estuve trabajando en la Secretaría de la Reforma Agraria del 1ro de Agosto de 1980 al 15 deMayo de 1998, actualmente ten 55 años de edad mi pregunta es a que porcentaje tengo derecho de la pensión

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