Aceleran el cambio de Afore

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Este 20 de marzo de 2019, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicó en el Diario Oficial de la Federación, “MODIFICACIONES y adiciones a las disposiciones de carácter general en materia de operaciones de los Sistemas de Ahorro para el Retiro”

Dentro e las consideraciones que motivaron las modificaciones contenidas en la publicación en comento, se destaca, la necesidad de agilizar los procesos de traspaso, lo que, hasta hoy día, resultaban todo un vía crucis para los trabajador que deseaban cambiar de Afore pues, después de iniciar el proceso a través del portal www.e-sar.com.mx, y al acudir a la Afore transferente por su Constancia de Implicaciones de Traspaso, debían de hacer esperas muy significativas y, al llegar con el Agente de Servicio, simplemente “disculpe usted, no tenemos sistema” o les daban, cualquier otra excusa.

En el mejor de los casos, se les ofrecía enviarles la Constancia al email registrado en la Afore, el que debía de llegar dentro de los cinco días hábiles siguientes con la sorpresa de que, al recibir la Constancia por este medio, había que desencriptar el archivo con claves o códigos más que complicados.

Lo malo de cuento malo es que, los trabajadores terminaban por desistirse del cambio de Afore y, aunque en algunos casos la decisión era la más acertada, aún sin estar conscientes de ello (por eso de las minusvalías), pero siempre quedaba el amargo sabor de boca del pésimo servicio recibido, de lo complicado del trámite y de la impotencia de no poder tomar decisiones, acertadas o no, sobre su ahorro para el retiro, toda vez que, es potestad del trabajador elegir libremente, qué Administradora les lleve su cuenta individual.

Por consecuencia, estas modificaciones, definen amplia, clara y plenamente que las Administradoras Transferentes no podrán condicionar o limitar al trabajador la entrega, descarga o acceso a la constancia sobre implicaciones del Traspaso.

En virtud de lo anterior, se agrega al artículo 180 sexto párrafo de la Circular Única Operativa de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, el texto siguiente:

“En todo momento, las Administradoras tendrán prohibido negar o limitar el servicio de emisión de constancias sobre implicaciones de traspaso a los trabajadores.

En todo caso, deberán orientar debidamente al trabajador para que lleve a cabo, a través del E-SAR o de la Aplicación Móvil la solicitud de la misma.

De igual manera las Administradoras Transferentes tendrán estrictamente prohibido incorporar contraseñas, claves, factores de autenticación o mecanismos de cualquier naturaleza adicionales a los contemplados en el presente artículo que condicionen o limiten al trabajador la entrega, descarga o acceso a la constancia sobre implicaciones del traspaso”

Nota del Editor: Lo anterior implica que el proceso de gestión y recepción puede (y en nuestra opinión»debe») de hacerse preferentemente por medios electrónicos a partir de la cuenta aperturada por el trabajador en su Afore Móvil o en el portal E-SAR.

Agregan las MODIFICACIONES en comento que “Los Trabajadores sean contactados de manera presencial al menos una vez durante los primeros cinco años, y…”; anteriormente, la obligación de contactarlos era, al menos una vez por año.

Con las medidas anteriores, especialmente lo relacionado con la obtención de la Constancia de Implicaciones de Traspaso, los trabajadores ganan mucho tiempo, pero, cuidado, mucho cuidado.

Nuestra recomendación sigue siendo la misma:

No se cambie de Afore si antes no ha sido asesorado amplia y detalladamente, especialmente por asesor independiente (no Agente Promotor de Afore), aún y cuando le bajen el cielo y las estrellas”

Para orientación y asesoría en vía de consulta puede escribirnos a [email protected]