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1750 COMENTARIOS

  1. hola muy buenas noches mi pregunta es la siguiente tengo una amiga que trabaja de empleada domestica y por medio de una conferencia en la facultad me entere de la modalidad 44 y le comente que se podía darse de alta en el imss con todas beneficios pero ahora que busco encontré en articulo que lo de guardería no entra en ellas y eso a ella es algo que le interesa mucho por su bebe no abria otra manera que se pueda dar de alta pero que comprenda todos los beneficios? de ante mano le agradezco mucho y espero su pronta respuesta.

  2. Hola tengo una duda, si soy trabajoda de gobierno y solicite mi jubilacion por edad avanzada, mi duda es si puedo seguir laborando en el mismo lugar aunque este jubilada o tengo que retirarme, quisiera seguir laborando.

  3. UNA PREGUNTA CUANDO ME PUEDO RETIRAR CUMPLO 30 AÑOS DE SERVICIO EN SEPTIEMBRE DE 2016 PERO MI EDAD PARA ALCANZAR LA TABLA DEL ISSSTE POR EDAD SERIA A PARTIR DEL AÑO QUE ENTRA PERO CUMPLO LOS 52 AÑOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2017 EN QUE FECHA ME PUEDO JUBILAR

  4. Hola,
    Yo me encuentro pensionado por una deficiencia renal crónica, la ST-4 me la dieron por invalidez hace 2 años, ahora me llega la definitiva.
    Me preguntan que si quiero que me pague la pensión el IMSS o una AFORE, la pregunta es: ¿Cual es la mejor opción? O e que forma puedo tomar esta decisión.
    Mi alta ante el IMSS fue en 1986 y tengo 47 años.
    De antemano agradezco su atención al presente.

  5. Buenas tardes, yo estoy cotizando semanas bajo la modalidad 40.(tengo 55 años y llevo cotizando 5 años) , pero con el salario mínimo. ya me explicaron como puedo subir el monto faltando 5 años para mi jubilación. mi pregunta es si esta modalidad es también para vejez (o sea hasta que cumpla los 65 años) . porque de esta manera ¿podría hacer el cambio hasta que cumpla los 60 años ???? para subir el monto de mi pensión.

  6. En el 2004 tuve un retiro voluntario de mi empleo ajora quiero mi pension tengo 57 años y trabaje 22 al servicio del gobierno que tengo que hacer

  7. Entré a la SEP en 1987 como personal de base (Prefectura). Trabajé de continuo hasta el 2004 (casi 18 años) cuando renuncié a mi plaza.
    Tengo derecho a pensión? A partir de que edad? Tengo 50 años.
    Gracias.

  8. Desde 1982 tengo más de 1500 semanas cotizadas en el IMSS, hace 3 años me diagnosticaron una enfermedad crónico degenerativa en una clínica particular porque en el seguro social no tuvieron voluntad de canalizarme a un especialista.
    Me han recomendado la atención médica del ISSSTE para estos casos y quisiera saber si me puedo cambiar del IMSS al ISSSTE.

  9. tengo mi hijo de 17 , necesito afliliarlo al seguro social, el no tiene mis apellidos, podre afiliarlo yo, o que puedo hacer para afiliarlo,

  10. Buenas tardes.
    Tengo 54 años, 581 semanas cotizadas cubiertas entre 1981 y 1998, fecha desde la cual estoy inactivo en el IMSS, que debo hacer para pensionarme?
    por otro lado, tengo cotizados en el issste 23 años, firme para adherirme a las afores, situación de la que quisiera saber si puedo renunciar a ella, es decir acogerme al décimo transitorio.
    Deseo saber también si me conviene no acumular issste e IMSS

  11. buenos dia Dr. tengo 23 años de servicio , he presentado mi documentacion a la ONP de Chiclayo , la primera vez me rechazaron en tonces he realizado una demanda judicial, payta que se me reconozca mi tiempo de trabajo, resulta que van saliendo dos resiluciones a mi favor, pero hasta ahora no me dan el fallo judicial, habiendose comprobado que toda la documentacion presentada esta perfectamente bien, ya tengo mas de un año con este problema y actualmente cuento con 70 años de edad y nada, espero que mi cxaso se pronto solucionado o digame a donde recurrir-gracias-MANUEL- ch-2-9-2016

  12. cumplo en noviembre 26 de servicio cotizando para el issste pero trabaje 23 años en personal de apoyo (administrativo) y 3 anos como docente, mi pregunta es ¿puedo jubilarme a los 28 años aun cuando con el cambio de clave de técnico medio a docente? gracias de antemano.

    • llevo 26 años de servicio ininterrumpidamente, 23 como administrativo y 3 como docente frente a grupo, mi pregunta es ¿con el cambio de clave puedo jubilarme al cumplir 28 años de servicio? porque me han dicho que no se puede, porque no tengo el tiempo reglamentario ni en la primera ni en la segunda clave,

      tengo el regimen DÉCIMO TRANSITORIO

  13. Hola Buen Día. resulta que un familiar que tiene 55 años de edad y tenia una incapacidad emitida por el seguro social, derivado de una enfermedad, y ahora ya no puede trabajar. fue a consulta y le dijeron que ya no le pueden dar otra incapacidad. La pregunta es: tiene que tener otra incapacidad para iniciar el tramite de pensión o ya no es necesario, o que necesita para poder tramitar su pension.
    gracias.

  14. buen día: mi papa esta pensionado por vejez desde hace 6 años pero quiere volver a trabajar se puede? y no perderá su pensión?

  15. buenas tardes Doctor : trabajo en una empresa familiar en la cual aparesco como presidente del consejo de administracion en el acta constitutiva quisiera saber en que ariculo de la ley del 73 o en la actual del 97 dice que los dueños no se pueden pensionar no tengo ningun poder los tiene mi hermano que tambien es socio y administrador unico , llevo tres años queriendome pensionar me di de alta en 2011 y baja en el 2013 con 30,000 pesos de salario fueron 120 semanas y pagadas en forma regular pero , IMMS por no cumplir con los requisitos para demostrar, la relacion de trabajo el area de audiroria lo dio como simulacion,y borro las 120 semanas, cuento con 1211 semanas reconocidas por el IMSS, pero con las 120 semanas serian 1331 ademas de que deben considerar con la ley del 73 se podra hacer algo en mi problema?

  16. hola buenas tardes tengo un amigo que lamentablemente fallecio hace unos dias pero en su ultimo trabajo solo estuvo por 4 o 5 meses cotizando imss pero el tuvo otros empleos desde el 73 y ahora que fallecio el seguro no quiere otorgar la pension por que dice que el sr perdio todos los otros años cotizados y solo valen los ultimos meses, me podria decir como podemos proceder o a quien acudir para resolver esta cituacion si es que tiene solucion

  17. tengo 32 años de servicio cotizando al issste y 52 años de edad, según el articulo 10 de la ley de issste solo me podría jubilar hasta cumplir 55 años de edad; estoy en el régimen del 10 transitorio.
    Con lo publicado recientemente en el semanario judicial de la federación ( julio de 2016 )
    al 31 de marzo de 2007 yo tenia 22 años y 6 meses de servicio
    ¿ estaré en posibilidades de jubilarme a partir de hoy ?

    graciassssssssssssss

  18. Tengo 15 años en el servicio desde que me afilie mi cuenta aperecìa en el bancomer despues mis datos ya no aparecieron en bansefi, quiero saber mi estado de cuenta SAR, estoy preocupado para dar de alta amis deneficiados, que puedo hacer; gracias.

  19. tiene aproximadamente 3 meses que me entregaron lo de mi afore, y desde ese tiempo el infonavit no puede accesar al portal para solicitar mi retiro de la sub-cuenta de ahorro de la vivienda, ya que ustedes la tienen bloqueada, al parecer todavía no cierran la operación del proceso de mi afore. me pueden ayudar? Gracias. saludos.

  20. Buenas tardes licenciado: tengo mil preguntas por hacer; fui empleada en la Dirección Gral ISSSTE desde 2002, me despidieron injustificadamente en septiembre de 2011, mi demanda ya se encuentra en etapa de amparo, de hecho creo que se está revisando ya el segundo laudo; mi abogado casi no me explica mi situación y no tengo mi número de amparo ante tribunales; todo lo consulto a través de la página de la junta de conciliación. Pero, si de verdad, tengo mil preguntas por hacerle… usted me puede ayudar a resolverlas? le puedo enviar un correo electrónico?
    Atenta a sus comentarios, reciba un cordial saludos!

  21. trabaje durante 5 años aproximadamente en el INEGI no me aparecen las cotizaciones esta empresa no da ese beneficio? y solo aparece esto
    solo un año de registro cuando realmente fue de1993 a 1997.
    INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA, GEOGRAFIA E INFORMATICA I.N.E.G.I., COORDINACION CENSAL ESTATAL SAN LUIS POTOSI Tipo de Periodo Fecha de Inicio Fecha de Término Sueldo Básico NORMAL 01/07/1997 31/12/1998

  22. BUEN DIA! HAY UNA CANTIDA ESTANDAR MINIMA EN LA PENSION POR VEJEZ, YA QUE CUMPLO CON LAS 500 SEMANAS PERO MI SALARIO PROMEDIO ES MUY BAJO.

    AHORITA ESTOY LABORANDO PARA RECUPERAR MI VIGENCIA DE DERECHOS PERO EN LA EMPRESA DONDE ESTOY CAMBIA DE RAZON SOCIAL POR LO TANTO ME DA DE BAJA Y LUEGO DE ALTA Y ASI LLEVO YA 2 ALTAS ESTO AFECTA PARA LA CONTINUIDAD DEL AÑO QUE DEBO DE LABORAR PARA RECUPERAR MI VIGENCIA DE DERECHOS?

  23. Buenos días, Lic. ¿ Cuanto debo recibir de finiquito por jubilación? . Fui empleado de base federal subsidiado, con 35 años de servicio, nivel salarial 6, ¿Cuando debo recibir el pago?, firme renuncia el 30 de junio del presente. El hospital donde trabaje, ha estado depositando a mi cuenta de nomina el tiempo prejubilatorio de abril a mayo, después depositaron x cantidad (abono de nomina) en la 2da.quincena de ago. nada mas, La pension del ISSSTE ya esta arreglado. Gracias por atender mis dudas y espero su respuesta Lic. Gutiérrez Melchor.

  24. Buen día,
    Cumplo 60 años el 24 de noviembre de este año, mi plan es jubilarme por la ley del IMSS 1973 el 26 de mayo de 2017 para obtener el 80%, actualmente estoy cotizando bajo la «Continuación Voluntaria» ó «modalidad 40» al tope para mejorar mi salario integrado, por eso es que me conviene esperarme hasta mayo, se mejora bastante mi jubilación.
    La pregunta es: ¿que riesgo tengo de que el siguiente año (2017) con el presupuesto presentado por la federación, se baje el tope de 25 salarios mínimos para la jubilación como lo estableció la Suprema Corte de Justicia?. Si es así recibiría una pensión menor a la que recibiría si me jubilo el 26 de Noviembre de este año.
    En resumen, que me puede recomendar, jubilarme en Noviembre al cumplir los 60 año, o jubilarme en Mayo a los 60 años y medio.

    Muchas gracias

  25. Por invalidez total y permanente hice efectivo el seguro de vida institucional que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público contrata, ahí tenía como beneficiarios a mis dos hijos. Ahora la mamá de ellos me demandó porque dice tenía que haberle dado el 45% por ciento del pago, por concepto de pensión alimenticia dado el juicio que instauró y me condenaron a ello de todas las prestaciones que como trabajador de gobierno tenía. ¿Si era procedente que la Aseguradora hubiera efectuado esa retención y entregársela a ella? ¿Las aseguradoras si efectúan retenciones por pensión alimenticia al pagar los seguros de invalidez? ¿Cuál es el fundamento? porque yo revisé la Ley del Contrato de Seguro y ahí dice no se pueden embargar las pólizas donde se tienen como beneficiarios a los hijos (o también a la cónyuge). Claro yo lo cobré en vida. En este supuesto de estar con vida si procede ese descuento por pensión alimenticia. Agradeceré su ayuda. Lucio.

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