Los trabajadores que coticen al régimen obligatorio del ISSSTE, acorde a la ley 2007, tienen el derecho a ser pensionados por tres posibles causas, la que ocurra primero: riesgos de trabajo, por un estado de invalidez o por cesantía en edad avanzada y vejez; cumplidos los requisitos, el Instituto otorgará la resolución en un lapso no mayor a noventa días.
Cuando un pensionado reingrese al servicio activo no podrá renunciar a su pensión, excepto en el caso de inhabilitados que queden aptos para el trabajo, quienes, de ser el caso, deberán notificar de este hecho al Instituto en un plazo no mayor a diez días hábiles, a efecto de que se les suspenda la pensión.
La pensión no podrá ser transferida, cedida o gravada ni embargada, excepto por mandato judicial y para el caso de alimentos o adeudos con el propio Instituto.
Los riesgos de trabajo, producidos por accidente o enfermedad, pueden dar derecho a una incapacidad de tipo temporal, o parcial, o total, o a la muerte. El incapacitado por un riesgo de trabajo tendrá derecho a recibir prestaciones en dinero y/o en especie, diagnóstico, asistencia médica, quirúrgica y farmacia, hospitalización, prótesis, ortopedia y rehabilitación.
En caso de incapacidad temporal el asegurado tendrá derecho a recibir el 100% del salario base por todo un tiempo no mayor a un año o se declare la incapacidad parcial o total.
En caso de incapacidad parcial, el asegurado tendrá derecho a recibir una pensión conforme a la Tabla de Valuación de Incapacidades Permanentes de la Ley Federal del Trabajo en su artículo 514; de resultar la pensión anual menor al 25% del salario mínimo elevado al año, el Instituto pagará una indemnización igual a cinco salarios anualizados de la pensión que le hubiere correspondido al trabajador.
En caso de una incapacidad total se concederá pensión hasta los sesenta y cinco años de edad por medio de un Seguro de Pensión por el que se pagará una Renta igual al sueldo básico vigente al momento del riesgo pero con tope de 10 salarios mínimos generales, vigentes en el Distrito Federal, incluyendo la gratificación anual.
El pensionado contratará con una Aseguradora un Seguro de Pensión por el que se pagará la pensión en forma de Renta; para el efecto, el Instituto calculará el monto constitutivo y pagará la suma asegurada a la Aseguradora elegida por el pensionado; la Renta cubrirá la pensión y las cuotas y aportaciones a la cuenta individual del seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez hasta la edad en que el pensionado cumpla 65 años de edad y si éste tuviere derecho a una pensión de Vejez, le será sustituida; para ello, la Aseguradora pagará mes a mes la pensión, la cuotas y aportaciones de RCV, mas la gratificación anual; en caso contrario, se le otorgará la Pensión Garantizada.
En caso de muerte, los familiares derechohabientes recibirán la pensión al 100% del sueldo básico devengado al momento del accidente, más la gratificación anual.
Por lo que refiere a los recursos de la cuenta individual, los familiares derechohabientes podrán optar por retirarlos en una sola exhibición o contratar Rentas por mayor cuantía.
Cuando el trabajador pensionado fallezca por causas atribuibles al riesgo de trabajo, la pensión será igual al 100% del sueldo base y se distribuirá a partes iguales entre los familiares derechohabientes; ahora bien, cuando la causa del fallecimiento sea por otra causa, se pagarán seis meses de la pensión que hubiere correspondido.
Las pensiones se incrementarán anualmente, en el mes de febrero de cada año, de acuerdo al Índice nacional de Precios al Consumidor.
Los familiares derechohabientes son el o la cónyuge o concubina(ario), hijos menores de 18 o hasta 25 años siempre que estos últimos se encuentren estudiando en planteles reconocidos por el sistema educativo nacional, y a falta de los anteriores, padres dependientes económicos del trabajador.
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Buenos días Licenciado, estoy dictaminada con una pensión parcial permanente y quiero saber cuantas semanas o años tengo que tener cotizado en el ISSSTE para poder acreditar una pensión total permanente del 100% por riesgo de trabajo. Gracias por su atención.
Lic. Yo tengo una pencion por riesgo de trabajo y tengo pencionado 19 años y quiero saber si mi pencion va a cambiar a jubilación al cumplir 60 años o al cumplir 65 año o va a seguir igual para asta que yo fallesca
NECESITO REVISAR PAPELES PARA ASESORIA ADICIONAL ME ESCRIBE A [email protected]
Lic. Buen dia soy una persona que hace 2 años y medio sufrí un accidente de trabajo y en el preseso del papeleo y dictaminacion tardo poco mas de año y medio mi dictamen. comensando el año en el mes de enero me tenian que dar una pensión parcial permanente del 30% y hasta el día de hoy no e recibido nada y h uno de partevdel isste muchas negligencias medicas tuve perdida de oído que de sordo y clavícula rota 4 costillas fracturadas de la cual se dieron cuenta hasta los 3 meses que yo presione por el fuerte dolor queteniaben el costado y hombro rue solo cuando me manda con a hacer estudios y del accidente termine con vértigos permanentes y el dictamen dice que no tengo nada que solo que de con pequeñas secuelas pero de la pensión no e visto nada que puedo hacer o a quien me tengo que dirigir
Sus opciones son la Profedet, la Conamed o la CNDH; mas datos en las siguientes palabras leer:
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El ISSSTE dictaminó mi incapacidad parcial como consecuencia de riesgo de trabajo con una pensión equivalente a una pensión de mi sueldo base.
Asumo que puedo solicitar esa pensión y continuar desempeñando mi trabajo. Le agradeceré confirmarme que así es?
Le solicitó me informe si al jubilarme tendré derecho a ambas pensiones, la de los años laborados y la del riesgo de trabajo
Necesito analizar datos y documentos complementarios; puede escribir a [email protected].
Hola, si un trabajador tiene dos pensiones parciales por accidente de trabajo y solicita una invalidez total, tiene más o menos ventajas que quien no tenga ninguna? Gracias
Tiene mas ventajas
Buenos días Licenciado, estoy dictaminada con una pensión parcial permanente y quiero saber cuantos años tengo que tener cotizado en el ISSSTE para poder acreditar una pensión total permanente del 100% por riesgo de trabajo. la cual fue calificada como enfermedad profesional, tengo 29 años cotizando al issste, Gracias por su atención.
Para asesoría a detalle necesito datos y documentos adicionales; puedes escribirme a [email protected]
hay manera ,de antes de cumplir los 65 años ,yo gozando de una pension por invalidez, del issste en cuentas individuales,por 6 mil pesos,que es el 35 % de mi sueldo., obtener aumento de pension o todo lo reunido en la cuenta individual, por medio de retiro programado?, porque no ajusta la renta que me dan para una vida digna.tengo 60 años y la enfermedad de parkinson , no voy a poder gozar mi dinero. es que no llego a los 65 años. el issste me dice que no hay otro modo.es cierto?agradesco respuesta y propuesta.
SI ESTA PENSIONADO POR INVALIDEZ NO PUEDE OPTAR POR RETIRO PROGRAMADO; A LOS 65 AÑOS LE CAMBIARAN LA PENSION POR UNA DE VEJEZ; PUEDE SOLICITAR UNA VALORACION MÁS AMPLIA VIA [email protected]
LIC., BUENAS TARDES, MI MADRE QUEDO VIUDA HACE 30 AÑOS, Y RECIBE DOS PENSIONES POR VIUDEZ Y RIESGO, Y AHORA DESPUES DE 30 AÑOS, LE SALEN CONQUE SOLO TENIA QUE RECIBIR UNA PENSION, Y EL ISSSTE LE QUIERE QUITAR SUS PENSIONES, Y QUE DEBERA PAGAR TODO DE UNA PENSION, O LE DESCONTARAN DE LA OTRA LO QUE SE LE PAGO DE LA DE VIUDEZ., ES TANGIBLE ESTO???…MI PADRE ERA EMPLEADO FEDERAL Y EL SINDICATO FUE EL QUE LE DIJO A MI MADRE QUE TENIA DERECHO A PARTE, A UNA PENSION X RIESGO, Y ELLOS EL SINDICATO SE LA TRAMITO…….A MI MAMI CASI LE DA UN INFARTO, ELLA TIENE 76 AÑOS. POR FAVOR ASESORENOS. MIL GRACIAS.
Sugieroverlo con el sindicato y asesorarse en la profedet
En 2004 sufrí un accidente de trabajo calificado como si de trabajo me reubicaron en otro puesto con otro sueldo me dierón el 10% solicite otra revaloración y me aumentaron al 30% pero con el sueldo del puesto anterior, me lo tienen que actualizar ? con el nuevo puesto y que debo hacer.
No, para nada
buenos dias LIC. yo tengo una duda tuve un accidente de trabajo el 14 de marsa del 2015 me operaron al otro dia y despues me volvieron a operar el 15 de noviembre del mismo año y ahorita en el mes de octubre me van a volver a operar estas operaciones son a causa de rompimiento de ligamentos de la clavicula del brazo derechoa llevo un año con licencias medicas mi duda es cuando me calificarian lo de mi porcentaje de pencion q me corresponde o q tengo q hacer le agradeceria una orientacion para mi caso gracias
lo atenderán:
1) por 52 semanas
2) a la semana 48 si no se alivia lo pasaran a pension temporal por dos años
3) de su evolucion le renvaran otros dos años o le daran una incapacidad permanente parcial
Buenas noches doc. Tengo una duda yo tengo diagnosticado cancer y trabaje para sepomex y me dieron un dictamen de invalidez el cual salio a mi favor ahora tengo una pension temporal por invalidez el cual me dan el 30 % pero ya estoy apunto de cumplir los 2 años q me dijeron para q me cambiara a temporal pero tengo duda que cambios van a ver acontinuacion respecto a mi pension gracias saludos
Le cambiarán, de así proceder, de temporal a definitiva…
tuve un accidente en mi centro de trabajo me cai de una escalera de 4 metros de altura me lastime columna y nariz me hicieron cirugia de nariz y me diagnosticaron lumbalgia traumatica laboro en una escuela primaria de la sep en el año del 2012 de ahi a la fecha no e quedado bien llevo 7 años de servicio ya llevo varias incapacidades no se q hacer kiero q me oriente haber si puedo alcanzar a pensionarme
CON SIETE AÑOS DE SERVICIO NO SE ALCANZA PENSION
NECESITA ACUMULAR MAS AÑOS DE SERVICIO, ACORDE AL REGIMEN DE PENSION QUE LE CORRESPONDA
tuve un accidente en mi centro de trabajo me cai de una escalera de 4 metros de altura me lastime columna y nariz me hicieron cirugia de nariz y me diagnosticaron lumbalgia traumatica laboro en una escuela primaria de la sep en el año del 2012 de ahi a la fecha no e quedado bien llevo 7 años de servicio ya llevo varias incapacidades no se q hacer kiero q me oriente haber si puedo alcanzar a pensionarme tambien e cotizado en el imss pueden tomarme los años q cotize al imss para q puedan pensionarme?
tuve un accidente en mi centro de trabajo me cai de una escalera de 4 metros de altura me lastime columna y nariz me hicieron cirugia de nariz y me diagnosticaron lumbalgia traumatica laboro en una escuela primaria de la sep en el año del 2012 de ahi a la fecha no e quedado bien llevo 7 años de servicio ya llevo varias incapacidades no se q hacer kiero q me oriente haber si puedo alcanzar a pensionarme tambien e cotizado en el imss pueden tomarme los años q cotize al imss para q puedan pensionarme?
En su caso es muy recomendable acuda a la Profedet y solicite orientacion y de ser necesario le daran asesoría juridica gratuita
Buenas noches lic llevó más de nueve meses de incapacidad por riesgo de trabajo y ya pasé por terapia el motivo fue los dedos pulgares de las manos mismos que no logré una movilidad en en dedo y en el otro la mitad de movilidad me canalizaron al cirujano plásticos y este me dijo que no tenía nada que fue una mala terapia así mismo ya no me mandaron a más terapias mi pregunta es si es motivo de un cambio de actividad ya que soy servidor público gracias por su atención
SOLO SALUD EN EL TRABAJO PUEDE DETERMINAR TAL SITUACION
Cotizo al ISSSTE, desde hace 21 años y soy maestra frente a grupo desde 1998. Me diagnósticaron LARINGITIS CRONICA sin respuesta a Medicamentos, el OTORRINO me envió a MEDICINA DEL TRABAJO me entregaron papeles para ser llenados por el OTORRINO «CERTIFICADO MÉDICO» Y otros papeles para la ESCUELA donde trabajo y detallara el director el accidente entregaré todo sellado y firmado pero que pasara con mi futuro laboral quien me protegerá para ser recompensada lo más humanamente posible. Acudo a mi SNTE, o la SEP o MEDICINA DEL TRABAJO sera la encargada de DICTAMINAR cuidando para no ser más LESIONADA de lo que ya quedaron mis cuerdas vocales.
Para asesoría a detalle sobre sus derechos y con relación a la pregunta que me envía, necesitamos mas detalles; sugiero escribirnos a [email protected]
buen dia soy diabetico con infarto en el corazon y tres puentes en el mismo tambien perdida de la vista de mi ojo izquierdo y el derecho con avance de la enfermedad de retonipatia diabetica mi campo visual se redujo por el tratamiento de rayos laser. asi como estoy me pueden dar la pension de incapacidad? el issste es el tratante tengo 46 años de edad y 23 años de servicio. gracias saludos lic.
Solo salud en el trabajo puede determinar la procedencia de un estado de invalidez, sugiero tratarlo con su medico familiar
Lic. Mi madre es trabajadora del poder judicial del estado
Pero hace 8 meses sufrio una enfermedad mental de los nervios.
Y se ha estado tratando con psiquiatria
Ella ha estado delicada de su salud
Todo ese tiempo
Y ahora nos avisan k kieren likidarla
Y k la asegure en el imss
Alguno de sus 2 hijos
Esta decision de correrla si es posible. ??
Para asesoría personalizada puede enviarnos su consulta a través el email [email protected], necesito mas datos.
Hola que tal, como soy docente con 11 años cotizados ante el ISSSTE, perdí mi voz y estoy diagnosticada con laringitis crónica. El recientemente recibí el Dictamen de riesgo de trabajo, mi duda es que prosigue, pero cambio de área laboral o debo solicitar mi pensión, pero cabe señalar que sigo en trámites ante el ISSSTE estoy esperando una valoración por el médico de medicina del trabajo, sin embargo en el ISSSTE no me dicen que sucederá conmigo o para donde va este trámite. De antemano gracias
Solamente salud en el trabajo puede determinar la procedencia o no de una eventual pensión y su tipo; se requiere dictamen para cualquier opinion
Buenas noches!
Le agradezco de antemano por tomarse el tiempo de leer esto y sí es posible su respuesta.
Soy pensionado por la caprepol por incapacidad total y permanente desde hace 3 años, la verdad no es mucho y mis necesidades me obligan a buscar otras fuentes de ingresos. gracias a los conocimientos que adquirí en mi trabajo me han invitado a trabajar a una dependencia del gobierno federal, pero no sé si eso pueda afectar y pudiera poner en riesgo mi pensión.
Le agradecería me diera su opinión ya que para mí es muy importante no perderla, porque aunque es un buen sueldo el que me ofrecen, la misma condición física que tengo no me permite tener la seguridad de saber que podré desempeñarme en un trabajo por mucho tiempo.
Mande de nuevo su pregunta y especifique que es la caprepol
Buen dia ,disculpe quisiera una orientacion el dia 23 de diciembre2016 un trabajador firma su retiro voluntario pero el dia 24 le sucede un Accidente cerebrovascular q lo deja sin sus facultades mentales y fisicas y la baja es el dia 31 del mismo … la pregunta es se podra modificar a incapacidad total y permante? El es empleado federal INE
Y el tiene 26 años y lo pensionara el ISSSTE
Disculpe la persona Tiene 26 años de antiguedad
PROCEDERA LO QUE ESTE FIRMADO CON PUÑO Y LETRA DEL TRABAJAODR
buenas tardes, si tengo una pension por invalidez en el issste, tengo derecho a una pension por cesantia o vejez?
ANTERIOR LEY O NUEVA LEY?
Estoy encantado de encontrar este blog. Quería daros las gracias por redactar esta obra maestra. Sin duda he gozado cada pedacito de ella. Os te tengo en la lista para ver más cosas nuevas de este blog .
SUS PALABRAS SON COMO GOTAS DE LLUVIA EN EL DESIERTO
HE DADO RESPUESTA A MAS DE 80 MIL PETICIONES Y MUY MUY POCAS PERSONAS, NO MAS DE DIEZ EXPRESAN PALABRAS COMO LAS SUYAS
DIOS LE BENDIGA HOY Y SIEMPRE
Buena noche tengo una pregunta estoy diagnosticada con sindrome ansio depresión crónica. Mi nadamas falta el dictamen de México para mi invalidez, si la aceptan yo voy a seguir trabajando o llegandome el dictamen dejo de trabajar o que? le agradezco soy docente frente a grupo Federal, estoy en el regimen décimo transitorio y tengo 23 años de servicio.
Salud en el trabajo le indicará qué es lo que debe de hacer una vez le entreguen el dictamen correspondiente; no es posible anticipar respuesta debido a que hay que ver cual es el grado de invalidez que le determinan
Lectura sugerida:
dictamen de invalidez
Lic.tengo 55 años y 30 años cotizando en el issste por las secuelas de un padecimiento quede incapacitodo (perderdida del habla y gluticion )que me conviene tramitar una pensión por incapacidad permanente o la pensión por retiro.
Le conviene mas retiro por edad
Si al 1 de abril de 2007 ya tenia 15 años de servicio ya puede ejercer el derecho
Revise siguiente enlace
tesis
sufri factura de perone en el trabajo,estuve dos meses con yeso y llevo27 dias despues de seo. no puedo aun caminar,solo apoyo y con olor. y ya se termino la incapacidad y me dijeron que ya me vaya a trabajar, no tengo derecho a mas dias para reponerme un poco mas
COMENTELO CON SU MEDICO FAMILIAR, EL Y SALUD EN EL TRABAJO SON LOS INDICADOS PAR ESTE ASUNTO
Cuàles beneficios alternos a pension via formato RT-9 obtiene el trabajador ? Dentro de estos, se condonan deudas ? En caso afirmativo, por favor, cuàles si, cuàles no y còmo se resuelven ?
Atte.
Gracias
NO NOS QUEDA CLARA SU PREGUNTA; REENVIARLA CON MAS DETALLES POR FAVOR
Hola agradezco su valioso apoyo que nos da. Soy trabajadora de la secretaria de salud, soy afanadora; he tenido problemas circulatorios (en un pié sufro de una úlcera varicosa), soy personal de base, tengo de antigüedad 28 años; mi pregunta es: En relación a Incapacidad Medica si la ley del Issste me dice que puedo tener 60 días con goce de sueldo integro y 60 días con medio sueldo; para irme a medio sueldo es si paso 6 meses o es en un año?
DESCONOZCO ESOS DETALLES, RUEGO SUS DISCULPAS
Si estoy en tramite de pensión, puedo regresar a laborar ya que no ha salido mi dictamen, aunque siga el tramite de pensión?
ES PREFERIBLE ESPERAR
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