Su Cuenta Individual

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cuenta individual

¿Es usted una persona que cotiza al IMSS, por prestar sus servicios a un patrón persona física o moral, de manera personal y subordinada, permanente o eventual?

Si es así, recuerde que usted debe tener aperturada una cuenta individual en cualquiera de las once Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), autorizadas para ello: Inbursa, InverCap, Profuturo GNP, Pensionissste, Banamex, XXI Banorte, Coppel, Azteca, Principal, Metlife o Sura.

En su cuenta individual se registran las cuotas y aportaciones obligatorias y voluntarias, que su patrón, usted y el Gobierno Federal efectúan, durante su vida laboral, para su pensión; o para generar ahorro para proyectos personales que requieran de dinero a: corto plazo (uno a cinco años), mediano plazo (seis a veinte años) o a largo plazo (hasta la fecha en que se pensione).

La Afore que le administre su cuenta individual, solamente lleva el registro de las aportaciones que en su favor se constituyan, más el dato del número de Acciones en que su ahorro para el retiro es convertido, al ser enviado a la Siefore Básica que le corresponda, según su edad.

Recuerde que hay cuatro Siefore Básicas: 1, para trabajadores de sesenta años o más; 2, si se tiene de 46 a 59 años; 3, si se tiene de 37 a 45 años; y la 4, para personas de 36 años y menores.

Al ser convertido su ahorro para el retiro en Acciones, en Acciones permanecerá y será reconvertido nuevamente en pesos y centavos, cuando usted solicite su Ayuda para Gastos de Matrimonio, la Ayuda por Desempleo, al pensionarse, al cambiar de Siefore por razón de su edad o por indicación suya, o al traspasar su cuenta individual a otra Afore.

Así, el dinero ahorrado en su cuenta individual queda protegido en un instrumento financiero llamado Acciones, las que presentarán como es cotidiano en los mercados financieros, plusvalías y/o minusvalías.

Aunque son más notorias las minusvalías, usted no se preocupe, pues de ordinario su ahorro genera plusvalías; históricamente así ha sucedido desde 1997.

La ventaja para usted es que al estar convertido su ahorro en Acciones, y como todavía le faltan años para pensionarse, la Afore tiene tiempo suficiente para recuperarse de alguna minusvalía transitoria, o de usted elegir el mejor momento para pensionarse.

Su cuenta individual está integrada por las subcuentas de: Retiro, que recibe la aportación patronal del 2% de su salario base de cotización (SBC); Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, a la que aporta su patrón el 3.150%, usted el 1.125% y el Gobierno Federal el 0.225%, para un total de 6.5% del SBC, por concepto de RCV; en adición, su cuenta registra la aportación patronal del 5% del SBC, por concepto de vivienda.

Las aportaciones anteriores, son de carácter obligatorias y con ellas se comprará a futuro, su pensión.

Adicionalmente, usted o su patrón podrán efectuar a su cuenta individual, cuando y cuanto quieran y/o puedan: Aportaciones Voluntarias (para proyectos de corto o mediano plazo), y Aportaciones Complementarias de Retiro (para mejorar pensión al momento de su retiro o disponerlos en una sola exhibición).

Por último, recuerde que si usted es una persona que trabaja por cuenta propia, por dedicarse al ejercicio de su profesión o tiene un negocio como persona física, puede abrir una cuenta individual en la Afore de su elección, ahorrar a largo plazo y capitalizar fiscalmente parte del pago de sus impuestos.

De ser el anterior su caso, su cuenta individual tendrá solamente tres subcuentas: la primera, Ahorro a Largo Plazo (aquí deposita usted para autopensionarse a futuro, capitalizando parte de los impuestos que debe de pagar y convertirlos en ahorro de largo plazo); la segunda, Aportaciones Voluntarias (las que puede hacer con carácter o no deducible); y una tercera más que la Ley no la define pero solo se refiere a «las demás que autorice la Consar«, aunque de momento no ha autorizado nada.

Si después de leer el artículo requiere contactarnos para dudas e inquietudes adicionales, encontrará más detalles en la siguiente liga:

https://miretiroypension.com/2012/10/para-atender-mejor-sus-consultas/

Es importante que antes de contactarnos lea también nuestro Aviso de Confidencialidad ubicado en la siguiente liga:

https://miretiroypension.com/2014/10/aviso-de-confidencialidad/

21 COMENTARIOS

  1. Me retiré en 2007, en 2008 opté por cuentas individuales…..1.-Desde entonces no me pueden responder si en realidad estoy en cuentas individuales o 10o. transitorio, ya que me encontraba inactivo a la fecha de mi elección. 2.-Por tal circunstancia tampoco puedo corregir el último dígito de la clave CURP que se encuentra asentada en los datos del SAR y PENSIONISSSTE 3.- En RENAPO solo existe mi única y autentica clave CURP, pero estas instancias insisten en que SI tengo otra clave y me traen hecho un pen……aun presentando documentación oficial, esto desde hace siete años…..Hace como dos años solicité ayuda a la presidencia de la república, enviándome al pensionissste, desde donde al instante —extraño pero cierto— me respondieron que debo presentar las DOS claves vinculadas, así que me saqué la misma…Qué hago, Ya hasta ofrecí recompensa para quien logre hacer esa corrección.

      • Buen día Lic. Jaime

        Tengo 16 años y 4 meses de cotizar al ISSSTE, y estoy considerando retirarme voluntariamente. He preguntado pero me dicen que por mi edad (41 años) no puedo reclamar ningún beneficio económico.

        Puede usted asesorarme si puedo hacer alguna solicitud tipo liquidación por los años trabajados y cotizados, o bien, donde puedo acudir a pedir informes.

        Muchas Gracias.

        • Al retirarse evidentemente que su dependencia le dara un finiquito mas no una liquidación pues no es ella la que está prescindiendo de sus servicios ni se trata de un despido injustificado; pero por lo que a pension se refiere, con la edad y años cotizados no puede esperar nada.

          Mi Retiro y Pensión crece en opciones de servicio para usted.

          A partir de esta fecha, es posible atenderle en forma personal, en cualquier parte del mundo, de la siguiente manera:

          En Mérida, Yuc., obtenga cita marcando al tel. 999 113 0133, únicamente en días y horas siguientes:

          – Lunes a viernes, de 18:30 a 19:30 hrs.
          – Sábados, de 9:00 a 14:00 hrs.

          Nota: no se dan ni proporcionan consultas por teléfono.

          Para el interior del país y resto del mundo, la atención se proporciona a través del email que a continuación se menciona, o a través de Skype o Hangout.

          Invariablemente será necesario nos envíe su caso al email [email protected]; una vez analizado, le daremos instrucciones para enviarle nuestra respuesta o para la entrevista personal.

          Disponible factura válida para efectos fiscales.

        • estoy buscando mi afore y no se en que banco este me puedes ayudar tengo 11 años de no cotizar
          soy Jose Luis Farias Absalon.
          gracias

  2. En la gratificación por jubilación para el personal de la DGETI el manual dice que se retendrá el impuesto sobre la renta sobre el excedente de noventa veces el salario mínimo general diario por cada año de servicios. Me puede explicar ¿cómo se calcula?

  3. Hola buena Tarde,

    Soy Trabajadora IMSS tengo un crédito hipotecario de la misma institución, quiero saber si puedo utilizar el ahorro para la vivienda para liquidar mi crédito y si es así como lo puedo realizar?

    Agradezco sus Comentarios

    • Debe verlo en su área de recursos humanos y/o con su sindicato; desconozco de asuntos laborales, prestaciones y demas, internos del Instituto

  4. hola tengo esta duda tengo 26 años cotizados al ISSSTE y dos años y medio cotizados al IMSS y cause baja por retiro voluntario en Octubre de 2007 se pueden juntar para tramitar mi pension y actualmente tengo 53 años de edad

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