Retiro Anticipado Trabajadores IMSS

1761
45268

La Ley del Seguro Social 1997 contempla la posibilidad de un retiro anticipado según lo establece en su artículo 158, el que a la letra dice:

El asegurado podrá pensionarse antes de cumplir las edades establecidas, siempre y cuando la pensión que se le calcule en el sistema de renta vitalicia sea superior en más del treinta por ciento de la pensión garantizada, una vez cubierta la prima del seguro de sobrevivencia para sus beneficiarios.

El pensionado tendrá derecho a recibir el excedente de los recursos acumulados en su cuenta individual en una o varias exhibiciones, solamente si la pensión que se le otorgue es superior en más del treinta por ciento de la pensión garantizada, una vez cubierta la prima del seguro de sobrevivencia para sus beneficiarios.

La disposición de la cuenta así como de sus rendimientos estará exenta del pago de contribuciones.

Lo dispuesto en este artículo es aplicable al ramo de vejez.

Para poder optar por esta modalidad de pensión, el trabajador asegurado deberá de cumplir con el requerimiento en semanas cotizadas contempladas por la Ley, las que son, como mínimo, un mil doscientas cincuenta semanas.

Como bien lo especifica el artículo en referencia, la cuenta individual del trabajador debe contar con recursos suficientes para contratar una pensión, la que calculada en la modalidad de rentas vitalicias, deberá ser superior en más del 30% de la pensión garantizada, después de cubrir la prima del seguro de sobrevivencia.

La pensión garantizada equivale a un salario mínimo mensual vigente en el Distrito Federal.

Con el seguro de sobrevivencia, al fallecimiento del pensionado, se pagará la pensión de viudez, orfandad o ascendencia que corresponda, hasta en tanto se extinga la obligación.

La obligación de pagar una pensión a los beneficiarios se extingue cuando la(el) viuda(o), o concubina(ario) dejen de serlo; los hijos lleguen a los 16 años de edad, entre 16 y 25 años de edad y se encuentren estudiando en escuelas reconocidas por el sistema educativo nacional.

Este beneficio aplica para hijos del pensionado, en forma vitalicia, mientras se encuentren impedidos a desempeñar cualquier actividad económica por razón de impedimento físico, mental, intelectual o de cualquier otra índole.

A falta de esposa(o), o concubina(ario) e hijos con derecho a recibir pensión, el beneficio pasará a los ascendientes del pensionado, en caso de dependencia económica.

Si después de leer el artículo requiere contactarnos para dudas e inquietudes adicionales, encontrará más detalles en la siguiente liga:

https://miretiroypension.com/2012/10/para-atender-mejor-sus-consultas/

Es importante que antes de contactarnos lea también nuestro Aviso de Confidencialidad ubicado en la siguiente liga:

https://miretiroypension.com/2014/10/aviso-de-confidencialidad/

Artículo anteriorRetiro Anticipado para trabajadores ISSSTE
Artículo siguientePENSIONES SIN IMPUESTOS
Email de contacto: [email protected] Envíe su caso amplia y detalladamente descrito; lo revisamos y si algo falta, le avisamos; toda consulta y servicio, causan honorarios. Atendemos vía email, presencial (sólo en Mérida, Yuc.), por teléfono o Skype, previa cita y conocimiento de su caso; disponibles pláticas, conferencias y seminarios, presenciales y a distancia. Mi Retiro y Pensión Es una empresa dedicada a la asesoría en pensiones IMSS e ISSSTE, SAR, AFORE e inversión del ahorro para el retiro. Asesoramos en Modalidad 40,  recuperación de derechos, recursos y saldos de la cuenta individual, Infonavit y Fovissste. Aviso de Confidencialidad Al contactarnos entenderemos que ha leído ya nuestro Aviso de Confidencialidad y que es su deseo y libre voluntad, compartirnos datos, documentos y referencias necesarias para dar respuesta a su consulta; liga: https://miretiroypension.com/2014/10/aviso-de-confidencialidad/

1761 COMENTARIOS

  1. tengo 54 años y trabajo desde 1979 hasta la fecha lo que son como 37 años trabajados me puedo pensionar tengo cotizadas 1850 semanas o mas
    espero me pueda asesorar.

    gracias.

  2. Una cuestión tengo 56 años actualmente me encuentro laborando y cotizando para el IMSS sufrí un accidente de trabajo q fue calificado como tal y me dieron de alta pero ahí me dijeron que tengo desgaste de columna y mi trabajo es de cargar cajas de refresco trabajo para una refresquera es de 6 am a 11 pm asta terminar mis rutas, sufrí una caída nuevamente y tengo nuevamente na costilla lastimada y una de mis manos no EH acudido al medico x miedo a que me despidan. Mi cuestión es PODRIA YA SOLICITAR UNA PENSION O JUBILACION ANTICIPADA.
    GRACIAS

    • Una cuestión tengo 56 años actualmente me encuentro laborando y cotizando para el IMSS sufrí un accidente de trabajo q fue calificado como tal y me dieron de alta pero ahí me dijeron que tengo desgaste de columna y mi trabajo es de cargar cajas de refresco trabajo para una refresquera es de 6 am a 11 pm asta terminar mis rutas, sufrí una caída nuevamente y tengo nuevamente na costilla lastimada y una de mis manos no EH acudido al medico x miedo a que me despidan. Mi cuestión es PODRIA YA SOLICITAR UNA PENSION O JUBILACION ANTICIPADA.
      GRACIAS

  3. Buenas noches

    Tengo 56 años y llevo cotizadas un poco más de 1.800 semanas.

    Puedo pensionarme ya?

    Gracias por su atención

  4. buen dia tengo 47 años y tengo cotizadas 1338 semana me puedo pensionar actualmente ya deje de laborar

  5. Buenas tardes , tengo 45 años y mas de $400.000.00 pesos en mi Afore , y semanas cotizadas en el IMSS arriba le 1300 donde puedo comenzar a solicitar la jubilación anticipada por renta vitalicia me puede asesorar muchas gracias

  6. Hola Lic, una pregunta, ya rebase por mucho las semanas cotizadas (1700), mas de 30 años trabajando, pero tengo 48 años de edad, ya que empece trabajar muy joven, ¿ya procede mi jubilación? o ¿tengo que esperar hasta los 65 años?

  7. Cuál es la diferencia si es el mismo esfuerzo?

    Escenario 1 «Empiezo a trabajar a las 25 años y a los 60 me puedo jubilar , 35 años trabajados, 1820 semanas cotizadas»

    Escenario 1 «Empiezo a trabajar a las 17 años y a los «52» me «podría» jubilar , 35 años trabajados, 1820 semanas cotizadas»

    Por que esperar hasta los 60 si es el mismo esfuerzo.? parece algo injusto en la ley.

    Cuál es la diferencia si es el mismo esfuerzo? sólo por haber despezado mas joven?

  8. Tengo 50 años, 32 años trabajando siempre cotizando al IMSS, es decir, 1600 semanas aprox.
    ¿Puedo iniciar mi trámite de retiro anticipado?

      • No se la jalen como 7 millones de pesos que nos esperamos los obreros que contestaciones??????? Son lic. Que quieren una buena comision para ayudarles por eso manejan millonadas en afore solo los que trabajan en gobierno pueden juntar millones en el afore

  9. Hola tengo 51 anos tengo 1391 semanas cotizadas me podria retirar tengo entendido que las mujeres nos podemos retirar a los 50 ¿Que tan cierto es?

  10. Hola una pregunta yo trabajo actualmente pero estoy enfermo ya llevo 2 operaciones del corazón tengo 41 años de edad empecé a cotizar en el 97 en el IMSS en 3 diferentes empleos pero se acumulan las semanas y tengo casi 300 mil en mi afore la pregunta es me pudiera pensiones o hacer algo,yo ya no puedo realizar trabajos ni esfuerzos es dictamen médico?

  11. PREGUNTA: Con 55 años de edad, 1370 semanas cotizadas en el IMSS, un saldo en mi cuenta individual de AFORE de 1,400,000.00 pesos, podría obtener una pensión anticipada?

    Gracias de antemano por su respuesta.

    Saludos.

  12. Buenas tardes , tengo 47 años y mas de $700.000.00 pesos en mi Afore , y semanas cotizadas en el IMSS arriba de 1336 donde puedo comenzar a solicitar la jubilación anticipada por renta vitalicia ?

  13. Buen dia

    Tengo 1170 semanas cotizadas, 709,000 en afore, 24 anos trabajando, pienso aprovechar la posibilidad de retiro anticipado, al llegar a 1250 semanas tendre sobre 1millon en afore, es factible poder conseguir pension vitalicia y retorarme antes? Me conviene? No me gustaria esperar hasta los 60 de edad

  14. Buen día lic , tengo 53 años 1430 semanas cotizadas en Imss , 700,000 en mi cuenta de afore , por otros comentarios q estoy viendo , veo q no puedo acceder a pensión anticipada, cyal es el saldo mínimo en afore para acceder a este beneficio, gracias

  15. Por que dice Usted que no se puede pensionar una persona que tenga mas de 1250 semanas y sea menor de 60 años, que no ha leido lo que es seguro pone toda persona menor de 60 años y con las semanas de 1250 se puede pensionar. aviseme si esto es cierto!!!
    Solicitud de Pensión de Retiro
    Homoclave IMSS-01-018

    ¿Eres asegurado ante el IMSS, tienes cotizaciones posteriores al 1 de julio de 1997, al menos 1,250 semanas de cotización y aún no tienes 60 años?

    Puedes obtener pensión de retiro, siempre y cuando la pensión que se te calcule en el sistema de renta vitalicia sea superior en más del 30% de la pensión garantizada, una vez cubierta la prima del seguro de sobrevivencia para tus beneficiarios.

  16. Tengo 30 años tengo 7 años con esclerosis múltiple me despidieron de mi trabajo por bajo rendimiento y por tal motivo no tengo seguro ,no se k hacer m puedo pensionar

  17. Buenas tardes mi pregunta es la siguiente, a mi mamá la liquidaron pero le faltan ocho meses para cumplir los 60 años , encontró un nuevo empleo pero le pagan menos que en el anterior, ¿si acepta el empleo con el salario más bajo, le afecta para su pensión? Espero su pronta respuesta, es urgente. Gracias!

  18. Tengo 58 años de edad y trabajados 38 ha si como 1855 semanas cotizadas, padezco una enfermedad que es inválidante (fibromialguia), necesito saber en qué se basan para hacer el cálculo de la pensión vitalicia por invalidez

    • EN SU CASO NO LE CONVIENE RENTAS VITALICIAS NI PENSION DE INVALIDEZ PORQUE SERA MUY CHIQUITA
      SUGIERO AGUANTAR, DE SER POSIBLE, DOS AÑOS MAS PARA UNA PENSION DE CESANTIA EN EDAD AVANZADA

  19. me jubile a los 53 y 26 de servucio empeze a cotizar en la misma empresa desde 1982 actualmente tengo 1787 samanas cotizadas altas puedo tener una pencion anticipada por el imss. gracias por respuesta.

  20. hola tengo casi 60 años y trabaje desde 1976 y deje de cotizar continuamente en 2010 depsues traje aprox un año mas ua me puedo pensionar o empezar hacer los tramites

  21. tengo 56 años de edad y 1950 semanas cotizadas en el imss quiero ver si tengo oportuniodad de pensionarme anticipadamente

  22. Ni aunque llegues a los 70 años vas a tener los 9 millones en tu cuenta que absurdo

    • así es, la LEY DEL IMSS es un fraude. Quién tiene 7 millones acumulados en su AFORE?
      si fuera por aportaciones voluntarias, creánme que nadie se preocuparía por una pensión anticipada, porque sería millonario y entonces ni al caso. Este país y sus leyes son una basura que en poco o nada benefician a los trabajadores
      Creo incluso que su asesoría es un fraude, si cobra por ello en un momento dado, para finalmente decir «NO SE PUEDE» es fraude.

  23. tengo 63 años y llevo cotizando desde el 2002, es posible mi retiro anticipado?? agradeceria me pudiera orientar ya que ya no aguanto más a las personas con las que trabajo hay abusos y vejaciones
    gracias!!

Los comentarios están cerrados.