¿Sabe a qué prestaciones, en dinero y en especie tiene derecho como asegurado, pensionado o beneficiario IMSS?
1) Riesgos de Trabajo
De sobrevenir accidente o enfermedad en especie, le corresponde recibir: asistencia médico-quirúrgica, farmacia, hospitalización, prótesis, ortopedia, y rehabilitación; en dinero, en caso de incapacidad temporal se recibe subsidio del 100% del SBC registrado al inicio de la incapacidad, hasta por 52 semanas.
Tratándose de incapacidad parcial o total, se recibirá pensión con carácter provisional, por dos años; luego, se otorgará pensión definitiva o la indemnización global y, en caso de fallecimiento, se pagarán las pensiones que correspondan por viudez, orfandad o de ascendientes, ayuda asistencial y asistencia médica cuando ésta corresponda, más la ayuda para gastos de funeral.
2) Enfermedades y Maternidad
La prestación en especie que se recibe por este seguro es: asistencia médico quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria que se requiera; en dinero, se recibe subsidio del 60% del último salario diario de cotización, a partir del cuarto día de incapacidad y hasta por 52 semanas, o la ayuda para gastos de funeral cuando proceda.
Por maternidad se recibe en especie: asistencia obstétrica, ayuda en especie por seis meses de lactancia y canastilla al nacer el hijo; en dinero, subsidio de 100% del último salario diario de cotización, por 42 días antes y después del parto.
3) Invalidez y Vida
El ramo de invalidez se otorga en especie: asistencia médico quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria; en dinero, pensión temporal o definitiva, asignaciones familiares y la ayuda asistencial, cuando esta última corresponda.
Para el ramo de vida (en caso de muerte del asegurado o pensionado), se recibe asistencia médico quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria; en dinero: pensiones de viudez, orfandad o ascendientes y la ayuda asistencial, cuando esta corresponda.
4) Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
En estos casos, se tiene derecho a recibir como prestación en especie, al pensionarse: asistencia médico-quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria; en dinero: pensión, asignaciones familiares y la ayuda asistencial, si ésta procede; en retiros programados, con cargo a la cuenta individual AFORE.
5) Guarderías y Prestaciones Sociales
El servicio de guardería se ofrece a mujeres trabajadoras aseguradas con hijos de entre 45 días y 4 años de edad, o a hombres trabajadores asegurados, viudos o divorciados, con custodia de sus hijos, cuidados y atención.
Prestaciones sociales comprende, las actividades para la promoción de la salud, impulso y desarrollo de la cultura, deportes y recreación, capacitación y adiestramiento, centros vacacionales y velatorios.
Además:
- Conservación de derechos en el seguro de enfermedades y maternidad al causar baja del seguro social por 8 semanas;
- Conservación de derechos en el seguro de Invalidez, por una cuarta parte de las semanas totales cotizadas;
- Derecho a la continuación voluntaria en los seguros de Invalidez y de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez;
- Incorporación a través de las modalidades de aseguramiento ;
- Préstamo a cuenta de pensión a pensionados por Ley 1973; e
- Incapacidades médicas, por hijos con cáncer.
Y lo mejor, ¿sabe cuánto aporta por día, un trabajador con un SBC registrado en el IMSS, de $400.00 diarios?
Respuesta: No más de 10.00 por día
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[…] semanas no reconocidas por el IMSS, es posible si el trabajador cuenta con documentos probatorios de que, realmente laboró y cotizó […]
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