Pensiones de solo un salario mínimo

5
3765

Siempre que hablamos de pensiones lo hacemos pensando, generalmente, en la mayor cantidad posible.

Pero existe un grupo de trabajadores que su pensión máxima será, una vez cumplidos los requisitos previstos en la Ley del Seguro Social, de solamente un salario mínimo y, con esta afirmación, no estoy haciendo referencia a la Pensión Garantizada.

La Pensión Garantizada solo opera en Ley la Ley del Seguro Social, comúnmente conocida como Ley 1997, y se entrega a quien, habiendo empezando a cotizar del uno de julio de 1997 en adelante, al día de tramitar su pensión, el ahorro acumulado en su cuenta individual, es insuficiente para comprar una pensión calculada en rentas vitalicias o un retiro programado, más el seguro de sobrevivencia.

Cuando el caso anterior ocurre y el trabajador cotizó un mínimo 1,250 semanas, el ahorro acumulado lo retiene su Afore y le paga mes a mes, una Pensión Garantizada, hasta el agotamiento de los recursos; ocurrido esto, corresponderá a la SHCP, por conducto del IMSS, continuará pagando la pensión, hasta el fallecimiento del pensionado.

Pero las pensiones de un salario mínimo, de las que le hablo en el segundo párrafo de este artículo, se refieren a la pensión a la que tendrán derecho a recibir, cumplidos los requisitos, los trabajadores que se incorporaron voluntariamente al IMSS y cotizaron, mediante convenio expreso, a través de las siguientes modalidades: 30 (productores de caña de azúcar); 35 (patrón persona física con trabajadores asegurados); 43 (incorporación voluntaria del campo al régimen obligatorio); y 44 (trabajadores independientes).

En el caso de los trabajadores antes mencionados, incorporados al IMSS, mediante convenio expreso (incorporación voluntaria), se inscriben en el IMSS y aportan con un salario mínimo vigente en la CdMx y es por ello que, estos trabajadores, llegada la edad de su retiro, a los 65 años, obtendrán una pensión de vejez, equivalente a un salario mínimo, vigente en la CdMx.

Es por ello también que, de estas modalidades no se puede pasar a la Modalidad 40, como muchos quisieran, debido a que se cotiza bajo un régimen especial de cuotas y aportaciones, que difiere de la forma en que se cotiza al régimen obligatorio del seguro social.

Tomen en cuenta que, la continuación voluntaria en el régimen obligatorio, en la modalidad 40, es producto de haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos cinco años previos a la fecha de baja del régimen obligatorio y por ello, no es posible pasar de estas modalidades a la continuación voluntaria en el régimen obligatorio o modalidad 40.

Por último, recordemos que las semanas cotizadas en el seguro de Salud para la Familia así como en el Seguro Facultativo, no generan derechos pensionarios.

Para orientación y asesoría en vía de consulta puedes escribirnos a [email protected].

5 COMENTARIOS

  1. Soy pensionado del issste por la secretaria de educación publica y pertenezco a la delegación sindical de la sección 32 del estado de Veracruz, deseo ampararme en contra de la UMA para que mi pago sea de acuerdo al salario mínimo establecido, al mismo tiempo aprovecho para decirles que el próximo 18 de julio del presente se llevará a cabo nuestra reunión sindical el cual quiero saber el costo de la persona por viáticos y honorarios para que nos de la información requerida, Lugar de la reunión Cosamaloapan Veracruz a las 10:00 hrs.

    • [18:39, 28/6/2019] miretiroypension: Comentarios respecto de su pregunta en la siguiente liga:

      https://youtu.be/Z3A-YS7JO88 tema: “Precauciones al ampararte contra la UMA”

      ***********

      Para quienes después de haber visto el vídeo referido en la liga anterior y nos han solicitado una entrevista telefónica, con gusto la podemos hacer.

      Para ello, precisa de efectuar depósito por $750.00 en tiendas Oxxo o banco Santander, cuenta número 5579 1000 9097 2926; luego, enviarnos foto de la ficha de depósito, con su nombre completo, y nos la envían por WhatsApp para asignarle día, hora y teléfono para recibir su llamada.

      La conversación telefónica con don Jaime durará máximo 40 minutos.

      Atte Lucy asistente

      VIDEOCHAT EN VIVO

      Fecha: martes 2/07/2019

      Hora: 21:00 hrs., tiempo de la CdMX

      Tema: Posible derogación de la UMA; estrategias y opciones para jubilados y pensionados

      Para participar: suscríbete al canal de Mi Retiro y Pensión en el siguiente enlace:

      https://www.youtube.com/results?search_query=mi+retiro+y+pension+por+jaime+gutierrez

  2. Hola

    Saludos
    Me pueden indicar si una persona que cotizó en modalidad 44 requiere 1250 semanas cotizadas y más de 65 años de edad, pero básicamente confirmar el mínimo de semanas cotizadas para pensionarse y qué más requisitos.
    De antemano mil gracias por su atención

  3. Hola

    Saludos
    Me pueden indicar si una persona que cotizó en modalidad 44 requiere 1250 semanas cotizadas y más de 65 años de edad, pero básicamente confirmar el mínimo de semanas cotizadas para pensionarse y qué más requisitos.
    De antemano mil gracias por su atención

    • 500 ley 1973, 1250 ley 97

      puede escribir a [email protected] para asesoría especial

      Nota: Vea y participe en los Videochat que en vivo transmite el Lic. JG Melchor, cada miércoles, al punto de las 21:00 hrs., por el canal de Mi Retiro y Pensión en YouTube; suscríbase gratis para que reciba aviso de todo material que publiquemos.

Los comentarios están cerrados.