Pensión por los hijos.

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Le voy a contar la historia de don César, quien es una persona que laboró más de cinco décadas de su vida en el campo y, a quien le fue como a todo campesino en este país: de la patada; en las tres décadas posteriores don César, ha vivido de lo que le dejan un pequeño tendejoncito, el que lo mantiene activo, más como terapia ocupacional que como negocio; don César comparte su vida con doña Lencha, esposa fiel y abnegada, con quien procreó una familia de nueve hijos.

Algunos años de su vida, don César laboró para varias empresas pero dada su necesidad, su ignorancia y el abuso patronal, no lo dieron de alta al IMSS por lo que, llegada la edad del retiro, las semanas cotizadas no fueron suficientes para generarle una pensión.

Don César y doña Lencha formaron una familia unida y enseñaron a sus hijos a ser honestos, respetar y amar a sus padres, esforzarse y emprender ardua y constantemente, atributos que con el paso de los años se convirtieron en virtudes.

Hoy día, don César, con más de ocho décadas de vida, es activo económicamente, que no tiene una pensión del IMSS, pues no cumplió con los requisitos para ello.

Pero la suerte de don César y la de su esposa no ha sido tan dura, en comparación a otros muchos viejitos de este país, pues viven en su casa propia, le decía, él atiende un pequeño negocito y cuentan con cierto desahogo económico, por el apoyo que recibe de todos sus hijos quienes han sido, su mejor pensión.

¿Cree usted que el modelo de pensión basado en los hijos es una adecuada opción hoy día?

Posiblemente me dirá que quizás sí, quizás no; pero todo dependerá del número de hijos que tenga, cómo se lleve con ellos, del nivel de ingresos que tengan, y del cariño y respeto que por sus padres profesen.

La cruel y verdadera realidad es que muchos de nuestros viejitos hoy día viven en las casas de sus hijos, mendigando lastimerosamente un poco de cariño y aceptación, un mucho de atención y respeto, siendo tratados con indolencia e indiferencia y a quienes se les mira y toma, como una carga o estorbo, ¿será éste nuestro presente o quizás nuestro futuro?

Espero que lo anterior nunca llegue a ser su caso y por ello le aconsejo que si tiene un trabajo, lo cuide y lo respete; que obtenga del IMSS lo antes posible, un reporte de semanas cotizadas, y conozca cuáles son sus requerimientos y derechos en materia de pensión.

También es importante que se acerque a su Afore y verifique que sus datos sean los correctos, tales como: nombre completo, RFC, CURP y número de seguridad social (NSS), y que de haber algún error, lo corrija de inmediato y a su vez, entere de la corrección tanto al IMSS, al Infonavit e ISSSTE, de ser el caso.

Si aporta bajo el régimen de la Ley del Seguro Social derogada (Ley 1973), recuerde que puede incrementar su pensión en la medida que se incremente su salario, con límite de hasta veinticinco veces el salario mínimo.

Si su opción de pensión será la Ley ´97, por haberse incorporado al mercado laboral a partir del 1 de julio de 1997, su opción para tener una mejor pensión será hacer aportaciones complementarias de retiro; con ellas mejorará en mucho su pensión, llegada la edad del retiro.

Mi Retiro y Pensión pone de sus apreciables órdenes, Guías para Trámite de Pensiones por Riesgos de Trabajo, Invalidez y Vida, y Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, entre otros productos y servicios; solicite informes al [email protected].

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27 COMENTARIOS

  1. Disculpe una pregunta cuales serian las aportaciones complementarias de retiro ?

    Gracias…

  2. disculpe, como puedo retirar el afore de mi mama?
    ella fallecio hace 6 años.
    por su atencion muchas gracias.

    • ACUDA A LA AFORE EN QUE SU MAMA TENIA SU CUENTA INDIVIDUAL Y PREGUNTE POR LOS REQUISITOS ESPECIFICOS…

  3. MI ESPOSA FALLECIÒ EN UN ACCIDENTE CONSIDERADO RIESGO DE TRABAJO, ME DICEN QUE NO TENGO DERECHO A PENSIÒN DEBIDO A QUE YO TAMBIEN LABORO DENTRO DE LA MISMA SECRETARIA DE EDUCACIÒN, MI HIJA ES UNA DIÑA CON DISCAPACIDAD, QUE TENGO QUE HACER PARA PELEAR LA PENSION

    • ACREDITAR ANTE EL INSTITUTO EL ESTADO DE DISCAPACIDAD A EFECTO DE QUE LE OTORGUEN UNA PENSION MIENTRAS LA INCAPACIDAD LE IMPIDA TRABAJAR, NO IMPARTA LA EDAD QUE TUVIERE

  4. Hola Jaime

    En mi caso mi madre depende de mi y tiene 76 años, trabajó toda su juventud en negocio de su familia y nunca tuvo acceso al IMSS, es muy loable de tu parte hacernos ver la importancia del seguro para el retiro…con gusto compartiré tu blog con mis conocidos.

    Saludos desde Veracruz

    Gerardo Sánchez G.

    • AGRADECIDO POR TU COMENTARIO Y SOBRE TODO, POR LA APERURA Y VISION CON QUE OBSERVAS ESTAS CIRCUNSTANCIAS TAN IMPORTANES EN NUESTRAS VIDA

  5. Quiero saber si un trabajador que esta haciendo apostes a pension desde el año 1987 en una entidad del estado se puede pensionar a los 55 años.

    • NO COMPRENDO EL SIGNIFICADO DE APOSTES Y EXPLIQUEME QUE ES UNA ENTIDAD DEL ESTADO ASI COMO REGIMEN PENSIONARIO ELEGIDO PARAQUE PUEDA ORIENTARLO ADECUADAMENTE

  6. Hola mi esposo trabajo 5 años áproximado. uno en la primera empresa,otro en otra y 3 en la actual.el fallece en un acc. automov.estando de vacaciones.voy ante el IMSS me dicen no alcanzamos mis hijos y yo pension,pues su actual patron no le dio de alta y yo enseñe comprob. donde a el le descontaban IMSS.y el infonavit tampoco nos dio las aportaciones y aun el nunca saco vivienda. que se puede hacer.bueno ya va hacer 2 años en diciembre 2012

    • Obtenga por escrito del IMSS la informacion que le dan (que el patron no pagaba las contribuciones) y con ello puede demandar del IMSS las prestaciones a que tiene derecho… el detalle es que el seguro que procede en este caso es el de vida…

      Creo muy conveneinte tambien acuda a la Procuraduria Federal de Proteccion del Trabajo para orientacion y asesoria juridica; usted tiene derechos pero debera pelear por ellos

  7. buenos dias mama es pensionada por parte de mi hermano que ya fallecio en el 2003 su nss es 49936205936 el nunca utilizo su credito de infonavit y no sabe si ella puede aplicar para la devolucion de la subcuenta

    • SI APLCIA PERO DEBE DE DEMOSTRAR SU CALIDAD DE BENEFICIARIA AL INSTITUTO

  8. BUENAS NOCHES, MI MAMA ES PENSIONADA POR PARTE DE MI HERMANO QUE FALLECIO EN 1990, PERO EL NUNCA OBTUVO UN CREDITO DE INFONAVIT, Y NO SABEMOS SI ELLA TENGA ALGUN BENEFICIO POR PARTE DEL INFONAVIT CON RESPECTO A LOS PENSIONADOS.

    • POR LA FECHA DE LA PENSION, NO LE CORRESPONDE DEVOLUCION ALGUNA DE LOS RECURSOS REFERIDOS

  9. Buenas noches Sr. Jaime Gutierrez
    Soy empleado de Educación en el estado de Guerrero, elegí la opción B, quiero saber si ya puedo jubilarme, y que porcentaje alcanzo, me contraté en el año 1980 del día 1° de enero. es decir llevo 32 años de servicio. agradeceré infinitamente por su respuesta. Mario Ignacio Romero

    • PARA QUE INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL COTIZA Y CUAL ES SU REMGIEN PENSIONARIO?

      ENVIME LOS DATOS + LA PREGUNTA OTRA VEZ

  10. yo me pensione a los 60 años por sesantia en 2009, por regimen 97, retire mis recursos del afore, que se me ha incrementado mi estado de cuenta de cero a 125.00 no entiendo por que me sigue llegando estado de cuenta . – ya retire mi saldo del infonavit, ni pregunta es si cumpliendo los 65 años tengo algun beneficio de incremento en mi pension, ya no trabajo para empresa solo por mi cuenta . Sr. Jaime Gutierrez por su informacion gracias que tenga buen dia que Dios lo bendiga.

    • LA PENSION QUE USTED ELIGIO TRAMITAR A LOS 60 AÑOS DE EDAD, ES LA UNICA QUE RECIBIRA DE POR VIDA

  11. COTIZE 26 AÑOS AL ISSSTE ( 1° DE FEBRERO DE 1984 HASTA EL 31 DE OCTUBRE DEL 2010) ME RETIRE BAJO EL REGIMEN DE PENSION DECIMO TRANSITARIO.. HACE UNOS DIAS ME PRESENTE A LA DELEGACION DEL ISSSTE QUERIENDO TRAMITAR MI PENSION Y SERVICIO MEDICO Y ME DIJERON QUE HASTA EL 2015 DEBO HACER ESTOS TRAMITES, LO CUAL SE ME HACE ILOGICO NO CONTAR SIQUIERA CON SERVICIO MEDICO MIENTRAS SE TRAMITA LA PENSION. QUE PUEDO HACER ALRESPECTO O A QUE INSTANCIA ACUDIR.

    • NO ES ILOGICO LO QUE LE INFORMARON EN EL ISSSTE; POR SU RESPUESTA ME DA A SABER QUE NO ESTA ENTERADO DE LAS REFORMAS Y DISPOSICIONES PARA EL EFECTO…

  12. 53 A. pensionada por riesgo de trabajo, con caracter de invalidez definitiva, mas del 50 porciento, ley l973, nunca ejercio credito infonavit, cuando me entreguen el fondo del infonavit , deberan darme la cantidad adicional igual a los fondos del infonavit que yo haya acumulado como lo refiere el articulo 141 de la ley federal del trabajo en su fraccion I

    • no puede tener una pension por riesgos de trabajo por caracter de invalidez…

      por favor, para una opinion mas precisa, definame si fue riesgo de trabajo (lo cual ya no tiene nada que ver con invalidez) o fue un accidente no relacionado con el trabajo…

      y, cuando se refiere al findo del Infonavit a que fondo se refiere?

  13. DE ANTEMANO GRACIAS POR SUS COMENTARIOS .MIRE YO TRABAJE DE 1985 A 2001 PERO SOLO TENGO 499 SEMANAS AL IMSS.TENGO DERECHO A PENSION TENGO 48 AÑOS Y TENGO DEFICIENCIA AUDITIVA ,TRABAJO POR MI CUENTA ,TENGO QUE COTIZAR MAS SEMANAS YA QUE TENGO ENTENDIDO SON MINIMO 500 ,QUE TENGO QUE HACER? GRACIAS

    • ES CORRECTO, PARA TENER DERECHO A PENSION POR LEY 73 REQUIERE UN MINIMO DE 500 SEMANAS COTIZADAS; NECESITARA COTIZAR 52 NUEVAS SEMANAS PARA RECUPERAR EL DERECHO A LAS 499 SEMANAS ANTERIORES PERO, ES MUY IMPORTANT OBTENGA DEL IMSS EL CERTIFICADO DE SEMANAS COTIZADAS

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