Pensión por Jubilación 10º Transitorio

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II.- A partir del primero de enero de dos mil diez:

a) Los Trabajadores que hubieren cotizado treinta años o más y las Trabajadoras que hubieran cotizado veintiocho años o más, tendrán derecho a Pensión por jubilación conforme a la siguiente tabla:

Años

Edad Mínima de Jubilación Trabajadores

Edad Mínima de Jubilación Trabajadoras

2010 y 2011

51 49

2012 y 2013

52

50

2014 y 2015

53 51

2016 y 2017

54

52

2018 y 2019

55

53

2020 y 2021 56

54

2022 y 2023

57 55
2024 y 2025

58

56

2026 y 2027 59

57

2028 en adelante 60

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La Pensión por jubilación dará derecho al pago de una cantidad equivalente al cien por ciento del sueldo que se define en la fracción IV y su percepción comenzará a partir del día siguiente a aquél en que el Trabajador hubiese disfrutado el último sueldo antes de causar baja.

Para pensión de Retiro por edad y años de servicio ingrese en la siguiente liga:

https://miretiroypension.com/2015/11/pension-retiro-por-edad-anos-de-servicio-10o-transitorio/

Para pensión de Cesantía en edad avanzada ingrese en la siguiente liga:

https://miretiroypension.com/2015/11/pension-por-cesantia-en-edad-avanzada-vejez-10o-transitorio/

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59 COMENTARIOS

  1. Tengo 51 años (nací en 1967) y 32 de cotizar al ISSSTE( empecé en 1986) en que año me puedo jubilar y con que porcentaje?

  2. Tengo 55años de edad y 34 de servicio, en el 2021 me jubiló que día , y mes puedo solicitar mi jubilación

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