PENSION GARANTIZADA ISSSTE

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Artículo 92. Pensión Garantizada es aquélla que el Estado asegura a quienes reúnan los requisitos señalados para obtener una Pensión por cesantía en edad avanzada o vejez y su monto mensual será la cantidad de tres mil treinta y cuatro pesos con veinte centavos ($3,034.20) , moneda nacional, misma que se actualizará anualmente, en el mes de febrero, conforme al cambio anualizado del Índice Nacional de Precios al Consumidor.
Artículo 93. El Trabajador referido en el artículo anterior, cuyos recursos acumulados en su Cuenta Individual resulten insuficientes para contratar una Renta vitalicia o un Retiro Programado que le asegure el disfrute de una Pensión Garantizada en forma vitalicia y la adquisición de un Seguro de Sobrevivencia para sus Familiares Derechohabientes, recibirá del Gobierno Federal una Aportación complementaria suficiente para el pago de la Pensión correspondiente.   En estos casos, el PENSIONISSSTE o la Administradora continuarán con la administración de la Cuenta   Individual del Pensionado y se efectuarán retiros con cargo al saldo acumulado para el pago de la Pensión  Garantizada, en los términos que determine la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
Artículo 94. El Gobierno Federal con recursos propios complementarios a los de la Cuenta Individual correspondiente, cubrirá la Pensión Garantizada, en la forma y términos que al efecto determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.   El Trabajador deberá solicitar la Pensión Garantizada al Instituto y acreditar tener derecho a ella. Por su
parte, la Administradora está obligada a proporcionar la información que el propio Instituto le requiera para este efecto.   Agotados los recursos de la Cuenta Individual, la Administradora, notificará este hecho al Instituto. En este   caso, la Pensión será cubierta con los recursos que para tal efecto proporcione el Gobierno Federal.
Artículo 95. A la muerte del Pensionado por cesantía en edad avanzada o vejez que estuviere gozando de una Pensión Garantizada, el Gobierno Federal, por conducto de quien determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, podrá contratar una Renta que cubra la Pensión correspondiente a favor de los Familiares Derechohabientes con la Aseguradora que éstos elijan o pagar las Pensiones conforme al mismo procedimiento utilizado para el pago de la Pensión Garantizada.   En caso de optar por la contratación de Rentas, los Familiares Derechohabientes del Pensionado fallecido y el Instituto, cuando tuviere conocimiento de este hecho, deberán informar del fallecimiento al  PENSIONISSSTE o a la Administradora que, en su caso, estuviere pagando la Pensión, y observarse lo siguiente:
I. El PENSIONISSSTE o la Administradora deberá entregar al Instituto los recursos que hubiere en la Cuenta Individual del Pensionado fallecido, los cuales se destinarán al pago del Monto Constitutivo de la Renta de los Familiares Derechohabientes, y
II. El Gobierno Federal, por conducto de quien determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deberá aportar los recursos faltantes para el pago del Monto Constitutivo de la mencionada Renta.
Artículo 96. El pago de la Pensión Garantizada será suspendido cuando el Pensionado reingrese a un trabajo sujeto al régimen obligatorio de esta Ley o de la Ley del Seguro Social.   El Pensionado por cesantía en edad avanzada o vejez que disfrute de una Pensión Garantizada no podrá recibir otra de igual naturaleza.   La Pensión que corresponda a los Familiares Derechohabientes del Pensionado fallecido, se entregará a
éstos aun cuando estuvieran gozando de otra Pensión de cualquier naturaleza.

Fuente: Ley del ISSSTE

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68 COMENTARIOS

  1. mi pregunta es mi mama cotizo para el issste durante 18 años para una dependencia de gobierno ya tiene años que se salio de trabajar la duda de mi mama es si ella pude recibir algun fondo de retiro o que me recomiendan aser o adonde acudir ella?ahorita tiene 53 años de edad¡¡¡¡

    • Dado que trabajó los 18 años que usted refiere mi consejo es el siguienete:

      1) Obtener delInstituto -área de recursos humanos- una certificación de años laborados; con ella sabremos si tiene derecho a obtener una pensión por el Art. 10mo transitorio, frac. II, incisos a, b o c

      Más datos sobre las opciones de pensión en la liga siguiente: http://sipse.com/miretiroypension/?p=184

      • antes que nada muy amable sr. gutierrez le comento mi mama tiene su alta desde que comenzo alaborar ella laboraba en el politecnico y su baja cuando se salio directamente adonde puede ir y que papeles tiene que llevar..NOTA: este espacio es de gran ayuda le felicito sr. SALUDOS.

  2. desde 2010 me pensione por cesantia ley 1973, pero algunos recursos del issste quedaron en la afore y quiero saber como recuperarlos pues no creo que reuna los requisitos para ninguna pension del issste.
    1. son aportaciones por trabajos eventuales
    2. no estan registrados datos de ninguna aportacion de empleos con issste como los de cb, ddf, sarh, municipio que entre todos sumarian algo asi como 6 años, pero no existia nada de afores
    gracias por la orientacion

    • Por insuficiencia de datos no puedo emitir opinión; reenvieme de nuevo la preguna adjuntando datos de fechas en cada empleo y de ser posible evite las abreviaciones a fin de que pueda entender exactamente a lo que se refiere… espero sus datos

  3. Tengo 25 años cumplidos de servicio, siempre de tiempo completo y sin interrupciones, por lo que en bimestres aportados debería tener 150 pero en el resumen de estado de cuenta, aparecen 131 bimestres. ¿Cómo me perjudica o cómo lo arreglo y si logro la modificación cómo cambiaría la cantidad que tengo ahorrada? Por todo tengo como $2,700,000.00. ¿puedo retirme ya y de como sería más o menos mi pensión vitalicia?

    • TODO DEPENDERA DEL REGIMEN PENSIONARIO QUE ELIGIO… 10MO TRANSITORIO O CUENTAS INDIVIUDALES; LEA LOS ARTICULOS QUE AL RESPECTO HE PUBLICADO

  4. Tengo 25 años cumplidos de servicio, siempre de tiempo completo y sin interrupciones, cotizando desde mi ingreso, el 1 de sept de 1987 por lo que en bimestres aportados debería tener 150 pero en el resumen de estado de cuenta, aparecen 131 bimestres. ¿Cómo me perjudica o cómo y dónde lo arreglo y si logro la modificación cómo cambiaría la cantidad que tengo ahorrada? Por todo tengo a la fecha $2,278,458.74 (543,700.00 en valor nominal y 471,220.15 en unidades de inversión) como bono de pensión y $2, 754,002.03 en saldo acumulado ¿puedo retirme ya y de como sería más o menos mi pensión vitalicia? Estoy en cuentas individuales y tengo 50 años de edad.

  5. yo trabaje por 12 años en la shcp pedi mi retiro voluntario tengo 54 años tengo derecho a pension y mi afore fui a bansefi cuando me lo pueden dar

  6. Mi papa cotizo para el issste 18 años de 1974 a 1992, pidio su retiro voluntario pero no le hicieron caso y el dejo de ir a trabajar ahora mi papa tiene 58 años de edad, me pudiera ayudar para saber si mi papa puede recibir una pension.

    • debe de acudir al ISSSTE y solicitar su hoja de servicio; en función a los años que le reconozcan puede determinarse su derecho a pensión

  7. hola buen dia mi pregunta es referente al regimen individualizado llevo del 1 octubre 2006 c0tizando al issste tengo un año de incapacidad y ya me declararon una ataxia en el centro medico 20 de noviembre lo cual me mandaron a medicina legal lo cual me dicen que soy acredor a una ´pension garantizada tengo 30 años y no se que acer me ´pueden ayodar ya que so qiero regresar a trabajar y me dice medicina legal que seria bajo mi respóonsabilidaf ya que meti un accidente de trabajo el 9 de noviembre 2010 lo cual fue un det0nante para estar en este estado de discapacidad agradeceria mucho su ayuuda gracias

    • SI MEDICINA LEGAL LE DICTAMINA UNA INCAPACIDAD PERMANENE DEBE DE ACEPTARLA PUES DE OTRO MODO CORRE EL RIESGO DE QUE EN EL FUTURO Y POR COMPLICACIONES LLEGRAN A DICTAMINASELO COMO INVALIDEZ Y EL RESULTADO SERIA EL MISMO: UNA PENSION GARANTIZADA.

      PIENSE EN UN EVENTUAL PERDIDA DEL EMPLEO Y EN QUE CONDICIONES QUEDARÍA?

      CON LA PENSION QUE LE OFRECEN UD RECIBIRA UN INGRESO SEGURO Y CONTARA ADEMAS CON TODA LA PROTECCION MEDICA DEL INSTITUTO

      ADEMAS, LA ASEGURADORA QUE LE PAGUE LA PENSION CONTINUARA HACIENDO LAS APORTACIONES DE RECV PARA QUE, CUANDO LLEGUE A LOS 65 AÑOS LE CAMBIEN LA PENSION ACTUAL A UNA DE VEJEZ

      POR OTRO LADO, YA PENSIONADO USTED PUEDE SEGURI LABORANDO Y TENER UN INGRESO ADICIONAL

      • ok muchisimas gracias por la atención solo que me salio otra duda ¿que son las aportaciones de RECV? y la aseguradora que me pague la pension, al acudir a medicina legal del Centro medico 20 de Noviembre me hizo mencion la Lic. que existe un pago dee subsidio por 52 semanas y despues de eso empieza el tramite de pensión por 104 semanas en la cual empieza el proceso de dictaminacion del RT-09 Y EXISTIRA un pago por la aseguradora metlife pero yo estoy con la duda de si primero tengo que asistir al afore en el que estoy incorporado a la consar y a las oficinas del ISSSTE para que me digan si cumplo con requisitos por que al yo meter eL escrito en la Dirección del Centro Medico pedire el certificado Dictamen Medico y pensión garantizada y yo estoy en duda de que no lo aprueben y me den una indemnizacion por Invalidez y eso me trabaria el camino y solo me pagarian una parte proporcional pero perderia mi ISSSTE que hasta cierto punto es muy reelevante para los sintomas que pueda llegar a presentar en un futuro, gracias

  8. le agradeceria me sacara de mi duda que tengo, el año de 1985 cotice al ims de ahi en 1989 cotice para el isstee, esos tres años, del ims los puedo juntar para mi pension,estoy en regime 10 decimo transitorio, de antemano le doy las gracias.

  9. hola buenas tardes... mi mama se va a jubilar a los 33 años de servicio en su cuenta están 3. 6 millones de pesos, ¿ cual es el minimo que puede aceptar la pension garantizada de acuerdo a los fondos que hay en su cuenta individual? ¿como se calcula e

    Excelente espacio, me despejaron muchas dudas… gracias

    • Es dificil dar una respuesta pues solo el instituto, considernado varios factores de los que no tenemos datos y solo se valoran al momento de calcularse la pension pero suen a interesante la cantidad que tienen, ya es significativia

    • EN NINGUNO DE LOS DOS INSTITUTOS ACUMULA EL TIMEPO MINIMO REQUERIDO PARA obtener pension

      En el issste minimo son 10 años por lo menos y siepre que sea por el 10mo transitorio

      En el imss minimo son 500 semanas cotizadas

  10. Tengo 44 años y 24 años de servicio, soy mujer, cotizo al issste y no me ampare en su momento a la nueva ley, es posible retirarme anticipadamente?

    • NO, DEBE DE CUMPLIR CON LOS REQUISITOS DEL REGIMEN DE PENSION QUE HAYA ELEGIDO 10mo TRANSITORIO O CUENTAS INDIVIDUALES

    • SI CUMPLE CON LOS REQUISITOS PARA PENSION, ESPECIALMENTE EN AÑOS DE COTIZACIO, A SU ESPOSA LE CORRESPONDERA LA PENSION DE VIUDEZ; SI NO LOS CUMPLE, LE DARAN UNA NEGATIVA DE PENSION

  11. Trabaje en la SAGARPA por 29 años, en elaño 2009 nos informaron de una circular en donde se nos decia que podiamos heredar nuestras plazas a un familiar por lo que decidí ceder mi plaza a mi hijo debido a que el suscrito reunia los requisitos para pensionarme con el fondo de retiro y como tenia 56 años de edad y 29 de servicio promoví mi pensión con el décimo transitorio, pero en la resolución que me dio el issste me negarón la pensión por falta de recursos en mi cuenta individual ya que solo tenía unmillón doscientos cincuenta mil pesos que me hacia falta trescientos mil pesos para que se diera ese tipo de pensión y hasta la fecha no me he podido pensionar ahora volví a intertar por que en mi fondo de ahorro ya tengo un millon quinientos mil pesos acumulado mi pregunta es si procede la pensión por bono de retiro ya que mi baja me la dieron en el año de 2009 o forzosamente tengo que tramitar la pension garantizada y si es esta cuanto seria mi pago mensual por que tengo a mi cargo a mi esposa y un hijo de seis años o no se toma encuenta mis dependientes económicos.

    • CREO ESTA ALGO CONFUNDIDO Y POR SUS COMENTARIOS USTED EN ALGUN MOMENTO ACEPTO EL REGIMEN DE CUENTAS INDIVIDUALES PUES EN EL REGIMEN ANTERIOR (DECIMO TRANSITORIO) NO SE REQUIERE SALDO EN LA CUENTA INDIVIDUAL PARA PENSIONARSE

      EN EL REGIMEN DE CUENTAS INDIVIDUALES USTED PODRA PENSIONARSE, A PARTIR DE LOS 60 AÑOS DE EDAD EN ADELANTE Y PODRA CONTRATAR UNA PENSION EN LA MODALIDAD DE RENTAS VITALICIAS Y DE RETIROS PROGRAMADOS

      LA PENSION GARANTIZADA OPERA EN LOS SIGUIENTES CASOS; VER

      • De antemano muchas gracias,pero deverdad me siento confundido y mas aún al ver que ya pasarón 3 años y no me he podido pensionar,entonces que tipo de pensión es la que debo trámitar o para cual reuno los requisitospor que en el mes de octubre ya cumplo los 60 años entonces podré contratar una renta vitalicia o forzosamente tengo que tramitar la pension garantizada, lo que me confunde máses que en el 2009 me dierón mi hoja de baja en la institución en la que laboraba

  12. saludos 27 07 2013 solicito asesoria respecto a como tramitar mi pension por sesantia ante issste naci el 15 abril 1952 tengo 61 años tres meses pedi informacion de aceptacion de datos de afiliacion y vigencia al instituto de seguridad y servicios sociales de los trabajadores del estado la cual a continuacion describo en la secretaria de educacion publica sep tengo acumulados 10.06.24 reingrese al inst de los trabajadores y servs. socls. de los trabjr. del edo.periodo 01 11 2011 a 03 01 2012 asiendo un gran total de 10.11.14 renuncie el 15 05 2012 por su atencion mil gracias espero respuesta

  13. BUENAS TARDES, MI ESPOSO COTIZO 18 AÑOS EN EL ISSSTE TRABAJANDO EN LA SHCP, EN LA CIUDAD DE MEXICO, ACTUALMENTE VIVIMOS EN CANCUN Y NUNCA RETIRO SU SALDO, LA PREGUNTA ES EL TIENE 55 AÑOS, YA PUEDE SOLICITAR SU PENSION O QUE TRAMITE DEBE HACER, A DONDE DEBEMOS DIRIGIRNOS PARA QUE NOS INFORMEN, POR SU ATENCION MIL GRACIAS

      • Buenas tardes pero no se ve el artículo que menciona me lo podria proporcionar, por favor, le agradezco su atención

  14. buenas tardes el motivo de mi consulta es porque tengo 15 años de servicio para la sep y estoy en el regimen de cuentas individuales y quisiera ser acreedor a pension por lo tanto me gustaria saber si soy candidato a este beneficio y la otra duda es como puedo saber a cuanto asciende el monto de mi pension garantizada

  15. ESTIMADO LIC. QUE PASOS DEBO SEGUIR PARA LOGRAR SER PENSIONADO DEL ISSSTE, ESTOY EN EL 10 TRANSITORIO, ACUMULE 17 AÑOS DE SERVICIO, HOY DÍA TENGO 59 AÑOS DE EDAD, PODRÍA AYUDARME POR FAVOR?
    GRACIAS ANTICIPADAS Y ESPERO ESTAR EN CONTACTO CON USTED.
    ATTE.
    PAXIES.

    • ESTIMADO LIC. QUE PASOS DEBO SEGUIR PARA LOGRAR SER PENSIONADO DEL ISSSTE, ESTOY EN EL 10 TRANSITORIO, ACUMULE 17 AÑOS DE SERVICIO, HOY DÍA TENGO 59 AÑOS DE EDAD, PODRÍA AYUDARME POR FAVOR?
      GRACIAS ANTICIPADAS Y ESPERO ESTAR EN CONTACTO CON USTED.
      ATTE.
      PAXIES.

  16. Actualmente cuento con la pensión de orfandad por parte de mi madre, mi pregunta es ¿cómo puedo ingresar a trabajar al ISSSTE en el área de salud, tengo certificado de paramédico y estoy por finalizar mi estudios de medicina? le agradecería mucho su orientación o aclaración

    • Realmente no conozco el cómo pueda usted ingresar al ISSSTE a laborar; creo que debería de acercarse al sindicato y ahí solicitar información.

  17. BUENAS TARDES, DISCULPE LA PREGUNTA, YO ME JUBILE EN EL 2006 DE LA SEP, Y COTICE 32 AÑOS DE SERVICIOS, QUERIA SABER SI YO PUEDO ASPIRAR A LA PENISION POR CENSANTIA VOY A CUMPLIR 60 AÑOS EN SEPTIEMBRE LE SUPLICO SI ES POSIBLE QUE ME ORIENTE LE DEJO MI CORREO, GRACIAS

  18. Se puede revocar el régimen del ISSTE de cuenta individual al 10/mo transitorio habrá un recurso legal. por el motivo que ya cambiaron las condiciones personales cuando lo acepte. cumplo con 50 años y tengo 30 años de servicio.

  19. Hola que tal, no estoy seguro sí este es el medio adecuado para solicitar información, pero ahí va, mi caso es que mi padre es médico general que está por jubilarse, yo estoy a punto de terminar mi carrera. Ele comenta sobre la posibilidad de heredarme su plaza federal,,, es posible esto?

  20. Buenas tardes, me atrevo a preguntar por este medio ya que tenemos muchas dudas respecto al caso de mi papá, actualmete el esta pensionado ya que en 1997 el trabajaba para la sct y despues de la segunda operación de columna e ingertos en la misma, en el issste, al ir a consulta a dos semanas de dicha operación por la cual tuvieron que trasladarlo a la capital en una ambulancia devido a su estado cuando llegaron a dicha institución no estaba el médico y los regresaron y al regreso la ambulancia del issste en que viajaban choco de frente contra otro automobil en la carretera matehuala- slp quedando gravente heridos mi mamá que era su acompañante y obviamente mi papa que era el «enfermo», a raíz de este accidente quedaron incapacitados ambos en cama por poco mas de un año, en ese tiempo se le dio a mi papa una incapacidad parcial permanente y por la gravedad de su estado físico posteriormente se le dio una incapacidad total permanente por riesgo de trabajo porque iba en la ambulancia, nuestra duda es que en ese momente que se le otorgo dicha pensión le dijeron que cuando cumpliera 55 años de edad entraria en vigor una pensión por años cotizados en la sct la cual por las nuevas leyes se extendio hasta que cumpliera 57 años, al cumplir los 555 se fue a la delegación correspondiete en donde le notificaron que tendría que esperar los dos años que faltaban para que entrara en vigor, ahora que ya los cumplio nos comentan que no procede dicha pensión, me gustaría pedir su apoyo con las dudad correspondientes si nos pudiera asesorar, agradezco de antemano su apoyo.

  21. hola saludos antes que nada perdón por molestarlo soy estudiante de preparatoria pero mi padre es técnico docente de la inea y esta por pencionerce por invalides el tiene 55 años de edad y 22 años de cerbicio cuanto le tocar o que porcentaje le darán a demás mi duda es si la inea le dará una liquidación y si su afore también la cobrara a parte el cuanta con un seguro de vida independiente ese también lo cobrara espero y me ayude saludos es que soy su único hijo y yo doy las vueltas se lo agradeceré

  22. Hola que tal buen día me gustaría saber si el personal eventual tiene derecho a pensión por invalidez tengo 9 años trabajando en la shcp 3 por honorarios 6 como eventual en 2014 me diagnosticaron una enfermedad crónico degenerativa
    Gracias

  23. BUEN DIA, ESTUVE LEYENDO TODAS LAS PREGUNTAS QUE LE HACEN EN ESTE FORO Y ME ANIME A ENVIARLE MI INQUIETUD… PARA HEREDAR LA PLAZA EN SAT QUE MI PAPA TIENE O TENIA, ES MUY TARDADO… EL PROCESO??? LE PLATICO… MI PAPA YA TRAMITO SU JUBILACION, Y ACTUALMENTE TODAVIA LE ESTAN DEPOSITANDO ALGUNOS REMANANTES PENDIENTES QUE QUEDO CON RECURSOS HUMANOS Y EL SINDICATO… EL DICE QUE SIEMPRE FUE SINDICALIZADO Y DICE QUE MI TRAMITE Y PAPELERIA YA LA TIENEN TANTO EL SINDICATO COMO RECURSOS HUMANOS… EL EMPEZO SU PREJUBILACION EN ENERO Y HASTA MARZO EMPEZO A RECIBIR DINERO QUE EL DICE QUE SON PENDIENTES DEL AHORRO, BONOS DE SINDICATO Y QUE EL PRIMER PAGO DE PENSION LO RECIBIO EN MAYO, ENTONCES EL ME DICE «HASTA QUE NO TERMINEN CONMIGO, SIGUE SU SOLICITUD DE ENTRADA»… USTED TENDRA ALGUNA REFERENCIA COMO MI CASO?? SIGO ESPERANDO, ESTOY MUY ILUSIONADA EN ENTRAR A ESE TRABAJO…AGRADECERE SU RESPUESTA.

      • MUY AMABLE POR SU RESPUESTA, SEGUN MI PAPA LE COMENTO SINDICATO Y RH QUE SI ERA POSIBLE «PASARME» LA PLAZA, PERO QUE SI ERA TARDADO, COMO LE COMENTABA EL EMPEZO SU PREJUBILACION EN ENERO Y HASTA LA FECHA ACABA DE RECIBIR SU PRIMER CHEQUE DE PENSION EN MAYO Y QUE LE DAN TODAVIA OTROS 3 MESES PARA TRAMITAR DE BAJA Y LUEGO MI ALTA CON ELLOS… ESPERARE OPTIMOS RESULTADOS… DE IGUAL MANERA QUERIA CONSULTAR EN SU PAGINA ESTE ASUNTO Y AGRADEZCO NUEVAMENTE SU RESPUESTA.. QUE ESTE MUY BIEN…

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