Como ustedes saben, el 1 de abril de 2007 entraron en vigor nuevas reformas al sistema de pensiones aplicables a trabajadores que cotizaban al régimen obligatorio del ISSSTE, reformas por las que se pasó de un sistema de pensión de reparto a un sistema basado en cuentas individuales.
Los trabajadores activos que a la fecha de entrada en vigor de la nueva Ley del ISSSTE estuvieran laborando, tuvieron la oportunidad de elegir como régimen de pensión, los beneficios del sistema de reparto anterior, sin cambio alguno, hasta el 31 de diciembre de 2009, o bien, elegir como régimen de pensión, las condiciones previstas en la nueva Ley.
A partir del 1 de enero de 2010 y hasta el año 2030, el sistema de reparto sufriría una serie de adecuaciones, las que se prevén en el Artículo 10mo Transitorio, frac. II, incisos a, b o c, a elegir de entre estas tres opciones, una vez cubierto los requisitos de edad y años de servicio, en el año en que los trabajadores deseen pensionarse.
Quienes eligieron los beneficios del régimen de pensión previsto en la nueva Ley, las condiciones para obtener su pensión son sumamente claras y no dejan lugar a dudas: se les depositó en su cuenta individual el llamado bono de pensión, cuyo monto estuvo en función a los años de servicio cumplidos, la edad del trabajador y el sueldo básico que éste devengaba al día del cálculo.
Adicionalmente, para poder pensionarse, los trabajadores deberán de cumplir con un mínimo de veinticinco años de cotización y con la edad establecida para el tipo de pensión que se elija: vejez (65 años o más) o cesantía en edad avanzada (60 – 64 años de edad).
Cubierto los requisitos anteriores, el trabajador deberá de elegir la modalidad de pensión que más le guste: rentas vitalicias o retiros programados.
Un detalle muy importante para este grupo de trabajadores es que el monto de la pensión estará en función a la cantidad ahorrada en su cuenta individual pero si éste es insuficiente para contratar una pensión por rentas vitalicias o por retiros programados, el monto de su pensión no será mayor a una pensión garantizada.
Pensión garantizada es la que el Estado asegura a todo trabajador que al momento de su retiro y una vez cubierto los años de cotización mínimos requeridos, el saldo de su cuenta individual es insuficiente para contratar los seguros de rentas vitalicias y de sobrevivencia.
La pension garantizada, a valores del año 2007, es de $3,034.20 (se actualizará conforme al INPC al día de su pago).
Pero ahora bien, ¿qué prevé la Ley para extrabajadores de entidades y dependencias de gobierno federal que a la entrada en vigor de la nueva Ley, no estaban activos?
Para este grupo de personas, la Ley prevé en la sección de Transitorios, artículo Décimo Sexto, que los trabajadores que se encuentren separados del servicio y posteriormente reingresaren al mismo, y quisieren que el tiempo trabajado con anterioridad se les compute para obtener una pensión, deberán reintegrar, de haberla recibido, la indemnización global y laborar por lo menos un año más.
Posteriormente, deberá acreditar su antigüedad con sus hojas únicas de servicio para que les acrediten el bono de pensión que le corresponda, el que se calculará sobre el promedio del sueldo básico, del año anterior a su separación del servicio público.
Habiendo reingresado al servicio, previo cumplimiento de los requisitos anteriores, podrán obtener una pensión por el sistema de cuentas individuales acorde a lo ya referido en párrafos anteriores.
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Hola, coticé al ISSSTE de 1980 a 1992, (13 años). que tipo o porcentaje de pensión puedo obtener y que documentación ocuparía y donde debo realizar los trámites?
Necesito analizar datos y documentos adicionales para poderle precisar sus derechos pensionarios; puede escribir a [email protected].
hola, cotice al issste del año 1982 a 1983, luego , de 1985 hasta 1993, en concreto 10 años, y estoy por complir los 60 años, tengo derecho a algun tipo de prestacion economica?
TODO INDICA QUE NO PERO ES NECESARIO HACER ANALISIS MAS AMPLIO PARA VER SI TIENE O NO DERECHO EN SU FAVOR
CONTÁCTEME A [email protected]; ES NECESARIO ANALIZAR OTROS DETALLES
coticé al ISSSTE de ago/1973 a jul/1985, nunca retiré mi fondo de pensiones, ni tuve crédito para vivienda, a que tengo derecho de acuerdo a la nueva ley del issste, si es tan amable de contestar, de antema no le agradezco
¿Qué significan las letras IG, en Tipo de periodo del historial de cotización? Solicité mi historial de cotizaciones del ISSSTE y séis años de trabajo tienen esas ¿iniciales o claves? ¿Me lo puede aclarar, por favor?
gRACIAS
Para el efecto, me es necesario analizar el documento
Puede contactarnos a [email protected]
Hola buenas tardes, yo estuve trabajando para la Federación 5 años del 2000 al 2005, mi pregunta es puedo acceder a retirar el fondo de retiro que llegue cotizar en ese entonces?
Cumplido 65 años de edad si
Hola buen día, yo trabajé para la Federación por un lapso de 10 años, actualmente ya no estoy con ellos, estoy en una empresa privada, que sucede con los fondos de retiro y de fovissste (no obtuve crédito) puedo llegar a retirarlos en algún momento?
Reenvie la pregunta y especifique de que a que año laboro y cotizo al Issste
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medio de contacto
Hola estuve trabajando en el 20 de novienbre del año 1973 al 1984. Que tipo de pension me corresponde y donde m puedo comunicar?? Tengo mas de 60 años
Con esa antigüedad ninguna pension le corresponde.
Para contactarnos puede pedir una cita al email de contacto en el siguiente enlace:
email de cotacto
Lecturas sugeridas:
Afores multadas
SAR 92
UN PREGUNTA MUY BASICA, ESTOY INCORPORADO AL DECIMO TRANSITIRO PERO NO ME INTERESA LA PENSION.
PUEDO SOLICITAR EL CAMBIO POR LA INDEMNIZACION GLOBAL?
Renunciando si, aunque lleva sus formalidades… para asesoría personalizada puede escribir al email siguiente:
email de contacto
cotice al issste 14 años 4 meses y en el imss cotice 171 semanas se pueden juntar las cuentas para alcanzar pensión, ya fui al issste y me dicen que no, esto es en el articulo decimo transitorio de la ley del ISSSTE, por tiempo de servicios, tengo 62 años , hay algo que pueda hacer para tener derecho a pensión?
NECESITO MAS DATOS
LE ATENDERE EN VIA DE CONSULTA A [email protected]
cotice al issste de 1985 a 1989 (cuatro años) y en la actualidad estoy en activo con 20 años de cotización al mismo issste, estos últimos los tengo debidamente reconocidos en mi historia laboral, de los primeros 4 no cuento con mi hoja de servicios, mi pregunta es ¿ puedo recuperar esos 4 años y de que manera? tengo 58 años de edad y como puede ver con esos 4 años mas uno de trabajo cubriría el requisito de años de servicio para retirarme.
le agradezco de antemano su atención.
Buen dia!!
Licenciado , mi papa se fue en un retiro voluntario en 1997, con 25 años de servicio, esta por cumplir 62 años de edad hay alguna posibilidad que pueda tramitar su Pensión
NECESITAMOS REVISAR DOCUMENTOS Y MAS DATOS
ESCRIBIR A [email protected]
Cotice desde el 2000al 2011 cause baja elegí décimo transitorio en 2007 reingreso en 2015 me respeta mi elección y qué artículo lo menciona?
NO ES CLARA SU PREGUNTA, REENVIARLA DETALLADAMENTE DESCRITA
Para asesoria puede escribir a [email protected]
Ver siguiente enlace:
M-40
Hola buenos días. Cotice al ISSSTE de 1972 a 1988, actualmente tengo 70 años. ¿Me corresponde algo? ¿Puedo pensionarme?
NINGUN DERECHO A SU FAVOR
Para asesoría personalizada escribir a [email protected]
Hola soy Teresita.
Buenas tardes, disculpa que es la JUBILACION global del ISSSTE y en que casos aplica?
Saludos
No existe ese termino en la ley del ISSSTE
buenos dias cotice en el imss desde 1980 hasta 1995 y despues en 1997, posteriormente a partir del año a la fecha estoy cotizando en el issste, no se donde esta el sar por los años cotizados en el imss, nunca obtuve credito alguno, tengo 55 años de edad, mi prefgunta es si me puedo pensionar con estos datos obtenidos, gracias
Cumplidos los requisitos para Pensión podrá obtenerla
Sin embargo, por los datos enviados no es posible estructurar respuesta
SAR 92 IMSS puede tenerlo si y sólo si esos recursos aparecen registrados en su estado de cuenta
Asesoría en [email protected]
Tengo 59 años de edad y semanas suficientes cotizadas en el imss para reintegrarme un año más (pues hace más de 5 años que no cotizo) para obtener pensión; sin embargo trabajé para el Tribunal Fiscal de la Federación varios años… pero no tengo registro de cuáles fueron sino sólo recuperé 2 recibos de SAR de 1993 (en ese año seguro coticé al ISSSTE). Las semanas del ISSSTE no me aparecen reflejadas y en mi afore me piden que indique los años que trabajé en ISSSTE para poder pedir con aclaración que me reflejen esas semanas. ¿A quién puedo acudir y cómo solicito que me contabilicen esas semanas? Supongo que deben tener manera de rastrear con mi número de seguro social del ISSSTE ¿Cierto?
Necesitamos más información sobre su caso
Puede escribir a [email protected]
hola buenas tardes, mi nombre es JOSE CRUZ CASTAÑEDA GAMEZ ,Cotize para el ISSSTE del 1885 a 1991 y no cuento con ningun recibo de pago, y tengo 25 años cotizando al IMSS y ya me quiero pensionar tengo 59 años y 9 meses, y quisiera sber si puedo juntar mis años del ISSSTE CON EL IMSS PARA LA PENSION Y QUE TENGO QUE HACER, DE ANTEMANO GRACIAS
NO, LOS COTIZADO AL ISSSTE NO TIENE REGIMEN DE PENSION Y NO LE CONVIENE LA RECUPERACION DE DERECHOS Y UNIFICACION DE PERIODOS
PARA ORIENTACIÓN Y ASESORÍA MAS PERSONAL, PUEDE ESCRIBIR A [email protected]
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ENLACE
y que hay de la portabilidad de semanas cotizadas, no se puede hacer?
La portabilidad solo aplica del sistema de capitalización individual IMSS-ISSSTE-IMSS; ver siguiente enlace:
portabilidad
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TEMA DEL MARTES 28/08/2018:
Modalidad 40: qué es, para qué sirve, cuándo y cómo se contrata, requisitos y costo.
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TENGO 33 AÑOS DE SERVICIO COTIZANDO AL ISSSTE Y EN LA NUEVA LEY DEL ISSSTE
TENGO 55 AÑOS DE EDAD YA PUEDO PENSIONARME.
MI PREGUNTA ES: TENGO DERECHO A QUEDAR TRABAJANDO EN MI MISMO PUESTO CON EL MISMO SUELDO A PARTE MI PENSION.?
FAVOR REENVIAR LA MISMA PREGUNTA Y AGREGAR CUAL ES EL REGIMEN DE PENSION QUE ELIGIO
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Le invitamos a ver el siguiente enlace:
ENLACE
trabaje en telégrafos de febrero de 1981 al 1° de octubre de 1991 salí con retiro voluntario,nunca cobre mis años de servicio ni tuve préstamo de fovissste, sin embargo hace 4 o 5 años me llamaron para que fuera a cobrar lo de fovissste del cual solo me dieron la gran cantidad de 1000 pesos, cuando me inconforme me dijeron lo toma o ya no se le paga, de lo cual estuve en total desacuerdo. Actualmente trabajo en el imss cuando salió lo de la portabilidad fui al issste para que me juntaran los años de servicio, pero me dijeron que no porque el imss estaba amparado, ahora me faltan 5 meses para que inicie el tramite de mi jubilación con el imss por 27 años de servicio , ya tengo 60 años, me puede decir si tengo derecho a pensión con el issste?
Con gusto de atenderle; favor escribirnos a [email protected], necesitamos valorar información adicional.
INVITACIÓN A PLATICA “ASIGNACIONES FAMILIARES”
Este viernes 22 de Junio de 2018 de 9:00 a 10:00 am (tiempo de la CDMX)
TEMA: Riesgo de las ASEGURADAS que al pensionarse les otorga el IMSS la ayuda asistencial en vez de la asignación familiar
PONENTE: JG Melchor, director de Mi Retiro y Pensión
MUY IMPORTANTE: La sesión se transmitirá en tiempo real a través de Youtube.
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hola tengo 9 años laborado en el issste, podre recuperar el dinero del estado de cuenta que llega 2 veces al años.
Es correcto, cumplidos los requisitos de Ley podrá hacerlo.
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Hola, mi padrino trabajo 20 años en Conalep, 5 años para la Univ. De Gto y 5 años hasta el año 2000 en la Univ. Tecnológica del Edo. De Gto..mi pregunta es tendrá derecho a una pensión? O necesita activar sus cotizaciones y completar, el tiene 64 años..le agradeceré su respuesta
Perdón, en mi comentario anterior me equivoqué, son 10 años en Conalep y lo demás está correcto…gracias!
Reenviar pregunta completa por favor, saludos cordiales
EL DIA 11 DE JUNIO REALICE UN PAGO DE IG EN LA DELEGACION DEL ISSSTE DE COLIMA YA SON TRES MESES QUE NO ME LLEGA LA RESPUESTA COMO LE HAGO PARA AGILIZAR EL TRAMITE O ALGUN TELEFONO PARA PREGUNTAR O SABER SI ES TARDADO EL TRAMITE LE AGRADECERÉ LA INFORMACION
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hola trabajando en e lIPN con 10 años años de antigüedad de 1993 a 2004 entre a programa de retiro voluntario nunca retire mis fondos del issste puedo alcanzar el beneficio de pensiones al cumplir los 60 años.
No todo indica que no.
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Trabaje de marzo del 83 a febrero del 2002 en correos…actualmente tengo 53 años a que tengo derecho ???
SAR , AFORE, FOVISSSTE…
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Trabaje para el Gobierno Federal casi 17 años, me fui en un retiro voluntario hace 20 años.
Me corresponde pensión?
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