IMSS Régimen de Jubilaciones y Pensiones

A continuación proporciono a usted, liga de acceso al documento «Régimen de Jubilaciones y Pensiones» válido para trabajadores que prestan sus servicios al Instituto Mexicano del Seguro Social. 

IMSS Régimen de Jubilaciones y Pensiones  

En caso de duda o alguna aclaración, nuestra sugerencia es que consulte primero con su Sindicato; nadie mejor que él para interpretar de la forma más correcta y precisa dicho ordenamiento; no obstante, nos tiene de sus apreciables órdenes.

Mi Retiro y Pensión crece en opciones de servicio para usted. 

A partir de esta fecha, es posible atenderle en forma personal, en cualquier parte del mundo, de la siguiente manera: 

En Mérida, Yuc., previa cita, marcando únicamente en el siguiente horario: Lunes a viernes, de 18:30 a 19:30 hrs., y Sábados, de 9:00 a 14:00 hrs., teléfono: 999 113 0131 

Nota: no se proporcionan consultas por teléfono. 

Para el interior del país y resto del mundo, la atención en forma personal se proporciona a través de Skype o Hangout, previa solicitud de cita y envío de una descripción resumida de su caso a [email protected]. 

Recibido y analizado los detalles de su consulta, recibirá instrucciones para el procedimiento de atención. 

Disponible factura válida para efectos fiscales.

1940 COMENTARIOS

  1. Buenas Noches Lic.

    Mi padre esta en el proceso con Profuturo para retirar sus afores. Profuturo le dice (desde hace un mes) que aun no se refleja nada en el sistema (DATA MART me supongo). Se tiene que ir a la subdelegación del IMSS para presionar y que suban al sistema la resolución de su pensión? o de quien depende esto para que se pueda a subir al sistema este documento?
    Gracias de antemano por su atención.

    • buenos dias lic..comenze a cotizar en el imss en año 1999 hasta la fecha..con cuantas semanas me toca jubilarme o a los cuantos años de trabajo y a que edad con las nuevas reformas..o en todo caso cuando podria pensionarme..

    • ME FALTAN 4 AÑOS PARA JUBILARME EN EL IMSS SOY MEDICO , MI PREGUNTA ES , SI CUANDO ME JUBILE TENGO QUE DEMANDAR A LA AFORE PARA QUE ME EL DINERO DE RETIRO CESANTA Y VEJEZ . TENDRIA 57 AÑOS CUANDO ME JUBILE ..ME DARA ESE DINERO LA AFORE??

  2. Lic. Jaime

    Tengo una duda, sobre la pensión que se tiene del 30% actualmente por cesantía segui laborando con ella, ahorita amis 69 años puedo obtener la pensión al 100% después de dejar de laborar. He preguntado en el seguro y me dicen que ya no sé puede, es verdad??.

    Gracias

  3. Buenas tardes; Quisiera solicitar su orientacion ..quiero prepararme para mi pension. yo empeze a trabajar 1984, durante 12 años tengo entendido que pertenezco a la ley 73. y quiero informacion de la modalidad 40.
    tengo 52 años y no tengo a nadie que me pueda hacer el favor de inscribirme en una empresa..como le puedo hacer para activar mi seguro social.

  4. Buenas tardes Lic. Gutiérrez

    Primeramente muchas gracias por la información aquí brindada, mi pregunta es ¿Es verdad que ha desaparecido la jubilación por el 10° transitorio? y si fuera así las afores que papel desempeñan ahora?

  5. trabaje durante 24 años,por mala informacion perdi los 6 años que permite el IMMSS para el tramite de mi pension.
    puedo tramitar el retiro de mis afores y mi fondo de vivienda.
    Le agredeceria me informara si esto es posible.
    no tengo correo electronico pero me lo puede enviar a este correo.
    [email protected].

  6. buenos dias Lic. le comento que trabaje por 24 años aportando al seguro social aprox,1248 cotizaciones. por informacion equivocada deje pasar los 6 años que el IMMSS da para tramitar una pension.
    actualmente tengo 64 años,puedo tramitar una pension o hacer el retiro de mis afores asi como mi fondos de vivenda (infonavit).
    por su atencion mil gracias.

  7. Me dieron de alta en el IMSS en el año 2000 por lo tanto entre en la nueva ley del 1997, en la actualidad tengo 63 años, no puedo ser pensionado por la ley solo puedo sacar mi fondo del retiro del AFORE.
    Pero me dieron de alta en el año1980 en el ISSTE, trabaje en ésta Institución, la UAM, Colegio de Bachilleres y la SEP. , yo se que se pueden pasar los años del ISSTE a semanas del IMSS, pero quiero saber si con la fecha de alta en el ISSTE 1980 puedo pensionarme con la ley del IMSS de 1973

    • Fui dado de alta en el IMSS en el año 2000 por lo cual entro en la ley de 1997,tengo 63 años yo se que solo puedo sacar mi fondo del retiro del AFORE, pero me dieron de alta en el ISSTE en 1980, me informe que se pueden funcionar las cuentas de las dos Instituciones los años cotizados en el ISSTE pasan a semanas en el IMSS, pero quiero saber si la alta del ISSTE de 1980 me puede servir para entrar en el régimen de la ley del IMMS de 1973 y de esta manera pensionarme por la edad y las semanas cotizadas que pide dicha ley.

  8. Buenos días soy trabajador IMSS, y me retiraron la confianza y me regresaron a mi puesto de base, actualmente demande al IMSS para reinstalación en la anterior categoría, pero requiero jubilarme por años de servicio, me puedo jubilar y continuar con el juicio, y si se obtiene laudo a favor me restituyen diferencias y mi pensión correspondería a la anterior categoría? Pagándome diferencias de la jubilación de una categoría a la reinstalada?

  9. Buenas tardes Lic, le comento que fuí empleado IMSS del cual me jubilé en 2010 por años de servicio, conjuntamente tuve otro empleo en la iniciativa privada por 19 años (hasta Enero de 2016) ya que me dio un infarto al miocardio y los doctores de medicina del trabajo determinaron que ya no podía laborar por lo que me otorgaron pensión por invalidez definitiva (me entregaron el ST4), ya realice todos los tramites desde Marzo que salio el fallo, pero en la sub delegación que me corresponde me dicen que no tengo derecho a pensión ya que cuento con una jubilación anterior, esto es así o puedo entablar una demanda?
    Muchas gracias de antemano por su atención.

  10. Lin. buenas tardes disculpe soy jubilados desde el año 2013 por el Seguro Social y este año 2016 no he recibido ningún incremento a mi pensión usted podría decirme si éste año 2016 hubo incremento a las pensiones y si no hubo el porqué. gracias por su atención.

  11. buenos dias, disculpe me dicen que como tengo 20 años cotizados en el imss y deje de trabajar 7, me vigencia de derechos vencio el 15 de agosto de 205, y por lo tanto me daran una negativa de pension. que trabaje durante año y medio para reactivar mis semanas cotizadas. Puedo solicitar la negativa por escrito y despues de año y medio de trabajo, solicitar la pension que merezco. Mil gracias por su atención

  12. Hola, buenas tardes
    Mi esposo se acaba de jubilar y hoy que fuimos a la afore nos dijeron que no le entregarán las cantidades referentes a cesantía y vejez, cuota social y cuota estatal
    Que porque esas se las quedara el gobierno por disposición oficial
    Es cierto esto? Donde puedo consultar esa nueva disposición y sabrá usted desde cuando se maneja así?
    Gracias

  13. Hola buenos dias cotize desde el 83 ,solicite mi pension mi me la negaron mi conservacion de derechos termino el dia 11 de mayo del 2016,y por motivos de que iba a meter mi papeles y me decian que algun documento estaba mal.me los recibieron hasta el 22 de mayo.me dicen que debo trabajar 12 meses para volver a hacer el tramite,y que no meta mi inconformidad.pero mis hermanos me dicen que si no la meto me llevan a juicio que debo hacer,en septiembre cumplo 62 años.

  14. buenas tardes:
    trabaje 32 años en el gob. federal, naci en 1964 cuento con 52 años de edad, me jubilo al cumplir 55, voy a empezar a trabajar cotizando al imss que pasa con las nuevas cotizaciones, cuando me jubile del issste no tendre problemas para cobrar mi sar-issste, estoy en el decimo transitorio.

  15. Me dieron negativa de pension por haber dejado vencer mi vigencia y por haber dejado 7 años sin cotizar. Dicen se reactivan trabajando año y medio mas para cotizar. ¿al cabo de ese periodo puedo volver a solicitar mi pension?

  16. Buenas Tardes Lic.

    Mi pregunta es la siguiente. Puedo pensionarme por invalidez (lo mas probable definitiva), seguir aportando por modalidad 40 el limite de 25 salarios minimos para incrementar mis semanas y salario diario , y al llegar a los 60 años «cambiar» a una pension por cesantia.? Tengo 54 años. Si es posible efectuar cambio de pensiones.?

  17. Buen día Lic. Jaime le agradeceré me pueda orientar al respecto, resulta que tengo 57 años de edad, cuento con 1,530 semanas cotizadas ante el IMSS y un salario topado desde hace 10 años anteriores, me comentan que puedo pensionarme por desgaste físico es verdad?
    Aunado a esto al cumplir los 60 años puedo pensionarme por sesentia o vejez.

    Le envío un cordial saludo

    J. Rafael Novelo Alpuche

  18. Hola Lic. mi mama se acaba de aforar y quiere retirar su dinero del afore y del infonavit tiene 480 semanas cotizadas pero en el saldo del afore solo le salen 5000 pesos y en infonavit 1000 aunque nunca utilizo un credito sera posible tener tan poquito

  19. buenos dias lic..comenze a cotizar en el imss a partir del año 1999 hasta la fecha sigo cotizando, a las cuantas semanas de trabajo y a que edad me puedo jubilar o pensionar..?con las nuevas reformas

  20. Buena noche, mi pension esta mal calculada, yo ganaba 3600 por semana y ahora me estan pagando en mi pension de cesantia 4000 por mes, ya hice un escrito pero el IMSS dice que la pension es correcta, que debo hacer?

  21. Hola Lic. J. Gutiérrez Melchor. Después de la muerte de mi padre el 30 de Agosto de 2016 a la edad de 85 años (40 años de pensionado). Le escribo para saber que derechos tiene mi mama y que tramites tenemos que realizar de acuerdo a la siguiente resolución que dicto La Comisión Mixta Permanente de Jubilaciones y Pensiones para Trabajadores del IMSS. (datos textuales a continuación)
    Resolución a la solicitud de pensión: Invalidez de carácter NO PROFESIONAL. México DF a 18 de Agosto de 1976
    Antecedentes: Fecha ingreso al IMSS 9 de Diciembre 1963, Matricula: 3351xx, Años de servicio: 12 años, Invalidez definitiva a partir del 1 de abril 1976, Salario promedio quincenal 10,548.77 Beneficiarios Esposa y 3 hijos.
    El trabajador cumple con las condiciones establecidas en el artículo 128 de la ley del seguro social. Por lo tanto la resolución fue: conceder una pensión de invalidez definitiva.
    Mi padre cobro su pensión personalmente y acompañado de mi madre por carácter de supervivencia hasta dos días de su muerte.
    En su último talón de pagos aparece: Titular: Concepto 207, Tipo de pensión: Invalidez Beneficiarios: Conceptos 214 y 225 Observaciones nombre de mi madre y Comp. Jub. o pensión.
    Mis dudas son las siguientes Lic. J. Gutiérrez, mi madre tiene que reclamar la pensión de mi padre o tramitar una pensión de viudez.
    NOTA: En el IMSS Toluca de Lerdo, Estado de México, me dieron los requisitos en un papel que dice textualmente: para solicitar la pensión de viudez (Muerte de Jubilado) “mi papa estaba pensionado más no jubilado”. Por lo tanto la incógnita es: Existe diferencia entre la pensión de viudez por muerte de un jubilado o por muerte de un pensionado y si puede variar el monto de esta pensión. Muchas Gracias de antemano por sus respuestas.

  22. Gabriel Francisco rocha segura hola Lic soy una persona que estoy dado de alta desde 73 anta del IMSS tengo 59 años con 6 meses estoy perdiendo un ojo mi medico me dice que para elle ya estoy pensionado nada más que me iría por enfermedad que me recomienda me espero a los 60 o ya me voy saludos gracias

  23. Lic. Gutierrez
    Tengo 60 años y estoy preparando mi retiro para dentro de 3 o 4 años. He cotizado al IMSS aproximadamente desde 1980. tengo un reporte de semananas cotizadas al IMSS en el cual solo me reconocen de 1988 a la fecha. Desafortunadamente no conserve ningun documento de ese periodo y en el IMSS me dijeron que necesito tener «evidencia documental» para la busqueda manual. Hay algo que pueda hacer para recuperar esas semanas no reconocidas?

  24. Buenas noches, licenciado
    Trabaje 16 anos como medico en el IMSS desde 1986 , y consegui 4 anos con derecho a antiguedad atraves Del sindicato antes de venirme a estados unidos.
    Ahorita tengo 57 anos y no he podido regresar, obviamente tengo afores.
    Mi Duda Es si tengo alguna oportunidad de pensionarme y como seria ?
    Muchas gracias de antemano.

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